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Documento BOE-A-2017-12849

Resolución de 24 de octubre de 2017, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 8 de noviembre de 2017, páginas 107161 a 107246 (86 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2017-12849

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 92.bis), apartado 6, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en la disposición transitoria séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local, y en todo aquello que no se oponga a lo dispuesto en ésta, lo establecido en los artículos 25 y 26 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, según la modificación efectuada por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, y en los artículos 13 y 14 de la Orden de 10 de agosto de 1994, y demás concordantes.

De acuerdo, igualmente, con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Vista la normativa aprobada, en su caso, por las distintas Comunidades Autónomas sobre méritos de determinación autonómica y conocimiento de la lengua propia.

En uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 769/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública, esta Dirección General ha resuelto:

Efectuar la convocatoria del concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional correspondiente al año 2017, con sujeción a las siguientes:

Bases

Primera. Puestos vacantes.

Tienen la consideración de puestos vacantes a efectos de este concurso, y por tanto se ofrecen en el mismo (anexo I):

Aquellos puestos que, encontrándose vacantes con anterioridad al 10 de febrero de 2017, no hubiesen sido convocados por las Corporaciones Locales en el concurso ordinario.

Aquellos puestos que habiendo sido convocados en el concurso ordinario hubiesen quedado desiertos.

Aquellos puestos que habiendo sido convocados en el concurso ordinario no se hubieran adjudicado por la corporación local por otras causas.

Aquellos puestos cuyas corporaciones locales soliciten expresamente su inclusión a pesar de haber resultado vacantes con posterioridad a la convocatoria del concurso ordinario.

Segunda. Participación.

1. Podrán tomar parte en el presente concurso los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a las subescalas a que se refieren los artículos 92.bis), apartado 2, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 20 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, de Régimen Jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, pudiendo solicitar únicamente los puestos que, según su clasificación, correspondan a las subescalas y categorías a que pertenezcan.

Podrán participar asimismo los funcionarios no integrados en dichas subescalas y categorías, pertenecientes a los extinguidos Cuerpos Nacionales de Secretarios, Interventores y Depositarios de Administración Local a que se refiere la Disposición Transitoria Primera, 1, del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, en los términos siguientes:

Los Secretarios de tercera, a puestos reservados a la subescala de Secretaría-Intervención.

Los Secretarios de Ayuntamientos «a extinguir», a Secretarías de Ayuntamientos con población que no exceda de 2.000 habitantes.

2. No obstante, están obligados a participar en el concurso unitario, a la totalidad de puestos correspondientes a su subescala y categoría, los funcionarios a los que se refiere el artículo 18.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, es decir, los que se encuentren desempeñando un puesto con nombramiento provisional, y los que se encuentren en alguno de los supuestos a que se refiere el artículo 53 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado, igualmente, por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

Si no solicitasen todos los puestos, se entenderá que renuncian a establecer orden de prelación respecto a los no relacionados, en favor del Tribunal de Valoración, que podrá adjudicarles cualquiera de ellos.

3. No podrán concursar:

Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firmes, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.

Los funcionarios destituidos a que se refiere el artículo 148.5 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, durante el período a que se extienda la destitución.

Los funcionarios destituidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92.bis). apartado 11, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, a puestos de la misma Corporación en la que tuvo lugar la sanción, durante el tiempo que dure la misma.

Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

Los funcionarios que no lleven dos años en el último destino obtenido con carácter definitivo en cualquier Administración Pública, salvo que concursen a puestos reservados a su Subescala y categoría en la misma Entidad Local.

Tercera. Documentación y plazo para participar.

1. En el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado», los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional que deseen tomar parte en el presente concurso dirigirán a la Subdirección General de Relaciones con Otras Administraciones (Registro de entrada de documentos del Ministerio de Hacienda y Función Pública, calle María de Molina, 50, 28071, Madrid), la siguiente documentación:

Solicitud de participación con expresión individualizada de todos los puestos a que concursan y declaración jurada de no estar incursos en alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 18.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio. La especificación de puestos solicitados se hará por orden de prelación de adjudicaciones, con carácter único para la totalidad de puestos que se soliciten. La unicidad del orden de prelación se mantendrá incluso en el supuesto de solicitar puestos de varias Subescalas y categorías, si la pertenencia del concursante a las mismas lo permitiere. (Modelo anexo II)

Documentación acreditativa del conocimiento de la lengua propia y de los méritos de determinación autonómica, en los términos y para los puestos situados en las Comunidades Autónomas que los hayan establecido, de acuerdo con lo especificado en la base quinta. (Modelo anexo III).

2. Si únicamente se solicitan puestos situados en el País Vasco, la documentación se dirigirá a la Comunidad Autónoma del País Vasco, Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos cale Donostia-San Sebastián, 1, 01010 Vitoria-Gasteiz (Álava).

3. La documentación indicada habrá de presentarse de acuerdo con los modelos que se adjuntan en los Anexos II y III, o bien a través de la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública, ACCEDA. Procedimiento: Solicitud de participación en el concurso unitario, dirección: https://sede.administracionespublicas.gob.es/

4. Los requisitos exigidos, así como los méritos alegados, deberán reunirse a la fecha de la presente Resolución.

Cuarta. Méritos generales.

Los méritos generales por los que se rige este concurso son los comprendidos en la Resolución de esta misma fecha de esta Dirección General, por la que se da publicidad a la relación individualizada de méritos generales de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y su puntuación alcanzará un mínimo del 80 por ciento del total posible conforme al baremo correspondiente.

El porcentaje de baremo de méritos generales en el ámbito del País Vasco, se establece en el 65 por 100.

Quinta. Conocimiento de la lengua propia y méritos de determinación autonómica.

La puntuación de los méritos correspondientes a las especialidades de la Comunidad Autónoma se fijará por cada una de ellas y podrá alcanzar hasta un 15% del total posible.

Los certificados de servicios, a efectos de méritos autonómicos, cuando se exijan como acreditación de la experiencia profesional en puestos reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, se expedirán por la Comunidad Autónoma correspondiente, de acuerdo con los datos inscritos en el Registro Integrado de dichos funcionarios.

El conocimiento de lengua y méritos de determinación autonómica serán exigidos en los términos en que, para cada Comunidad Autónoma, se detallan a continuación:

A) Comunidad Autónoma de Andalucía (Decreto 350/2010 de 27 de julio, de la Consejería de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía)

1. Méritos de determinación autonómica. Los méritos relacionados con el conocimiento de la organización territorial y normativa autonómica de Andalucía son los siguientes:

Experiencia profesional. Se valorará el desempeño de puestos de trabajo en las Entidades Locales del territorio de Andalucía o en la Administración de la Junta de Andalucía, con exclusión de los que formen parte del procedimiento selectivo para el acceso a la función pública, que comporten el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía. A los efectos de la valoración de esta experiencia, se incluirá la desarrollada en las entidades instrumentales de las referidas Administraciones Públicas.

Cursos de formación y perfeccionamiento. Se valorará la asistencia y, en su caso, aprovechamiento de los cursos de estas características que, teniendo por objeto las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, estén directamente relacionados con las funciones reservadas al puesto de trabajo que se convoca, organizados u homologados por el Instituto Andaluz de Administración Pública, o por el Instituto Nacional de Administración Pública, así como las titulaciones de Máster Oficial que reúnan las citadas condiciones.

Actividad docente. Se considerará como mérito el ejercicio de actividades docentes en los cursos a los que se refiere el párrafo b).

Publicaciones. Se valorarán las relativas a las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Desempeño ininterrumpido del puesto o puestos de trabajo en Administraciones Públicas andaluzas. Se valorará la permanencia en el desempeño del puesto de trabajo en las Administraciones Públicas andaluzas desde el que se concursa, cualquiera que sea su forma de provisión, siempre que dicho puesto esté reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

2. Valoración de los méritos:

a) La experiencia profesional se valorará hasta un máximo de 1,40 puntos, según las reglas siguientes:

Servicios prestados como funcionario de carrera en puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, correspondiente a la subescala a la que se concursa: 0,03 puntos por mes.

Servicios prestados como funcionario de carrera en puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, de distinta subescala a la que se concursa: 0,02 puntos por mes.

Servicios prestados en puestos de trabajo correspondientes al Grupo A, no reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal: 0,01 puntos por mes.

La valoración obtenida basándose en este mérito será del 100% de la puntuación resultante de dicha experiencia, para puestos desempeñados en virtud de un nombramiento definitivo.

La valoración obtenida basándose en dicho mérito será del 80% de la puntuación resultante de dicha experiencia, para puestos desempeñados en virtud de un nombramiento provisional.

La valoración obtenida basándose en este mérito será del 50% de la puntuación resultante de dicha experiencia, para puestos desempeñados en virtud de un nombramiento interino o accidental.

A efectos de valoración de la experiencia profesional, el tiempo transcurrido en comisión de servicios se entenderá prestado en el puesto donde la persona que participe en el concurso tenga el nombramiento definitivo.

b) Los cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán hasta 1 punto, según las siguientes reglas:

Cursos de duración comprendida entre 15 y 30 horas lectivas: 0,10 puntos por curso.

Cursos de duración de 31 hasta 50 horas lectivas: 0,30 puntos por curso.

Cursos de duración de 51 hasta 100 horas lectivas: 0,60 puntos por curso.

Cursos de duración de 101 horas lectivas o más: 0,75 punto por curso.

En los casos en los que se haya superado prueba de aptitud exigida en la convocatoria del curso correspondiente, la valoración se incrementará en un 25%.

c) La actividad docente, se valorará con un máximo de 0,10 puntos, a razón de 0,01 puntos por hora impartida. Sólo se valorarán los cursos impartidos por una sola vez, aunque se repita su impartición.

d) Las publicaciones se valorarán hasta un máximo de 0,10 puntos en función del carácter innovador, la extensión, la publicación en revistas especializadas o cualquier otro elemento que permita evaluar la calidad científica del trabajo.

e) La permanencia en el desempeño de puestos de trabajo en Administraciones Públicas andaluzas, se valorará hasta un máximo de 0,40 puntos, en la forma que sigue: 1) Por tres años completos de permanencia ininterrumpida: 0,20 puntos; 2) Por cuatro años completos de permanencia ininterrumpida: 0,30; 3) Por cinco años completos o más de permanencia ininterrumpida: 0,40 puntos.

3. Acreditación de méritos: Las personas que participen en los concursos acreditarán los méritos a los que se refiere el presente decreto mediante la presentación de los documentos originales o copias auténticas o autenticadas de los mismos que los justifiquen adecuadamente o, a través de las herramientas telemáticas que, en su caso, se habiliten.

4. Valoración de los méritos por el Tribunal: El Tribunal de valoración del concurso valorará los méritos alegados de conformidad con las reglas y puntuación establecida en este decreto y normas que lo desarrollen.

B) Comunidad Autónoma de Aragón (Decreto 121/1994 de 7 de junio, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón)

1. Méritos de determinación autonómica:

Los méritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organización territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón y de su normativa específica, son los siguientes:

Experiencia profesional consistente en el desempeño de un puesto de trabajo en las instituciones propias de la Comunidad Autónoma de Aragón en situación de servicios en Comunidades Autónomas, o en las Entidades Locales sitas en su territorio que impliquen el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de Aragón, con distinción entre las desarrolladas en situación de servicio activo o asimilado en la subescala en que se concursa y los servicios prestados en otras subescala.

Cursos de formación y perfeccionamiento impartidos y/o superados por el Instituto Aragonés de Administración Pública u homologados o reconocidos en las condiciones que se determinen por éste, y que tengan por objeto las especialidades de la organización territorial y de la normativa de Aragón.

Actividad docente dirigida a la enseñanza en materias sobre organización territorial, régimen local, urbanismo y régimen económico y financiero de las Entidades Locales en cursos organizados por la Diputación General de Aragón o en colaboración con ésta, Universidades, Centros de Enseñanza Superior, o el Instituto Nacional de Administración Pública.

Publicaciones en materias relativas a las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. Valoración de los méritos:

Los servicios prestados se valorarán, hasta un máximo de 1,30 puntos, del modo siguiente:

En aplicación de lo establecido en el apartado a) del artículo anterior, los servicios prestados en puestos de trabajo de la misma subescala y categoría a que se concurse: 0,02 puntos/mes.

En aplicación del apartado a) del artículo anterior, los servicios prestados en puestos de trabajo asignados a la subescala y categoría inmediatamente inferior a la que se concurse: 0,01 puntos/mes.

Servicios prestados en otras subescalas: 0,01 puntos/mes.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán, en función del nivel académico del curso, hasta un máximo de 1,10 puntos, con exclusión de los que formen parte del curso selectivo, del modo siguiente:

Solo se tendrán en cuenta los cursos impartidos por el Instituto Aragonés de Administración Pública, o en colaboración con el mismo por Universidades, Centros de Enseñanza Superior u otros órganos competentes en materia de formación y perfeccionamiento de los funcionarios, siempre que sean homologados por dicho Instituto, a los efectos de este artículo.

La puntuación de cada curso, dentro de una escala de 0,10 a 0,60 puntos, se establecerá en función de la relación de la materia impartida con las funciones reservadas a los funcionarios habilitados nacionales, el grado de dificultad del curso y el número de horas lectivas.

Las convocatorias de cursos realizados por el Instituto Aragonés de Administración Pública indicarán la puntuación otorgada a los efectos de este artículo.

La actividad docente. Se valorarán, hasta un máximo de 0,30 puntos, en función del carácter introductorio o de especialización de los cursos impartidos, del nivel elemental, grado medio o superior, y de cualquier otro elemento que ponga de manifiesto el grado de dificultad de la materia impartida.

Las publicaciones y reglas de puntuación se valorarán hasta un máximo de 0,30 puntos, en función del carácter divulgador o científico, la edición como monografía o artículo en revistas especializadas y cualquier otro elemento que permita evaluar la calidad científica del trabajo publicado.

3. Acreditación de méritos:

Los concursantes acreditarán los méritos alegados mediante la presentación del certificado correspondiente, la copia del título debidamente compulsada o la publicación a que se hiciera referencia.

A estos efectos, únicamente se tendrán en cuenta los méritos que se acrediten con referencia la fecha en que aparezcan publicadas las convocatorias de los concursos en el «Boletín Oficial del Estado».

4. Valoración de los méritos por el Tribunal:

El Tribunal de valoración del concurso comprobará y valorará los méritos alegados de acuerdo con las reglas y las puntuaciones establecidas en este Decreto.

C) Comunidad Autónoma de las Illes Balears (Decreto 75/1994, de 26 de mayo)

1. Conocimiento de la lengua catalana (Decreto 2/2017, de 13 de enero):

La entidad local exigirá el requisito de conocimiento de la lengua catalana del nivel B2, si bien podrá exigir el requisito de conocimiento de nivel C1 si así consta en la relación de puestos de trabajo o lo ha aprobado el órgano competente. Los concursantes deberán aportar el certificado acreditativo del nivel requerido por la corporación local.

Será considerado mérito la acreditación de niveles superiores al que se exija como requisito del puesto.

2. Méritos de determinación autonómica y valoración:

a) Conocimiento de la lengua catalana, con un máximo de 2,25 puntos.

Certificado de conocimientos de lenguaje administrativo: 0,50 puntos.

Certificado de nivel C2: 1,75 puntos.

Certificado de nivel C1: 1,50 puntos.

Solamente se valorará el certificado del nivel más alto que se acredite, que no sea requisito para la provisión del puesto de trabajo, además del certificado de conocimientos del lenguaje administrativo, la puntuación del cual se acumulará a la del otro certificado que se acredite.

b) Asistencia a cursos, seminarios y jornadas sobre la organización territorial de las Illes Balears y la normativa autonómica, hasta un máximo de 2,25 puntos. Esta puntuación se distribuirá de acuerdo con el sistema de valoración establecido en la Resolución del Presidente de la Escuela Balear de Administración Pública de 11 de agosto de 2005.

3. Justificación de los méritos: La justificación de los méritos reseñados se llevará a cabo ante cada entidad local mediante la aportación de la siguiente documentación:

a) Conocimiento de la lengua catalana: certificado expedido o reconocido como equivalente por la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Illes Balears. En caso de duda sobre las equivalencias, se solicitará informe a la Dirección General de Política Lingüística.

b) Cursos, seminarios y jornadas: certificado expedido por el centro o la institución que los haya organizado, debidamente homologado por la Escuela Balear de Administración Pública. Únicamente se deben tener en cuenta los méritos que se acrediten con referencia a la fecha en que se publique la convocatoria conjunta del concurso en el «Boletín Oficial del Estado».

D) Comunidad Autonóma de Canarias (Decreto 277/1997, de 10 de diciembre, de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Canarias)

1. Méritos de determinación autonómica:

Tendrán la consideración de méritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organización territorial, del régimen económico y fiscal, y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Canarias, los siguientes:

Experiencia profesional.

Experiencia profesional por haber desempeñado, durante dos años, con nombramiento legal para el que es necesario estar en posesión de la titulación de habilitado nacional exigida para la subescala y categoría a que el puesto pertenece, puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, que impliquen el conocimiento de las especialidades de su organización territorial, de su régimen económico y fiscal y de su normativa.

Experiencia profesional por haber desempeñado, durante dos años, con nombramiento legal, puestos de trabajo reservados a funcionarios propios de las Entidades Locales de los grupos de clasificación A y B, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, que impliquen el conocimiento de las especialidades de su organización territorial, de su régimen económico y fiscal y de su normativa, y que, con posterioridad, hayan accedido a la titulación de habilitado nacional.

Los cursos de formación y perfeccionamiento superados, homologados o reconocidos por el Instituto Canario de Administración Pública, que versen sobre las especialidades de la organización territorial, régimen económico y fiscal y normativa de la Comunidad Autónoma de Canarias.

La actividad docente en las acciones formativas relacionadas en el apartado b) anterior, así como en cursos selectivos, en ponencias, seminarios o conferencias relacionadas con esas mismas materias realizadas en Universidades, Centros de Enseñanza Superior, Instituto Canario de Administración Pública u otros órganos competentes en materia de formación y perfeccionamiento de funcionarios.

Publicaciones relativas a la normativa, régimen económico y fiscal y organización territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias efectuadas en libros y revistas especializadas, que se valoren de conformidad con el artículo 5.

2. Valoración de los méritos:

La proporción que corresponde a cada una de las clases de méritos expresados en el artículo anterior, dentro del porcentaje del 10 por 100 de la puntuación total posible, es la siguiente:

a) Experiencia profesional: La experiencia profesional y permanencia se valorará hasta un máximo de 1,5 puntos, según las reglas siguientes:

Servicios y permanencia desarrollados en puestos de trabajo reservados a habilitados nacionales, de la subescala y categoría a la que se concursa: 0,10 por año.

Servicios y permanencia desarrollados en puestos de trabajo reservados a habilitados nacionales, de distinta subescala o categoría a la que se concursa: 0,05 puntos por año.

Servicios y permanencia desarrollados en puestos de trabajo reservados a funcionarios propios de la Corporación: 0,02 puntos por año.

b) Cursos de formación y perfeccionamiento. Se valorarán hasta un máximo de 1 punto, en función de la relación de la materia con las funciones propias de la subescala y categoría, el grado de dificultad o de especialización, el número de horas lectivas y el sistema de evaluación que se determine.

Sólo se tendrán en cuenta los cursos impartidos por el Instituto Canario de Administración Pública o, en colaboración con éste, por las Universidades, Centros de Enseñanza Superior u otros órganos competentes en materia de formación y perfeccionamiento de los funcionarios, siempre que sean homologados por el Instituto Canario de Administración Pública, a los efectos de este artículo.

Las convocatorias de cursos efectuadas por el Instituto Canario de Administración Pública indicarán la puntuación otorgada a los efectos de este precepto, tanto para los que se superen con aprovechamiento, si se prevé tal circunstancia, como para aquéllos en los que únicamente se valore la asistencia.

Si en la convocatoria no estuviera determinada la puntuación del curso, se valorará atendiendo a su carga horaria o a su duración, así como al conocimiento de las materias acreditado mediante certificado de aprovechamiento, con arreglo al siguiente baremo:

Desde 15 hasta 29 horas de duración: 0,10 puntos por curso superado con aprovechamiento y 0,05 por curso con asistencia.

Desde 30 hasta 50 horas de duración: 0,20 puntos por curso superado con aprovechamiento y 0,10 por curso con asistencia.

Superior a 50 horas de duración: 0,40 puntos por curso superado con aprovechamiento y 0,20 por curso con asistencia.

c) Actividad docente. La puntuación máxima que podrá otorgarse por este apartado será de 0,25 puntos.

d) Publicaciones. La puntuación máxima que podrá otorgarse por este apartado será de 0,25 puntos.

3. Acreditación de méritos y otras disposiciones:

Los méritos a que se refieren los artículos anteriores deberán ser acreditados por los concursantes mediante documentos originales o copias compulsadas de los mismos o certificaciones originales. Las copias compulsadas lo serán por el Centro emisor del documento o por el Centro donde sean presentadas.

En los procesos de evaluación podrá recabarse formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.

A los funcionarios pertenecientes a Cuerpos o Escalas extinguidos que no resultaren integrados en las subescalas en que se estructura la habilitación de carácter nacional, a los que se refiere la Disposición Transitoria Primera, número 2 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, se les podrá reconocer, previa acreditación, el mérito establecido en el artículo 3, letra a), del presente Decreto.

E) Comunidad Autónoma de Cantabria (Decreto 33/1994, de 1 de junio, de la Consejería de Presidencia del Gobierno de Cantabria)

1. Méritos de determinación autonómica:

Los méritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de Cantabria, son los siguientes:

Experiencia profesional, consistente en el desarrollo de funciones en la Administración de la Diputación Regional de Cantabria o en las Entidades Locales de este territorio, que impliquen el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de Cantabria.

Cursos de formación y perfeccionamiento, superados, homologados o reconocidos por el Centro de Estudios de Administración Regional de Cantabria y que tengan por objeto las especialidades de la organización territorial y de la normativa de Cantabria.

Actividad docente, dirigida a la enseñanza de las materias sobre organización territorial, régimen local, urbanismo y régimen económico y financiero de las Entidades Locales en cursos organizados por la Diputación Regional o en colaboración con ésta.

2. Valoración de los méritos:

La proporción que corresponde a cada uno de los méritos expresados en el artículo anterior, dentro del porcentaje del 10% de la puntuación total posible asignado para la valoración del conocimiento de las especialidades autonómicas es la siguiente:

Experiencia profesional: hasta el 30% del total de puntos que, en la puntuación total, correspondan al 10% atribuido a los méritos por los conocimientos de las especialidades autonómicas.

Cursos de formación y perfeccionamiento: hasta un 40% del total de puntos que, en la puntuación total, correspondan al 10% atribuido a los méritos por los conocimientos de las especialidades autonómicas, en función del nivel académico del curso.

Actividad docente: hasta un 30% del total de puntos que, en la puntuación total, correspondan al 10% atribuido a los méritos por los conocimientos de las especialidades autonómicas.

Reglas para la puntuación de los méritos.

Experiencia profesional: los servicios prestados se valorarán de la forma siguiente:

Servicios prestados en la Diputación Regional de Cantabria. Por haber prestados servicios como funcionario de la Diputación Regional de Cantabria en puesto con categoría de jefe de sección o superior: 0,03 puntos por mes.

Servicios prestados en las Entidades Locales de Cantabria. Por haber prestado servicios en puestos de trabajo de la misma categoría y subescala que la que se concursa en Entidades Locales de Cantabria: 0,03 puntos por mes. Este mérito no se tendrá en cuenta cuando la Entidad Local lo incluya como tal en su baremo de méritos específicos.

La puntuación por ambos conceptos no podrá exceder de 0,90 puntos.

Cursos de formación y perfeccionamiento: La valoración de los cursos, con exclusión de los que formen parte del proceso selectivo, se hará de la forma siguiente:

Sólo se tendrán en cuenta los cursos impartidos por el Centro de Estudios de Administración Regional de Cantabria o, en colaboración con éste, por las Universidades, Centros de Enseñanza Superior u otros órganos competentes en materia de formación y perfeccionamiento de los funcionarios, siempre que sean homologados por el Centro de Estudios de Administración Regional de Cantabria, a los efectos de este artículo.

La puntuación de cada curso, dentro de una escala de 0,10 a 1,20, se establecerá en función de la relación de la materia impartida con las funciones reservadas a los funcionarios habilitados de carácter nacional, el grado de dificultad del curso, el número de horas lectivas, que nunca será inferior a quince, y el sistema de evaluación.

Las convocatorias de cursos formuladas por el Centro de Estudios de Administración Pública Regional de Cantabria indicarán la puntuación otorgada a los efectos de este precepto.

Actividad docente: Se valorará en función del carácter introductorio o de especialización de los cursos de nivel elemental, medio o superior, y de cualquier otro elemento que ponga de manifiesto el grado de dificultad de la materia para impartirla. La puntuación nunca podrá ser inferior a la que se otorgue por aplicación del apartado anterior. En todo caso, la puntuación mínima por curso nunca podrá ser inferior a 0,10 puntos, cualquiera que sea su duración.

La puntuación por este concepto no podrá exceder de 0,90 puntos.

3. Acreditación de méritos: Los concursantes acreditarán los méritos que aleguen mediante la presentación del certificado correspondiente o la copia del título debidamente compulsada.

4. Valoración de los méritos por el Tribunal: El tribunal de valoración del concurso comprobará y valorará los méritos alegados de acuerdo con las reglas y las puntuaciones establecidas en este Decreto.

F) Comunidad de Castilla y León (Decreto 185/1994, de 25 de agosto, de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial de la Junta de Castilla y León)

1. Méritos de determinación autonómica:

Los méritos de valoración autonómica que implican el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, son los siguientes:

Experiencia profesional por los servicios prestados como funcionarios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León o en las Entidades Locales que formen parte del territorio de ésta.

Los cursos de formación y perfeccionamiento realizados en condición de funcionario de carrera, convocados por la Consejería de Presidencia y Administración Territorial o, en colaboración con ésta, por otros Centros Oficiales reconocidos de otras Administraciones Públicas, que se refieran a materias de Derecho Autonómico. Se excluirán los cursos que forman parte de los procesos selectivos.

Los cursos, seminarios, jornadas y otras acciones formativas distintas a las anteriores convocadas por cualquier Centro Oficial reconocido o Colegio Profesional, en los que se haya expedido diploma o certificado de asistencia o, en su caso de aprovechamiento, y que versen sobre las materias mencionadas.

La actividad docente en las acciones formativas relacionadas en los dos apartados precedentes, así como en Cursos Selectivos en ponencias, seminarios o conferencias relacionadas con esas mismas materias.

Publicaciones relativas a la normativa y organización territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

2. Valoración de los méritos:

La puntuación de los méritos expresados en el artículo precedente, dentro de la puntuación máxima total asignada para la valoración del conocimiento de las especialidades autonómicas en el artículo 14 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, 3 puntos, se efectuará de acuerdo con las reglas y criterios siguientes:

Los servicios prestados: se valorarán hasta un máximo de 1 punto, distinguiéndose:

Los servicios prestados en puestos de trabajo de superior o igual Grupo funcionarial a aquél al que corresponde la Subescala a que se concursa: 0,02 puntos/mes.

Los servicios prestados en puestos de trabajo asignados al Grupo de funcionarios inmediatamente inferior al de la Subescala a que se concursa: 0,01 puntos/mes.

Los cursos de formación y perfeccionamiento superados: se valorarán hasta un máximo de 1,1 puntos, en función de la relación de la materia con las funciones propias de la Subescala y Categoría, el grado de dificultad o de especialización, el número de horas lectivas y el sistema de evaluación que se determine. En las convocatorias de los cursos que realice la Consejería de Presidencia y Administración Territorial se establecerá la puntuación otorgada a estos efectos.

En el supuesto de que no estuviera determinada la puntuación en la convocatoria del curso, se valorará atendiendo a la carga horaria o duración del mismo, de acuerdo con el baremo siguiente:

Entre 25 y 50 horas lectivas: 0,10 puntos por curso.

Entre 51 y 100 horas lectivas: 0,20 puntos por curso.

Superior a 100 horas lectivas: 0,30 puntos por curso.

Otras acciones formativas: se valorarán aquellas debidamente acreditadas y no valoradas en el apartado anterior, hasta un máximo de 0,3 puntos, atendiendo a su carga horaria o duración, de acuerdo con el siguiente baremo:

Entre 25 y 50 horas lectivas: 0,03 puntos por curso.

Entre 51 y 100 horas lectivas: 0,05 puntos por curso.

Superior a 100 horas lectivas: 0,07 puntos por curso.

No se valorarán las acciones formativas cuya duración sea inferior a 25 horas lectivas.

La actividad docente: se valorará con un máximo de 0,3 puntos, a razón de 0,01 puntos por hora impartida.

Publicaciones: se valorarán hasta un máximo de 0,3 puntos en función del carácter divulgador o científico, de la extensión, la edición en revistas especializadas o cualquier otro elemento que permita evaluar la calidad científica del trabajo o publicación.

3. Acreditación de méritos:

Los méritos a que se refieren los artículos anteriores deberán ser acreditados por los concursantes mediante documentos originales o copias compulsadas de los mismos o certificaciones originales. Las copias compulsadas lo serán por el Centro emisor del documento o por el Centro donde sean presentadas.

En los procesos de evaluación podrá recabarse formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.

4. Valoración de los méritos por el Tribunal:

El Tribunal de Valoración del concurso valorará los méritos de determinación autonómica conforme a las reglas y baremo de puntuaciones establecidos en este Decreto.

G) Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (Decreto 81/2003, de 13 de mayo, de la Consejería de Administraciones Públicas de la Junta de Castilla-La Mancha)

1. Méritos de determinación autonómica y valoración:

Los méritos relacionados con el conocimiento de la organización territorial y de la normativa autonómica de Castilla-La Mancha son los siguientes:

Experiencia profesional.

Se valorará el desempeño de puestos de trabajo en las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, siempre que se haya permanecido en los puestos referidos un plazo mínimo de un año. La experiencia se valorará hasta un máximo de 1,25 puntos, según las reglas siguientes:

a) Servicios prestados como funcionario de carrera, incluso con nombramiento provisional, en puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional correspondientes a la subescala a la que se concursa: 0,03 puntos por mes.

b) Servicios prestados como funcionario de carrera, incluso con nombramiento provisional, en puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional correspondientes a distinto grupo o subescala a la que se concursa: 0,02 puntos por mes.

Cursos de formación y perfeccionamiento.

Se valorará la asistencia y, en su caso, la superación de los cursos de estas características que tengan por objeto las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, organizados u homologados por la Consejería de Administraciones Públicas. Estos cursos, que habrán de versar sobre las funciones reservadas a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se valorarán hasta 1,50 puntos según las siguientes reglas:

Cursos de hasta 15 horas lectivas: 0,10 puntos por curso.

Cursos de duración de 15 hasta 40 horas lectivas: 0,40 puntos por curso.

Cursos de duración de 40 hasta 100 horas lectivas: 0,60 puntos por curso.

Cursos de duración de 101 horas lectivas o más: 0,75 puntos por curso.

Actividad docente.

Se considerará como méritos el ejercicio de actividades docentes en los cursos de formación y perfeccionamiento a que se ha hecho referencia; y también, en aquellos que tengan relación con las Entidades Locales de la Región y con las disciplinas impartidas en la Universidad, en la Escuela de Administración Regional y en la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha. La actividad docente se valorará con un máximo de 0,15 puntos, a razón de 0,01 puntos por hora impartida.

Publicaciones.

Se valorarán las relativas a las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Se valorarán hasta un máximo de 0,10 puntos en función del carácter innovador, de la extensión, la publicación en revistas especializadas o cualquier otro elemento que permita evaluar la calidad científica del trabajo.

2. Acreditación de méritos: Los concursantes acreditarán los méritos a que se refiere el presente Decreto mediante la presentación de los documentos originales o copias auténticas de los mismos que los justifiquen adecuadamente.

3. Valoración de los méritos por el Tribunal: El Tribunal de valoración del concurso valorará los méritos alegados de conformidad con las reglas y puntuación establecidas en este Decreto y en las normas que lo desarrollen.

4. Homologación de Cursos: La persona titular de la Consejería de Administraciones Públicas homologará, a los efectos de este Decreto, los cursos realizados con anterioridad a su entrada en vigor, que se ajusten a las determinaciones señaladas en la presente normativa y resulten debidamente acreditados por el solicitante.

H) Comunidad Autónoma de Cataluña (Decreto 234/1994 de 13 de septiembre, del Departamento de Gobernación de la Generalitat de Cataluña, modificado por el Decreto 74/1998, de 3 de marzo)

1. Conocimiento del catalán: (Decreto 14/1994, de 8 de febrero, del Departamento de Gobernación de la Generalitat de Cataluña).

Los concursantes acreditarán el conocimiento de la lengua catalana mediante el certificado del nivel C de la Junta Permanente de Catalán o alguno de los certificados o títulos equivalentes que se citan en el anexo del Decreto 14/1994.

En el caso de que alguno de los concursantes no cuente con el certificado o título mencionados, el tribunal de valoración del concurso evaluará estos conocimientos.

En este caso, los miembros del tribunal estarán asesorados, en su caso, por personal con título idóneo para evaluar el conocimiento de la lengua catalana.

2. Méritos de determinación autonómica:

Los méritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de Cataluña, son los siguientes:

Experiencia profesional: consistente en el ejercicio de funciones en la Administración de la Generalitat de Cataluña o en las Entidades Locales de este territorio, que impliquen el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de Cataluña.

Cursos de formación y perfeccionamiento: superados, homologados o reconocidos por la Escuela de Administración Pública de Cataluña y que tengan por objeto el aprendizaje de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de Cataluña.

Actividad docente: dirigida a la enseñanza de las materias sobre organización territorial, régimen local, urbanismo y régimen económico y financiero de las Entidades Locales en cursos organizados por la Generalitat o en colaboración con ésta.

Publicaciones: en materias relativas a las especialidades de la organización territorial y de la normativa de Cataluña.

3. Valoración de los méritos:

La proporción que corresponde a cada una de las clases de méritos expresados en el artículo anterior, dentro del porcentaje del 10% de la puntuación total posible asignado para la valoración del conocimiento de las especialidades autonómicas, es la siguiente:

Experiencia profesional: hasta un 30% del total de puntos que, en la puntuación total correspondan al 10% atribuido a los méritos por los conocimientos de las especialidades autonómicas.

Cursos de formación y perfeccionamiento: hasta un 50% del total de puntos que, en la puntuación total correspondan al 10% atribuido a los méritos por los conocimientos de las especialidades autonómicas, en función del nivel académico del curso.

Actividad docente: hasta un 10% del total de puntos que, en la puntuación total correspondan al 10% atribuido a los méritos por los conocimientos de las especialidades autonómicas.

Publicaciones: hasta un 10% del total de puntos que, en la puntuación total correspondan al 10% atribuido a los méritos por los conocimientos de las especialidades autonómicas.

Reglas para la puntuación de los méritos.

Experiencia profesional: los servicios prestados se valorarán de la forma siguiente:

Servicios prestados en puestos de trabajo del mismo grupo de funcionarios o superior que el correspondiente a la subescala a la que se concursa: 0,02 puntos/mes.

Servicios prestados en puestos de trabajo asignados al grupo de funcionarios inmediatamente inferior a la subescala a la que se concursa cuando se trate de la provisión de puestos de la subescala de secretaría o de intervención-tesorería: 0,01 puntos/mes.

Servicios prestados en puestos de trabajo asignados a grupos inferiores, no incluidos en el párrafo anterior, en los que se hayan ejercido de forma accidental funciones reservadas a la subescala a la que se concursa: 0,005 puntos/mes.

Cursos de formación y perfeccionamiento: la valoración de los cursos, con exclusión de los que formen parte del proceso selectivo, se efectuará de la forma siguiente:

Sólo se tendrán en cuenta los cursos impartidos por la Escuela de Administración Pública de Cataluña o, en colaboración con ésta, por las universidades, centros de enseñanza superior u otros órganos competentes en materia de formación y perfeccionamiento de los funcionarios, siempre que sean homologados por la Escuela de Administración Pública de Cataluña, a los efectos de este artículo.

La puntuación de cada curso dentro de una escala de 0,10 a 1,5, la establecerá la Escuela de Administración Pública de Cataluña en función de la relación de la materia impartida con las funciones reservadas a los funcionarios habilitados de carácter estatal, el grado de dificultad del curso, el número de horas lectivas y el sistema de evaluación.

Las convocatorias de cursos formuladas por la Escuela de Administración Pública de Cataluña indicarán la puntuación otorgada a los efectos de este precepto.

Actividad docente: se valorará en función del carácter introductorio o de especialización de los cursos, del nivel elemental, grado medio o superior, y de cualquier otro elemento que ponga de manifiesto el grado de dificultad de la materia para impartirla.

Publicaciones: las publicaciones se valorarán en función del carácter divulgador o científico, de la extensión, de la edición como monografía o artículo en revistas especializadas y de cualquier otro elemento que permita evaluar la calidad científica del trabajo publicado.

4. Acreditación de méritos: Los concursantes deberán acreditar los méritos que aleguen mediante la presentación del certificado correspondiente expedido por el órgano competente o la copia del título debidamente compulsada.

5. Valoración de los méritos por el Tribunal: El tribunal de valoración del concurso comprobará y valorará los méritos alegados de acuerdo con las reglas y las puntuaciones establecidas en este Decreto.

I) Comunidad Autónoma de Extremadura (Decreto 6/1995, de 21 de febrero, de la Consejería de Presidencia y Trabajo de la Junta de Extremadura)

1. Méritos de determinación autonómica:

Los méritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organización territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de su normativa específica son:

La experiencia profesional, consistente en el desempeño de un puesto de trabajo en las instituciones propias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en situación de servicios en Comunidades Autónomas, o en las Entidades Locales sitas en su territorio, que implique el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de Extremadura.

Los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos, superados, homologados o reconocidos por el centro de formación de funcionarios de la Junta de Extremadura o, en colaboración con éste, por las Universidades, Centros de Enseñanza Superior u otros órganos competentes en materia de formación y perfeccionamiento de los funcionarios, siempre que sean homologados por el centro de formación de funcionarios de la Junta de Extremadura a los efectos de este artículo, y que tengan por objeto las especialidades de la organización territorial y de la normativa de Extremadura.

La actividad docente, dirigida a la enseñanza de las materias sobre normativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura, organización territorial, régimen local y urbanismo que incida en la legislación Autonómica, en cursos organizados por la Comunidad Autónoma de Extremadura o en colaboración con ésta, por Universidades, Centro de Enseñanza Superior o en el Instituto Nacional de Administración Pública.

Las publicaciones en materia relativas a las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

2. Valoración de los méritos:

Servicios prestados se valorarán, hasta un máximo de 1,40 puntos, del modo siguiente:

Servicios prestados en la Comunidad Autónoma de Extremadura como funcionario de la misma, en puestos de trabajo reservados a los grupos A o B: 0,03 ptos/mes.

Servicios prestados en las Entidades Locales de Extremadura en puestos de trabajo; de la misma categoría y subescala en la que se concursa: 0,03 ptos/mes; de otras subescalas: 0,03 ptos./mes.

Cursos de formación y perfeccionamiento.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán, en función del nivel académico del curso, hasta un máximo de 1 punto, con exclusión de los que formen parte del curso selectivo, del modo siguiente:

Solo se tendrán en cuenta los cursos impartidos por el centro de formación de funcionarios de la Junta de Extremadura o, en colaboración con éste, por las Universidades, Centros de enseñanza Superior u otros órganos competentes en materia de formación y perfeccionamiento de los funcionarios, siempre que sean homologados por el centro de formación de funcionarios de la Junta de Extremadura, a los efectos de este artículo.

La puntuación de cada curso, dentro de una escala de 0,10 a 0,60 se establecerá en función de la relación de la materia impartida con las funciones reservadas a los funcionarios habilitados de carácter nacional, el grado de dificultad del curso, el número de horas lectivas, nunca inferior a 15, y el sistema de evaluación.

Las convocatorias de cursos formuladas por el centro de formación de funcionarios de la Junta de Extremadura indicarán la puntuación otorgada a los efectos de este artículo. En caso de no indicar la convocatoria la puntuación otorgada, estos cursos se puntuarán según los criterios de valoración regulados en la Orden de 10 de agosto de 1994 del Ministerio para las Administraciones Públicas, sin superar la puntuación máxima de 0,60 puntos a que se refiere el número anterior.

Actividad docente.

La actividad docente se valorará hasta un máximo de 0,30 puntos, en función del carácter introductorio o de especialización de los cursos impartidos, del nivel elemental, grado medio o superior, y de cualquier otro elemento que ponga de manifiesto el grado de dificultad de la materia impartida.

Publicaciones.

Las publicaciones se valorarán hasta un máximo de 0,30 puntos en función del carácter divulgador o científico, de la extensión, la edición como monografía o artículo en revistas especializadas y cualquier otro elemento que permita evaluar la calidad científica del trabajo publicado.

3. Acreditación de méritos: Los concursantes acreditarán los méritos alegados mediante la presentación del certificado correspondiente, la copia debidamente compulsada o la publicación a que hiciera referencia.

4. Valoración de los méritos por el Tribunal: El Tribunal de valoración del concurso comprobará y valorará los méritos alegados de acuerdo con las reglas y las puntuaciones establecidas en este Decreto y normas de desarrollo.

5. Homologación de Cursos: La Dirección General de la Función Pública de la Junta de Extremadura podrá homologar, a estos efectos, cursos realizados con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto 6/1995, de 21 de febrero, siempre que se acrediten suficientemente por el solicitante los requisitos exigidos, e igualmente en tanto se desarrolla la estructura y organización del centro de formación de funcionarios de la Junta de Extremadura, los cursos de formación y perfeccionamiento sobre normativa autonómica de Extremadura y especialidades de su organización, impartidos por Universidades y Centros de Enseñanza Superior.

J) Comunidad Autónoma de Galicia (Decreto 49/2009, de 26 de febrero, de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de la Junta de Galicia)

1. Conocimiento del gallego: (Decreto 103/2008, de 8 de mayo, de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de la Junta de Galicia).

En el concurso unitario que con carácter anual convoca el Ministerio de Administraciones Públicas se incluirá cómo requisito el conocimiento de la lengua gallega que los/las concursantes acreditarán mediante la presentación con la solicitud de participación de la documentación justificativa de estar en posesión del Celga 4, expedido por el órgano competente de la Junta de Galicia o de su equivalente.

Los/las concursantes que no acrediten la posesión del título establecido en el párrafo anterior, participarán en una prueba eliminatoria que se calificará como apto o no apto, destinada a evaluar un grado de conocimiento del gallego equivalente al conseguido con la obtención del Celga 4 o equivalente.

Para la valoración de esta prueba se designará por la persona titular de la Consejería competente en materia de régimen local, una comisión técnica que estará compuesta por tres personas expertas en la materia. Asimismo, por cada miembro titular se nombrará a un suplente. Los miembros de la comisión designarán de entre los vocales a él que actuará como secretario/a. Terminada la valoración de la prueba, la comisión técnica elaborará una propuesta de carácter vinculante que elevará a la persona titular de la Consejería competente en materia de régimen local. La superación de la prueba de conocimiento de la lengua gallega a la que se refieren los artículos precedentes tendrá validez exclusivamente en el respectivo concurso de traslados.

2. Méritos de determinación autonómica:

a) Cursos de formación y perfeccionamiento: hasta un máximo de 1,5 puntos.

b) Experiencia profesional: hasta un máximo de 0,90 puntos.

c) Actividad docente: hasta un máximo de 0,30 puntos.

d) Publicaciones: hasta un máximo de 0,30 puntos.

3. Valoración de los méritos:

Cursos de formación y perfeccionamiento.

Se tendrán en cuenta, únicamente, los cursos impartidos por la Escuela Gallega de Administración Pública, universidades y organismos públicos dedicados a la formación y perfeccionamiento del personal al servicio de las administraciones públicas, que previamente hayan sido homologados o reconocidos por la Escuela Gallega de Administración Pública a efectos de este artículo.

Sólo se valorarán aquellos cursos que tengan por objeto el aprendizaje de las especialidades de la organización territorial y del derecho propio de Galicia, exceptuándose los que forman parte de los procesos selectivos correspondientes.

La puntuación de cada curso dentro de la escala de 0,10 a 1,5 será establecida por la Escuela Gallega de Administración Pública en función de la relación de la materia impartida con las funciones reservadas a los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, el grado de dificultad del curso, el número de horas lectivas y el sistema de evaluación.

Las convocatorias de los cursos formuladas por la Escuela Gallega de Administración Pública indicarán la puntuación otorgada a efectos de este precepto.

Para el supuesto de que la puntuación de algún curso no estuviese determinada en su convocatoria, correspondiendo el objeto del mismo con el indicado en el apartado 2.º, se valorará de conformidad con los criterios establecidos por la consellería competente en materia de régimen local en coordinación con la EGAP, de la manera que a continuación se describe:

Cursos con certificado de asistencia de duración comprendida entre 20 y 40 horas: 0,10 puntos por curso.

Cursos con certificado de asistencia de duración superior a 40 horas: 0,20 puntos por curso.

Cursos con certificado de aprovechamiento de duración comprendida entre 20 y 40 horas: 0,30 puntos por curso.

Cursos con certificado de aprovechamiento de duración superior a 40 horas: 0,40 puntos por curso.

No se valorarán los diplomas relativos a la celebración de congresos, conferencias, seminarios, jornadas, simposios, encuentros y semejantes, ni aquellos cursos realizados con más de 15 años de antelación a la fecha de la resolución por la que se aprueba la convocatoria del concurso.

Experiencia profesional.

Se valorará la experiencia profesional consistente en el ejercicio de funciones en la Administración autonómica o en las Entidades Locales de Galicia, que impliquen el conocimiento de la organización territorial y de la normativa autonómica de Galicia según se indica:

a) Servicios prestados como funcionarios/as de carrera con habilitación de carácter estatal en puestos reservados en las Entidades Locales de Galicia:

a.1. De la misma subescala y categoría a la que se concursa: 0,03 puntos/mes.

a.2. De distinta subescala o/y categoría a la que se concursa: 0,02 puntos/mes.

b) Servicios prestados en el territorio de la Comunidad Autónoma gallega como funcionario/a de carrera en puestos no reservados a personal funcionario con habilitación de carácter estatal:

b.1. Del subgrupo A1: 0,01 puntos/mes.

b.2. Del subgrupo A2: 0,005 puntos/mes.

Actividad docente.

La actividad docente se valorará cuando vaya dirigida a la enseñanza de las materias sobre organización territorial y normativa autonómica de Galicia, régimen local, procedimiento administrativo, contratación pública, servicios públicos, urbanismo, personal, régimen económico y financiero de las Entidades Locales en cursos organizados, homologados o reconocidos por la Escuela Gallega de Administración Pública o realizados en colaboración con ésta.

La valoración de la misma será a razón de 0,01 puntos por hora impartida en cursos, excluyéndose congresos, conferencias, seminarios, jornadas, simposios, encuentros o semejantes.

Publicaciones a puntuar.

Se valorarán las publicaciones de monografías o artículos sobre materias relativas a las especialidades de la organización territorial y del derecho propio de Galicia, a razón de 0,10 puntos por cada monografía, y 0,05 por cada artículo, siempre que aparezcan en publicaciones con ISBN o ISSN.

4. Acreditación de méritos.

Los/las concursantes acreditarán los méritos que aleguen, en el momento que se indique en la convocatoria, mediante la presentación de las certificaciones correspondientes o de la copia de los títulos debidamente compulsados, así como, en su caso, de las publicaciones referidas.

Supletoriamente, y para el caso de que los concursantes no aporten ninguna documentación, se tendrán por válidos los datos que figuren en el listado de baremo de méritos autonómicos que se hará público al día siguiente al de la publicación en el «BOE» de la resolución de convocatoria del concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, en la página web (http://www.eidolocal.es). y en el tablón de anuncios de la Dirección General de Administración Local de la Xunta de Galicia.

K) Comunidad de Madrid (Resolución de 1 de abril de 1996, del Director General de Administración Local de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Regional de la Comunidad de Madrid)

1. Méritos de determinación autonómica.

Méritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Madrid, son los siguientes:

Experiencia profesional, consistente en el desarrollo de funciones en la Administración de la Comunidad Autónoma de Madrid o en las Entidades Locales de su territorio, que impliquen el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa autonómica.

Cursos de Formación y Perfeccionamiento, que tengan por objeto las especialidades autonómicas, impartidos por los órganos competentes en materia de formación, y los que habiendo sido impartidos por el Instituto Nacional de Administración Pública, Universidades Públicas y Privadas, así como otras entidades de reconocido prestigio, hayan sido reconocidos u homologados por la Dirección General de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Los organismos interesados en que la Comunidad de Madrid reconozca u homologue los cursos por ellos impartidos como méritos de determinación autonómica deberán solicitarlo expresamente a la Dirección General de Administración Local aportando la documentación necesaria para ello, que como mínimo será el programa del curso, profesorado y horas lectivas.

El Director General de Administración Local otorgará la puntuación que corresponda mediante Resolución.

Actividad docente, dirigida a la enseñanza de las materias sobre organización territorial, régimen local, urbanismo, personal, régimen económico y financiero de las Entidades Locales en cursos impartidos en las mismas Instituciones señaladas en el apartado b) de este artículo; todas ellas relacionadas con especialidades y normativa específica de la Comunidad Autónoma de Madrid.

Publicaciones, tanto privadas como institucionales sobre las materias señaladas en el apartado c) siempre que se refieran al ámbito de la Comunidad Autónoma de Madrid.

2. Valoración de los méritos:

La proporción que corresponde a cada uno de los méritos expresados en el artículo anterior, dentro del porcentaje del 10 por ciento de la puntuación total posible asignado para la valoración del conocimiento de las especialidades autonómicas (que suponen 3 puntos) es la siguiente:

Experiencia profesional, hasta un 40 por ciento del total de puntos que, en la puntuación total, correspondan al porcentaje atribuido a los méritos por los conocimientos de las especialidades autonómicas.

Cursos de Formación y Perfeccionamiento, hasta un 20 por ciento del total de puntos que, en la puntuación total, correspondan al porcentaje atribuido a los méritos por los conocimientos de las especialidades autonómicas, en función del nivel académico del curso.

Actividades docentes, hasta un 20 por ciento del total de puntos que, en la puntuación total, correspondan al porcentaje atribuido a los méritos por los conocimientos de las especialidades autonómicas.

Publicaciones, hasta un 20 por ciento del total de puntos que, en la puntuación total, correspondan al 10 por ciento atribuido a los méritos por los conocimientos de las especialidades autonómicas.

Reglas para la puntuación de los méritos.

a) Experiencia Profesional, los servicios prestados se valorarán de la forma siguiente:

Servicios prestados en las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Madrid:

Por haber prestado servicios en puestos de trabajo reservados a funcionarios de la misma subescala y categoría a la que se concursa: 0,1 puntos por año o fracción superior a 6 meses.

Por haber prestado servicios en puestos de trabajo reservados de distinta subescala y/o categoría a la que se concursa: 0,05 puntos por año o fracción superior a 6 meses.

Servicios prestados en la Comunidad de Madrid como funcionario de la misma en puesto de trabajo con categoría de Jefe de Sección o Superior: 0,05 puntos por año, o fracción superior a 6 meses.

La puntuación por ambos conceptos no podrá exceder de 1,20 puntos.

Estos méritos no se tendrán en cuenta cuando la Entidad local los incluya como tales en su baremo de méritos específicos.

b) Cursos de Formación y Perfeccionamiento, la valoración de los cursos, con exclusión de los que formen parte del proceso selectivo, se hará de la forma siguiente:

Sólo se tendrán en cuenta los cursos impartidos por las Instituciones o Centros señalados en el artículo 1.b) de este Decreto.

La puntuación de cada curso se establecerá en función de la existencia o no de sistema de evaluación.

Sin sistema de evaluación:

Los cursos por los que se expida certificado de asistencia se valorarán por el número de horas lectivas:

entre 15 y 30 horas: 0,05,

entre 31 y 50 horas: 0,10,

más de 50 horas: 0,15.

No se tendrán en cuenta los inferiores a 15 horas.

Con sistema de evaluación:

Los cursos que requieran la realización y superación de pruebas de aprovechamiento de los alumnos de acuerdo con las previsiones que establezca su convocatoria serán objeto de valoración independiente. Consecuentemente, de no obtenerse el diploma o certificado de aprovechamiento señalado en la misma no será objeto de valoración, en este apartado. Se valorarán en función a su duración:

hasta 50 horas: 0,15,

más de 50 horas: 0,20.

La puntuación por este concepto no podrá exceder de 0,60 puntos:

Sólo se valorarán los cursos realizados en los quince años inmediatamente anteriores a la fecha de convocatoria del concurso.

c) Actividad Docente.

Se valorará en función a las horas lectivas y al grado de dificultad de la materia entendiendo como tal que en el mismo curso se impartan más de 20 horas:

por cada hora lectiva: 0,01,

por dificultad: 0,05.

La puntuación por este concepto no podrá exceder de 0,60 puntos.

Sólo se valorarán la actividad docente durante el período de quince años expresado en el apartado b).4) de este artículo.

d) Publicaciones:

Se valorarán exclusivamente si tratan de los temas enumerados en el artículo 1.c.

En función de su profundidad y extensión la puntuación será:

artículos (hasta 10 pág.): 0,10.

ensayos o artículos extensos (de 11 a 50 pág.): 0,20.

libros: 0,30.

La puntuación por este concepto no podrá exceder de 0,60 puntos.

Sólo se valorarán las publicaciones durante el período de quince años expresado en el apartado b).4) de este artículo.

3. Acreditación de méritos:

La acreditación de los méritos de determinación autonómica por la Dirección General de Administración local se efectuará a instancia de los interesados acompañada de la documentación acreditativa de la misma. Se podrán solicitar informes al Colegio profesional de funcionarios de habilitación nacional de la Comunidad Autónoma de Madrid y a la Federación de Municipios de Madrid, a tenor de lo establecido en el artículo 82 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La resolución de la Dirección General de Administración local respecto de las solicitudes de acreditación de méritos, por la que se estimen o no los méritos alegados, pondrá fin a la vía administrativa de acuerdo con lo establecido en el artículo 109 y disposición adicional novena de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dando lugar, si es estimatoria, a la inscripción del mérito o méritos correspondientes en el Registro de méritos autonómicos creado al efecto.

4. Valoración de los méritos por el Tribunal: El Tribunal de valoración del concurso, constituido de conformidad con la normativa estatal, sumará la puntuación que corresponda por méritos generales, la de los méritos de determinación autonómica y, en su caso, los correspondientes a los méritos específicos y elevará la propuesta de Resolución al órgano competente en los términos establecidos por la normativa estatal.

5. Registro de méritos autonómicos: La Dirección General de Administración Local llevará un Registro relativo a los funcionarios de habilitación nacional con méritos autonómicos en la Comunidad de Madrid, en el que deberán inscribirse, para su efectividad todos los méritos de dichos funcionarios. En tanto no se cree el Registro de méritos de determinación autonómica, será el Tribunal de Valoración quien comprobará y valorará los méritos alegados, de acuerdo con las reglas y puntuaciones establecidas en esta Resolución.

L) Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Decreto 58/2012, de 27 de abril, de la Consejería de Presidencia de la Región de Murcia, artículos 25.º a 28.º, en relación con el apartado quinto del artículo 24.º)

1. Méritos de determinación autonómica:

Los méritos relacionados con el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y del derecho aplicable en la Región de Murcia. A tales efectos, el baremo de méritos autonómicos se constituye por los siguientes:

Cursos de formación y perfeccionamiento. Se tendrán en cuenta, únicamente, los cursos impartidos por la Escuela de Administración Pública de la Región de Murcia, Escuela de Administración Local de la Región de Murcia, y organismos dedicados a la formación y perfeccionamiento del personal al servicio de las Administraciones Públicas, así como los impartidos por universidades y otros organismos públicos que previamente hayan sido homologados o reconocidos por la Escuela de Administración Pública o Escuela de Administración Local de la Región de Murcia. Sólo se valorarán aquellos cursos que tengan por objeto el aprendizaje de las especialidades de la organización territorial y del derecho aplicable en la Región de Murcia, exceptuándose los que forman parte de los procesos selectivos correspondientes. No se valorarán los diplomas relativos a la celebración de congresos, conferencias, seminarios, jornadas, simposios, encuentros y semejantes, ni aquellos cursos realizados con más de 15 años de antelación a la fecha de la resolución por la que se aprueba la convocatoria del concurso.

Experiencia profesional. Se valorará la experiencia profesional consistente en el ejercicio de funciones en la Administración autonómica o en las Entidades Locales de la Región de Murcia, que impliquen el conocimiento de la organización territorial y de la normativa aplicable en la Región de Murcia.

Actividad docente. Se valorará cuando vaya dirigida a la enseñanza de las materias sobre organización territorial y normativa aplicable en la Región de Murcia sobre Régimen Local, procedimiento administrativo, contratación pública, servicios públicos, urbanismo, personal, régimen económico y financiero de las Entidades Locales, entre otras materias, en cursos organizados, homologados o reconocidos por las escuelas y organismos citados en el artículo 25.1 del Decreto 58/2012, de 27 de abril.

Publicaciones. Se valorarán las publicaciones de monografías o artículos sobre materias relativas a las especialidades de la organización territorial y del derecho aplicable en la Región de Murcia.

2. Valoración de los méritos: A efectos de la baremación de los tres puntos que, de conformidad con la normativa estatal, corresponden a los méritos autonómicos de los candidatos en el concurso unitario de traslados, se aplicará proporcionalmente lo dispuesto en los artículos 25 a 28 del Decreto 58/2012, de 27 de abril.

3. Acreditación de méritos: Los concursantes acreditarán los méritos que aleguen, en el momento que se indique en la convocatoria, mediante la presentación de las certificaciones correspondientes o de la copia de los títulos debidamente compulsados, así como, en su caso, de las publicaciones referidas, no siendo necesario que acrediten aquellos méritos que ya se hayan inscrito en el Registro regulado en el artículo 11 del Decreto 58/2012, de 27 de abril.

M) Comunidad Autónoma de La Rioja (Decreto 50/1998, de 31 de julio, del Consejo de Gobierno del Gobierno de la Rioja)

1. Méritos de determinación autonómica:

Experiencia profesional.

Se valorará el desempeño, en condición de funcionario, de puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Rioja o de las Entidades Locales de su territorio, que implique el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de dicha Comunidad Autónoma.

Cursos de formación y perfeccionamiento.

Se valorará la asistencia y, en su caso, la superación de cursos organizados u homologados por la dirección General de Administración Local de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que tengan por objeto las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

La homologación de cursos a los efectos previstos en este apartado, deberá solicitarse por la entidad organizadora, acompañando al menos el programa detallado de contenidos, profesorado y horas lectivas del curso.

Actividad docente y publicaciones.

Se valorarán las actividades docentes y las publicaciones, referidas a las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

2. Valoración de los méritos:

Experiencia profesional.

Se valorará hasta un máximo de 1,50 puntos; con arreglo al siguiente baremo.

El desempeño de puestos de grupo funcionarial igual o superior al que corresponde a la Subescala a la que se concursa: 0,03 puntos por cada mes.

El desempeño de puestos de grupo funcionarial inmediatamente inferior al que corresponda a la subescala a la que se concursa: 0,02 puntos por cada mes.

Cursos de formación y perfeccionamiento.

Se valorarán hasta un máximo de 1 punto, en la forma siguiente:

Cursos con duración entre 15 y 30 horas: 0,25 puntos por cada curso.

Cursos con duración superior a 30 horas: 0,40 puntos por cada curso.

Actividad docente y publicaciones. Se valorarán hasta un máximo de 0,50 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:

Intervención como docente en cursos que reúnan las condiciones establecidas en los apartados 1-b) y 3-b) de estas bases: 0,02 puntos por cada hora de clase impartida.

Los trabajos publicados se valorarán en función de su extensión profundidad y calidad científica.

Únicamente se valorarán los servicios, cursos o actividades realizados en los diez años inmediatamente anteriores a la publicación de la convocatoria del correspondiente concurso de provisión de puestos en el «Boletín Oficial del Estado».

La suma de puntos por los méritos de determinación autonómica no superará en ningún caso el límite del 10 por 100 de la puntuación total posible, según se establece en el artículo 99.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

3. Acreditación de méritos: Los méritos previstos en estas bases se valorarán a instancia de los interesados y con arreglo a lo que por ellos se acredite mediante las correspondientes certificaciones, títulos u otros documentos, que habrán de aportar en original o en copia compulsada.

N) Comunitat Valenciana (Decreto 32/2013, de 8 de febrero, del Consell de la Generalitat Valenciana y Decreto 76/2015, de 22 de mayo, del Consell de la Generalitat Valenciana por el que se modifica el anterior)

1. Méritos de determinación autonómica: Tendrán la consideración de méritos correspondientes al conocimiento del valenciano, de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Generalitat Valenciana los siguientes:

Experiencia profesional.

A los efectos de este decreto se entenderá por experiencia profesional la permanencia y el desarrollo de funciones durante los diez años anteriores en las entidades locales del territorio de la Comunitat Valenciana o en la administración de la Generalitat, por implicar el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunitat Valenciana.

Formación personal.

Se valorará la participación en los cursos de formación y perfeccionamiento que tengan por objeto las especialidades de la organización territorial y normativa de la Comunitat Valenciana, con exclusión de los que formen parte de los procesos selectivos. Sólo se tendrán en cuenta los cursos impartidos u homologados por el Instituto Valenciano de Administración Pública, Universidades y órganos adscritos a las distintas Consellerías dedicados a la formación y perfeccionamiento de sus empleados públicos.

Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jomadas, mesas redondas, encuentros, debates o análogos, no podrán ser objeto de valoración.

Conocimientos de valenciano.

De conformidad con la Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de Uso y Enseñanza del Valenciano, se valorará el conocimiento del valenciano como lengua propia de la Comunitat Valenciana, de la Generalitat y de la administración local.

El conocimiento del valenciano se acreditará mediante el certificado u homologación expedidos por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencia.

La valoración del conocimiento del valenciano se entiende sin perjuicio de su consideración como requisito en las bases específicas de las convocatorias que aprueben las entidades locales.

Otros méritos.

Se considerarán otros méritos la actividad docente, las publicaciones y las colaboraciones, entendiéndose por tales los siguientes:

Actividad docente.

Será objeto de valoración la impartición de cursos de formación y perfeccionamiento que tengan por objeto las especialidades de la organización territorial y normativa de la Comunitat Valenciana. Sólo se tendrán en cuenta los cursos impartidos u homologados por el Instituto Valenciano de Administración Pública, las diputaciones provinciales, universidades y órganos adscritos a las distintas Consellerías dedicados a la formación, perfeccionamiento o selección de sus empleados y empleadas públicos.

La actividad docente en aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jomadas, mesas redondas, encuentros, debates o análogos, no podrán ser objeto de valoración.

Publicaciones.

Se valorarán las publicaciones en materias relativas a las especialidades de la organización territorial y normativa de la Comunitat Valenciana.

Colaboraciones.

Serán objeto de valoración las colaboraciones con los órganos de la Generalitat en materia de régimen local.

2. Valoración de los méritos:

Experiencia profesional.

La experiencia profesional y permanencia se valorará hasta un máximo de 2 puntos, según las reglas siguientes:

Servicios y permanencia desarrollados en puesto de trabajo del mismo grupo y subgrupo de funcionarios que el correspondiente a la subescala de habilitación nacional a la que se concursa: 0,20 por año.

Servicios y permanencia desarrollados en puestos de trabajo de grupo o subgrupo diferente del correspondiente a la subescala de habilitación nacional a la que se concursa: 0,10 por año.

Formación personal.

Se valorará hasta un máximo de 1,50 puntos los cursos de formación y perfeccionamiento que tengan por objeto la formación en alguna de las áreas de conocimiento propios de la organización territorial y normativa de la Comunitat Valenciana.

La valoración de cada curso se efectuará en función de su duración con arreglo a la siguiente escala:

De 100 o más horas: 1 punto.

De 75 o más horas: 0,75 puntos.

De 50 o más horas: 0,65 puntos.

De 25 o más horas: 0,50 puntos.

De 15 o más horas: 0,25 puntos.

Conocimientos de valenciano:

El conocimiento de valenciano se valorará hasta un máximo de 0,75 puntos, con arreglo a la siguiente escala:

Conocimiento oral: 0,25 puntos.

Conocimiento de grado elemental: 0,50 puntos.

Conocimiento de grado medio: 0,65puntos.

Conocimiento de grado superior: 0,75 puntos.

Otros méritos.

Estos méritos se valorarán hasta un máximo de 0,25 puntos, atendiendo a los siguientes criterios:

La valoración de la actividad docente será con arreglo a 0,02 puntos por hora impartida.

La valoración de las publicaciones será con arreglo a 0,10 puntos por publicación.

La valoración de las colaboraciones será con arreglo a 0,05 puntos por colaboración.

Ñ) Comunidad Autónoma del País Vasco (Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de noviembre de 1988)

El Acuerdo del Consejo de Gobierno Vasco de 8 de noviembre de 1988 («BOPV» núm. 212, de 12 de noviembre), establece los méritos autonómicos a valorar en los concursos de traslados de Funcionarios de administración local con habilitación de carácter Nacional, en el ámbito del País Vasco.

Estos méritos son los siguientes:

Conocimiento y trabajo desarrollados en torno al Estatuto de Autonomía, los derechos históricos, la regulación normativa del entramado institucional de la Comunidad Autónoma y la planificación de la normalización lingüística, con especial referencia a su aplicación en las Administraciones públicas.

Conocimiento y trabajos desarrollados en referencia a las especialidades económico-administrativas deducidas del Concierto Económico, y, por ende, a su repercusión en materia hacendística local.

La valoración de los anteriores méritos se efectuará de acuerdo con el nuevo porcentaje regulado en la Disposición Adicional Segunda, apartado 8, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, en la forma establecida en la convocatoria correspondiente.

La acreditación de estos méritos de determinación autonómica se realizará mediante:

a) Certificados de asistencia a cursos, jornadas, congresos, seminarios y demás foros celebrados sobre las materias en cuestión.

b) Publicaciones y trabajos efectuados sobre dichas especialidades.

c) Participación en calidad de ponente o profesor/a en jornadas o cursos relacionados con tales peculiaridades.

Sexta. Tribunal de valoración.

El Tribunal de valoración del presente concurso será el siguiente:

Presidente:

Titular: Icíar Pérez-Baroja Verde.

Suplente: Ana García Fernández.

Vocales:

Titulares:

María Eugenia del Junco Funes.

Victoria Rodríguez Cativiela.

Beatriz Alejos Bermúdez.

María Eulàlia Mas Espinosa.

Francisco Javier Ramos García.

José María del Dujo Martín.

Moisés Burgueño de la Cal.

María Victoria Galán Mora.

Àngels Canals Vila.

Marta María Delgado Fernández.

Manuel Martínez Varela.

Sonia Fons Martínez.

Victoria Amate Caballero.

Jenaro Conde Rebollar.

Adolfo Jesús Alonso Mas.

José Luis Aguirre Arratibel.

José Luis Pérez López.

Suplentes:

Isabel María Ramos Muñoz.

María Luisa Pellejero Alcázar.

María Alonso Díaz.

Gaël Guéguen Herry.

José Gregorio Martín Plata.

Rosa Mercedes Blanco González.

Ana Menéndez Gallego.

María Teresa Cabañas Cabañas.

Eva Masip Roig.

Estrella Blanco Galeas.

Ascensión Labella Lozano.

Alfonso de Torres Guajardo.

María Dolores Gómez Plaza.

Darío Sainz Martínez.

Inmaculada García Calvo.

Zelai Nikolas Ezkurdia.

Eulalio Ávila Cano.

Secretario:

Titular: María Victoria Sánchez García.

Suplente: Antonio Calderón López.

Séptima. Exclusión de concursantes y valoración de méritos.

El Tribunal de valoración excluirá a los concursantes que no reúnan las condiciones de participación señaladas en la base segunda, o en su caso, el requisito de lengua.

A continuación puntuará los méritos de los concursantes no excluidos, del siguiente modo:

La puntuación por méritos generales, deducida de la relación incluida en la resolución publicada conjuntamente con esta convocatoria, no siendo posible acreditación adicional alguna por parte de los concursantes ni valoración distinta por parte del Tribunal.

La valoración de méritos de determinación autonómica, en base a la documentación aportada por los concursantes conforme a las reglas específicas de cada Comunidad Autónoma.

Respecto de los puestos sin méritos de determinación autonómica, el Tribunal puntuará exclusivamente los méritos generales.

En caso de empate en la puntuación final de méritos de dos o más concursantes, el Tribunal dará prioridad en la propuesta de adjudicación a aquel que hubiera obtenido mayor puntuación por méritos de determinación autonómica. De mantenerse el empate, a favor de quien en méritos generales tenga mayor puntuación en los apartados a), b), c), d) y e), por dicho orden, del artículo 15.1 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio. En última instancia el empate se resolverá en base al orden de prelación en el proceso selectivo, teniendo preferencia los aspirantes que hayan accedido por el sistema de promoción interna sobre los de acceso libre.

Octava. Propuesta de resolución.

Tras la exclusión y puntuación de concursantes, el Tribunal formulará relación comprensiva de los no excluidos con sus puntuaciones, así como relación fundada de excluidos. De acuerdo con las puntuaciones, y con el orden de prelación para el supuesto de concursantes que obtengan la máxima puntuación en dos o más puestos, el Tribunal formulará y elevará a esta Dirección General propuesta de adjudicación de puestos.

Novena. Resolución.

Esta Dirección General resolverá el concurso de acuerdo con la propuesta formulada por el Tribunal de valoración, remitiendo la resolución correspondiente a las Comunidades Autónomas y publicándolo en el plazo de un mes en el «Boletín Oficial del Estado».

El plazo máximo para la resolución del concurso unitario será de 6 meses, a contar desde la fecha de la presente resolución de convocatoria.

Décima. Plazo posesorio.

El plazo de toma de posesión en los destinos obtenidos en el concurso será de tres días hábiles si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad o de un mes si se trata de primer destino o de puestos de trabajo en localidad distinta.

Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del presente concurso en el «Boletín Oficial del Estado».

Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde el día siguiente a dicha publicación.

El cómputo de plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados.

