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Documento BOE-A-2013-5164

Resolución CLT/582/2013, de 20 de febrero, por la que se incoa expediente de delimitación del entorno de protección del Hospital de la Santa Creu y de Sant Pau, en Barcelona.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 16 de mayo de 2013, páginas 36675 a 36675 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2013-5164

TEXTO ORIGINAL

Por el Real decreto de 19 de mayo de 1978 (BOE núm. 171, de 19-7-1978) fue declarado monumento histórico-artístico el Hospital de la Santa Creu y de Sant Pau, en Barcelona.

El 7 de febrero de 2013 la Dirección General de Archivos, Bibliotecas, Museos y Patrimonio, emitió informe favorable a la incoación del expediente de delimitación del entorno de protección del Hospital de la Santa Creu y de Sant Pau, en Barcelona.

Visto lo que dispone la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

1. Incoar expediente de delimitación del entorno de protección del Hospital de la Santa Creu y de Sant Pau, en Barcelona. Este entorno consta grafiado en el plano que figura en el expediente administrativo.

2. Notificar esta Resolución a las personas interesadas, dar traslado al Ayuntamiento de Barcelona y hacerle saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar las obras que sea manifiesto que no perjudican los valores culturales del bien. Esta autorización tiene que ser previa a la concesión de la licencia municipal, a menos que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de esta Resolución.

3. Abrir un periodo de información pública de acuerdo con lo que prevé el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán. Durante el plazo de un mes a contar desde la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, el expediente estará a disposición de quienes lo quieran examinar en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura, en Barcelona, c. Muntaner, 221, 08036 Barcelona. Durante este plazo se podrá alegar lo que se considere conveniente sobre el expediente.

4. Comunicar esta Resolución al Registro de bienes culturales de interés nacional para su anotación preventiva y dar traslado al Registro general de bienes de interés cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 20 de febrero de 2013.–El Consejero de Cultura, Ferran Mascarell i Canalda.

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