Está Vd. en

Documento BOE-A-2014-12377

Resolución de 11 de noviembre de 2014, de la Dirección General del Agua, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de noviembre de 2014, por el que se aprueban las nuevas tarifas para el aprovechamiento del acueducto Tajo-Segura.

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 28 de noviembre de 2014, páginas 97633 a 97635 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2014-12377
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/11/11/(2)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 7 de noviembre de 2014, a propuesta de la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, planteada a iniciativa de la Comisión Central de Explotación del acueducto Tajo-Segura, según lo previsto en la Ley 52/1980, de 16 de octubre, reguladora del régimen económico de la explotación de dicho acueducto, aprobó las nuevas tarifas para el aprovechamiento del acueducto Tajo-Segura.

El citado Acuerdo establece que las nuevas tarifas entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

En su virtud, resuelvo ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo de Consejo de Ministros, de 7 de noviembre de 2014, por el que se aprueban las nuevas tarifas para el aprovechamiento del acueducto Tajo-Segura, que figuran como anexo a esta resolución.

Madrid, 11 de noviembre de 2014.–La Directora General del Agua, Liana Sandra Ardiles López.

ANEXO
Acuerdo de Consejo de Ministros, de 7 noviembre 2014, por el que se aprueban las nuevas tarifas para el aprovechamiento del acueducto Tajo-Segura

Según lo previsto en los artículos primero y decimocuarto de la ley 52/1980, de 16 de octubre, de regulación del régimen económico de la explotación del acueducto Tajo-Segura, se aprueban las siguientes tarifas de conducción de las aguas del citado acueducto:

1.º Para las aguas trasvasadas al sureste:

 

Riegos

Euros/m3

Abastecimientos

Euros/m3

a) Coste de las obras

0,015388

0,042796

b) Gastos fijos de funcionamiento

0,012130

0,000628

c) Gastos variables de funcionamiento

0,069800

0,055739

Total

0,097318

0,099163

2.º Para las aguas trasvasadas a la cuenca alta del Guadiana:

 

Abastecimientos

Euros/m3

Tablas de Daimiel

Euros/m3

a) Coste de las obras

0,021369

0,000000

b) Gastos fijos de funcionamiento

0,001118

0,013959

c) Gastos variables de funcionamiento

0,057915

0,057915

Total

0,080402

0,071874

3.º Para las aguas propias de la cuenca del Júcar que utilicen exclusivamente la infraestructura del acueducto:

 

Riegos en la zona

de Los Llanos

Euros/m3

Abastecimiento

de Albacete

Euros/m3

a) Coste de las obras

0,003137

0,018694

b) Gastos fijos de funcionamiento

0,006269

0,000000

c) Gastos variables de funcionamiento

0,000000

0,000000

Total

0,009606

0,018694

4.º Para las aguas propias de la cuenca del Júcar que, con destino a abastecimientos, utilicen tanto la infraestructura del acueducto como la del postrasvase:

 

Euros/m3

a) Coste de las obras

0,033560

b) Gastos fijos de funcionamiento

0,033589

c) Gastos variables de funcionamiento

0,022039

Total

0,089188

5.º Para las aguas propias de la cuenca del Segura que utilicen la infraestructura del acueducto Tajo-Segura en el postrasvase:

 

Riegos

Euros/m3

Abastecimientos

Euros/m3

a) Coste de las obras

0,005597

0,023214

b) Gastos fijos de funcionamiento

0,000000

0,000000

c) Gastos variables de funcionamiento

0,009786

0,031314

Total

0,019864

0,054528

6.º Para las aguas concedidas para riegos en la zona de Los Llanos de Albacete y en Hellín en compensación por las filtraciones al túnel de Talave:

 

Llanos de Albacete

Euros/m3

Hellín

Euros/m3

a) Coste de las obras

0,000000

0,000000

b) Gastos fijos de funcionamiento

0,000402

0,000186

c) Gastos variables de funcionamiento

0,000000

0,000000

Total

0,000402

0,000186

Las tarifas serán de aplicación desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 11/11/2014
  • Fecha de publicación: 28/11/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 29/11/2014
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 25 de febrero de 2015 (Ref. BOE-A-2015-4275).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la Ley 52/1980, de 16 de octubre ( (Ref. BOE-A-1980-23062).
Materias
  • Abastecimiento de aguas
  • Acueducto Tajo-Segura
  • Precios
  • Tarifas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid