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Documento BOE-A-2010-18955

Orden EDU/3171/2010, de 30 de noviembre, por la que se convocan plazas para auxiliares de conversación de lengua española en centros docentes de Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Estados Unidos, Francia, Italia, Malta, Nueva Zelanda, Portugal, Reino Unido, República de Irlanda y República Federal de Alemania, para el curso académico 2011-2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 8 de diciembre de 2010, páginas 101971 a 101979 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-18955

TEXTO ORIGINAL

En virtud del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio (B.O.E. del 6 de agosto), por el que se regula la acción educativa en el exterior y en aplicación de los Convenios Bilaterales de Cooperación Cultural, Científica y Técnica y los Memorandos suscritos entre España y Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Estados Unidos, Francia, Italia, Malta, Nueva Zelanda, Portugal, Reino Unido, República de Irlanda y República Federal de Alemania, anualmente se convocan plazas para Auxiliares de Conversación españoles en centros públicos de los países mencionados, y, recíprocamente, Auxiliares de Conversación de dichos países en España.

A través de este programa se fomenta el conocimiento y la difusión de la lengua y la cultura españolas en el exterior, tanto a través de los Auxiliares de Conversación españoles, que van destinados a los mencionados países, como de los Auxiliares extranjeros que vienen a España, que acaban adquiriendo un alto dominio del español y la cultura española. Por otro lado, se proporciona a los centros educativos españoles ayudantes de prácticas de conversación originarios de países cuyas lenguas se imparten en dichos centros, mejorando la calidad de la enseñanza de lenguas extranjeras en España. Por último, para los Auxiliares de Conversación españoles el programa hace posible que los graduados o licenciados participantes puedan perfeccionar el conocimiento del idioma y la cultura del país que les acoge, a la vez que adquieren experiencia en la enseñanza de la lengua y cultura españolas.

Los objetivos de este programa y de su desarrollo futuro están insertados en planes más amplios del Ministerio de Educación encaminados a favorecer de forma eficaz la enseñanza de las lenguas extranjeras, que se concretan en el Plan Integral de Aprendizaje de Lenguas Extranjeras. Con dicho plan se pretende promocionar el plurilingüismo y colocar la competencia en lenguas extranjeras en la situación de prioridad demandada por la sociedad española, en consonancia con la de los países de su entorno y con el lugar que nuestro país ocupa en los ámbitos educativo, económico y social, en un contexto internacional.

Por todo ello, el Ministerio de Educación ha dispuesto hacer pública la convocatoria de plazas para Auxiliares de Conversación en los países mencionados, de acuerdo con lo establecido en el capítulo II, apartado decimonoveno, de la Orden ECI/1305/2005 de 20 de abril (B.O.E. del 12 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

1. Plazas

1.1 Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, plazas de Auxiliares de Conversación de lengua española para el curso escolar 2011-2012 en centros docentes de Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Estados Unidos, Francia, Italia, Malta, Nueva Zelanda, Portugal, Reino Unido, República de Irlanda y República Federal de Alemania, según la distribución y las cifras que figuran en el Anexo I.

1.2 Tanto el número de plazas como los países participantes pueden sufrir variaciones en función de la planificación que las respectivas autoridades educativas realicen para el curso escolar 2011-1012.

2. Requisitos

Para poder concurrir a la presente convocatoria, los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos generales:

2.1 Tener nacionalidad española.

2.2 Ser estudiantes de último curso o estar en posesión de una titulación de las diplomaturas, licenciaturas o grados que se relacionan en el Anexo I.

3. Méritos de los candidatos

3.1 Tendrán prioridad los candidatos que:

3.1.1 No hayan obtenido plaza de Auxiliar de Conversación con anterioridad.

3.1.2 Sean estudiantes del último curso de las correspondientes diplomaturas, licenciaturas o grados.

3.1.3 Habiendo obtenido la titulación, hayan finalizado sus estudios en fecha más reciente.

3.2 El orden de prioridad y la valoración de los méritos de los candidatos se calcularán de acuerdo con las especificaciones que se establecen en el Anexo III.

4. Solicitudes

4.1 Presentación de solicitudes.–Los candidatos formularán su solicitud en el servicio online de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Aplicación Profex, accesible desde www.educacion.es/educacion/actividad-internacional, después de haberse dado de alta en la aplicación y rellenado su currículum en la misma.

En la solicitud se deberán escoger un máximo de dos países de preferencia, para lo que se tendrán en cuenta los requisitos específicos para cada país, relacionados en el Anexo I. En caso de escoger dos países, ambos deberán pertenecer al mismo grupo, de acuerdo con las agrupaciones que establece el citado anexo. En el caso de Italia o Portugal, sólo se podrá elegir un país.

En caso de escoger Alemania, Francia, Estados Unidos, Italia o el Reino Unido, los candidatos podrán expresar su preferencia por las zonas del país relacionadas en el Anexo II, eligiendo una zona de cada grupo por orden de preferencia.

Asimismo, los candidatos podrán expresar su preferencia por el tipo de población de destino y por centros de educación secundaria o primaria.

La documentación acreditativa de requisitos y méritos deberá haber sido escaneada y adjuntada en el currículum de Profex en formato electrónico, preferiblemente en formato PDF.

Una vez cumplimentada la solicitud, se imprimirá la hoja correspondiente, se firmará y se presentará en la forma que se especifica en el apartado siguiente.

4.2 Forma y plazo de presentación de las solicitudes:

4.2.1 Sin certificado digital.–Las solicitudes, dirigidas a la Subdirección General de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación, se presentarán en el Registro General del Ministerio de Educación, calle Los Madrazo, 17, 28071 Madrid; en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación, Paseo del Prado, 28, 28071 Madrid; en los registros de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas; en las representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que los candidatos optaran por presentar su solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada, para acreditar la presentación dentro del plazo.

4.2.2 Con certificado digital.–En el caso de que se disponga de Certificado Digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, de DNI electrónico o de un certificado de cualquier otra autoridad de certificación reconocida por la plataforma @firma, se podrá registrar la solicitud directamente a través de la aplicación Profex y no será necesario aportar ningún documento en papel.

4.2.3 El plazo para cumplimentar y presentar la solicitud será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado.

Sólo serán tenidos en cuenta los méritos alegados, siempre que estén debidamente justificados e introducidos en Profex dentro del mencionado plazo.

5. Documentación acreditativa

Los candidatos deberán adjuntar en la aplicación Profex, en formato electrónico, la siguiente documentación:

5.1 Una fotografía, que se adjuntará en el apartado indicado en el currículum de Profex.

5.2 Certificación académica de estudios en la que conste la calificación media numérica, con indicación expresa de que el titular de la certificación cursa el último año del plan de estudios o, en el caso de los titulados, que tiene aprobadas todas las asignaturas del plan de estudios y la fecha de finalización de los mismos.

5.3 En caso de presentar titulaciones obtenidas en universidades extranjeras, se deberá adjuntar la homologación correspondiente.

5.4 Carta de referencia, debidamente firmada y sellada, relativa a las aptitudes del candidato, emitida por un profesor de la facultad o escuela universitaria en la que el mismo cursa o cursó sus estudios.

5.5 Escrito redactado por el interesado, en la lengua del país solicitado, explicando su motivación para solicitar su participación en el programa.

5.6 Documentación acreditativa de los méritos alegados.

6. Admisión de candidatos

6.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, y antes de someter las propuestas de selección de candidatos al órgano competente, se hará pública en la dirección de Internet www.educacion.es/educacion/actividad-internacional, la lista provisional de admitidos y excluidos. En el supuesto de exclusión, constará la causa de la misma.

6.2 Si la exclusión es debida a la falta de los documentos requeridos en los puntos 5.1 a 5.5 del Apartado 5 de esta Orden, que deben ser adjuntados en formato electrónico en Profex, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta. De no hacerlo así, se le tendrá por desistido de su petición. Todo ello según lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7. Evaluación y selección de candidatos

7.1 La evaluación de los méritos alegados y acreditados documentalmente por los candidatos se realizará de acuerdo con lo señalado en el baremo que figura como Anexo III de la presente convocatoria. Sólo serán tenidos en cuenta los méritos alegados y justificados debidamente, presentados dentro del plazo al que se refiere el apartado 4 de esta convocatoria.

7.2 El Ministerio de Educación propondrá la lista provisional de candidatos seleccionados, conforme a la puntuación obtenida, a las correspondientes Subcomisiones Mixtas Bilaterales, constituidas por representantes del Ministerio y las autoridades educativas del país correspondiente.

7.3 Las Subcomisiones Mixtas Bilaterales realizarán la selección definitiva de candidatos teniendo en cuenta su perfil académico, así como su adecuación a las necesidades de los países participantes. Por parte española, estas Subcomisiones Mixtas estarán presididas por la Subdirectora General de Cooperación Internacional o la persona en quien delegue.

8. Documentación que deberán presentar los candidatos seleccionados

Los candidatos seleccionados deberán presentar, en un plazo de diez días contados a partir del día siguiente al de la publicación de los listados de seleccionados en la dirección de Internet www.educacion.es/educacion/actividad-internacional, la documentación acreditativa impresa, original o compulsada, que se especifica en el apartado 5.

Los candidatos que figuren en lista de reserva, enviarán la documentación una vez que hayan sido seleccionados.

9. Resolución de la convocatoria y nombramiento

9.1 La Subdirectora General de Cooperación Internacional, por delegación del Ministro de Educación (Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio de delegación de competencias, modificada por la Orden EDU/1854/2010, de 7 de julio), dictará resolución que contenga la relación de candidatos seleccionados por las Subcomisiones Mixtas Bilaterales de entre los admitidos al proceso.

Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial del Estado y pondrá fin a la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso administrativo, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición establecido en el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Simultáneamente, la relación de candidatos seleccionados se pondrá a disposición de los interesados, a través de la página web del Ministerio de Educación: www.educacion.es/educacion/actividad-internacional.

9.2 Con la debida antelación, las autoridades de los países de destino comunicarán directamente a los candidatos seleccionados los centros docentes en los que ejercerán sus funciones, otorgándoles el correspondiente nombramiento.

9.3 La adjudicación definitiva de las plazas de Auxiliares de Conversación en Australia, Canadá, Estados Unidos y Nueva Zelanda, quedará, en todo caso, condicionada a la obtención de los correspondientes visados.

9.4 El plazo máximo para resolver este procedimiento es de 6 meses, contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. El vencimiento del plazo señalado sin haberse publicado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada la solicitud por silencio administrativo.

10. Aceptaciones y renuncias

10.1 Tras recibir el nombramiento citado en el apartado anterior, los interesados deberán aceptar su plaza a través de la Aplicación Profex.

10.2 En el caso de que el candidato no acepte la plaza adjudicada, deberá remitir, con la máxima urgencia, un correo electrónico o un escrito de renuncia a las autoridades del país de destino, con copia a la Subdirección General de Cooperación Internacional: auxiliares.conv@educacion.es.

11. Régimen

11.1 Los Auxiliares de Conversación de Lengua Española serán adscritos por las Autoridades correspondientes a los distintos centros de enseñanza donde ejercerán sus funciones como ayudantes de prácticas de conversación, bajo la dirección de un profesor titular, durante doce horas semanales.

En el caso de Estados Unidos y Canadá, los Auxiliares de Conversación ejercerán sus funciones con una dedicación de dieciséis a veinte horas semanales.

En el caso de Australia y Nueva Zelanda, la dedicación será de 15 a 18 horas y la duración del curso escolar de febrero a diciembre de 2012.

11.2 Los Auxiliares de Conversación percibirán, con cargo a los presupuestos del país de destino, en concepto de gastos de alojamiento y manutención, las cantidades que, a título orientativo, se indican en el Anexo V.

11.3 Los Auxiliares de Conversación destinados a Estados Unidos y Canadá percibirán del Ministerio de Educación la cantidad mensual que se indica en el Anexo V. El Ministerio también financiará los costes de la cobertura de los riesgos médico-sanitarios de estos Auxiliares, por un importe máximo global por todos los seleccionados que no excederá de 21.000 Euros, así como, en su caso, los gastos de autorización de visados, por una cantidad máxima global por todos los seleccionados no superior a 10.000 Euros. Todos estos costes se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.09.144.A.480, de acuerdo con lo que se establece en la base 15 de la presente Orden.

11.4 Los gastos de desplazamiento al país de destino y regreso correrán a cargo de los candidatos seleccionados.

11.5 Al finalizar el curso académico, la Subdirección General de Cooperación Internacional expedirá, a los Auxiliares de Conversación que lo soliciten, un certificado acreditativo de participación en el programa, con indicación de las horas impartidas, conforme al punto 10.1.

11.6 Asimismo, a la finalización de la participación en el programa, la Consejería o Agregaduría de Educación en el país correspondiente presentará a la Subdirección General de Cooperación Internacional un certificado de cumplimiento, de cada auxiliar de conversación, de las actividades por las que se ha otorgado la subvención.

12. Formación inicial

Los candidatos seleccionados para Estados Unidos y Canadá serán convocados a unas Jornadas de Información, cuyos gastos de alojamiento, manutención y espacios necesarios para el desarrollo de las mismas serán asumidos por el Ministerio de Educación por una cantidad máxima global por todos los seleccionados de 4.500 Euros, con cargo a los créditos del Departamento, aplicación presupuestaria 18.09.144A.480, de acuerdo con lo que se establece en la base 15 de la presente Orden.

