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Documento BOE-A-2015-758

Resolución 420/38005/2015, de 19 de enero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Universidad Politécnica de Madrid sobre materias docentes y relacionadas con la seguridad y la defensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2015, páginas 7071 a 7075 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2015-758

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 11 de diciembre de 2014 el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Politécnica de Madrid sobre materias docentes y relacionadas con la seguridad y la defensa, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 19 de enero de 2015.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, David Javier Santos Sánchez.

ANEXO
Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Politécnica de Madrid sobre materias docentes y relacionadas con la seguridad y la defensa

En Madrid, a 11 de diciembre de 2014.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. Almirante General D. Fernando García Sánchez, Jefe de Estado Mayor de la Defensa, en uso de las facultades que le fueron delegadas por el titular del Ministerio de Defensa de acuerdo con la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración y con domicilio en la calle Vitruvio, n.º 1, 28071 Madrid.

De otra parte, el Sr. D. Carlos Conde Lázaro, Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid, nombrado por Decreto 60/2012, de 19 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, según las competencias que tiene atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y por los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados por Decreto 74/2010, de 21 de octubre, del consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que el artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005 de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, establece que el Ministerio de Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de defensa con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las Fuerzas Armadas salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, el resto de los poderes públicos contribuirán al logro de este fin.

Que la Directiva de Defensa Nacional 1/2012 establece, en una de las líneas generales de la política de defensa, la necesidad de fomentar una conciencia de defensa de España y, en más profundidad, una cultura de la defensa al considerar que la defensa de España debe ser asumida por todos los españoles como asunto de indudable transcendencia ya que su eficacia exige la participación ciudadana, única fórmula para otorgarle continuidad y profundidad.

Segundo.

Que la Universidad Politécnica de Madrid ha venido colaborando con el Ministerio de Defensa a través del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional y, dentro de él, con la Escuela de Altos Estudios de la Defensa, en la realización de una amplia gama de actividades que han fomentado el conocimiento mutuo y una extensa cooperación en temas de interés común, por lo que ha considerado pertinente ahondar en estas relaciones con nuevas iniciativas que den mayor profundidad y recorrido a las actividades conjuntamente realizadas en pro de la defensa y la seguridad de nuestro país, lo cual motivó la creación en su seno de la Cátedra «Ingeniero General D. Antonio Remón y Zarco del Valle», en cuyo marco se desarrolla este convenio.

Tercero.

Que el Ministerio de Defensa suscribió con fecha 9 de julio de 1999 la revisión del Convenio de Cooperación entre la Universidad Politécnica de Madrid y el Centro de Estudios de la Defensa Nacional, firmado el 8 de marzo de 1984, para colaboración en temas de seguridad y defensa entre ambos organismos.

Además, el 12 de marzo de 2007 se suscribió un convenio marco entre ambas entidades.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El objeto de este convenio de colaboración será la celebración y desarrollo de las actividades que se reseñan:

a) Jornadas bienales Universidad Politécnica de Madrid (UPM)-Fuerzas Armadas sobre Seguridad y Defensa, con la participación de profesores y expertos de ambas instituciones, así como invitados del sector empresarial de la industria de defensa, previstas en el último trimestre de 2014.

b) Programa Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN)/Instituto Español de Estudios Estratégicos (IEEE)-UPM de asignaturas sobre temas relacionados con la seguridad y la defensa.

Segunda. Aportación de la Universidad Politécnica de Madrid.

La Universidad Politécnica de Madrid se compromete a:

1.º Mantener la adecuada dotación económica y de medios de la Cátedra «Ingeniero General D. Antonio Remón y Zarco del Valle» para el desempeño de sus fines.

2.º Organizar, en la parte que le corresponda, las Jornadas UPM-Fuerzas Armadas sobre Seguridad y Defensa.

3.º Estimular y organizar la participación de profesores de la Universidad en las Jornadas y seminarios permanentes, así como en grupos de trabajo mixtos CESEDEN-UPM.

4.º Coordinar el desarrollo del programa de asignaturas a impartir en la UPM, según los apartados siguientes:

a) Impartir asignaturas sobre temas relacionados con la Seguridad y la Defensa.

b) La docencia correspondiente a estas actividades académicas será compartida por profesores de la UPM y expertos designados por el CESEDEN/IEEE. La responsabilidad de la coordinación y el seguimiento académico recaerá, en todo caso, en un profesor de la UPM.

c) El número de asignaturas que se impartirán será un total de tres que se desarrollarán en tres escuelas o facultades diferentes de la Universidad.

5.º Con el fin de que las asignaturas mencionadas tengan plena validez académica, la Cátedra impulsará y coordinará las actuaciones necesarias para que las mismas cumplan en tiempo y forma los requisitos necesarios para ser incluidas en los catálogos de actividades formativas o acreditables de la UPM, establecidos en la «Normativa reguladora de los sistemas de evaluación en los procesos formativos vinculados a los titulos de grado y máster», que fue aprobada en el Consejo de Gobierno de 22 de julio de 2010.

6.º Estimular la participación de profesores e investigadores de la UPM en actividades específicas del CESEDEN/IEEE que se consideren convenientes, como los aludidos seminarios permanentes de seguridad, para lo cual la Cátedra actuará de enlace entre ambas instituciones y fomentará la participación de los profesores, identificando áreas donde quepa aprovechar diverso tipo de sinergias.

7.º Con el fin de que los seminarios tengan un reconocimiento académico de créditos de la UPM de hasta un máximo de 2 ECTS y los trabajos finales de los mismos un reconocimiento adicional de 0,5 ECTS, la Cátedra impulsará y coordinará las actuaciones necesarias para que aquellos que cumplan en tiempo y forma los requisitos necesarios para ser incluidos en los catálogos de actividades formativas o acreditables de la UPM, establecidos en la «Normativa reguladora de los sistemas de evaluación en los procesos formativos vinculados a los títulos de grado y máster», que fue aprobada en el Consejo de Gobierno de 22 de julio de 2010.

