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Documento BOE-A-2017-10691

Resolución de 7 de septiembre de 2017, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se publica el Convenio de colaboración con Magma, Associació per Promoure la Recerca Jove, para fomentar el interés de los jóvenes por la investigación científica y técnica.

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 19 de septiembre de 2017, páginas 92295 a 92298 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2017-10691

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el convenio de colaboración el 17 de julio de 2017, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 7 de septiembre de 2017.–El Presidente de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científica, Emilio Lora Tamayo D’Ocón.

ANEXO
Convenio de colaboración entre la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y MAGMA, Associació per Promoure la Recerca Jove, para fomentar el interés de los jóvenes por la investigación científica y técnica

En Madrid, a 17 de julio de 2017.

COMPARECEN

De una parte, don José Ramón Urquijo Goitia, vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (en adelante, CSIC), que interviene en nombre y representación de esta Agencia Estatal en virtud de su nombramiento por resolución del Consejo Rector del CSIC de 25 de abril de 2012, publicada por Resolución de la Presidencia del CSIC de 25 de abril de 2012 («BOE» de 15 de junio), actuando en ejercicio de las competencias que tiene delegadas por resolución de la presidencia del CSIC, de 20 de abril de 2017 («BOE» de 23 de mayo); organismo con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Serrano 117, 28006-Madrid; y provisto de NIF: Q-2818002-D.

De otra parte, doña Lucía Tamames Sánchez-Monge, con documento nacional de identidad número 47697829-S y doña Sara Arranz Cobos, con documento nacional de identidad número 77124598-D, Presidentas de MAGMA, Associació per Promoure la Recerca Jove (en adelante, MAGMA), actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de las atribuciones que tienen conferidas por el artículo 31 de sus Estatutos. Entidad con domicilio social en 08024 Barcelona, calle de Sant Salvador 43, baixos 2a; y NIF: G-63716500.

Ambas partes, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente, suscriben en nombre de las respectivas entidades el presente convenio de colaboración y, al efecto,

EXPONEN

Primero.

Que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, regula, en su artículo 34.1, la posibilidad de que los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación puedan suscribir convenios de colaboración sujetos al derecho administrativo con los propios agentes públicos o con agentes privados que realicen actividades de investigación científica y técnica, nacionales, supranacionales o extranjeros, para la realización conjunta de actividades, entre otras, de divulgación científica y tecnológica.

Segundo.

Que el CSIC es un organismo público de investigación adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, a través de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, con naturaleza jurídica de Agencia Estatal, que tiene por objeto el fomento, la coordinación, el desarrollo y la difusión de la investigación científica y tecnológica, de carácter multidisciplinar, con el fin de contribuir al avance de conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en estas materias.

El CSIC tiene entre sus funciones, de acuerdo con el artículo 5, letra h), de su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, «Fomentar la cultura científica en la sociedad». La vicepresidencia adjunta de Cultura Científica coordina las iniciativas desarrolladas en este sentido.

El CSIC actúa de acuerdo con lo establecido en la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos; en su Estatuto; y de conformidad con la citada Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. La aplicación al CSIC de la citada Ley 28/2006 actualmente ha de entenderse conforme a la disposición transitoria segunda de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y, por tanto, considerando la disposición adicional cuarta de la misma.

Tercero.

Que MAGMA es una Asociación entre cuyos objetivos prioritarios está promover la investigación juvenil mediante, entre otras actividades, la feria Exporecerca Jove.

Cuarto.

Que las partes, con fechas 23 de abril de 2007, 25 de octubre de 2007, 3 de marzo de 2009, 9 de diciembre de 2009, 3 de marzo de 2011, 3 de febrero de 2012, 3 de diciembre de 2012, 2 de abril de 2014, el 5 de febrero de 2015 y el 3 de febrero de 2016, suscribieron sendos convenios de colaboración para cooperar en la realización dela citada feria Exporecerca Jove, para impulsar el acercamiento de los jóvenes a la actividad investigadora.

Quinto.

Que las dos entidades precitadas consideran necesario continuar la colaboración conjunta en actividades orientadas a impulsar y estimular el interés del alumnado por la ciencia y la tecnología, como elemento clave para garantizar un futuro con mayor bienestar social.

Y, en virtud de ello, las partes formalizan el presente convenio de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de este convenio es regular la colaboración del CSIC con MAGMA en Exporecerca Jove, feria que incorpora un certamen para impulsar el acercamiento de los jóvenes a la actividad investigadora, que estará abierto a estudiantes de educación secundaria, universidad y ciclos formativos que presenten trabajos de investigación inéditos. El evento se celebrará los días 6, 7 y 8 de abril de 2017.

Segunda. Compromisos de las partes.

Para hacer efectiva la realización del objeto citado en la cláusula anterior:

MAGMA se compromete a continuar desarrollando Exporecerca Jove, incluyendo en su certamen tres premios en el año 2017 otorgados por el CSIC mediante la participación de personal investigador de este organismo en el jurado que haya fallarlos.

Por su parte, el CSIC, además de aportar miembros para el jurado y asesorar al Comité de Revisión Científica del Certamen, se compromete a materializar los premios otorgados a tres trabajos de investigación entre los presentados por los participantes (cada uno de los trabajos podrá ser presentado por un máximo de dos alumnos y un profesor). Esta contribución consistirá en la entrega a cada equipo ganador de un lote de publicaciones del CSIC y facilitar la visita a un instituto o centro del CSIC, sin coste alguno para la institución, en consonancia con la temática del trabajo de investigación premiado. La visita puede extenderse varios días previo acuerdo con la dirección del instituto del CSIC y el alumno.

Además, las partes se comprometen a:

Facilitar información y orientación al alumnado que esté interesado en participar en la Exporecerca Jove.

Realizar una difusión de la actividad a desarrollar, a través de los medios de información y de la página web de su entidad.

Realizar la valoración de los trabajos efectuados por el alumnado participante en el concurso.

Los alumnos seleccionados para la realización de la visita en centros o institutos del CSIC deberán estar cubiertos por el Seguro Escolar o, en su defecto, asegurados por la organización de Exporecerca Jove con una póliza de seguro que cubra los daños que el alumno pueda ocasionar durante su permanencia en el centro o instituto, así como cualquier accidente que pueda sufrir durante la realización de su actividad escolar o en el trayecto de ida o de vuelta al centro. La cobertura de riesgos alcanzará las contingencias de accidente, fallecimiento y responsabilidad civil. Por su parte el profesorado deberá estar incluido en un Régimen Público de Seguridad Social.

Unos y otros estarán obligados a cumplir las normas de régimen interior del centro o instituto del CSIC implicado.

El CSIC queda exonerado de cualquier responsabilidad y no tendrá otra obligación que informar del accidente el mismo día o dentro de las veinticuatro horas posteriores a la dirección de MAGMA, quien asumirá todas las responsabilidades que se pudieran derivar del mismo.

Tercera. Seguimiento.

A fin de velar por el cumplimiento del convenio se constituirá una comisión de seguimiento, integrada por un representante de cada una de las partes. Por parte del CSIC participarán la vicepresidenta adjunta de Cultura Científica y el coordinador institucional del CSIC en Cataluña o personas en quienes deleguen. Y por parte de MAGMA, sus presidentes o personas en quienes deleguen. Dicho órgano, a la finalización de las actuaciones establecidas por este convenio, emitirá un informe sobre su grado de cumplimiento, que elevará a los representantes de las partes firmantes del presente documento.

Cuarta. Publicidad y difusión.

Las partes firmantes se comprometen a destacar, en cuantas actividades realicen para la difusión de las previstas en el convenio, la colaboración prestada entre ellas, así como a incorporar sus respectivos logotipos en cuantos materiales se reproduzcan y utilicen para la publicidad de las actividades realizadas. El CSIC figurará como entidad colaboradora de Exporecerca Jove en todas las publicaciones relacionadas con el objeto de este convenio. Asimismo, cada una de las partes asume el compromiso expreso de abstenerse de utilizar unilateralmente el nombre o el logo de la otra parte para fines publicitarios o comerciales ajenos a la colaboración pactada en el presente convenio.

Quinta. Resolución de conflictos.

Las partes acuerdan resolver amigablemente, a través de la comisión mixta de seguimiento, cualquier diferencia interpretativa que pudiera surgir en la ejecución del presente convenio y, en caso de no llegar a un acuerdo, se someterán eventualmente a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Sexta. Duración.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio desplegará sus efectos una vez sea inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Permanecerá en vigor desde ese momento hasta la finalización de las actuaciones previstas en el mismo, incluyendo las estancias temporales. No obstante, su vigencia no podrá extenderse más allá del 31 de diciembre de 2017.

Séptima. Regimen jurídico.

El presente documento tiene la consideración de los convenios regulados en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, ya citada, y tiene la naturaleza de los convenios de colaboración prevenidos en el artículo 4.1.d) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, quedando, por tanto, fuera de la regulación de dicha ley, cuyos principios, no obstante, se aplicarán, en defecto de normas específicas, en la resolución de las dudas o lagunas que pudieran presentarse.

Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio de colaboración por triplicado en el lugar y fecha arriba indicados.–El Presidente de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (Resolución de 25 de abril de 2012), el Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales, José Ramón Urquijo Goitia.–La Presidenta de MAGMA, Associació per Promoure la Recerca Jove, Lucía Tamames Sánchez-Monge.

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