La Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE del 13), por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su Disposición Adicional Segunda, relativa al Cuerpo de Profesores Titulares de Escuelas Universitarias y de la integración de sus miembros en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, dispone lo siguiente:
«1. A los efectos del acceso de estos profesores al Cuerpo de Profesores y Profesoras Titulares de Universidad, los Profesores Titulares de Escuela Universitaria que, a la entrada en vigor de esta Ley, posean el título de Doctor o lo obtengan posteriormente, y se acrediten específicamente en el marco de lo previsto por el artículo 57, accederán directamente al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, en sus propias plazas. Para la acreditación de Profesores Titulares de Escuela Universitaria se valorará la investigación, la gestión y, particularmente, la docencia.»
Una vez comprobado el cumplimiento por los interesados de los requisitos establecidos, de acuerdo con lo dispuesto en la citada disposición adicional y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Universidades y el Decreto 281/2003, de 7 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Cádiz, resuelvo lo siguiente:
Quedan integrados en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad los funcionarios del Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria pertenecientes a esta Universidad que se relacionan a continuación, quedando adscritos al mismo Departamento y Área de conocimiento que estuvieran en su cuerpo de origen, con efectos económico-administrativos que se indican para cada uno de ellos:
Apellidos y nombre |
Efectos |
---|---|
Castro Yuste, Cristina María |
21/10/2015 |
Paloma Castro, Olga |
21/10/2015 |
Conde de Caveda, Julio |
22/10/2015 |
González Rodríguez, Rafael |
22/10/2015 |
Gutiérrez Manzanedo, José Vicente |
22/10/2015 |
Sánchez-Roselly Navarro, Alfredo |
17/12/2015 |
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 4/1999 de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Sevilla, según establecen los artículos 116 de la Ley 4/1999, antes citada, y 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio (BOE del 14), reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Cádiz, 21 de diciembre de 2015.–El Rector, P. D. de firma (Resolución, de 20 de abril de 2015), el Vicerrector de Ordenación Académica y Personal, Carlos Moreno Aguilar.
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