Está Vd. en

Documento BOE-A-2008-5954

Orden TAS/899/2008, de 24 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Operadores de Ordenador de Informática de la Administración de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 2 de abril de 2008, páginas 18392 a 18395 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2008-5954

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 66/2008, de 25 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 30), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008, y con el fin de atender las necesidades de personal en la Administración de la Seguridad Social, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Operadores de Ordenador de Informática de la Administración de la Seguridad Social. La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en el Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 284, de 27 de noviembre de 2007).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir doce plazas de la Escala de Operadores de Ordenador de Informática de la Administración de la Seguridad Social (código 1633), por el sistema de promoción interna de las comprendidas en el artículo 6 del Real Decreto 66/2008, de 25 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 30), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2008.

Del total de estas plazas se reservará una para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %. La plaza no cubierta en el cupo de reserva de discapacitados se acumulará a las generales de promoción interna.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

La presente convocatoria y los actos que se deriven de ella podrán ser consultados en la siguiente página web: «www.seg-social.es».

3. Programas

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

4. Titulación

Estar en posesión del título de Bachiller-LOE, Bachiller-LOGSE, Bachillerato Unificado Polivalente, Bachiller Superior, Técnico o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación, en su caso.

5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Los aspirantes deberán cumplir, además: Pertenecer como funcionario de carrera a algunos de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C2; o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al subgrupo C2 o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos en la Administración General del Estado.

Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del subgrupo; o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al subgrupo C2 o en Cuerpos o Escalas del subgrupo C2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Aquellos funcionarios del subgrupo C2 que carezcan de la titulación requerida en el punto 4, podrán participar en este proceso selectivo siempre que tengan una antigüedad de diez años en los Cuerpos o Escalas del subgrupo C2 incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. También podrán participar aquellos funcionarios que, careciendo de la titulación exigida, no alcancen los diez años mencionados siempre que acrediten al menos cinco años y hayan superado el curso específico a que se refiere la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del subgrupo C2, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, serán computables a efectos de la antigüedad requerida en este mismo apartado.

6. Solicitudes

6.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en internet en la página web www.060.es.

6.2 La solicitud se presentará en el Registro General del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, 6.3 Pago de la tasa de derechos de examen. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. 6.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Subsecretaria del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. 6.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

7. Tribunal

7.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura en el anexo III a esta convocatoria.

7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes. 7.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Ordenación y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos Autónomos y de la Seguridad Social, calle Agustín de Bethencourt, n.º 4, 28071 Madrid.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el señor Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 24 de marzo de 2008.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, P. D. (Orden TAS/2268/2006, de 11 de julio), la Subsecretaria de Trabajo y Asuntos Sociales, Aurora Domínguez González.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

1. Fase de oposición: La oposición estará formada por los dos ejercicios que a continuación se indican, siendo ambos eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas del programa detallado en el anexo II, dirigido a apreciar las aptitudes de los aspirantes en relación con las tareas propias de las plazas que se convocan.

Los aspirantes contestarán un cuestionario de 70 preguntas referidas a la materia del programa del anexo II. Las cuestiones se contestaran por escrito mediante preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente. Este ejercicio se realizará en sesión única y con una duración de sesenta minutos. Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos para acceder al segundo ejercicio. Esta puntuación mínima resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije el Tribunal. Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto de carácter práctico desglosado en preguntas con respuestas múltiples, a escoger entre tres propuestos, dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas relacionadas con los contenidos de las materias a que hace referencia el anexo II de esta convocatoria. Los ejercicios propuestos estarán orientados principalmente a la tecnología base, arquitecturas física y lógica de los sistemas informáticos y la estructura y tratamiento de la información, a comunicaciones y redes y a la organización y funcionamiento de los centros de proceso de datos y al diseño, desarrollo, mantenimiento y explotación de aplicaciones. El tiempo para la realización de este ejercicio será de 60 minutos y se calificará con un máximo de 50 puntos, valorándose negativamente las contestaciones erróneas. Para superar este ejercicio será necesario obtener un mínimo de 25 puntos. Esta puntuación mínima resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije el Tribunal.

