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Documento BOE-A-2014-1089

Resolución de 27 de enero de 2014, de la Dirección General de Empleo, por la que se corrigen errores en la de 8 de noviembre de 2013, por la que se registra y publica el Acta de los acuerdos sobre el procedimiento para la homologación de actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales, así como sobre el Reglamento de condiciones para el mantenimiento de la homologación de actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales de acuerdo con lo establecido en el V Convenio colectivo del sector de la construcción.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 1 de febrero de 2014, páginas 7252 a 7252 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2014-1089
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/01/27/(2)

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el Acta en la que se contienen los acuerdos sobre el procedimiento para la homologación de actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales, así como sobre el Reglamento de condiciones para el mantenimiento de la homologación de actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales de acuerdo con lo establecido en el V Convenio colectivo del sector de la construcción, registrada y publicada por Resolución de la Dirección General de Empleo de 8 de noviembre de 2013, en el «BOE» núm. 280 de 22 noviembre.

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.

En la página 93293, artículo 1. Obligaciones derivadas de la homologación, punto 2, apartado a). Se han de suprimir las tres últimas líneas del 2.º párrafo. Donde dice: «Se adjuntarán, en el espacio previsto para ello en la «Aplicación para la comunicación de actividades formativas homologadas» una copia de los formularios de alta de los alumnos, firmados por estos».

En la página 93294, artículo 1. Obligaciones derivadas de la homologación, punto 2, apartado d), 1.ª línea, donde dice: «la entidad podrá comunicar». Debe decir: «la entidad deberá comunicar».

En la página 93294, artículo 1. Obligaciones derivadas de la homologación, punto 2, apartado d), 4.ª línea, donde dice: «hasta un plazo máximo de una hora desde su inicio». Debe decir: «pudiendo llevar a cabo la comunicación hasta un plazo máximo de una hora desde su inicio.»

En la página 93296, artículo 2. Infracciones, punto 2. Son infracciones leves, apartado d), 2.ª línea, donde dice: «artículo 1.15». Debe decir: «artículo 1.14».

En la página 93297, artículo 3. Sanciones, punto 1. Apercibimiento, 2.º párrafo, 5.ª línea, donde dice: «los puntos 17 y 18, respectivamente». Debe decir: «los puntos 16 y 17 respectivamente».

En la página 93297, artículo 3. Sanciones, punto 2. Suspensión, 2.º párrafo, líneas 4.ª y 5.ª, donde dice: «los puntos 17 y 18, respectivamente». Debe decir: «los puntos 16 y 17, respectivamente».

Madrid, 27 de enero de 2014.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/01/2014
  • Fecha de publicación: 01/02/2014
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 8 de noviembre de 2013 (Ref. BOE-A-2013-12309).
Materias
  • Construcciones
  • Convenios colectivos
  • Formación profesional
  • Industria de la construcción
  • Negociación colectiva
  • Seguridad e higiene en el trabajo

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