Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría de Estado, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 12 de marzo de 2009.–El Secretario de Estado de Cooperación Territorial, Fernando Puig de la Bellacasa Aguirre.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Cantabria en su reunión celebrada el día 11 de marzo de 2009, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
Primero.–Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias competenciales suscitadas en relación con la regulación de la «Tarifa T-O: Señalización marítima» que figura en el Anexo I de la Ley de Cantabria 9/2008, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y de Contenido Financiero, dentro del epígrafe dedicado a la «Entidad Pública Empresarial Puertos de Cantabria».
Segundo.–Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
Tercero.–Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo día 1 de abril de 2009, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Cantabria».
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