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Documento BOE-A-2017-11648

Resolución de 4 de octubre de 2017, de la Subsecretaría, por la que se modifica la de 11 de mayo de 2017, por la que se publica la relación de aprobados en las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, convocadas por Orden ECC/2911/2015, de 18 de diciembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 11 de octubre de 2017, páginas 99071 a 99072 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2017-11648

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECC/2911/2015, de 18 de diciembre («BOE» de 13 de enero de 2016), se convoca el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación.

Una vez finalizado el proceso selectivo, por Resolución de 11 de mayo de 2017 («BOE» del 20), se publica la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, convocadas por Orden ECC/2911/2015, de 18 de diciembre. En el anexo I de la resolución se publica la «relación de aspirantes, ordenados por puntuación, que han superado el proceso selectivo». Promoción Interna. O.E.P. 2015», entre los que se encuentra doña Antonia Pilar Fernández Ibáñez, con documento nacional de identidad número 24260490K, en la especialidad del CIEMAT, «Aplicaciones térmicas de la energía solar. Energías renovables», con nota 29,60.

El 22 de septiembre de 2017, doña Antonia Pilar Fernández Ibáñez, con documento nacional de identidad número 24260490K, presenta escrito por el que renuncia a la adjudicación de la plaza para la que ha sido propuesta en la resolución de 11 de mayo de 2017.

El 27 de septiembre de 2017, la presidenta del Tribunal número 14, de la especialidad «Aplicaciones térmicas de la energía solar. Energías renovables», presenta escrito proponiendo, con la conformidad de la Secretaría General del CIEMAT, a don Manuel Ignacio Maldonado Rubio, con documento nacional de identidad número 34844466H, que ha obtenido la segunda mayor puntuación en la especialidad, para ocupar la plaza a la que ha renunciado doña Antonia Pilar Fernández Ibáñez, de acuerdo con lo que establece el artículo 61.8 del Real Decreto 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Según lo expuesto, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Modificar la resolución de 11 de mayo de 2017 («BOE» del 20), por la que se publica la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, en orden a sustituir por renuncia a la aspirante adjudicataria de la plaza convocada en la especialidad «Aplicaciones térmicas de la energía solar. Energías renovables», con nota 29,60, doña Antonia Pilar Fernández Ibáñez, con documento nacional de identidad número 24260490K; por don Manuel Ignacio Maldonado Rubio, con documento nacional de identidad número 34844466H, con nota 27,8.

Segundo.

En el plazo de veinte días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», el aspirante aprobado deberán presentar en el Registro General del Organismo al que corresponde la especialidad: del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (avenida Complutense, 22, 28040 Madrid); del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad (paseo de la Castellana, 162, 28071. Madrid), o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidos a la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o pasaporte.

b) Fotocopia compulsada del Título de Doctor. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión del correspondiente certificado de equivalencia.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo II de la resolución de 11 de mayo de 2017 («BOE» del 20). Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado español a la que se refiere el párrafo anterior, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública, según el modelo que figura en el anexo III de la resolución de 11 de mayo de 2017 («BOE» del 20).

d) Los aspirantes extranjeros que no residan en España deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de participación.

Tercero.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u organismo del que dependieran, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Cuarto.

Quienes, dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditada, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos señalados en el apartado noveno de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, no podrán ser nombrados funcionarios en la Escala de Técnicos Especializados de los Organismos Públicos de Investigación y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

Quinto.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar asimismo desde día siguiente al de su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 4 de octubre de 2017.–El Subsecretario de Economía, Industria y Competitividad, Alfredo González-Panizo Tamargo.

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