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Documento BOE-A-2011-17653

Resolución de 6 de octubre de 2011, de la Secretaría General de Política Social y Consumo, por la que se aprueban las tarifas del Instituto Nacional del Consumo, para el desarrollo y gestión de actividades relacionadas con el control de los contenidos de los ingredientes de los productos del tabaco.

Publicado en:
«BOE» núm. 270, de 9 de noviembre de 2011, páginas 116725 a 116726 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2011-17653

TEXTO ORIGINAL

La Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, considera en su artículo 4.1 n) como negocios y contratos excluidos aquéllos en cuya virtud se encargue a una entidad que, conforme a lo señalado en el articulo 24.6 de la propia Ley, tenga atribuida la condición de medio propio y servicio técnico, la realización de una determinada prestación.

El citado artículo 24.6 establece que los entes, organismos y entidades del sector público podrán ser considerados medios propios y servicios técnicos de aquellos poderes adjudicadores para los que realicen la parte esencial de su actividad cuando éstos ostenten sobre los mismos un control análogo al que pueden ejercer sobre sus propios servicios, entendiéndose, en todo caso, que los poderes adjudicadores ostentan sobre un ente, organismo o entidad un control análogo al que tienen sobre sus propios servicios si pueden conferirles encomiendas de gestión que sean de ejecución obligatoria para ellos de acuerdo con instrucciones fijadas unilateralmente por el encomendante y cuya retribución se fije por referencia a tarifas aprobadas por la entidad pública de la que dependan.

El Centro de Investigación y Control de la Calidad, del Instituto Nacional del Consumo, según lo previsto en el artículo único del Real Decreto 1681/2009, de 13 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 2950/1975, de 7 de noviembre, por el que se reorganiza el Consejo de Comercio Interior y de los consumidores y se crea el Instituto Nacional del Consumo, tiene la consideración de medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración General del Estado y de sus Organismos y Entidades de Derecho Público, en las materias que constituyen sus fines, pudiendo asumir encomiendas de gestión para la realización de todas aquellas actividades previstas en su normativa, según viene reflejado en su artículo único del citado Real Decreto, por parte de la Administración General del Estado y de sus Organismos y Entidades de Derecho Público.

La presente Resolución tiene por objeto aprobar las tarifas del Centro de Investigación y Control de la Calidad-Instituto Nacional del Consumo, aplicables a la Encomienda de Gestión que se suscriba entre el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad (Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior) y el Instituto Nacional del Consumo, para el desarrollo y gestión de actividades relacionadas con el desarrollo y gestión de actividades relacionadas con el control de los contenidos de los ingredientes de los productos del tabaco.

Las actuaciones que se llevan a efecto para la realización de la Encomienda se configuran en un anexo de cuadro de tarifas.

El Instituto Nacional del Consumo ha presentado al Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad una propuesta de tarifa de aplicación a la encomienda de gestión de referencia.

En su virtud, dispongo:

Único.

Aprobar las tarifas del Instituto Nacional del Consumo, aplicables a la Encomienda de Gestión que se suscriba entre el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad (Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior) y el referido Instituto Nacional del Consumo, para el desarrollo y gestión de actividades relacionadas con el control de los contenidos de los ingredientes de los productos del tabaco.

Madrid, 6 octubre de 2011.–La Secretaria General de Política Social y Consumo, Isabel M. Martínez Lozano.

ANEXO
Tarifas

1. Memoria económica relativa al acuerdo de encomienda de gestión entre el ministerio de sanidad, política social e igualdad y el instituto Nacional del Consumo (INC)-Centro de Investigación y Control de la Calidad (CICC), en materia de verificación de los contenidos de los ingredientes de los productos del tabaco.

Corresponde al INC-CICC como contraprestación a la encomienda de gestión y en concepto de gastos indirectos de la actividad a desarrollar el 100 por 100 del presupuesto total de la actividad encomendada y ejecutada. La cantidad que se desprende de los gastos indicados se considera como presupuesto total.

La valoración económica de las actividades del INC-CICC, responsable de realizar la verificación de los contenidos máximos de alquitrán, nicotina y monóxido de carbono de los cigarrillos, según establecen las normas ISO, el etiquetado de los productos del tabaco, así como las medidas relativas a ingredientes y denominaciones de los productos del tabaco, y otras sustancias determinadas por la Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior y el INC, para el cumplimiento del Real Decreto 1079/2002, de 18 de octubre, que incorpora a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 2001/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2001, se detalla en el cuadro de tarifas siguiente:

Actividad desarrollada

Valoración económica

Euros

Mantenimiento de equipos de esta actividad

26.761,75

Actuaciones propias de esta actividad: participación en reuniones, viajes

4.500,00

Participación en ejercicios interlaboratorios

400,00

Compras de equipos: actualización MS/MS GCMS Varian Saturn y equipo de análisis LIP

15.275,87

Acreditación por ENA

6.918,34

Coste de adquisición de muestras

1.200,00

Estudio de la picadura de tabaco

833,32

Gastos de: adquisición de normas, material fungible, disolventes, vidrio, reactivos, materiales de referencia y retirada de residuos

5.042,93

Base Imponible

60.932,21

IVA 18%

10.967,79

Total

71.900,00

2. Tarifas para la realización de los ensayos del tabaco de acuerdo con las Normas UNE-EN-ISO 8243, UNE-EN-ISO 7210, UNE-EN-ISO 3402, UNE-EN-ISO 3308, UNE-EN-ISO 4387, UNE-EN-ISO 8454, UNE-EN-ISO 10315, UNE-EN-ISO 10362-1 y UNE-EN-ISO 16055 para la verificación de los contenidos máximos de alquitrán, nicotina y monóxido de carbono de los cigarrillos.

Tarifas relativas a los gastos indirectos, derivados de la actividad encomendada. En el establecimiento de estas tarifas no se ha tenido en cuenta, por no estar contemplado en el acuerdo de Encomienda de Gestión, gastos de personal.

Para la realización del ensayo de una muestra de tabaco se establece una tarifa de 312,61 €, obtenida del cociente entre el montante total previsto en la memoria económica del apartado anterior y el número de muestras previsto, 230.

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