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Documento BOE-A-2012-60

Resolución de 21 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de acciones dirigidas a la elaboración y actualización del Catálogo de Títulos de Formación Profesional, durante el ejercicio de 2011, con la cofinanciación del Fondo Social Europeo.

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 3 de enero de 2012, páginas 221 a 224 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2012-60

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Aragón han suscrito un Convenio de colaboración para el desarrollo de acciones dirigidas a la elaboración y actualización del catálogo de Títulos de Formación Profesional, durante el ejercicio de 2011, con la cofinanciación del Fondo Social Europeo, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicho Convenio.

Madrid, 21 de diciembre de 2011.–El Director General de Formación Profesional, Miguel Soler Gracia.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA ARAGÓN PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES DIRIGIDAS A LA ELABORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL CATÁLOGO DE TÍTULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, DURANTE EL EJERCICIO DE 2011, CON LA COFINANCIACIÓN DEL FONDO SOCIAL EUROPEO

En Madrid, a 23 de noviembre de 2011.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. don Ángel Gabilondo Pujol, Ministro de Educación, actuando en nombre y representación de dicho Ministerio conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 556/2009, de 7 de abril (BOE del 7), por el que se nombran Ministros del Gobierno.

Y de otra parte, la Excma. Sra. doña María Dolores Serrat Moré, Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón nombrada mediante Decreto de 15 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, actuando en nombre y representación de la Diputación General de Aragón, en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de julio de 2011.

EXPONEN

1. Que la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio de Educación actúan en el ejercicio de sus respectivas competencias.

2. Que el artículo 149.1.30.ª de la Constitución establece la competencia exclusiva del Estado sobre la regulación de los títulos académicos y profesionales y las condiciones de obtención, expedición y homologación de los mismos, así como de aquellas normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

3. Que el Real Decreto 1982/1998, de 18 de septiembre, establece el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza no universitaria y el Decreto 18/2009, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte estableciendo la competencia a este Departamento para la aprobación del currículos de los distintos niveles, etapas, ciclos, grados y modalidades del sistema educativo, del que formaran parte, en todo caso, las enseñanzas mínimas fijadas por el Estado.

4. Que el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) establece que el Estado promoverá programas de cooperación territorial con el fin de alcanzar los objetivos educativos de carácter general y reforzar las competencias básicas, mediante convenios o acuerdos con las Comunidades Autónomas.

5. Que el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé que la Administración General y los Organismos públicos vinculados o dependientes de la misma puedan celebrar convenios de colaboración con los órganos correspondientes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias, y establece la norma a la que con carácter general habrá de ajustarse el contenido de los convenios.

6. Que el Ministerio de Educación, y la Comunidad Autónoma Aragón tienen interés común en el desarrollo del Sistema Nacional de Cualificaciones y de la Formación Profesional, a través de la colaboración en la elaboración y actualización de los Títulos de Formación Profesional.

7. Que con fecha 24 de junio de 2009, Resolución de 28 de diciembre de 2009 (BOE del 25 de enero de 2010), de la Dirección General de Formación Profesional, se firmó convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma Aragón, cuyo objeto era servir de instrumento para el desarrollo y ejecución de las actuaciones previstas en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio (BOE del 20), de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, referidas a la identificación y actualización de las necesidades de cualificación, así como su definición y la de la formación asociada. Dichas cualificaciones se integrarán en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

8. Que el referido convenio, cuya vigencia se extendía hasta el 31 de diciembre de 2009, podría renovarse anualmente, en los mismos términos, de forma expresa y de mutuo acuerdo de las partes, habiendo sido objeto de renovación desde el 30 de julio de 2010 (Resolución de 28 de octubre de 2010, de la Dirección General de Formación Profesional, publicada en BOE de 25 de noviembre) hasta el 31 de diciembre de 2010.

9. Que, teniendo en cuenta el resultado satisfactorio obtenido con la colaboración establecida y dadas las necesidades existentes, ambas partes consideran conveniente suscribir nuevo convenio de colaboración para continuar con la elaboración y actualización del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y, en su caso, la elaboración del Catálogo de Títulos Profesionales durante todo el año 2011.

Y, en consecuencia,

ACUERDAN

Primero.

Suscribir un convenio de colaboración que comprenda desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2011, con los siguientes objetivos:

1. El presente convenio ha de servir como instrumento de colaboración entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la Administración General del Estado para el desarrollo y ejecución de las actuaciones previstas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio (BOE del 20), de las Cualificaciones y de la Formación Profesional,

2. Los expertos docentes, a que se refiere el punto segundo del convenio, colaborarán en los trabajos necesarios para la elaboración de los Títulos de Formación Profesional, referidos al Sistema Nacional de Cualificaciones y de la Formación Profesional, en aquellas familias profesionales que se determinen, bajo la supervisión de la Dirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación.

Segundo.

La Comunidad Autónoma de Aragón a través del Departamento de Educación, Cultura y Deporte se compromete a proporcionar 1 experto educativos, para colaborar en los trabajos de elaboración de Títulos de Formación Profesional referidos al Sistema Nacional de Cualificaciones y de la Formación Profesional.

Tercero.

El Ministerio de Educación, transferirá al Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la financiación de la participación del experto educativo a que se refiere la cláusula anterior, la cantidad de 30.043 € con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.322B.45401 de los Presupuestos Generales del Estado para 2011, con los siguientes libramientos:

– Noviembre 2011: 15.021,50 euros.

– Diciembre 2011: 15.021,50 euros.

Cuarto.

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón deberá aportar al Ministerio de Educación, certificación expedida por los servicios competentes de dicha Consejería de haber sido ingresado en su contabilidad el importe del libramiento efectuado, así como los documentos justificativos del gasto.

Quinto.

El presente convenio se inscribe entre las actuaciones que el Ministerio de Educación, y en su nombre la Dirección General de Formación Profesional desarrolla, en calidad de organismo intermedio, en el marco del Programa Operativo «Adaptabilidad y Empleo» cofinanciado por el Fondo Social Europeo con una tasa de cofinanciación del 50%. En consecuencia, y al objeto de garantizar la correcta justificación ante el FSE y de cumplir los compromisos que la recepción de fondos estructurales lleva aparejados, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón deberá emitir el correspondiente certificado de los gastos elegibles ejecutados a la finalización del convenio.

Sexto.

Se realizará un seguimiento de las actuaciones previstas en este Convenio de colaboración, así como de los correspondientes gastos, por parte de la Dirección General de Formación Profesional y la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente del Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Séptimo.

Serán causas de rescisión de este convenio el mutuo acuerdo de las partes, la imposibilidad sobrevenida de cumplir el objeto propuesto o el incumplimiento no justificado de cualquiera de los compromisos asumidos en el clausulado del mismo.

Octavo.

El presente convenio queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, de acuerdo con lo establecido en su artículo 4.1.c). El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para conocer las controversias que puedan surgir del presente convenio.

Noveno.

La vigencia del presente convenio para el curso escolar 2010/2011, se extenderá desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2011, abarcando las actuaciones que constituyen su objeto, relativas al ejercicio presupuestario 2011, pudiendo renovarse anualmente, en los términos actuales, con acuerdo expreso entre las partes.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio de colaboración, en tres ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Educación, el Ministro, Ángel Gabilondo Pujol.–Por la Comunidad Autónoma de Aragón, la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, María Dolores Serrat Moré.

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