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Documento BOE-A-2008-5817

Orden ECI/844/2008, de 14 de marzo, por la que se convocan plazas para profesores visitantes en Institutos de Enseñanza Secundaria y Centros de Formación Profesional de diversos Estados de la República Federal de Alemania, para el curso académico 2008-2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 29 de marzo de 2008, páginas 17952 a 17955 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2008-5817

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Ciencia ha suscrito acuerdos con diversos Estados de la República Federal de Alemania para atender a la demanda creciente de enseñanza de la lengua española mediante la incorporación, por tiempo determinado, de profesores visitantes españoles a centros públicos alemanes de Enseñanza Secundaria y Formación Profesional. Los programas, sustancialmente semejantes, se dirigen en esta convocatoria a licenciados en Filología, sean o no profesores de cuerpos de funcionarios docentes españoles. Para los centros y los alumnos alemanes, los profesores visitantes ofrecen un enriquecimiento de la calidad de la enseñanza en español y la posibilidad de responder a una creciente demanda. Para los participantes en el programa, la experiencia puede tener varios alicientes: los de una práctica docente en un país con un medio cultural y profesional diferente, con lo que ello supone de desarrollo profesional y personal, factores que sin duda incidirán en la mejora de la calidad de la enseñanza en los centros españoles en los que se incorporen en el futuro. Por todo ello, el Ministerio de Educación y Ciencia ha dispuesto hacer pública la convocatoria de plazas para Profesores Visitantes en Alemania, en virtud de lo establecido en el capítulo II, apartado vigésimo, de la Orden ECI/1305/2005 de 20 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

1. Plazas

1.1 Las plazas que se ofrecen en la República Federal de Alemania están situadas en Institutos de Enseñanza Secundaria y Centros de Formación Profesional.

1.2 Los estados que participan en la presente convocatoria y el número de plazas que se ofrecen son:

a)-Estado de Baden-Württemberg: hasta 30 plazas

b)-Estado de Baviera: hasta 35 plazas c)-Estado de Renania del Norte-Westfalia: hasta 10 plazas

2. Requisitos de los candidatos

Para poder concurrir a la presente convocatoria, los candidatos deben reunir, dentro del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos generales:

2.1 Tener nacionalidad española.

2.2 No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia. 2.3 Estar en posesión del título de licenciado en cualquier filología. En el caso de títulos extranjeros, será imprescindible adjuntar la homologación correspondiente efectuada por el Ministerio de Educación y Ciencia. 2.4 Tener conocimientos de alemán al menos del nivel correspondiente al Nivel Umbral (B1) que establece el Marco Europeo de Referencia. 2.5 Estar en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica, considerándose preferentes los candidatos que hayan obtenido este certificado en los últimos 4 años.

3. Méritos de los candidatos

Tendrán prioridad los candidatos que, reuniendo los requisitos señalados en el apartado anterior, acrediten:

3.1 Estar en posesión de otros títulos universitarios distintos del alegado para concurrir a esta convocatoria.

3.2 Tener experiencia docente. 3.3 Haber realizado cursos relacionados con la didáctica y la metodología de la enseñanza de las lenguas. 3.4 Haber realizado estudios, disfrutado becas y realizado otros servicios docentes prestados en el extranjero

4. Solicitudes

Los candidatos formularán sus solicitudes a través de la aplicación «Profex», accesible desde www.mec.es/educa/internacional, estableciendo el orden de prioridad de los estados que solicita.

Una vez cumplimentada la solicitud, se imprimirá y se adjuntará copia de la misma al resto de la documentación que se presente. El candidato recibirá un mensaje por correo electrónico confirmando la recepción de los documentos y validando su solicitud.

5. Documentación

Los candidatos deberán acompañar a su solicitud la siguiente documentación:

5.1 Documentación acreditativa de requisitos: a) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia.

b) Fotocopia compulsada del Título que le permite concurrir a esta convocatoria o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo. c) Fotocopia compulsada de los certificados del nivel del conocimiento del alemán o, en su defecto, declaración jurada o promesa de poseer dichos conocimientos con aclaración de la forma en que se obtuvieron. d) Fotocopia compulsada del Certificado de Aptitud Pedagógica. e) Currículum Vitae en alemán, en una sola página, no manuscrita, con especificación de la titulación académica y la experiencia profesional. f) Una fotografía tamaño carné.

5.2 Documentación acreditativa de méritos:

a) Fotocopia compulsada de títulos universitarios diferentes al alegado para concurrir.

b) Certificados acreditativos de los servicios prestados en centros docentes públicos, expedidos por la autoridad competente, según modelo que figura como Anexo I. c) Certificados acreditativos de los servicios prestados en centros docentes privados, en España o en el extranjero, expedidos por los directores de los centros escolares correspondientes, con especificación de las fechas de alta y baja, tipo de dedicación, asignatura impartida y nivel. d) Fotocopias compulsadas acreditativas de los cursos, becas, estudios y demás servicios a los que se refieren los puntos 3.3 y 3.4 de esta convocatoria.

6. Forma y plazo de presentación

6.1 Las solicitudes, dirigidas al Secretario General Técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, se presentarán en el Registro General del Ministerio de Educación y Ciencia, calle Los Madrazo, 17, 28071 Madrid; en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación y Ciencia del Paseo del Prado, 28, 28071 Madrid; en los registros de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas; en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 13 de enero, de Régimen General de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que los candidatos optaran por presentar su solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada, para acreditar la presentación dentro del plazo. La solicitud podrá registrarse telemáticamente directamente desde la aplicación Profex si el candidato dispone de certificado digital de la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre. Sólo serán tenidos en cuenta los méritos alegados, y debidamente justificados, presentados dentro del plazo al que se refiere esta base. 6.2 El plazo para la presentación de la documentación requerida será de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado.

7. Admisión de candidatos

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, y una vez revisada la documentación, se hará pública en el tablón de anuncios de la Subdirección General de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación y Ciencia y en las direcciones de Internet: http://www.mec.es y http://www.mec.es/educa/internacional la relación provisional de candidatos excluidos del proceso y las causas que lo motivan, así como la relación provisional de candidatos preseleccionados, con indicación de las fechas y lugar de las correspondientes pruebas de selección.

La preselección de candidatos se realizará teniendo en cuenta su perfil académico y profesional, así como sus méritos y las necesidades de los estados participantes. En el plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de las relaciones de candidatos citadas, los solicitantes excluidos podrán presentar cualquier reclamación al respecto o subsanar el defecto que haya motivado su exclusión. Las reclamaciones se dirigirán a la Subdirección General de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación y Ciencia, Paseo del Prado, 28, 28071 Madrid.

8. Selección y realización de las pruebas

8.1 La selección definitiva de los candidatos corresponde a las comisiones de selección de los estados participantes.

8.2 Las comisiones valorarán el perfil profesional, académico y personal del candidato en función de su adecuación a las características del puesto de trabajo. 8.3 El proceso de selección constará, junto a la adecuada valoración de los méritos alegados por el candidato, de una entrevista personal ante las Comisiones de selección. Si las comisiones lo estiman conveniente, podrán efectuar, además, pruebas escritas dirigidas a valorar el dominio de la lengua alemana. 8.4 Todas las pruebas se celebrarán en Madrid. El lugar y fecha de su celebración, así como la lista de distribución de candidatos entre las Comisiones de selección, se comunicará oportunamente en las direcciones indicadas en la base 7.

9. Adjudicación de plazas y resolución de la convocatoria

9.1 El Secretario General Técnico, por delegación de la Ministra de Educación y Ciencia, dictará resolución que contenga la relación de candidatos seleccionados por las comisiones de entre los admitidos al proceso. Esta resolución se publicará en el Boletín Oficial del Estado

9.2 El plazo máximo para resolver es de seis meses, contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

10. Aceptaciones y renuncias

10.1 Las autoridades educativas de los estados participantes comunicarán a los candidatos seleccionados la fecha y forma de realización de la contratación.