13. Recursos

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este Ministerio, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

14. Información

Cualquier información sobre esta convocatoria podrá obtenerse en el Servicio de Información y Asuntos Generales del Ministerio de Educación, Alcalá, 36, 28071 Madrid, así como a través de la página Web del Ministerio: www.educacion.es/educacion/actividad-internacional, y en el teléfono 91-506.55.94.

15. Desarrollo

Se autoriza a la Subdirectora General de Cooperación Internacional a adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden.

Madrid, 30 de noviembre de 2010.–El Ministro de Educación, Ángel Gabilondo Pujol.

ANEXO I
Relación de plazas y requisitos específicos por país

Grupo

País

Plazas

Titulación

1

Alemania.

140

a. Estudiante del último curso o Licenciado en Filología Alemana o Traducción e Interpretación Lingüística con alemán como primera lengua extranjera.
b. Estudiante del último curso de Magisterio, o Maestro, con especialidad en lengua extranjera, si se tiene incluida la lengua alemana en su plan de estudios.
c. Estudiante del último curso o Licenciado en Filología o Traducción e Interpretación, si se tiene incluida la lengua alemana en su plan de estudios.

Austria.

25

2

Bélgica.

15

a. Estudiante del último curso o Licenciado en Filología Francesa o Traducción e Interpretación Lingüística, con francés como primera lengua extranjera.
b. Estudiante del último curso de Magisterio o Maestro con especialidad en lengua en extranjera, idioma francés.
c. Estudiante del último curso o Licenciado en cualquier otra licenciatura o de Magisterio, si se acreditan conocimientos de francés.

Canadá.

1

Francia.

490

3

Australia.

2

a. Estudiante del último curso o Licenciado en Filología Inglesa o Traducción e Interpretación Lingüística, con inglés como primera lengua extranjera.
b. Estudiante de último curso de Magisterio o maestro o con especialidad en lengua en extranjera, idioma inglés.
c. Estudiante del último curso o Licenciado en Filología Hispánica o Románica, si se tiene incluida la lengua inglesa en su plan de estudios.

Estados Unidos.

27

Canadá.

2

Irlanda.

12

Malta.

4

Nueva Zelanda.

3

Reino Unido.

500

4

Italia.

25

a. Estudiante del último curso o licenciado en Filología Italiana o Traducción e Interpretación Lingüística, con italiano como primera lengua extranjera.
b. Estudiante del último curso o licenciado en Filología o Traducción e Interpretación, si se tiene incluida la lengua italiana en su plan de estudios.

5

Portugal.

10

c. Estudiante del último curso o licenciado en Filología Portuguesa o Traducción e Interpretación Lingüística, con portugués como primera lengua extranjera.
d. Estudiante del último curso o licenciado en Filología o Traducción e Interpretación, si se tiene incluida la lengua portuguesa en su plan de estudios.

ANEXO II
Áreas de preferencia de Alemania, Francia, Estados Unidos, Italia y Reino Unido

Alemania

Grupo A

Grupo B

Grupo C

Grupo D

Bremen.
Hamburgo Mecklenburg-Vorpommern.
Baja Sajonia Schleswig-Holstein.

Berlín.
Brandenburgo Sajonia,
Sajonia-Anhalt Thüringen,

Hessen,
Renania del Norte-Wesfalia,
Saarland,

Baden-Württemberg,
Baviera,
Renania-Palatinado,

Francia

Grupo A

Grupo B

Grupo C

Aix-Marsella.
Burdeos.
Créteil.
Dijon.
Lyon.
Montpellier.
Niza.
París.
Poitiers.
Toulouse.
Versailles.

Amiens.
Besançon.
Grenoble.
Lille.
Limoges.
Nantes.
Orléans-Tours.
Reims.
Rouen.
Estrasburgo.

Caen.
Clermont-Ferrand.
Córcega.
Nancy-Metz.
Nueva Caledonia *.
Rennes.
Guadalupe.
La Reunión.
Mayotte.
Martinica.
Guayana.

Estados Unidos

Grupo A

Grupo B

Grupo C

Grupo D

California.
Nuevo México.
Oregón.
Utah.
Estado de Washington.

Illinois.
Indiana.
Iowa.
Kentucky.
Nebraska.

Connecticut.
Massachusetts.
Virginia.
Washington, DC.

Florida.
Georgia.
Texas.

Italia

Grupo A

Grupo B

Grupo C

Liguria.
Lombardía.
Piamonte.
Valle d’Aosta.
Emilia-Romagna.
Friuli-Venezia Giulia.
Trentino-Alto Adige.
Veneto.

Lazio.
Marche.
Toscana.
Umbría.
Cerdeña.