La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

2. Fase de concurso: No tendrá carácter eliminatorio. La certificación de méritos para la valoración de la fase de concurso deberá estar referida a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

1. Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de un punto por año completo de servicios hasta un máximo de 28 puntos.

2. Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, se otorgará la siguiente puntuación:

Grado 12 o inferior: 11,00 puntos.

Grado 13: 11,50 puntos. Grado 14: 12,00 puntos. Grado 15: 12,50 puntos. Grado 16: 13,00 puntos. Grado 17: 13,50 puntos. Grado 18 o superior: 14,00 puntos.

3. Trabajo desarrollado: Se otorgará la siguiente puntuación según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe con carácter definitivo en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social.

También se otorgará esta puntuación a los funcionarios que hayan sido objeto de movilidad por cambio de adscripción de sus puestos de trabajo dentro del Ministerio de Sanidad y Consumo y sus organismos autónomos, dejando de estar adscritos, como consecuencia, a la Entidad gestora Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.

Nivel 14 o inferior: 16,00 puntos.

Nivel 15: 17,25 puntos. Nivel 16: 18,50 puntos. Nivel 17: 19,75 puntos. Nivel 18 o superior: 21 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o si no lo tuvieran el nivel mínimo del grupo D. A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia para el cuidado de familiares, se les valorará el nivel del puesto reservado en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social, el nivel del puesto de trabajo en el que les correspondería realizar el reingreso. 4. Titulación académica: Por estar en posesión de una titulación académica igual o superior a la requerida en el apartado 4: Siete puntos. Valoración final de las pruebas: La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios y en la fase de concurso. En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar, teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición del proceso selectivo. Si persistiera el empate a puntos, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación en el segundo ejercicio. De persistir el empate, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. Si aún hubiere lugar para ello se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el mérito de antigüedad, grado y trabajo desarrollado, por este orden. Finalmente, se atenderá a la antigüedad total en la Administración, computándose años, meses y días de servicios prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, al día de publicación de la presente convocatoria. Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de organismos internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.

ANEXO II Temario

Bloque I: Diseño y desarrollo

1. El ciclo de vida de los sistemas informáticos. Modelos. Metodología Métrica. Modelo conceptual de datos. Entidades, atributos y relaciones. Reglas de modelización. 2. Diseño de bases de datos. Diseño lógico y físico. El modelo lógico relacional. Normalización. 3. Diagramas de flujo de datos. Reglas de construcción. Descomposición en niveles. Flujogramas. 4. Diseño de la interfaz de usuario. Principios de diseño de interfaces. Presentación de la información y asistencia al usuario. 5. Lenguajes de programación. Representación de tipos de datos. Operadores. Instrucciones condicionales. Bucles y recursividad. Procedimientos, funciones y parámetros. Vectores y registros. Estructura de un programa. 6. Lenguajes de interrogación de bases de datos. Estándar ANSI SQL. 7. Lenguajes de programación. Características, elementos y funciones de Java, C, y C++. 8. Arquitectura cliente/servidor. Modelo de 2 capas. Modelo de tres capas. Componentes y operación. 9. Programación orientada a objetos. Elementos: objetos, clases, herencia, métodos. Ventajas e inconvenientes.

Bloque II: Operaciones

10. Administración del Sistema operativo y software de base. Funciones y responsabilidades. Control de cambios de los programas de una instalación. 11. Administración de bases de datos. Funciones y responsabilidades. 12. Administración de redes de área local. Gestión de usuarios. Gestión de dispositivos. 13. Conceptos de seguridad de los sistemas de información. Seguridad física. Seguridad lógica. Amenazas y vulnerabilidades.

Bloque III: Comunicaciones

14. Comunicaciones. Medios de transmisión. Modos de comunicación. Equipos terminales y equipos de interconexión y conmutación. 15. Sistemas de comunicación. Frame Relay, ATM, RDSI, xDSL. Sistemas inalámbricos. 16. El modelo de referencia de interconexión de sistemas abiertos (OSI) de ISO. Protocolos TCP/IP. 17. Internet. Origen, evolución y estado actual. Servicios: correo electrónico, WWW, FTP, Telnet. Protocolos HTTP, HTTPS y SSL. 18. Programación en Internet. Lenguajes HTML y lenguajes de script. 19. Seguridad y protección en redes de comunicaciones. Sistemas de cortafuegos. Redes Privadas Virtuales (VPN).

ANEXO III Tribunal calificador

Titulares

Presidente: Don Virgilio Arias Clemente, de la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social.

Vocales:

Doña Elena Peinado Gregorio, del Cuerpo Técnico Auxiliar de Informática de la Administración del Estado.

Don José Damián Buenvarón Sotelo, del Cuerpo Técnico Auxiliar de Informática de la Administración del Estado. Doña María Elena Fernández Jaén, de la Escala de Operadores de Ordenador de Informática de la Administración de la Seguridad Social.

Secretaria: Doña Mercedes Salinas Álvarez, de la Escala de Operadores de Ordenador de Informática de la Administración de la Seguridad Social.

Suplentes

Presidenta: Doña Dolores Díaz Gámez, de la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social.

Vocales:

Doña María Ángeles Martínez Castilla Cuesta, de la Escala de Operadores de Ordenador de Informática de la Administración de la Seguridad Social.

Don Juan Antonio Díaz Vallejo, del Cuerpo Técnico Auxiliar de Informática de la Administración del Estado. Don Tomás Vindel de Andrés, del Cuerpo Técnico Auxiliar de Informática de la Administración del Estado.

Secretario: Don José Manuel Ramos García, del Cuerpo Técnico Auxiliar de Informática de la Administración del Estado. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV Instrucciones para cumplimentar la solicitud

La solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) se rellenará conforme a las siguientes instrucciones particulares:

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Subsecretaría».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Operadores de Ordenador de Informática de la Administración de la Seguridad Social», y en el recuadro correspondiente a «Código» figurará «1633». En el recuadro 17, se consignará la clave «P.I.». En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales». No se cumplimentará el espacio destinado a «Código» que figura a su lado. En el recuadro 19 se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en que se haya publicado la presente convocatoria. En el recuadro 20 de la solicitud destinado a «Provincia de examen» se consignará por los aspirantes que concurran a la celebración de este proceso selectivo, la provincia de «Madrid». En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad deberán indicarlo en el recuadro 22. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», en el recuadro «Exigido en la convocatoria», se indicará, de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica superior que posea el aspirante, con independencia de la exigida para el ingreso en este Cuerpo:

Dígito «1»: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.

Dígito «2»: Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado. Dígito «3»: Título de Bachiller-LOE, Bachiller-LOGSE, Bachillerato Unificado Polivalente, Bachiller Superior, Técnico o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. Dígito «4»: Antigüedad superior a 10 años. Dígito «5»: Curso específico de la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y cinco años de antigüedad.

En el recuadro 25, apartado A), «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», los aspirantes deberán indicar el código del Cuerpo o Escala desde el que participan; en el apartado B) el Ministerio u Organismo de Destino y en el apartado C) el Centro directivo.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 6,91 euros. Para los miembros de familias numerosas de categoría general, la tasa por derechos de examen será de 3,45 euros. El importe de la tasa por derechos de examen se consignará en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se adjuntará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182/9002/48/0200000524, abierta en la Sucursal 9002, Paseo de la Castellana, número 67, de Madrid, C.P. 28046, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. La solicitud se dirigirá a Sra. Subsecretaria de Trabajo y Asuntos Sociales.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid