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Documento BOE-A-2013-12390

Orden JUS/2195/2013, de 8 de noviembre, por la que, en ejecución de sentencia, se complementa la Orden JUS/886/2013, de 13 de mayo, por la que se nombra funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, en el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1655/2010, de 31 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 26 de noviembre de 2013, páginas 93936 a 93936 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2013-12390

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de la sentencia del Juzgado Central número 6 de lo Contencioso-administrativo, de 24 de septiembre de 2012, recaída en el recurso número 75/2012, interpuesto por doña Minerva Ortiz de la Cruz, contra la Orden de 16 de mayo de 2011, en relación con el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/1655/2010, de 31 de mayo (BOE de 22 de junio),

Este Ministerio, como complemento de la Orden JUS/886/2013, de 13 de mayo (BOE de 23 de mayo), por la que se nombra funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, incluyéndola en el anexo I de la Orden JUS/1774/2011, de 15 de junio, en cumplimiento de la precitada sentencia recaída en el recurso número 75/2012, ha resuelto lo siguiente:

Primero.

Reconocer a Minerva Ortiz de la Cruz los efectos administrativos y económicos correspondientes desde la fecha en que los demás aspirantes fueron nombrados por la Orden JUS/1774/2011 o tomaron posesión de sus destinos como funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

Lo dispuesto en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de las competencias asumidas en materia de personal al servicio de la Administración de Justicia por la Comunidad Autónoma de Cataluña, por cuyo ámbito territorial concurrió la recurrente, en virtud de lo establecido por su Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, posteriormente derogada por Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, y, en desarrollo del mismo, por el Real Decreto 441/1996, de 1 de marzo, que hace efectivo el traspaso de las funciones y servicios en esta materia a partir del 1 de abril de 1996. Dicha normativa vincula a la Comunidad Autónoma de Cataluña a la ejecución de la sentencia en cuanto a los efectos económicos reconocidos por esta orden en cumplimiento de la misma.

Segundo.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante este Departamento, en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. En ambos casos el plazo se contará a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de noviembre de 2013.–El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/2225/2012, de 5 de octubre), el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Ricardo Gonzalo Conde Díez.

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