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Documento BOE-A-2008-6984

Resolución de 31 de marzo de 2008, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca concurso, oposición libre, para la provisión de plaza de Responsable Técnico del Centro de Innovación, Grupo I.

Publicado en:
«BOE» núm. 96, de 21 de abril de 2008, páginas 20675 a 20679 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2008-6984

TEXTO ORIGINAL

Vacante en la plantilla del personal laboral de esta Universidad, una plaza perteneciente al Grupo Retributivo I, con la categoría de Titulado Superior,, y siendo necesaria su provisión, de conformidad con los artículos 15, 16 y 17 del vigente Convenio Colectivo para el personal laboral de las Universidades del ámbito de competencia de la Administración del Estado, publicado en el B.O.E. en fecha 6 de octubre de 1990, este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuyen el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e), del mismo texto legal, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, así como los Estatutos de esta Universidad, resuelve

Convocar concurso oposición libre para la provisión de una plaza de Responsable Técnico del Centro de Innovación, Grupo I, con sujeción a las siguientes:

Bases de la convocatoria

1. Normas de aplicación

Las presentes pruebas selectivas se someterán a lo previsto en el Convenio Colectivo para el personal laboral de Universidades Estatales de 5-10-90 (B.O.E. de 6-10-90), en los Estatutos de la Universidad de Oviedo, aprobados por Decreto 233/2003, de 28 de noviembre (B.O.P.A. de 17-12-2003) y en el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

2. Características de la plaza

Plaza de Personal Laboral. Puesto n.º 464. Grupo Retributivo I. La plaza convocada tiene asignado el salario base que corresponde al Grupo y categoría fijado en el Convenio Colectivo para el personal laboral de Universidades Estatales de 5 de octubre de 1990 (B.O.E. del 6-10-90). El desempeño del puesto de trabajo de la plaza convocada quedará sometido a la Ley 53/84, de 26 de diciembre (B.O.E. del 4-1-85) y disposiciones que la complementan, en materia de incompatibilidades. Categoría denominada «Responsable Técnico del Centro de Innovación». Complemento de Dirección. Complemento de Mañana y Tarde. Destino: Centro de Innovación en el Vicerrectorado de Calidad, Planificación e Innovación. Funciones:

Planificar y coordinar las actividades desempeñadas por el Centro de Innovación: (Campus Virtual, Formación, Videoconferencias, e-Administración, Sistemas Informáticos, Desarrollo Software etc).

Planificación y desarrollo de los servicios ofertados desde el Centro a la comunidad universitaria y a entidades externas. Asignación y seguimiento de tareas a los responsables de los proyectos. Dirección de equipos de trabajo. Colaboración con la Dirección del Centro para la búsqueda de financiación externa e interna para el desarrollo de proyectos, a través de subvenciones, ayudas etc. Coordinación con otros centros TIC de las Universidades Españolas y en especial, con las Universidades del G9. Preparación de informes y memorias.

3. Requisitos de los aspirantes

Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos los 18 años. c) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme con lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores. d) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme. f) Estar en posesión del Título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

Todos los requisitos anteriormente reseñados deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la firma del contrato.

4. Solicitudes

4.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, deberán solicitarlo mediante instancia según modelo que figura como Anexo I de esta convocatoria, que se presentará en el Registro General de la Universidad (Plaza de Riego, n.º 4, planta baja, Oviedo), y en los Registros Auxiliares cuyas sedes se encuentran ubicadas en el Servicio Administrativo del Campus de Mieres, en el Servicio del Campus de Gijón y en la Escuela Universitaria de Estudios Empresariales de Oviedo o en la forma que establece el párrafo cuarto del artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte dias naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado, (también será objeto de publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias). La instancia se facilitará gratuitamente en el Registro General de la Universidad de Oviedo. De igual modo, el modelo de solicitud se encontrará disponible en el servidor de Internet de esta Universidad http.//www.uniovi.es (PAS-Recursos Humanos). 4.2 Los derechos de examen serán de 22,00 euros, y se ingresarán en la Caja de Asturias, Oficina Principal -Plaza de la Escandalera, Oviedo-Número de cuenta: 2048-0000-24, 0510000099, bajo el nombre, «Pruebas Selectivas a la Universidad de Oviedo». Constará como nombre del remitente el del mismo aspirante y se adjuntará una copia del resguardo de la imposición. La falta de pago de estos derechos no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante. 4.3 A la solicitud se acompañará:

Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

Currículum Vitae según modelo que figura como ANEXO II de esta convocatoria, cuyos datos y méritos será necesario justificar documentalmente, para su valoración en la fase de concurso. Justificante de haber abonado los derechos de examen. Fotocopia de la titulación requerida.

