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Documento BOE-A-2009-16034

Orden TIN/2711/2009, de 1 de octubre, por la que se modifica, en ejecución de sentencia, la Orden TAS/3667/2004, de 25 de octubre, que resolvía el concurso específico convocado por Orden TAS/3787/2003, de 26 de diciembre, para la provisión de puestos de trabajo en la Tesorería General de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 8 de octubre de 2009, páginas 85046 a 85047 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2009-16034

TEXTO ORIGINAL

Por Orden TAS/3787/2003, de 26 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 10 de enero de 2004), se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Tesorería General de la Seguridad Social, resolviéndose el precitado concurso por Orden TAS/3667/2004, de 25 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 12 de noviembre), del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Contra dicha Orden de resolución, don Jaime Devesa Ruiz, solicitante del puesto número de orden de convocatoria 290, presentó recurso de reposición, que le fue desestimado, y con fecha 9 de enero de 2006, interpuso recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central número 3 solicitando la anulación de dichas resoluciones, así como la adjudicación del puesto de trabajo número de orden 290.

El citado Juzgado dictó sentencia número 302/2006, de 15 de diciembre, estimando parcialmente la pretensión del recurrente y condenando a la Administración demandada a proceder a valorar nuevamente los méritos específicos del puesto número de orden 290.

Por Orden 27 de febrero de 2007, se dispuso el cumplimiento de esta última sentencia.

El auto de fecha 31 de marzo de 2009, dictado por el citado Juzgado Central Contencioso-Administrativo número 3, en pieza de incidente de ejecución de sentencia, promovido por la parte recurrente contiene el siguiente pronunciamiento: «Declaro la nulidad de pleno derecho de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 27 de febrero de 2007 por la que se decía ejecutar el fallo de la sentencia 302/2006, de 15 de diciembre, de este mismo Juzgado Central 3 de lo Contencioso-Administrativo de esta Audiencia Nacional. Declaro en su lugar que la ejecución de la sentencia debe consistir en dictar una nueva Resolución reconociendo la puntuación adecuada del demandante en el total de la puntuación ya adjudicada de 83,249 puntos y, de acuerdo con los criterios de la sentencia, en reducir la puntuación por el concepto de méritos específicos de los dos restantes concursantes, don Jaime Peremarch Berenguer y doña Inmaculada Sancho Palafox en la cuantía suficiente para que el puesto de trabajo disputado se conceda a don Jaime Devesa Ruiz porque su certificación sobre los méritos específicos aportados al concurso “conviene mejor al puesto litigio que las de los otros dos concursantes” y porque presenta “mayor adecuación de los méritos específicos del demandante con relación al puesto adjudicado”».

En consecuencia, de acuerdo con lo anteriormente expuesto y al objeto de dar cumplimiento a la sentencia número 302/2006, de 15 de diciembre, en los términos establecidos en el auto de fecha 31 de marzo de 2009, vista el acta de la reunión celebrada por la Comisión de Valoración el día 16 de septiembre de 2009, este Ministerio, en uso de las facultades que tiene conferidas, dispone:

Primero.–Dejar sin efecto la adjudicación del puesto convocado con el número de orden 290, Jefe Sección tipo 5, en la Dirección Provincial de Valencia, efectuada a favor de doña Inmaculada Sancho Palafox, con número de Registro de Personal 2430396468 A1616.

Segundo.–En su lugar, adjudicar el citado puesto de trabajo a don Jaime Devesa Ruiz, con número de Registro de Personal 1982193946 A1610, con efectos económicos y administrativos a partir del día siguiente de la publicación de la Orden TAS/3667/2004, de 25 de octubre, que resolvía el concurso específico.

Tercero.–El interesado deberá tomar posesión del puesto de trabajo conforme a lo dispuesto en el apartado tercero de la base décima de la convocatoria.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de aquella Jurisdicción o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, según redacción dada por Ley 4/1999).

Madrid, 1 de octubre de 2009.–El Ministro de Trabajo e Inmigración. P. D. (Orden TIN/1965/2009, de 17 de julio), el Secretario de Estado de la Seguridad Social, Octavio Granado Martínez.

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