8.º Colaboración en proyectos de investigación.

9.º Intercambio de publicaciones y acceso a los fondos de documentación no clasificada.

Tercera. Aportación del Ministerio de Defensa / CESEDEN.

La aportación del Ministerio de Defensa se concretará en:

a) Colaborar, en la parte que le corresponda, en la organización de las Jornadas UPM-Fuerzas Armadas sobre Seguridad y Defensa.

b) Aportar profesores o conferenciantes del Ministerio de Defensa para las asignaturas que se impartan en la UPM en temas relacionados con Seguridad y Defensa.

c) Participación de profesores e investigadores del Ministerio de Defensa en los seminarios permanentes de seguridad y defensa, ciclos de conferencias u otras actividades que en el marco de la UPM pudieran organizarse.

d) Cooperación en la elaboración de los contenidos que pudieran formar parte de los planes de estudios y títulos propios de la UPM, dentro de las áreas relacionadas con la Seguridad y Defensa.

e) Colaboración en proyectos de investigación.

f) Intercambio de publicaciones y acceso a los fondos de documentación no clasificada.

g) Apoyar con medios económicos, según se establece en la cláusula cuarta, el desarrollo de las actividades relacionadas con seguridad y defensa objeto de este convenio.

Cuarta. Financiación.

Por lo que corresponde a las actividades reseñadas en este convenio serán financiadas con imputación a los presupuestos de gastos de las instituciones firmantes, siendo la aportación máxima del MINISDEF para este convenio de 2.000 euros imputables al ejercicio económico 2014 y 6.000 euros imputables al ejercicio económico 2015 según el siguiente detalle:

a) Jornadas UPM-Fuerzas Armadas sobre Seguridad y Defensa. Las Jornadas serán cofinanciadas a partes iguales por ambas entidades y con sus propios créditos, siendo en cualquier caso el importe máximo correspondiente a cada una de las entidades de dos mil (2.000) euros. Las jornadas tendrán lugar en el último trimestre del 2014.

b) Programa de asignaturas de la UPM sobre temas relacionados con la seguridad y la defensa en el primer semestre de 2015. La UPM y el CESEDEN cofinanciarán a partes iguales el programa de tres asignaturas sobre temas relacionados con la seguridad y la defensa, a razón de dos mil (2.000) euros por asignatura.

c) Para el resto de actividades, que normalmente tomarán la forma de seminarios permanentes de seguridad y defensa de interés común, no se prevén gastos por parte del CESEDEN ni por parte de la Universidad Politécnica.

Por parte del Ministerio de Defensa la financiación se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 14.02.121 N1.226.06 contra factura presentada antes del 10 de diciembre del año presupuestario correspondiente, acompañada de la memoria docente y memoria económica de las actividades realizadas.

Quinta. Medidas de control y seguimiento.

1. La gestión y control de este convenio serán llevados a cabo por la Comisión Mixta de seguimiento de la Cátedra «Ingeniero General D. Antonio Remón y Zarco del Valle», en cuyo marco se desarrolla este convenio, que estará formada por los siguientes miembros:

a) El General Director del IEEE.

b) El Vicerrector de Investigación de la UPM.

c) El Director de la Cátedra.

d) El Profesor o Analista del IEEE, Coordinador de la Cátedra.

2.º Las funciones que desempeñará dicha Comisión serán las siguientes:

a) Planificación, seguimiento y evaluación de las acciones derivadas de este convenio, así como resolver los problemas de interpretación y cumplimiento de este convenio que puedan presentarse.

b) Elevar a los órganos rectores de ambas partes los informes y propuestas que elabore.

3.º La Comisión se reunirá anualmente, con carácter ordinario y, con carácter extraordinario, cuando se considere necesario a criterio de la presidencia o a petición de alguna de las partes.

4. En cuanto al mecanismo de toma de decisiones, los acuerdos se tomarán por consenso entre las partes.

Sexta. Legislación aplicable.

Este convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa, no siéndole de aplicación el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.1.c) del citado texto legal, salvo que, en ejecución del presente convenio, hubieran de suscribirse contratos que, por su naturaleza, estén sujetos al citado Real Decreto Legislativo.

En materia presupuestaria, económica y financiera se atendrá al contenido de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Con carácter general, para solventar las dudas interpretativas y lagunas que puedan plantearse, se observarán los principios establecidos en el indicado texto refundido y en el resto del ordenamiento jurídico administrativo.

Para resolver las controversias y cuestiones litigiosas que puedan surgir las partes se someten al Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Séptima. Vigencia.

Este convenio de colaboración entrará en vigor en la fecha de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2015.

Octava. Causas de resolución.

Será causa de resolución del presente convenio:

a) El mutuo acuerdo expreso de las partes, en sus propios términos.

b) El incumplimiento en la ejecución del convenio, acreditado por una de las partes.

c) La denuncia de las partes.

d) La imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin.

e) Las demás establecidas en la legislación vigente.

La decisión de denunciar el convenio por una de las partes será puesta en conocimiento de la otra de la forma establecida en la normativa vigente, al menos con cuatro meses de anticipación a la fecha de expiración del mismo, teniendo en cuenta, no obstante, que habrán de ser finalizadas con arreglo al mismo las acciones que, en su momento, se hallen en curso o esté comprometida su realización.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Fernando García Sánchez.–Por la Universidad Politécnica de Madrid, el Rector Magnífico, Carlos Conde Lázaro.

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