Visto el expediente de indulto de don Abdelhamid Bouayachi, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Getafe, en sentencia de 4 de diciembre de 2007, como autor de dos delitos de robo con intimidación, a la pena de tres años y medio de prisión, por cada uno de los delitos de robo con intimidación; y un delito de tenencia ilícita de armas, a la pena de un año de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el ejercicio de sufragio pasivo, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de diciembre de 2012,
Vengo en indultar a don Abdelhamid Bouayachi cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 7 de diciembre de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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