10.2 En caso de renuncia justificada, el candidato lo comunicará por escrito a las autoridades educativas del estado para el que hubiera sido seleccionado, dentro de los veinte días naturales siguientes a la publicación de la Resolución de candidatos seleccionados en el Boletín Oficial del Estado, o tan pronto como se produzca la causa que lo motiva, remitiendo copia a la Subdirección General de Cooperación Internacional.

11. Régimen

11.1 Los estados participantes, ofrecerán a los candidatos seleccionados un contrato en las condiciones laborales y salariales que establece la legislación alemana. La remuneración será la que determina la clasificación que establece el TVöD (Tarifvertrag im öffentlichen Dienst), convenio colectivo federal para empleados de los servicios públicos. La remuneración depende, de acuerdo con el convenio, de factores profesionales como la titulación y el tipo de contrato (en función del número de horas lectivas que se deban impartir); y de circunstancias personales como la edad, el estado civil y, en su caso, el número de hijos.

11.2 El contrato se suscribirá por un periodo de un curso escolar, prorrogable por un máximo de otros doce meses, por resolución de las autoridades competentes de los respectivos estados. 11.3 La relación contractual y la actividad y obligaciones docentes de los profesores visitantes seleccionados se regirán por el ordenamiento jurídico y escolar de los estados para los que han sido seleccionados, y estarán sujetas a la Inspección Educativa del estado respectivo. 11.4 Los gastos de desplazamiento de los profesores seleccionados correrán por cuenta de los mismos.

12. Formación inicial

Los estados convocantes se comprometen a ofrecer un seminario de introducción a su sistema educativo para los profesores seleccionados y mantendrán un programa de tutoría como apoyo a su actividad docente.

13. Funcionarios públicos

13.1 Tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la relación de candidatos seleccionados por las Comisiones respectivas, los que tengan la condición de funcionarios remitirán su petición individual de concesión de servicios especiales, que regula el Capítulo III del Reglamento de Situaciones administrativas de los Funcionarios de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo (B.O.E. del 10 de abril), a los Servicios correspondientes de las Consejerías de Educación de las respectivas Comunidades Autónomas, a excepción de aquellos funcionarios que se encuentren en comisión de servicios en el momento de su incorporación.

13.2 La aceptación por parte de los funcionarios de la plaza para la cual han sido seleccionados implica la no renuncia a la misma durante el curso académico, salvo que se den circunstancias excepcionales que la justifiquen, que habrán de ser consideradas, en su caso, por la Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación y Ciencia, oídas las autoridades del estado contratante. 13.3 Los profesores funcionarios permanecerán en la situación administrativa de servicios especiales durante todo el período en el que se extiendan sus contratos. A tal fin, los funcionarios que deseen reingresar al servicio activo por haber finalizado su contrato, acompañarán a su solicitud de reingreso, declaración jurada o certificación acreditativa de la fecha de finalización de dicho contrato.

14. Retirada de documentación

La documentación presentada por los candidatos que no hayan sido seleccionados podrá retirarse de la Subdirección General de Cooperación Internacional (Paseo del Prado, 28, 2.ª planta. 28071 Madrid), desde el 1 de septiembre hasta el 31 de octubre de 2008, directamente por los interesados o por persona autorizada. En caso contrario, se procederá a su devolución por correo.

15. Recurso

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este Ministerio, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

16. Información

Cualquier información sobre esta convocatoria puede obtenerse:

En el Servicio de Información y Asuntos Generales del Ministerio de Educación y Ciencia (Alcalá,36,28071Madrid) y página web http://www.mec.es

En la Subdirección General de Cooperación Internacional (Paseo del Prado, 28, 2.ª planta, teléfonos 91 506 56 40, 91 5065716), y página web: http://www.me.ec/educa/internacional En la Consejería de Educación de Alemania (Lichtensteinallee 1, 10787 Berlín, teléfono + 49(0)30-88-71-590) y página web: http://www.mec.es/exterior/al

Se autoriza al Secretario General Técnico a adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden.

Madrid, 14 de marzo de 2008.-La Ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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