5. Admisión de Aspirantes

5.1 En el plazo máximo de 1 mes a partir de la fecha de terminación del plazo para presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Oviedo dictará Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias señalando fecha, lugar y hora de realización de las pruebas, indicándose en la misma el lugar en que quedan expuestas las listas de admitidos y excluidos, y las causas de exclusión. 5.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Contra dicha Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, en plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, conforme al artículo 46.1, de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998. Previamente, y con carácter potestativo, podrá interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a tenor del artículo 116 de la Ley 4/99 de modificación de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6. Sistema de selección.

6.1 El sistema de selección de los aspirantes será el concurso-oposición libre. A. Fase de concurso: En esta fase se valorarán los méritos alegados y probados documentalmente por el concursante, según puntuación que figura en el Anexo III de esta convocatoria.

B. Fase de oposición: Esta fase constará de los ejercicios que se especifican en el Anexo III de esta convocatoria.

6.2 La plaza se adjudicará al concursante que obtenga mayor puntuación, sumando los puntos de la fase del concurso, a los puntos de la fase de la oposición.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

7. Comisión Calificadora

7.1 La Comisión Calificadora de estas pruebas selectivas es la que figura como Anexo V de esta convocatoria. 7.2 Los miembros de la misma deberán abstenerse de intervenir en los supuestos previstos en el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias anteriores, conforme al artículo 29 del texto legal citado. 7.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá la Comisión con asistencia, al menos, del Presidente, el Secretario y la mitad más uno de los vocales. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación. 7.4 A partir de su constitución, la Comisión para actuar válidamente requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros. 7.5 La Comisión resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como lo que se deba decidir en los casos no previstos. El procedimiento de actuación de la Comisión se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre. 7.6 En ningún caso la Comisión podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en este punto será nula de pleno derecho. 7.7 La Comisión podrá proponer al Rector la designación de asesores especialistas. Dichos asesores se limitarán a informar sobre pruebas y méritos relativos a su especialidad. El Presidente sólo votará en caso de empate. 7.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión Calificadora tendrá su sede en el Servicio de Políticas de Recursos Humanos y Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Oviedo. Plaza de Riego, número 4-1.º 33003

8. Desarrollo de los ejercicios y Relación de aprobados

8.1 El orden de actuación de los opositores para la realización de las diferentes pruebas se iniciará alfabéticamente por el candidato cuyo primer apellido comience por la letra que resulte del sorteo realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública. 8.2 En cualquier momento del proceso selectivo la Comisión podrá requerir a los opositores que acrediten su identidad. 8.3 Los aspirantes serán convocados en único llamamiento para el ejercicio, debiendo ir provistos del documento nacional de identidad o acreditación equivalente. Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por la Comisión. 8.4 En cualquier momento el proceso selectivo, si la comisión tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión al Sr. Rector Magfco., comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes. Contra la Resolución de exclusión del aspirante podrá interponerse recurso de reposición ante el Rector. 8.5 Finalizada la prueba selectiva, la Comisión Calificadora hará publica, en el lugar o lugares de celebración del ejercicio, así como en la sede de la Comisión señalada en la Base 7.8, y en aquellos otros que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación alcanzada. 8.6 La Comisión Calificadora elevará al Rectorado la correspondiente propuesta para la adjudicación de las plazas a los candidatos seleccionados.

9. Formalización del contrato

9.1 Antes de la formalización del contrato, el candidato seleccionado deberá justificar adecuadamente, en un plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la lista de aprobados, los requisitos siguientes:

a. Fotocopia compulsada del Título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

b. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas mediante sentencia judicial firme. c. Certificación acreditativa de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que le imposibiliten para el desempeño de sus funciones, expedido por facultativo de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.

9.2 El Rector de la Universidad de Oviedo procederá a la formalización del contrato y hasta tanto no se formalice el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

10. Incorporación y periodo de prueba

10.1 La incorporación al puesto de trabajo se efectuará una vez formalizado el contrato, quedando sujeto al período de prueba que establece el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores. 10.2 El candidato que supere el período de prueba satisfactoriamente adquirirá la condición de personal laboral fijo.

11. Norma Final

11.1 Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la fecha de su publicación ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/92 de 26 de noviembre de RJAP y PAC, o bien con carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano convocante, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, indicándose que, en este caso, no se podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Los actos administrativos derivados de la convocatoria podrán ser impugnados en los casos y forma establecidos en la Ley 30/92 de 26 de noviembre de RJAP y PAC.

Oviedo, 31 de marzo de 2008.-El Rector, Juan Antonio Vázquez García.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO III

Sistema de selección aplicable a concurso-oposición libre para la provisión de una plaza de responsable Técnico del Centro de Innovación

Grupo I

A. Fase de concurso, máximo 6 puntos

1. Méritos académicos. (Máximo 3 puntos)

a) Titulación (máximo 1 punto). Doctorado: 1 punto.

b) Cursillos relacionados con la plaza (máximo 2 puntos).

0,01 puntos por hora de asistencia a cursos impartidos y acreditados por organismos oficiales. Se excluye la asistencia a las jornadas, seminarios y/o Congresos.

0,10 puntos para los certificados de cursos que no especifiquen horas de duración. Todos los cursos que presenten certificado de aprovechamiento tendrán derecho al doble de puntuación.

2. Méritos profesionales. (Máximo 3 puntos).

Experiencia acreditada como Titulado Superior, en una plaza de la plantilla del personal laboral de la Universidad de Oviedo.

0,05 puntos por cada mes.

B. Fase de oposición

En esta fase los aspirantes deberán ir provistos de D.N.I. La oposición constará de los ejercicios que a continuación se indican, teniendo todos carácter eliminatorio:

Primer ejercicio: Teórico: Cuestionario de 100 preguntas con 4 respuestas alternativas, sobre el temario que figura en el Anexo IV.

Este ejercicio se calificará utilizando la fórmula siguiente

E

A -

----

d-1

N =

---------------

x10

n

N = Nota sobre 10.

A = Aciertos. E = Errores. d = Opciones a cada pregunta. n = N.º de ítems.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superar la prueba haber obtenido como mínimo 5 puntos. Segundo ejercicio: Práctico:

Realizar una demostración práctica de la capacidad de los aspirantes. Que consistirá en una prueba relacionada con las materias que se desarrollan en el programa, según propuesta de la Comisión Calificadora.

Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar alcanzar un mínimo de 5 puntos. La calificación final de la prueba vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición. En caso de empate, éste se dirimirá en base a la mayor puntuación alcanzada en el ejercicio teórico. Si persistiese el empate, en base a la mayor puntuación alcanzada en el ejercicio práctico. En último término se acudirá al sorteo.

ANEXO IV Programa

Tema 1. Normativa de LOPD, LSSI, código de buenas prácticas y ley de firma electrónica. Tema 2. Dirección y gestión de proyectos informáticos y herramientas. Tema 3. Arquitecturas Orientadas a Servicios (SOA). Tema 4. Administración, organización y gestión del LDAP corporativo de la Universidad de Oviedo. Tema 5. Plataformas tecnológicas e-TIC. Tema 6. Plataformas de e-Learning empleadas en la formación virtual de la Universidad de Oviedo. Tema 7. El movimiento Open Course Ware. Tema 8. Arquitectura JEE (JSP, Struts, JSF, Hibernate, etc.). Tema 9. Web Services (SOAP, HTTP, WSDL, UDDI). Tema 10. Patrones de diseño. Tema 11. Servidores Aplicaciones Web (Apache, IIS, Tomcat, JBoss, WAS) Tema 12. Seguridad en el mundo de las tecnologías Web y criptosistemas. Tema 13. Gestión de Bases de datos (SQL Server, MySQL...) Tema 14. Programación JDBC. Tema 15. Manejo de IDE: Eclipse y Otros. Tema 16. e-Goverment (Arquitecturas, estándares). Tema 17. Tarjetas Inteligentes (Características, estándares, tipos, procesos, etc.). Tema 18. Metodologías ágiles. Tema 19. Componentes de la administración electrónica. Tema 20. Gestores de contenidos y portales. Tema 21. Sistema de control de versiones. Tema 22. Arquitecturas e infraestructuras de servidores orientadas al servicio 24x7. Tema 23. Conocimientos básicos de administración y gestión de servidores. Tema 24. Conocimientos básicos de la red y comunicaciones. Tema 25. Conocimientos básicos de Web 2.0. Tema 26. Generación de plantillas para memorias e informes. Tema 27. Sistemas de gestión de la Innovación. Tema 28. El Convenio Colectivo para el personal laboral vigente en la Universidad de Oviedo. Tema 29. Los Estatutos de la Universidad de Oviedo. Tema 30. El Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo B.O.E. 29 de marzo de 1995): Derechos y Deberes laborales básicos. Derechos y Deberes derivados del contrato. Movilidad funcional y geográfica. Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Suspensión del contrato. Extinción del contrato.

ANEXO V Comisión Calificadora para la provisión de una plaza de Responsable Técnico del Centro de Innovación

Grupo I

Titulares

Presidente: D. Rigoberto Pérez Suárez. Vocales:

1.º Don Pablo Javier Tuya González.

2.º Doña Carmen García Cabeza. 3.º Don Marco Antonio García Tamargo. 4.º Don José Carlos Álvarez Villa.

Secretaria: Doña Elena Ponga Rodríguez. Suplentes:

Presidente: Don Gonzalo Morís Menéndez.

Vocales:

1.º Don José Manuel Cuetos Megido.

2.º Doña Pilar Bou Sepúlveda. 3.º Don Francisco Millán Castro. 4.º Don Manuel Chamorro Portillo.

Secretaria: Doña M.ª José González Viejo.

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