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Documento BOE-A-2013-446

Resolución de 11 de enero de 2013, de la Comisión Rectora del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, por la que se modifica la de 17 de diciembre de 2012, por la que se acuerda realizar determinadas acciones de gestión de híbridos y deuda subordinada en relación con la 3.ª emisión de deuda subordinada de Caixa D'Estalvis de Catalunya de 1 de enero de 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2013, páginas 1995 a 1995 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria
Referencia:
BOE-A-2013-446

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de 17 de diciembre de 2012, de la Comisión Rectora del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, por la que se acuerda realizar determinadas acciones de gestión de híbridos y deuda subordinada en relación con la 3.ª emisión de deuda subordinada de Caixa D’Estalvis de Catalunya de 1 de enero de 1998, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 304, de 19 de diciembre de 2012, en su fundamento quinto, fija el importe total de los instrumentos híbridos de capital, circunstancia que debe modificarse al tratarse de un manifiesto error. Por ello, resuelvo:

Modificación de la Resolución de 17 de diciembre de 2012, de la Comisión Rectora del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, por la que se acuerda realizar determinadas acciones de gestión de híbridos y deuda subordinada en relación con la 3.ª emisión de deuda subordinada de Caixa D’Estalvis de Catalunya de 1 de enero de 1998.

El fundamento quinto de la Resolución de 17 de diciembre de 2012, de la Comisión Rectora del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, por la que se acuerda realizar determinadas acciones de gestión de híbridos y deuda subordinada en relación con la 3.ª emisión de deuda subordinada de Caixa D’Estalvis de Catalunya de 1 de enero de 1998, se modifica en los siguientes términos:

«Quinto.

Paralelamente, y a efectos de lo dispuesto en el apartado 2, b) del artículo 44 de la Ley 9/2012, se ha estimado el valor liquidativo situándose en un valor negativo de diecisiete mil ochocientos cuarenta y seis millones de euros (–17.846.000.000,00 euros).

Siendo el importe total de los instrumentos híbridos de capital de un importe nominal de mil novecientos treinta y nueve millones de euros (–1.939.000.000 euros), y teniendo en cuenta que el importe del nominal más la prima de emisión se sitúa en el entorno de los dos mil millones, la amplia diferencia existente pone de manifiesto que el perjuicio sufrido es ampliamente inferior al que hubiera correspondido en un estado liquidativo de la entidad.

Por lo tanto se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.d y artículo 44.2b de la Ley 9/2012».

Madrid, 11 de enero de 2013.–El Presidente Comisión Rectora del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, Fernando Restoy Lozano.

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