Abruzzo.
Basilicata.
Calabria.
Campania.
Molise.
Puglia.
Sicilia.

Reino Unido

Grupo A

Grupo B

Grupo C

01 South West.
03 Sussex.
06 Gran Londres.
09 South Midlands.
11 South West Midlands.
14 East Anglia.
20 Escocia.

02 South Central.
04 Surrey.
05 Kent.
07 Essex.
08 Hertfordshire.
15 North East Midlands.
16 Yorkshire.
19 North East.

10 Midlands.
12 Gales.
13 North West Midlands.
17 Lancashire, Merseyside e Isla de Man.
18 Cumbria.
21 Irlanda del Norte.

* Curso escolar con comienzo en febrero de 2012

ANEXO III
Baremo

Orden de prioridad y méritos

Puntos máximos

Documentación acreditativa
(Escaneada y adjuntada en la aplicación Profex)

Formación Académica

Calificación media del expediente académico.

10

Certificación académica personal en la que consten las calificaciones obtenidas en todas las asignaturas y cursos, la nota media final, expresada de 5 a 10 puntos, y que el solicitante está matriculado en el último curso o, en su caso, la fecha de finalización de los estudios.

Ser estudiante de último curso de los alegados para participar en la convocatoria.

10

Haber terminado los estudios (alegados para participar en la convocatoria) en 2010.

5

Haber terminado los estudios (alegados para participar en la convocatoria) en 2009.

3

Especialidad en el idioma del país o países solicitados, en los estudios alegados para participar en la convocatoria.

2

Títulos y certificaciones de validez oficial

Otros títulos y diplomas acreditativos del conocimiento del idioma del país solicitado.

2

Títulos o certificados acreditativos.

Cursos relacionados con la educación (0,10 puntos por cada 10 horas).

3

Certificados acreditativos con indicación del número de horas de duración del curso.

Máster en formación del profesorado o equivalente (obtenido antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes).

1

Certificación acreditativa.

Presentación de la solicitud

Orden y calidad de la presentación de la documentación exigida, y cumplimentación exhaustiva de la solicitud.

1

 

Nota:

Únicamente serán baremados aquellos méritos alegados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Una vez seleccionados, los candidatos deberán aportar en papel la documentación original o en copias debidamente compulsadas.

ANEXO IV
Direcciones

Australia: Department of Education and Early Childhood Development. 2 Treasury Place East Melbourne, Victoria, 3002.

Austria: Bundesministerium für Unterricht und Kunst. Wissenschft und Forschung. Dr. Ignaz Seipel-platz, 2-Viena.

Bélgica: Commissariat général aux Relations internationales de la Communauté francaise de Belgique (Wallonie-Bruxelles), Place Sainctelette,2,B-1080 Bruxelles.

Estados Unidos y Canadá: Consejería de Educación en Estados Unidos, 2375 Pennsylvania Av., N.W. Washington D.C. 20037.

Francia: Centre International d’Etudes Pédagógiques. Departement Langues et Mobilité, 1 avenue León Journault - 92318 Sèvres.

Italia: Direzione Generale per gli Affari Internazionali, Ministero dell´Istruzione, dell´Università e della Ricerca, Viale Trastevere, 76/A - 00153 Roma.

Nueva Zelanda: International Programmes. ILANZ. P.O. Box 10-298, Wellington.

Reino Unido: Language Assistants, Contracts & Projects, the British Council, 10 Spring Gardens. Londres SW1A 2BN.

República de Irlanda: Department of Education and Science, Cornamaddy, Post-Primary Teacher’s Section, Language Assistants Programme, Athlone, Co. Westmeath,

República Federal de Alemania: Pädagogischer Austauschdienst. Lennestrasse, 6, postfach 2240, 53113 Bonn, 1.

ANEXO V
Retribuciones

Australia: 1.400 dólares australianos mensuales.

Austria: 984,13 euros mensuales.

Bélgica: 832,24 euros mensuales.

Canadá: 1.000 dólares canadienses mensuales.

Estados Unidos: 1.000 dólares estadounidenses mensuales.

Francia: 775 euros mensuales en Francia, 1.070 en Guayana, 1.104 en Martinica y Guadalupe, 889 en Mayotte, 1.190 en La Reunión y 1.502 en Nueva Caledonia.

Italia: 725 euros mensuales.

Nueva Zelanda: 23,327 dólares neocelandeses para todo el año académico.

Portugal: 700 euros mensuales.

Reino Unido: 859 libras mensuales.

República de Irlanda: 941 euros mensuales.

República Federal de Alemania: 800 euros mensuales.

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