Por necesidades del servicio, mediante acuerdo de los Presidentes de las Corporaciones en que haya de cesar y tomar posesión el concursante, se podrá diferir el cese y la toma de posesión hasta un máximo de tres meses, debiendo el segundo de ellos dar cuenta de tal acuerdo a las Comunidades Autónomas de origen, y en su caso, de destino.

Excepcionalmente, a instancia del interesado y por razones justificadas, podrá también diferirse la toma de posesión, por igual plazo, por acuerdo entre los Presidentes respectivos dando cuenta a la Comunidad Autónoma de origen, y en su caso, de destino.

Undécima. Irrenunciabilidad y voluntariedad de los destinos.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, desde el momento en que el Tribunal formule la propuesta de adjudicación de puestos.

Los destinos obtenidos en este concurso tendrán carácter voluntario, no generando en consecuencia derecho al abono de indemnización por traslado.

Duodécima. Notificación de ceses y tomas de posesión.

Las diligencias de cese y toma de posesión de los concursantes que accedan a un puesto de trabajo, de acuerdo con la resolución del concurso, deberán ser comunicadas a la Comunidad Autónoma correspondiente, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se produzcan.

La toma de posesión determina la adquisición de los derechos y deberes funcionariales inherentes al puesto, pasando a depender el funcionario de la correspondiente Corporación.

Decimotercera. Normas para la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Las Instituciones Forales procederán a la resolución del concurso y a su remisión a la Comunidad Autónoma.

El órgano competente de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública, efectuarán la coordinación precisa para evitar los nombramientos múltiples en los supuestos en que los interesados obtengan simultáneamente puestos en Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de alguna otra.

Decimocuarta. Recursos.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante esta Dirección General, o recurso contencioso - administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 10.1 i) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Decimoquinta. Información adicional.

En la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública, Área Temática de Función Pública, Apartado Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional (http://www.minhafp.gob.es/es-ES/Areas Tematicas/funcion publica/Paginas/FuncionPublica.aspx) se ofrece información adicional sobre este procedimiento.

Madrid, 24 de octubre de 2017.–El Director General de la Función Pública, Javier Pérez Medina.

ANEXO I

Comunidad Autónoma de Andalucía

Provincia

Entidad

Requisito lengua

Agrupación Secretaría de clase 3.ª

Almería

(Agrupación de Secretaría) Alcudia de Monteagud

Almería

(Agrupación de Secretaría) Alicún

Almería

(Agrupación de Secretaría) Armuña de Almanzora

Almería

(Agrupación de Secretaría) Huécija

Granada

(Agrupación de Secretaría) Jatar

Granada

(Agrupación de Secretaría) Marchal

Agrupación Tesorería

Córdoba

(Agrupación de Tesorería) Montoro

Intervención de clase 1.ª

Almería

(Ayuntamiento) Adra

Almería

(Ayuntamiento) Ejido (El)

Almería

(Ayuntamiento) Níjar

Almería

(Ayuntamiento) Roquetas de Mar

Almería

(Ayuntamiento) Vícar

Cádiz

(Ayuntamiento) Arcos de la Frontera

Cádiz

(Ayuntamiento) Barbate

Cádiz

(Ayuntamiento) Barrios (Los)

Cádiz

(Ayuntamiento) Chipiona

Cádiz

(Ayuntamiento) Conil de la Frontera

Cádiz

(Mancomunidad) Mancomunidad de Municipios Campo de Gibraltar

Cádiz

(Ayuntamiento) Puerto de Santa María (El)

Córdoba

(Ayuntamiento) Cabra

Córdoba

(Ayuntamiento) Priego de Córdoba

Granada

(Ayuntamiento) Almuñécar

Granada

(Ayuntamiento) Baza

Granada

(Ayuntamiento) Guadix

Granada

(Ayuntamiento) Loja

Granada

(Ayuntamiento) Maracena

Granada

(Ayuntamiento) Santa Fe

Huelva

(Ayuntamiento) Aljaraque

Huelva

(Ayuntamiento) Almonte

Huelva

(Ayuntamiento) Aracena

Huelva

(Ayuntamiento) Ayamonte

Huelva

(Ayuntamiento) Isla Cristina

Huelva

(Ayuntamiento) Lepe

Huelva

(Ayuntamiento) Palos de la Frontera

Huelva

(Ayuntamiento) Punta Umbría

Jaén

(Ayuntamiento) Alcalá la Real

Jaén

(Ayuntamiento) Andújar

Jaén

(Ayuntamiento) Martos

Jaén

(Ayuntamiento) Torredonjimeno

Jaén

(Ayuntamiento) Villacarrillo

Málaga

(Ayuntamiento) Alhaurín de la Torre

Málaga

(Ayuntamiento) Alhaurín el Grande

Málaga

(Ayuntamiento) Coín

Málaga

(Ayuntamiento) Ronda

Sevilla

(Ayuntamiento) Carmona

Sevilla

(Ayuntamiento) Lebrija

Sevilla

(Ayuntamiento) Marchena

Sevilla

(Ayuntamiento) Morón de la Frontera

Sevilla

(Ayuntamiento) Osuna

Sevilla

(Ayuntamiento) Palacios y Villafranca, Los

Sevilla

(Ayuntamiento) Rinconada (La)

Sevilla

(Ayuntamiento) San Juan de Aznalfarache

Sevilla

(Ayuntamiento) Utrera

Intervención de clase 2.ª

Almería

(Ayuntamiento) Albox

Almería

(Ayuntamiento) Berja

Almería

(Ayuntamiento) Carboneras

Almería

(Ayuntamiento) Cuevas del Almanzora

Almería

(Ayuntamiento) Garrucha

Almería

(Ayuntamiento) Huércal-Overa

Almería

(Ayuntamiento) Mojácar

Almería

(Ayuntamiento) Mojonera (La)

Almería

(Ayuntamiento) Olula del Río

Almería

(Ayuntamiento) Pulpí

Almería

(Ayuntamiento) Vélez-Rubio

Cádiz

(Ayuntamiento) Alcalá de los Gazules

Cádiz

(Ayuntamiento) Bornos

Cádiz

(Ayuntamiento) Jimena de la Frontera

Cádiz

(Ayuntamiento) Ubrique

Cádiz

(Ayuntamiento) Villamartín

Córdoba

(Ayuntamiento) Baena

Córdoba

(Ayuntamiento) Bujalance

Córdoba

(Ayuntamiento) Carlota (La)

Córdoba

(Ayuntamiento) Castro del Río

Córdoba

(Ayuntamiento) Fuente Obejuna

Córdoba

(Ayuntamiento) Hinojosa del Duque

Córdoba

(Ayuntamiento) Hornachuelos

Córdoba

(Ayuntamiento) Palma del Río

Córdoba

(Ayuntamiento) Peñarroya-Pueblonuevo

Córdoba

(Ayuntamiento) Posadas

Córdoba

(Ayuntamiento) Pozoblanco

Córdoba

(Ayuntamiento) Rute

Córdoba

(Ayuntamiento) Villanueva de Córdoba

Granada

(Ayuntamiento) Alhama de Granada

Granada

(Ayuntamiento) Alhendín

Granada

(Ayuntamiento) Atarfe

Granada

(Ayuntamiento) Dúrcal

Granada

(Ayuntamiento) Gójar

Granada

(Ayuntamiento) Huéscar

Granada

(Ayuntamiento) Huétor Tájar

Granada

(Ayuntamiento) Illora

Granada

(Ayuntamiento) Iznalloz

Granada

(Ayuntamiento) Lanjarón

Granada

(Ayuntamiento) Montefrío

Granada

(Ayuntamiento) Órgiva

Granada

(Ayuntamiento) Otura

Granada

(Ayuntamiento) Padul

Huelva

(Ayuntamiento) Bollullos Par del Condado

Huelva

(Ayuntamiento) Cartaya

Huelva

(Ayuntamiento) Cortegana

Huelva

(Ayuntamiento) Gibraleón

Huelva

(Ayuntamiento) Minas de Riotinto

Huelva

(Ayuntamiento) Nerva

Huelva

(Ayuntamiento) Palma del Condado (La)

Huelva

(Ayuntamiento) San Juan del Puerto

Huelva

(Ayuntamiento) Trigueros

Huelva

(Ayuntamiento) Valverde del Camino

Jaén

(Ayuntamiento) Alcaudete

Jaén

(Ayuntamiento) Arjona

Jaén

(Ayuntamiento) Bailén

Jaén

(Ayuntamiento) Beas de Segura

Jaén

(Ayuntamiento) Carolina (La)

Jaén

(Ayuntamiento) Castillo de Locubín

Jaén

(Ayuntamiento) Cazorla

Jaén

(Ayuntamiento) Jódar

Jaén

(Ayuntamiento) Mancha Real

Jaén

(Ayuntamiento) Marmolejo

Jaén

(Ayuntamiento) Peal de Becerro

Jaén

(Ayuntamiento) Porcuna

Jaén

(Ayuntamiento) Quesada

Jaén

(Ayuntamiento) Santisteban del Puerto

Jaén

(Ayuntamiento) Torre del Campo

Jaén

(Ayuntamiento) Torreperogil

Jaén

(Ayuntamiento) Villanueva del Arzobispo

Málaga

(Ayuntamiento) Manilva

Sevilla

(Ayuntamiento) Algaba (La)

Sevilla

(Ayuntamiento) Brenes

Sevilla

(Ayuntamiento) Burguillos

Sevilla

(Ayuntamiento) Cabezas de San Juan (Las)

Sevilla

(Ayuntamiento) Campana (La)

Sevilla

(Ayuntamiento) Cantillana

Sevilla

(Ayuntamiento) Castilblanco de los Arroyos

Sevilla

(Ayuntamiento) Cazalla de la Sierra

Sevilla

(Ayuntamiento) Constantina

Sevilla

(Ayuntamiento) Coronil (El)

Sevilla

(Ayuntamiento) Cuervo de Sevilla (El)

Sevilla

(Ayuntamiento) Estepa

Sevilla

(Ayuntamiento) Fuentes de Andalucía

Sevilla

(Ayuntamiento) Gerena

Sevilla

(Ayuntamiento) Herrera

Sevilla

(Ayuntamiento) Isla Mayor

Sevilla

(Ayuntamiento) Lora del Río

Sevilla

(Ayuntamiento) Mairena del Alcor

Sevilla

(Mancomunidad) Man. de la Comarca de Estepa

Sevilla

(Ayuntamiento) Montellano

Sevilla

(Ayuntamiento) Palomares del Río

Sevilla

(Ayuntamiento) Pilas

Sevilla

(Ayuntamiento) Salteras

Sevilla

(Ayuntamiento) Santiponce

Sevilla

(Ayuntamiento) Tocina

Sevilla

(Ayuntamiento) Villanueva del Ariscal

Sevilla

(Ayuntamiento) Villaverde del Río

Oficial mayor, clase 1.ª

Sevilla

(Ayuntamiento) Dos Hermanas

Oficial mayor, clase 3.ª

Sevilla

(Ayuntamiento) Algaba (La)

Puesto de colaboración S-I, clase 3.ª

Jaén

(Ayuntamiento) Pozo Alcón

SAT. Secretaría, clase 3.ª

Córdoba

(Diputación Provincial) Córdoba

Huelva

(Diputación Provincial) Huelva

Huelva

(Diputación Provincial) Huelva

Huelva

(Diputación Provincial) Huelva

Sevilla

(Diputación Provincial) Sevilla

Secretaría de clase 1.ª

Almería

(Ayuntamiento) Adra

Almería

(Ayuntamiento) Ejido (El)

Almería

(Ayuntamiento) Níjar

Cádiz

(Ayuntamiento) Barbate

Cádiz

(Ayuntamiento) Barrios (Los)

Cádiz

(Ayuntamiento) Chipiona

Cádiz

(Ayuntamiento) Línea de la Concepción (La)

Cádiz

(Mancomunidad) Mancomunidad de Municipios Campo de Gibraltar

Cádiz

(Ayuntamiento) Puerto Real

Cádiz

(Ayuntamiento) Rota

Cádiz

(Ayuntamiento) Sanlúcar de Barrameda

Córdoba

(Ayuntamiento) Cabra

Córdoba

(Ayuntamiento) Priego de Córdoba

Granada

(Ayuntamiento) Almuñécar

Granada

(Ayuntamiento) Armilla

Granada

(Ayuntamiento) Gabias (Las)

Granada

(Ayuntamiento) Guadix

Granada

(Ayuntamiento) Loja

Granada

(Ayuntamiento) Motril

Granada

(Ayuntamiento) Santa Fe

Granada

(Ayuntamiento) Zubia (La)

Huelva

(Ayuntamiento) Aracena

Huelva

(Ayuntamiento) Ayamonte

Huelva

(Ayuntamiento) Isla Cristina

Huelva

(Ayuntamiento) Moguer

Huelva

(Ayuntamiento) Palos de la Frontera

Huelva

(Ayuntamiento) Punta Umbría

Jaén

(Ayuntamiento) Alcalá la Real

Jaén

(Ayuntamiento) Martos

Jaén

(Ayuntamiento) Torredonjimeno

Jaén

(Ayuntamiento) Úbeda

Jaén

(Ayuntamiento) Villacarrillo

Málaga

(Ayuntamiento) Nerja

Málaga

(Ayuntamiento) Ronda

Málaga

(Ayuntamiento) Torremolinos

Málaga

(Ayuntamiento) Torrox

Sevilla

(Ayuntamiento) Lebrija

Sevilla

(Ayuntamiento) Marchena

Sevilla

(Ayuntamiento) Osuna

Sevilla

(Ayuntamiento) Palacios y Villafranca, Los

Sevilla

(Ayuntamiento) San Juan de Aznalfarache

Sevilla

(Ayuntamiento) Tomares

Secretaría de clase 2.ª

Almería

(Ayuntamiento) Albox

Almería

(Ayuntamiento) Huércal-Overa

Almería

(Ayuntamiento) Vélez-Rubio

Cádiz

(Ayuntamiento) Jimena de la Frontera

Cádiz

(Ayuntamiento) Medina-Sidonia

Córdoba

(Ayuntamiento) Almodóvar del Río

Córdoba

(Ayuntamiento) Bujalance

Córdoba

(Ayuntamiento) Carlota (La)

Córdoba

(Ayuntamiento) Castro del Río

Córdoba

(Ayuntamiento) Fuente Obejuna

Córdoba

(Ayuntamiento) Hinojosa del Duque

Córdoba

(Ayuntamiento) Hornachuelos

Córdoba

(Ayuntamiento) Peñarroya-Pueblonuevo

Córdoba

(Ayuntamiento) Posadas

Córdoba

(Ayuntamiento) Rambla (La)

Córdoba

(Ayuntamiento) Villanueva de Córdoba

Granada

(Ayuntamiento) Huéscar

Granada

(Ayuntamiento) Montefrío

Huelva

(Ayuntamiento) Bollullos Par del Condado

Huelva

(Ayuntamiento) Cortegana

Huelva

(Ayuntamiento) Minas de Riotinto

Huelva

(Ayuntamiento) Nerva

Huelva

(Ayuntamiento) Valverde del Camino

Jaén

(Ayuntamiento) Alcaudete

Jaén

(Ayuntamiento) Arjona

Jaén

(Ayuntamiento) Bailén

Jaén

(Ayuntamiento) Beas de Segura

Jaén

(Ayuntamiento) Cazorla

Jaén

(Ayuntamiento) Jódar

Jaén

(Ayuntamiento) Peal de Becerro

Jaén

(Ayuntamiento) Quesada

Jaén

(Ayuntamiento) Villanueva del Arzobispo

Sevilla

(Ayuntamiento) Cabezas de San Juan (Las)

Sevilla

(Ayuntamiento) Campana (La)

Sevilla

(Ayuntamiento) Cazalla de la Sierra

Sevilla

(Ayuntamiento) Constantina

Sevilla

(Ayuntamiento) Cuervo de Sevilla (El)

Sevilla

(Ayuntamiento) Fuentes de Andalucía

Sevilla

(Ayuntamiento) Gerena

Sevilla

(Ayuntamiento) Isla Mayor

Sevilla

(Ayuntamiento) Mairena del Alcor

Sevilla

(Mancomunidad) Man. de la Comarca de Estepa

Sevilla

(Ayuntamiento) Montellano

Sevilla

(Ayuntamiento) Villanueva del Ariscal

Secretaría de clase 3.ª

Almería

(Ayuntamiento) Albanchez

Almería

(Ayuntamiento) Alboloduy

Almería

(Ayuntamiento) Bacares

Almería

(Ayuntamiento) Bayarque

Almería

(Ayuntamiento) Cantoria

Almería

(Ayuntamiento) Chercos

Almería

(Ayuntamiento) Cóbdar

Almería

(Ayuntamiento) Gérgal

Almería

(Ayuntamiento) Rioja

Almería

(Ayuntamiento) Sorbas

Almería

(Ayuntamiento) Taberno

Almería

(Ayuntamiento) Turrillas

Cádiz

(Ayuntamiento) Benaocaz

Cádiz

(Ayuntamiento) San José del Valle

Cádiz

(Ayuntamiento) Villaluenga del Rosario

Córdoba

(Entidad Local Menor) Algallarín

Córdoba

(Ayuntamiento) Carcabuey

Córdoba

(Entidad Local Menor) Entidad A.T.I.M. de Castil de Campos

Córdoba

(Mancomunidad) Man. de Mun.Los Pedroches

Córdoba

(Ayuntamiento) Palenciana

Granada

(Ayuntamiento) Alquife

Granada

(Ayuntamiento) Cogollos de la Vega

Granada

(Ayuntamiento) Cortes de Baza

Granada

(Ayuntamiento) Cuevas del Campo

Granada

(Ayuntamiento) Dehesas de Guadix

Granada

(Entidad Local Menor) Entidad Local Aut. de Ventas de Zafarraya

Granada

(Ayuntamiento) Galera

Granada

(Ayuntamiento) Huélago

Granada

(Ayuntamiento) Huéneja

Granada

(Ayuntamiento) Nevada

Granada

(Ayuntamiento) Orce

Granada

(Ayuntamiento) Puebla de Don Fadrique

Granada

(Ayuntamiento) Ugíjar

Huelva

(Ayuntamiento) Aroche

Huelva

(Ayuntamiento) Cabezas Rubias

Huelva

(Ayuntamiento) Cala

Huelva

(Ayuntamiento) Cerro de Andévalo (El)

Huelva

(Ayuntamiento) Higuera de la Sierra

Huelva

(Ayuntamiento) Lucena del Puerto

Huelva

(Mancomunidad) Mancomunidad de Servicios de la provincia de Huelva

Huelva

(Mancomunidad) Man. de Mun. de la Islantilla

Huelva

(Ayuntamiento) Paymogo

Huelva

(Ayuntamiento) Santa Bárbara de Casa

Huelva

(Entidad Local Menor) Tharsis

Huelva

(Ayuntamiento) Villanueva de las Cruces

Huelva

(Ayuntamiento) Zufre

Jaén

(Entidad Local Menor) Entidad Local Aut. de Garciez

Jaén

(Entidad Local Menor) Entidad Local Aut. de Mures

Jaén

(Ayuntamiento) Hornos

Jaén

(Ayuntamiento) Iruela (La)

Jaén

(Ayuntamiento) Santiago-Pontones

Jaén

(Ayuntamiento) Torres de Albánchez

Jaén

(Ayuntamiento) Villatorres

Málaga

(Ayuntamiento) Algatocín

Málaga

(Mancomunidad) Man.Sierra de las Nieves y Su Entorno.

Sevilla

(Ayuntamiento) Almadén de la Plata

Sevilla

(Ayuntamiento) Corrales (Los)

Sevilla

(Entidad Local Menor) Entidad A.T.I.M.De las Marismillas

Sevilla

(Entidad Local Menor) Entidad Local Aut.De el Palmar de Troya

Sevilla

(Ayuntamiento) Garrobo (El)

Sevilla

(Ayuntamiento) Navas de la Concepción (Las)

Sevilla

(Ayuntamiento) Pruna

Sevilla

(Ayuntamiento) Ronquillo (El)

Tesorería

Almería

(Ayuntamiento) Adra

Almería

(Ayuntamiento) Vera

Cádiz

(Ayuntamiento) Barbate

Cádiz

(Ayuntamiento) Barrios (Los)

Cádiz

(Ayuntamiento) Chipiona

Cádiz

(Mancomunidad) Mancomunidad de Municipios Campo de Gibraltar

Cádiz

(Ayuntamiento) Olvera

Córdoba

(Ayuntamiento) Baena

Granada

(Ayuntamiento) Cenes de la Vega

Granada

(Ayuntamiento) Gabias (Las)

Granada

(Ayuntamiento) Guadix

Granada

(Ayuntamiento) Iznalloz

Granada

(Ayuntamiento) Maracena

Granada

(Ayuntamiento) Santa Fe

Granada

(Ayuntamiento) Zubia (La)

Huelva

(Ayuntamiento) Aracena

Huelva

(Ayuntamiento) Ayamonte

Huelva

(Ayuntamiento) Gibraleón

Huelva

(Ayuntamiento) Isla Cristina

Huelva

(Ayuntamiento) Lepe

Huelva

(Ayuntamiento) Moguer

Huelva

(Ayuntamiento) Punta Umbría

Huelva

(Ayuntamiento) Valverde del Camino

Jaén

(Ayuntamiento) Baeza

Jaén

(Ayuntamiento) Torredonjimeno

Málaga

(Ayuntamiento) Archidona

Málaga

(Ayuntamiento) Málaga

Málaga

(Ayuntamiento) Manilva

Málaga

(Ayuntamiento) Vélez-Málaga

Sevilla

(Ayuntamiento) Algaba (La)

Sevilla

(Ayuntamiento) Castilblanco de los Arroyos

Sevilla

(Ayuntamiento) Estepa

Sevilla

(Ayuntamiento) Lebrija

Sevilla

(Ayuntamiento) Lora del Río

Sevilla

(Ayuntamiento) Palacios y Villafranca, Los

Viceintervención, clase 1.ª

Sevilla

(Ayuntamiento) Écija

Viceintervención, clase 2.ª

Cádiz

(Ayuntamiento) Barrios (Los)

Cádiz

(Ayuntamiento) Sanlúcar de Barrameda

Vicesecretaría-Intervención, clase 3.ª

Sevilla

(Ayuntamiento) Puebla del Río, La

Comunidad Autónoma de Aragón

Provincia

Entidad

Requisito legal

Agrupación Secretaría de clase 3.ª

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Agüero

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Alquézar

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Ansó

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Azara

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Bisaurri

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Caldearenas

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Campo

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Castejón del Puente

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Castillonroy

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Foradada del Toscar

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Isábena

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Lascuarre

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Plan

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Puebla de Castro (La)

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Puente de Montañana

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Puente la Reina de Jaca

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Santa María de Dulcis

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Torla-Ordesa

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Torres de Alcanadre

Huesca

(Agrupación de Secretaría) Villanova

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Aguaviva

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Alba

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Alcalá de la Selva

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Alobras

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Argente

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Bañón

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Barrachina

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Bello

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Bezas

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Blesa

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Bordón

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Camarena de la Sierra

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Camarillas

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Cañizar del Olivar

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Castel de Cabra

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Cedrillas

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Codoñera (La)

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Crivillén

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Cucalón

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Ferreruela de Huerva

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Frías de Albarracín

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Ginebrosa (La)

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Hinojosa de Jarque

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Hoz de la Vieja (La)

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Loscos

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Mata de los Olmos (La)

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Monroyo

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Mosqueruela

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Obón

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Perales del Alfambra

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Pozondón

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Rillo

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Riodeva

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Rubielos de Mora

Teruel

(Agrupación de Secretaría) San Martín del Río

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Terriente

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Tornos

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Torres de Albarracín

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Torrijo del Campo

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Tramacastilla

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Tronchón

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Valdealgorfa

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Villafranca del Campo

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Villarluengo

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Villarroya de los Pinares

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Villastar

Teruel

(Agrupación de Secretaría) Vivel del Río Martín

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Alarba

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Almonacid de la Cuba

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Atea

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Badules

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Belmonte de Gracián

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Bubierca

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Cabolafuente

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Carenas

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Clarés de Ribota

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Cubel

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Gallocanta

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Mesones de Isuela

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Orés

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Piedratajada

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Pintanos (Los)

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Retascón

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Sabiñán

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) San Martín de la Virgen de Moncayo

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Sigüés

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Torrellas

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Trasobares

Zaragoza

(Agrupación de Secretaría) Villafeliche

Agrupación Tesorería

Zaragoza

(Agrupación de Tesorería) Alagón

Intervención de clase 1.ª

Huesca

(Ayuntamiento) Barbastro

Huesca

(Ayuntamiento) Monzón

Teruel

(Ayuntamiento) Teruel

Zaragoza

(Ayuntamiento) Caspe

Zaragoza

(Ayuntamiento) Ejea de los Caballeros

Zaragoza

(Ayuntamiento) Tarazona

Intervención de clase 2.ª

Huesca

(Ayuntamiento) Sabiñánigo

Huesca

(Ayuntamiento) Sariñena

Teruel

(Ayuntamiento) Alcañiz

Teruel

(Ayuntamiento) Andorra

Zaragoza

(Ayuntamiento) Almunia de Doña Godina (La)

Zaragoza

(Ayuntamiento) Borja

Zaragoza

(Ayuntamiento) María de Huerva

Zaragoza

(Ayuntamiento) Pedrola

Zaragoza

(Ayuntamiento) Villamayor de Gállego

Zaragoza

(Ayuntamiento) Zuera

Oficial mayor, clase 1.ª

Teruel

(Diputación Provincial) Teruel

Zaragoza

(Ayuntamiento) Caspe

Secretaría de clase 1.ª

Huesca

(Ayuntamiento) Barbastro

Zaragoza

(Ayuntamiento) Ejea de los Caballeros

Secretaría de clase 2.ª

Huesca

(Ayuntamiento) Sabiñánigo

Teruel

(Ayuntamiento) Andorra

Zaragoza

(Ayuntamiento) Borja

Zaragoza

(Consejo Comarcal) Comarca de Campo de Cariñena

Zaragoza

(Ayuntamiento) Épila

Zaragoza

(Ayuntamiento) Zuera

Secretaría de clase 3.ª

Huesca

(Ayuntamiento) Aragüés del Puerto

Huesca

(Ayuntamiento) Bailo

Huesca

(Ayuntamiento) Belver de Cinca

Huesca

(Ayuntamiento) Bielsa

Huesca

(Ayuntamiento) Broto

Huesca

(Ayuntamiento) Candasnos

Huesca

(Ayuntamiento) Jasa

Huesca

(Ayuntamiento) Laspaúles

Huesca

(Ayuntamiento) Laspuña

Huesca

(Ayuntamiento) Sallent de Gállego

Huesca

(Ayuntamiento) San Esteban de Litera

Huesca

(Ayuntamiento) Tella-Sin

Huesca

(Ayuntamiento) Velilla de Cinca

Huesca

(Ayuntamiento) Vencillón

Teruel

(Ayuntamiento) Alacón

Teruel

(Ayuntamiento) Albarracín

Teruel

(Ayuntamiento) Aliaga

Teruel

(Ayuntamiento) Beceite

Teruel

(Ayuntamiento) Calaceite

Teruel

(Ayuntamiento) Caminreal

Teruel

(Ayuntamiento) Cantavieja

Teruel

(Ayuntamiento) Cañada de Benatanduz

Teruel

(Consejo Comarcal) Comarca de Cuencas Mineras

Teruel

(Consejo Comarcal) Comarca de Sierra de Albarracin

Teruel

(Consejo Comarcal) Comarca del Maestrazgo

Teruel

(Ayuntamiento) Cretas

Teruel

(Ayuntamiento) Ejulve

Teruel

(Ayuntamiento) Escucha

Teruel

(Ayuntamiento) Estercuel

Teruel

(Ayuntamiento) Fortanete

Teruel

(Ayuntamiento) Fresneda (La)

Teruel

(Ayuntamiento) Gargallo

Teruel

(Ayuntamiento) Griegos

Teruel

(Ayuntamiento) Guadalaviar

Teruel

(Ayuntamiento) Híjar

Teruel

(Ayuntamiento) Iglesuela del Cid (La)

Teruel

(Ayuntamiento) Linares de Mora

Teruel

(Ayuntamiento) Mazaleón

Teruel

(Ayuntamiento) Molinos

Teruel

(Ayuntamiento) Montalbán

Teruel

(Ayuntamiento) Nogueruelas

Teruel

(Ayuntamiento) Oliete

Teruel

(Ayuntamiento) Orihuela del Tremedal

Teruel

(Ayuntamiento) Peñarroya de Tastavins

Teruel

(Ayuntamiento) Santa Eulalia

Teruel

(Ayuntamiento) Torrecilla de Alcañiz

Teruel

(Ayuntamiento) Utrillas

Teruel

(Ayuntamiento) Valdelinares

Teruel

(Ayuntamiento) Valderrobres

Teruel

(Ayuntamiento) Valjunquera

Teruel

(Ayuntamiento) Villar del Cobo

Teruel

(Ayuntamiento) Villel

Zaragoza

(Ayuntamiento) Aranda de Moncayo

Zaragoza

(Ayuntamiento) Arándiga

Zaragoza

(Ayuntamiento) Ariza

Zaragoza

(Ayuntamiento) Calatorao

Zaragoza

(Ayuntamiento) Chiprana

Zaragoza

(Ayuntamiento) Cuerlas (Las)

Zaragoza

(Ayuntamiento) Encinacorba

Zaragoza

(Ayuntamiento) Fayón

Zaragoza

(Ayuntamiento) Gotor

Zaragoza

(Ayuntamiento) Jarque

Zaragoza

(Ayuntamiento) Lituénigo

Zaragoza

(Ayuntamiento) Luesia

Zaragoza

(Ayuntamiento) Malón

Zaragoza

(Ayuntamiento) Monreal de Ariza

Zaragoza

(Ayuntamiento) Nonaspe

Zaragoza

(Ayuntamiento) Pleitas

Zaragoza

(Ayuntamiento) Torrijo de la Cañada

Zaragoza

(Ayuntamiento) Villalba de Perejil

Tesorería

Huesca

(Ayuntamiento) Binéfar

Huesca

(Ayuntamiento) Sabiñánigo

Teruel

(Ayuntamiento) Alcañiz

Zaragoza

(Ayuntamiento) Borja

Zaragoza

(Ayuntamiento) Calatayud

Zaragoza

(Ayuntamiento) Caspe

Zaragoza

(Ayuntamiento) Ejea de los Caballeros

Zaragoza

(Ayuntamiento) María de Huerva

Zaragoza

(Ayuntamiento) Utebo

Zaragoza

(Ayuntamiento) Villamayor de Gállego

Zaragoza

(Ayuntamiento) Zuera

Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

Provincia

Entidad

Requisito lengua

Intervención de clase 1.ª

Asturias

(Ayuntamiento) Aller

Asturias

(Ayuntamiento) Corvera de Asturias

Asturias

(Ayuntamiento) Langreo

Asturias

(Ayuntamiento) San Martín del Rey Aurelio

Intervención de clase 2.ª

Asturias

(Ayuntamiento) Cudillero

Asturias

(Ayuntamiento) Noreña

Asturias

(Ayuntamiento) Salas

SAT. Secretario habilitado, clase 3.ª

Asturias

(Comunidad Autónoma Uniprovincial) Oviedo

Secretaría de clase 1.ª

Asturias

(Ayuntamiento) Aller

Secretaría de clase 3.ª

Asturias

(Ayuntamiento) Caso

Asturias

(Ayuntamiento) Castropol

Asturias

(Ayuntamiento) Degaña

Asturias

(Ayuntamiento) Ibias

Asturias

(Ayuntamiento) Ponga

Asturias

(Ayuntamiento) Villanueva de Oscos

Tesorería

Asturias

(Ayuntamiento) Lena

Asturias

(Ayuntamiento) Salas

Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Provincia

Entidad

Requisito lengua

Intervención de clase 1.ª

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Calvià

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Ciutadella de Menorca

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Consejo Insular) Consell Insular de Formentera

Nivel C1 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Eivissa

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Inca

Nivel C1 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Manacor

Nivel C1 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Maó

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Marratxí

Nivel C1 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Sant Josep de sa Talaia

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Santa Eulària des Riu

Nivel B2 o equivalente

Intervención de clase 2.ª

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Alaior

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Algaida

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Andratx

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Binissalem

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Bunyola

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Capdepera

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Castell (Es)

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Ferreries

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Lloseta

Nivel C1 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Mercadal (Es)

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Muro

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Sant Lluís

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Santa María del Camí

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Sóller

Nivel B2 o equivalente

Oficial mayor, clase 1.ª

Balears, Illes

(Consejo Insular) Consell Insular de Menorca

Nivel B2 o equivalente

Secretaría de clase 1.ª

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Calvià

Nivel C1 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Ciutadella de Menorca

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Consejo Insular) Consell Insular de Menorca

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Eivissa

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Inca

Nivel C1 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Maó

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Marratxí

Nivel C1 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Santa Eulària des Riu

Nivel B2 o equivalente

Secretaría de clase 2.ª

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Bunyola

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Castell (Es)

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Santa Margalida

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Sóller

Nivel B2 o equivalente

Secretaría de clase 3.ª

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Esporles

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Estellencs

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Migjorn Gran (Es)

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Santa Eugènia

Nivel B2 o equivalente

Tesorería

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Alcúdia

Nivel C1 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Ciutadella de Menorca

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Consejo Insular) Consell Insular de Formentera

Nivel C1 o equivalente

Balears, Illes

(Consejo Insular) Consell Insular de Menorca

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Maó

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Pobla (Sa)

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Sant Antoni de Portmany

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Sant Josep de sa Talaia

Nivel B2 o equivalente

Balears, Illes

(Ayuntamiento) Santa Eulària des Riu

Nivel B2 o equivalente

Comunidad Autónoma de Canarias

Provincia

Entidad

Requisito lengua

Intervención de clase 1.ª

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Agüimes

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Arucas

Palmas (Las)

(Cabildo Insular) C.I. de Fuerteventura

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Gáldar

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Ingenio

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Oliva (La)

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Pájara

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Puerto del Rosario

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) San Bartolomé de Tirajana

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Santa Lucía de Tirajana

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Santa María de Guía de Gran Canaria

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Adeje

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Arona

Santa Cruz de Tenerife

(Cabildo Insular) C.I. Hierro

Santa Cruz de Tenerife

(Cabildo Insular) C.I. La Gomera

Santa Cruz de Tenerife

(Cabildo Insular) C.I. La Palma

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Granadilla de Abona

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Güímar

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Icod de los Vinos

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Llanos de Aridane (Los)

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Puerto de la Cruz

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Realejos (Los)

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Santa Cruz de la Palma

Intervención de clase 2.ª

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Agaete

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Aldea de San Nicolás (La)

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Antigua

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Firgas

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Moya

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) San Bartolomé

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Teguise

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Teror

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Tuineje

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Valsequillo de Gran Canaria

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Vega de San Mateo

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Arico

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Breña Alta

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Breña Baja

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Frontera

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Garachico

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Guancha (La)

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Guía de Isora

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Paso (El)

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) San Andrés y Sauces

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) San Juan de la Rambla

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) San Sebastián de la Gomera

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Santa Úrsula

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Santiago del Teide

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Tacoronte

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Tazacorte

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Tegueste

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Villa de Mazo

Intervención General Municipal, clase 1.ª

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Telde

Jefe de Recaudación

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Palmas de Gran Canaria (Las)

Oficial mayor, clase 1.ª

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Santa Cruz de Tenerife

Puesto de coordinación, clase 3.ª

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Vega de San Mateo

SAT. Secretaría, clase 3.ª

Santa Cruz de Tenerife

(Cabildo Insular) C.I. de La Palma

Secretaría de clase 1.ª

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Agüimes

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Arrecife

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Arucas

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Gáldar

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Ingenio

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Mogán

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Oliva (La)

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Pájara

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Puerto del Rosario

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Santa Lucía de Tirajana

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Santa María de Guía de Gran Canaria

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Arona

Santa Cruz de Tenerife

(Cabildo Insular) C.I.De Hierro

Santa Cruz de Tenerife

(Cabildo Insular) C.I.De la Gomera

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Granadilla de Abona

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Icod de los Vinos

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Llanos de Aridane (Los)

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Puerto de la Cruz

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Realejos (Los)

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Santa Cruz de la Palma

Secretaría de clase 2.ª

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Agaete

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Aldea de San Nicolás (La)

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Moya

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) San Bartolomé

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Teguise

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Yaiza

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Arico

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Breña Alta

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Breña Baja

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Garachico

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Guancha (La)

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Guía de Isora

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Paso (El)

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Rosario (El)

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) San Andrés y Sauces

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) San Sebastián de la Gomera

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Santa Úrsula

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Santiago del Teide

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Sauzal (El)

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Tazacorte

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Tegueste

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Victoria de Acentejo (La)

Secretaría de clase 3.ª

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Artenara

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Valleseco

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Hermigua

Tesorería

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Agaete

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Aldea de San Nicolás (La)

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Gáldar

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Ingenio

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Mogán

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Oliva (La)

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Pájara

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Puerto del Rosario

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) San Bartolomé

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Santa Lucía de Tirajana

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Tías

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Valsequillo de Gran Canaria

Palmas (Las)

(Ayuntamiento) Vega de San Mateo

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Adeje

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Candelaria

Santa Cruz de Tenerife

(Cabildo Insular) C.I. de Hierro

Santa Cruz de Tenerife

(Cabildo Insular) C.I. de La Gomera

Santa Cruz de Tenerife

(Cabildo Insular) C.I. de La Palma

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Guancha (La)

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Icod de los Vinos

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Llanos de Aridane (Los)

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Santa Cruz de la Palma

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Tacoronte

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Tegueste

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Villa de Mazo

Viceintervención, clase 2.ª

Santa Cruz de Tenerife

(Ayuntamiento) Arona

Comunidad Autónoma de Cantabria

Provincia

Entidad

Requisito lengua

Agrupación Intervención de clase 2.ª

Cantabria

(Agrupación de Intervención) San Vicente de la Barquera

Agrupación Secretaría de clase 3.ª

Cantabria

(Agrupación de Secretaría) Santiurde de Reinosa

Intervención de clase 1.ª

Cantabria

(Ayuntamiento) Piélagos

Cantabria

(Ayuntamiento) Reinosa

Cantabria

(Ayuntamiento) Santoña

Intervención de clase 2.ª

Cantabria

(Ayuntamiento) Cabezón de la Sal

Cantabria

(Ayuntamiento) Cartes

Cantabria

(Ayuntamiento) Colindres

Cantabria

(Ayuntamiento) Corrales de Buelna (Los)

Cantabria

(Ayuntamiento) Marina de Cudeyo

Cantabria

(Ayuntamiento) Noja

Cantabria

(Ayuntamiento) Polanco

Cantabria

(Ayuntamiento) Reocín

Cantabria

(Ayuntamiento) Ribamontán al Mar

Cantabria

(Ayuntamiento) Santillana del Mar

Secretaría de clase 1.ª

Cantabria

(Ayuntamiento) Castro-Urdiales

Cantabria

(Ayuntamiento) Piélagos

Secretaría de clase 3.ª

Cantabria

(Ayuntamiento) Bárcena de Pie de Concha

Cantabria

(Ayuntamiento) Cabezón de Liébana

Cantabria

(Ayuntamiento) Luena

Cantabria

(Mancomunidad) Mancomunidad del Bajo Deva

Cantabria

(Ayuntamiento) San Pedro del Romeral

Cantabria

(Ayuntamiento) Soba

Cantabria

(Ayuntamiento) Valderredible

Tesorería

Cantabria

(Ayuntamiento) Astillero (El)

Comunidad de Castilla y León

Provincia

Entidad

Requisito lengua

Agrupación Intervención de clase 2.ª

Burgos

(Agrupación de Intervención) Lerma

Agrupación Secretaría de clase 3.ª

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Adanero

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Albornos

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Aldeaseca

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Aveinte

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Barromán

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Cabezas de Alambre

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Casillas

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Cepeda la Mora

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Cillán

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Flores de Ávila

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Herradón de Pinares

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Hija de Dios (La)

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Hoyos del Espino

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Langa

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Medinilla

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Mingorría

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Narros del Castillo

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Navaescurial

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Navalosa

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Puerto Castilla

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Salvadiós

Ávila

(Agrupación de Secretaría) San Martín de la Vega del Alberche

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Santo Tomé de Zabarcos

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Solana de Rioalmar

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Tolbaños

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Torre, La

Ávila

(Agrupación de Secretaría) Villafranca de la Sierra

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Adrada de Haza

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Aguilar de Bureba

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Alfoz de Bricia

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Altos (Los)

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Arandilla

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Baños de Valdearados

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Barbadillo de Herreros

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Barbadillo del Mercado

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Busto de Bureba

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Caleruega

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Carcedo de Bureba

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Castrillo de la Reina

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Castrillo del Val

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Cerratón de Juarros

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Cubo de Bureba

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Fresneña

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Fresno de Río Tirón

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Hacinas

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Hontoria de Valdearados

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Hoyales de Roa

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Jurisdicción de Lara

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Mambrilla de Castrejón

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Monasterio de Rodilla

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Nebreda

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Pedrosa del Páramo

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Peñaranda de Duero

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Pineda Trasmonte

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Pinilla Trasmonte

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Prádanos de Bureba

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Quintanilla de la Mata

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Rabanera del Pinar

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Rábanos

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Salas de Bureba

Burgos

(Agrupación de Secretaría) San Millán de Lara

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Santa María Rivarredonda

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Santo Domingo de Silos

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Sargentes de la Lora

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Vadocondes

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Valdeande

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Valdezate

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Valle de Valdelaguna

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Valle de Valdelucio

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Villafranca Montes de Oca

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Villangómez

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Villegas

Burgos

(Agrupación de Secretaría) Villoruebo

León

(Agrupación de Secretaría) Almanza

León

(Agrupación de Secretaría) Boca de Huérgano

León

(Agrupación de Secretaría) Burón

León

(Agrupación de Secretaría) Cea

León

(Agrupación de Secretaría) Destriana

León

(Agrupación de Secretaría) Quintana del Marco

León

(Agrupación de Secretaría) Santiago Millas

León

(Agrupación de Secretaría) Truchas

León

(Agrupación de Secretaría) Urdiales del Páramo

León

(Agrupación de Secretaría) Villademor de la Vega

Palencia

(Agrupación de Secretaría) Boadilla del Camino

Palencia

(Agrupación de Secretaría) Bustillo de la Vega

Palencia

(Agrupación de Secretaría) Castil de Vela

Palencia

(Agrupación de Secretaría) Castrillo de Villavega

Palencia

(Agrupación de Secretaría) Dehesa de Montejo

Palencia

(Agrupación de Secretaría) Espinosa de Villagonzalo

Palencia

(Agrupación de Secretaría) Pedrosa de la Vega

Palencia

(Agrupación de Secretaría) Piña de Campos

Palencia

(Agrupación de Secretaría) Pomar de Valdivia

Palencia

(Agrupación de Secretaría) Prádanos de Ojeda

Palencia

(Agrupación de Secretaría) Puebla de Valdavia (La)

Palencia

(Agrupación de Secretaría) Respenda de la Peña

Palencia

(Agrupación de Secretaría) Salinas de Pisuerga

Palencia

(Agrupación de Secretaría) Sotobañado y Priorato

Palencia

(Agrupación de Secretaría) Vertavillo

Palencia

(Agrupación de Secretaría) Villaprovedo

Palencia

(Agrupación de Secretaría) Villarrabé

Palencia

(Agrupación de Secretaría) Villasila de Valdavia

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Barruecopardo

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Bodón (El)

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Cabeza del Caballo

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Castillejo de Martín Viejo

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Cerralbo

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Lagunilla

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Maíllo (El)

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Miranda del Castañar

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Morasverdes

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Moronta

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Palaciosrubios

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Peñacaballera

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Puebla de Azaba

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Robleda

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Sahugo (El)

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) San Martín del Castañar

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Sanchón de la Ribera

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Sanchotello

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Serradilla del Arroyo

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Serradilla del Llano

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Valero

Salamanca

(Agrupación de Secretaría) Villar de Ciervo

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Adrados

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Arcones

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Barbolla

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Campo de San Pedro

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Carrascal del Río

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Castroserna de Abajo

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Cedillo de la Torre

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Cerezo de Abajo

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Codorniz

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Entidad A.T.I.M. de Arroyo de Cuellar

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Frumales

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Fuentidueña

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Gallegos

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Lastras del Pozo

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Maderuelo

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Muñopedro

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Rapariegos

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Santiuste de Pedraza

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Torrecilla del Pinar

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Urueñas

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Valtiendas

Segovia

(Agrupación de Secretaría) Yanguas de Eresma

Soria

(Agrupación de Secretaría) Abejar

Soria

(Agrupación de Secretaría) Adradas

Soria

(Agrupación de Secretaría) Baraona

Soria

(Agrupación de Secretaría) Caltojar

Soria

(Agrupación de Secretaría) Caracena

Soria

(Agrupación de Secretaría) Casarejos

Soria

(Agrupación de Secretaría) Cigudosa

Soria

(Agrupación de Secretaría) Coscurita

Soria

(Agrupación de Secretaría) Deza

Soria

(Agrupación de Secretaría) Espeja de San Marcelino

Soria

(Agrupación de Secretaría) Fuentelmonge

Soria

(Agrupación de Secretaría) Magaña

Soria

(Agrupación de Secretaría) Matalebreras

Soria

(Agrupación de Secretaría) Miño de Medinaceli

Soria

(Agrupación de Secretaría) Miño de San Esteban

Soria

(Agrupación de Secretaría) Monteagudo de las Vicarías

Soria

(Agrupación de Secretaría) Montenegro de Cameros

Soria

(Agrupación de Secretaría) Nolay

Soria

(Agrupación de Secretaría) Oncala

Soria

(Agrupación de Secretaría) Quintanas de Gormaz

Soria

(Agrupación de Secretaría) Royo (El)

Soria

(Agrupación de Secretaría) Santa María de las Hoyas

Soria

(Agrupación de Secretaría) Serón de Nágima

Soria

(Agrupación de Secretaría) Villares de Soria (Los)

Soria

(Agrupación de Secretaría) Yanguas

Valladolid

(Agrupación de Secretaría) Bolaños de Campos

Valladolid

(Agrupación de Secretaría) Morales de Campos

Valladolid

(Agrupación de Secretaría) Renedo de Esgueva

Valladolid

(Agrupación de Secretaría) San Vicente del Palacio

Valladolid

(Agrupación de Secretaría) Torrecilla de la Orden

Valladolid

(Agrupación de Secretaría) Villabáñez

Zamora

(Agrupación de Secretaría) Almaraz de Duero

Zamora

(Agrupación de Secretaría) Arrabalde

Zamora

(Agrupación de Secretaría) Asturianos

Zamora

(Agrupación de Secretaría) Carbajales de Alba

Zamora

(Agrupación de Secretaría) Coomonte

Zamora

(Agrupación de Secretaría) Cotanes del Monte

Zamora

(Agrupación de Secretaría) Cubo de Benavente

Zamora

(Agrupación de Secretaría) Cubo de Tierra del Vino (El)

Zamora

(Agrupación de Secretaría) Espadañedo

Zamora

(Agrupación de Secretaría) Ferreras de Arriba

Zamora

(Agrupación de Secretaría) Gallegos del Río

Zamora

(Agrupación de Secretaría) Pinilla de Toro

Zamora

(Agrupación de Secretaría) Rábano de Aliste

Zamora

(Agrupación de Secretaría) Samir de los Caños

Zamora

(Agrupación de Secretaría) Santa María de la Vega

Zamora

(Agrupación de Secretaría) Villafáfila

Zamora

(Agrupación de Secretaría) Villamor de los Escuderos

Zamora

(Agrupación de Secretaría) Villanueva de las Peras

Intervención de clase 1.ª

Salamanca

(Ayuntamiento) Béjar

Salamanca

(Ayuntamiento) Ciudad Rodrigo

Segovia

(Ayuntamiento) Cuéllar

Valladolid

(Ayuntamiento) Medina del Campo

Zamora

(Ayuntamiento) Toro

Intervención de clase 2.ª

Ávila

(Ayuntamiento) Arenas de San Pedro

Ávila

(Ayuntamiento) Candeleda

Ávila

(Ayuntamiento) Sotillo de la Adrada

León

(Ayuntamiento) Bañeza (La)

León

(Ayuntamiento) Bembibre

León

(Ayuntamiento) Cacabelos

León

(Ayuntamiento) Robla (La)

León

(Ayuntamiento) Villablino

Palencia

(Ayuntamiento) Guardo

Salamanca

(Ayuntamiento) Alba de Tormes

Salamanca

(Ayuntamiento) Villares de la Reina

Segovia

(Ayuntamiento) Cantalejo

Segovia

(Ayuntamiento) Real Sitio de San Ildefonso

Soria

(Ayuntamiento) Almazán

Soria

(Ayuntamiento) Burgo de Osma-Ciudad de Osma

Valladolid

(Ayuntamiento) Íscar

Valladolid

(Ayuntamiento) Peñafiel

SAT. Secretaría, clase 3.ª

León

(Diputación Provincial) León

Palencia

(Diputación Provincial) Palencia

Segovia

(Diputación Provincial) Segovia

Secretaría de clase 1.ª

Salamanca

(Ayuntamiento) Béjar

Salamanca

(Ayuntamiento) Ciudad Rodrigo

Zamora

(Ayuntamiento) Toro

Secretaría de clase 2.ª

Ávila

(Ayuntamiento) Arenas de San Pedro

Ávila

(Ayuntamiento) Candeleda

León

(Ayuntamiento) Cacabelos

León

(Ayuntamiento) Villablino

Palencia

(Ayuntamiento) Guardo

Segovia

(Ayuntamiento) Real Sitio de San Ildefonso

Valladolid

(Ayuntamiento) Íscar

Valladolid

(Ayuntamiento) Peñafiel

Secretaría de clase 3.ª

Ávila

(Ayuntamiento) Adrada (La)

Ávila

(Ayuntamiento) Arenal (El)

Ávila

(Ayuntamiento) Horcajada (La)

Ávila

(Ayuntamiento) Horcajo de las Torres

Ávila

(Ayuntamiento) Hoyocasero

Ávila

(Ayuntamiento) Mombeltrán

Ávila

(Ayuntamiento) Navalacruz

Ávila

(Ayuntamiento) Navalmoral

Ávila

(Ayuntamiento) Navarrevisca

Ávila

(Ayuntamiento) Navatalgordo

Ávila

(Ayuntamiento) Poyales del Hoyo

Ávila

(Ayuntamiento) San Bartolomé de Pinares

Ávila

(Ayuntamiento) Serranillos

Ávila

(Ayuntamiento) Villanueva de Ávila

Burgos

(Ayuntamiento) Arauzo de Miel

Burgos

(Ayuntamiento) Arija

Burgos

(Ayuntamiento) Canicosa de la Sierra

Burgos

(Ayuntamiento) Cardeñajimeno

Burgos

(Ayuntamiento) Castrojeriz

Burgos

(Ayuntamiento) Cuevas de San Clemente

Burgos

(Ayuntamiento) Fuentespina

Burgos

(Ayuntamiento) Gumiel de Mercado

Burgos

(Ayuntamiento) Hontoria del Pinar

Burgos

(Ayuntamiento) Huerta de Rey

Burgos

(Ayuntamiento) Junta de Traslaloma

Burgos

(Ayuntamiento) Merindad de Sotoscueva

Burgos

(Ayuntamiento) Merindad de Valdivielso

Burgos

(Ayuntamiento) Neila

Burgos

(Ayuntamiento) Olmedillo de Roa

Burgos

(Ayuntamiento) Pradoluengo

Burgos

(Ayuntamiento) Quintanar de la Sierra

Burgos

(Ayuntamiento) Regumiel de la Sierra

Burgos

(Ayuntamiento) Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja

León

(Ayuntamiento) Cármenes

León

(Ayuntamiento) Carrocera

León

(Ayuntamiento) Cistierna

León

(Ayuntamiento) Encinedo

León

(Ayuntamiento) Oencia

León

(Ayuntamiento) Pajares de los Oteros

León

(Ayuntamiento) Palacios del Sil

León

(Ayuntamiento) Posada de Valdeón

León

(Ayuntamiento) San Adrián del Valle

León

(Ayuntamiento) Santa Elena de Jamuz

León

(Ayuntamiento) Santovenia de la Valdoncina

León

(Ayuntamiento) Soto de la Vega

León

(Ayuntamiento) Valdefuentes del Páramo

León

(Ayuntamiento) Valdepiélago

León

(Ayuntamiento) Valderas

León

(Ayuntamiento) Valderrey

León

(Ayuntamiento) Valdevimbre

León

(Ayuntamiento) Villafranca del Bierzo

Palencia

(Ayuntamiento) Brañosera

Palencia

(Ayuntamiento) Castrejón de la Peña

Palencia

(Ayuntamiento) Palenzuela

Palencia

(Ayuntamiento) Pernía (La)

Palencia

(Ayuntamiento) Santibáñez de la Peña

Palencia

(Ayuntamiento) Villaumbrales

Salamanca

(Ayuntamiento) Alberca (La)

Salamanca

(Ayuntamiento) Casillas de Flores

Salamanca

(Ayuntamiento) Cespedosa de Tormes

Salamanca

(Ayuntamiento) Fregeneda (La)

Salamanca

(Ayuntamiento) Fuentes de Oñoro

Salamanca

(Ayuntamiento) Lumbrales

Salamanca

(Mancomunidad) Man. de Burguillos

Salamanca

(Ayuntamiento) Navasfrías

Salamanca

(Ayuntamiento) Payo (El)

Salamanca

(Ayuntamiento) Peñaparda

Segovia

(Ayuntamiento) Abades

Segovia

(Ayuntamiento) Cuevas de Provanco

Segovia

(Ayuntamiento) Duruelo

Segovia

(Ayuntamiento) Fresno de Cantespino

Segovia

(Ayuntamiento) Lastras de Cuéllar

Segovia

(Ayuntamiento) Marazuela

Segovia

(Ayuntamiento) Navafría

Segovia

(Ayuntamiento) Vallelado

Soria

(Ayuntamiento) Cabrejas del Pinar

Soria

(Ayuntamiento) Cidones

Soria

(Ayuntamiento) Covaleda

Soria

(Ayuntamiento) Duruelo de la Sierra

Soria

(Mancomunidad) Man. de Mun.Tierras Altas

Soria

(Ayuntamiento) Navaleno

Soria

(Ayuntamiento) Ólvega

Soria

(Ayuntamiento) Rábanos (Los)

Soria

(Ayuntamiento) Recuerda

Soria

(Ayuntamiento) San Pedro Manrique

Soria

(Ayuntamiento) Santa María de Huerta

Valladolid

(Ayuntamiento) Cigales

Valladolid

(Ayuntamiento) San Pedro de Latarce

Zamora

(Ayuntamiento) Almeida de Sayago

Zamora

(Ayuntamiento) Castroverde de Campos

Zamora

(Ayuntamiento) Cobreros

Zamora

(Ayuntamiento) Fuentelapeña

Zamora

(Ayuntamiento) Muga de Sayago

Zamora

(Ayuntamiento) Pereruela

Zamora

(Ayuntamiento) Porto

Zamora

(Ayuntamiento) San Vitero

Tesorería

Ávila

(Ayuntamiento) Sotillo de la Adrada

León

(Ayuntamiento) Cacabelos

León

(Diputación Provincial) León

Palencia

(Ayuntamiento) Venta de Baños

Salamanca

(Ayuntamiento) Alba de Tormes

Salamanca

(Ayuntamiento) Béjar

Salamanca

(Ayuntamiento) Ciudad Rodrigo

Valladolid

(Ayuntamiento) Arroyo de la Encomienda

Vicesecretaría, clase 1.ª

León

(Diputación Provincial) León

Vicesecretaría, clase 2.ª

Valladolid

(Ayuntamiento) Laguna de Duero

Vicesecretaría, clase 3.ª

Palencia

(Ayuntamiento) Saldaña

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Provincia

Entidad

Requisito lengua

Adjunto de Secretaría, clase 3.ª

Toledo

(Ayuntamiento) Torrijos

Agrupación Intervención de clase 2.ª

Cuenca

(Agrupación de Intervención) Motilla del Palancar

Agrupación Secretaría, clase 2.ª

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Motilla del Palancar

Agrupación Secretaría de clase 3.ª

Albacete

(Agrupación de Secretaría) Albatana

Albacete

(Agrupación de Secretaría) Fuensanta

Ciudad Real

(Agrupación de Secretaría) Arenales de San Gregorio

Ciudad Real

(Agrupación de Secretaría) Pozuelos de Calatrava (Los)

Ciudad Real

(Agrupación de Secretaría) Robledo (El)

Ciudad Real

(Agrupación de Secretaría) Solana del Pino

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Albaladejo del Cuende

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Alcalá de la Vega

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Alcantud

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Alconchel de la Estrella

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Almarcha (La)

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Almodóvar del Pinar

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Barchín del Hoyo

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Beteta

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Boniches

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Buendía

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Canalejas del Arroyo

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Carrascosa

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Fuentelespino de Moya

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Gabaldón

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Gascueña

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Graja de Iniesta

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Honrubia

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Huélamo

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Huerta de la Obispalía

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Huerta del Marquesado

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Leganiel

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Majadas (Las)

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Masegosa

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Moya

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Olivares de Júcar

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Olmeda del Rey

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Osa de la Vega

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Palomera

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Paracuellos

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Peraleja (La)

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Pesquera (La)

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Pineda de Gigüela

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Saelices

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Talayuelas

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Tejadillos

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Tragacete

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Valdemorillo de la Sierra

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Valdeolivas

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Villalba del Rey

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Villar de la Encina

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Villar del Humo

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Villarejo-Periesteban

Cuenca

(Agrupación de Secretaría) Víllora

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Ablanque

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Alaminos

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Alcocer

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Alcoroches

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Alustante

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Angón

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Anguita

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Arbeteta

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Armallones

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Atienza

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Budia

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Bustares

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Caspueñas

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Checa

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Condemios de Arriba

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Entidad A.T.I.M. de Gargoles de Abajo (Cifuentes)

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Escariche

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Heras de Ayuso

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Hortezuela de Océn

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Ledanca

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Mandayona

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Mantiel

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Masegoso de Tajuña

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Matillas

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Mazuecos

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Medranda

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Miedes de Atienza

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Mirabueno

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Moratilla de los Meleros

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Peñalén

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Peralejos de las Truchas

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Pobo de Dueñas (El)

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Prados Redondos

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Rueda de la Sierra

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Sacecorbo

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Salmerón

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Semillas

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Setiles

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Sienes

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Tamajón

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Taravilla

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Tartanedo

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Tendilla

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Torremocha del Pinar

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Tortuera

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Valverde de los Arroyos

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Villanueva de Alcorón

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Villel de Mesa

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Yélamos de Arriba

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Yunta (La)

Guadalajara

(Agrupación de Secretaría) Zarzuela de Jadraque

Toledo

(Agrupación de Secretaría) Casar de Escalona (El)

Toledo

(Agrupación de Secretaría) Lucillos

Toledo

(Agrupación de Secretaría) Mata (La)

Toledo

(Agrupación de Secretaría) Mazarambroz

Toledo

(Agrupación de Secretaría) Pelahustán

Toledo

(Agrupación de Secretaría) Segurilla

Toledo

(Agrupación de Secretaría) Sevilleja de la Jara

Intervención de clase 1.ª

Albacete

(Ayuntamiento) Almansa

Albacete

(Ayuntamiento) Hellín

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Alcázar de San Juan

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Daimiel

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Miguelturra

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Puertollano

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Tomelloso

Intervención de clase 2.ª

Albacete

(Ayuntamiento) Casas-Ibáñez

Albacete

(Ayuntamiento) Caudete

Albacete

(Ayuntamiento) Chinchilla de Monte-Aragón

Albacete

(Ayuntamiento) Roda (La)

Albacete

(Ayuntamiento) Tarazona de la Mancha

Albacete

(Ayuntamiento) Tobarra

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Almadén

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Almodóvar del Campo

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Argamasilla de Alba

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Argamasilla de Calatrava

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Bolaños de Calatrava

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Calzada de Calatrava

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Campo de Criptana

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Herencia

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Malagón

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Membrilla

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Moral de Calatrava

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Pedro Muñoz

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Piedrabuena

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Santa Cruz de Mudela

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Socuéllamos

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Solana (La)

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Villanueva de los Infantes

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Villarrubia de los Ojos

Cuenca

(Ayuntamiento) Mota del Cuervo

Cuenca

(Ayuntamiento) Pedroñeras (Las)

Cuenca

(Ayuntamiento) Quintanar del Rey

Cuenca

(Ayuntamiento) San Clemente

Cuenca

(Ayuntamiento) Tarancón

Guadalajara

(Ayuntamiento) Sigüenza

Guadalajara

(Ayuntamiento) Trillo

Toledo

(Ayuntamiento) Bargas

Toledo

(Ayuntamiento) Consuegra

Toledo

(Ayuntamiento) Corral de Almaguer

Toledo

(Ayuntamiento) Madridejos

Toledo

(Ayuntamiento) Mora

Toledo

(Ayuntamiento) Ocaña

Toledo

(Ayuntamiento) Olías del Rey

Toledo

(Ayuntamiento) Puebla de Almoradiel (La)

Toledo

(Ayuntamiento) Puebla de Montalbán (La)

Toledo

(Ayuntamiento) Quintanar de la Orden

Toledo

(Ayuntamiento) Sonseca

Toledo

(Ayuntamiento) Villacañas

Toledo

(Ayuntamiento) Villafranca de los Caballeros

Toledo

(Ayuntamiento) Yébenes (Los)

Jefe de Sección Asist. Jurídica y de S - I, clase 3.ª

Toledo

(Diputación Provincial) Toledo

Toledo

(Diputación Provincial) Toledo

Oficial mayor, clase 1.ª

Guadalajara

(Ayuntamiento) Guadalajara

Oficial mayor, clase 2.ª

Guadalajara

(Ayuntamiento) Azuqueca de Henares

Oficial mayor, clase 3.ª

Guadalajara

(Ayuntamiento) Cabanillas del Campo

SAT. Secretaría, clase 3.ª

Cuenca

(Diputación Provincial) Cuenca

Secretaría de clase 1.ª

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Alcázar de San Juan

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Daimiel

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Miguelturra

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Puertollano

Guadalajara

(Ayuntamiento) Azuqueca de Henares

Secretaría de clase 2.ª

Albacete

(Ayuntamiento) Caudete

Albacete

(Ayuntamiento) Tarazona de la Mancha

Albacete

(Ayuntamiento) Tobarra

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Almadén

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Almodóvar del Campo

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Argamasilla de Alba

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Argamasilla de Calatrava

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Calzada de Calatrava

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Herencia

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Membrilla

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Moral de Calatrava

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Pedro Muñoz

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Piedrabuena

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Santa Cruz de Mudela

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Socuéllamos

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Solana (La)

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Villanueva de los Infantes

Cuenca

(Ayuntamiento) Mota del Cuervo

Cuenca

(Ayuntamiento) Quintanar del Rey

Cuenca

(Ayuntamiento) Tarancón

Guadalajara

(Ayuntamiento) Sigüenza

Toledo

(Ayuntamiento) Corral de Almaguer

Toledo

(Ayuntamiento) Madridejos

Toledo

(Ayuntamiento) Mora

Toledo

(Ayuntamiento) Puebla de Almoradiel (La)

Toledo

(Ayuntamiento) Puebla de Montalbán (La)

Toledo

(Ayuntamiento) Quintanar de la Orden

Toledo

(Ayuntamiento) Sonseca

Toledo

(Ayuntamiento) Torrijos

Toledo

(Ayuntamiento) Villacañas

Toledo

(Ayuntamiento) Villafranca de los Caballeros

Secretaría de clase 3.ª

Albacete

(Ayuntamiento) Alborea

Albacete

(Ayuntamiento) Barrax

Albacete

(Ayuntamiento) Bienservida

Albacete

(Ayuntamiento) Elche de la Sierra

Albacete

(Ayuntamiento) Madrigueras

Albacete

(Mancomunidad) Mancomunidad Sierra del Segura

Albacete

(Ayuntamiento) Nerpio

Albacete

(Ayuntamiento) Ontur

Albacete

(Ayuntamiento) Paterna del Madera

Albacete

(Ayuntamiento) Povedilla

Albacete

(Ayuntamiento) Pozo Cañada

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Agudo

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Almadenejos

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Arroba de los Montes

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Cabezarados

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Fontanarejo

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Guadalmez

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Horcajo de los Montes

Ciudad Real

(Mancomunidad) Mancomunidad de Municipios Campo de Calatrava

Ciudad Real

(Mancomunidad) Mancomunidad de Municipios La Mancha

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Montiel

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Picón

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Puebla del Príncipe

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Puerto Lápice

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Saceruela

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Santa Cruz de los Cáñamos

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Torre de Juan Abad

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Villamanrique

Cuenca

(Ayuntamiento) Cañada del Hoyo

Cuenca

(Ayuntamiento) Cañete

Cuenca

(Ayuntamiento) Cervera del Llano

Cuenca

(Ayuntamiento) Fuente de Pedro Naharro

Cuenca

(Ayuntamiento) Henarejos

Cuenca

(Ayuntamiento) Herrumblar (El)

Cuenca

(Mancomunidad) Mancomunidad de Municipios Llanos de la Laguna

Cuenca

(Mancomunidad) Mancomunidad de Municipios Los Mimbrales

Cuenca

(Ayuntamiento) Mira

Cuenca

(Ayuntamiento) Montalbo

Cuenca

(Ayuntamiento) Monteagudo de las Salinas

Cuenca

(Ayuntamiento) Narboneta

Cuenca

(Ayuntamiento) Picazo (El)

Cuenca

(Ayuntamiento) Pinarejo

Cuenca

(Ayuntamiento) Pozorrubielos de la Mancha

Cuenca

(Ayuntamiento) Priego

Cuenca

(Ayuntamiento) Provencio (El)

Cuenca

(Ayuntamiento) Rozalén del Monte

Cuenca

(Ayuntamiento) Salvacañete

Cuenca

(Ayuntamiento) Santa Cruz de Moya

Cuenca

(Ayuntamiento) Tinajas

Cuenca

(Ayuntamiento) Tribaldos

Cuenca

(Ayuntamiento) Uña

Cuenca

(Ayuntamiento) Valdemoro-Sierra

Cuenca

(Ayuntamiento) Valeras (Las)

Cuenca

(Ayuntamiento) Valle de Altomira, El

Cuenca

(Ayuntamiento) Vega del Codorno

Cuenca

(Ayuntamiento) Villarejo de Fuentes

Cuenca

(Ayuntamiento) Villares del Saz

Cuenca

(Ayuntamiento) Villas de la Ventosa

Cuenca

(Ayuntamiento) Zarza de Tajo

Guadalajara

(Ayuntamiento) Albalate de Zorita

Guadalajara

(Ayuntamiento) Almoguera

Guadalajara

(Ayuntamiento) Aranzueque

Guadalajara

(Ayuntamiento) Baides

Guadalajara

(Ayuntamiento) Cañizar

Guadalajara

(Ayuntamiento) Cifuentes

Guadalajara

(Mancomunidad) Comunidad Real Señorio de Molina y su tierra (Molina de Arago)

Guadalajara

(Ayuntamiento) Corduente

Guadalajara

(Ayuntamiento) Hontoba

Guadalajara

(Ayuntamiento) Huérmeces del Cerro

Guadalajara

(Ayuntamiento) Illana

Guadalajara

(Ayuntamiento) Jadraque

Guadalajara

(Mancomunidad) Mancomunidad de Aguas La Muela

Guadalajara

(Ayuntamiento) Molina de Aragón

Guadalajara

(Ayuntamiento) Orea

Guadalajara

(Ayuntamiento) Pioz

Guadalajara

(Ayuntamiento) Pozo de Guadalajara

Toledo

(Ayuntamiento) Albarreal de Tajo

Toledo

(Ayuntamiento) Alcañizo

Toledo

(Ayuntamiento) Aldea en Cabo

Toledo

(Ayuntamiento) Aldeanueva de Barbarroya

Toledo

(Ayuntamiento) Almonacid de Toledo

Toledo

(Ayuntamiento) Campillo de la Jara (El)

Toledo

(Ayuntamiento) Carranque

Toledo

(Ayuntamiento) Cervera de los Montes

Toledo

(Ayuntamiento) Cuerva

Toledo

(Ayuntamiento) Domingo Pérez

Toledo

(Ayuntamiento) Estrella (La)

Toledo

(Ayuntamiento) Gerindote

Toledo

(Ayuntamiento) Guadamur

Toledo

(Ayuntamiento) Guardia (La)

Toledo

(Ayuntamiento) Hontanar

Toledo

(Mancomunidad) Mancomunidad de Municipios Arroyo del Conde

Toledo

(Mancomunidad) Mancomunidad de Municipios Segurilla y Cervera de los Montes

Toledo

(Ayuntamiento) Marrupe

Toledo

(Ayuntamiento) Mascaraque

Toledo

(Ayuntamiento) Nava de Ricomalillo (La)

Toledo

(Ayuntamiento) Navahermosa

Toledo

(Ayuntamiento) Novés

Toledo

(Ayuntamiento) Pantoja

Toledo

(Ayuntamiento) Paredes de Escalona

Toledo

(Ayuntamiento) Quismondo

Toledo

(Ayuntamiento) Recas

Toledo

(Ayuntamiento) Robledo del Mazo

Toledo

(Ayuntamiento) Romeral (El)

Toledo

(Ayuntamiento) San Martín de Pusa

Toledo

(Ayuntamiento) Santa Ana de Pusa

Toledo

(Ayuntamiento) Ventas con Peña Aguilera (Las)

Toledo

(Ayuntamiento) Villa de Don Fadrique (La)

Toledo

(Ayuntamiento) Villanueva de Bogas

Tesorería

Albacete

(Ayuntamiento) Almansa

Albacete

(Ayuntamiento) Hellín

Albacete

(Ayuntamiento) Villarrobledo

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Alcázar de San Juan

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Tomelloso

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Valdepeñas

Toledo

(Ayuntamiento) Olías del Rey

Titular Órgano Apoyo Junta Gobierno Local, clase 1.ª (TOAJGL)

Ciudad Real

(Ayuntamiento) Ciudad Real

Comunidad Autónoma de Cataluña

Provincia

Entidad

Requisito lengua

Agrupación Intervención de clase 2.ª

Barcelona

(Agrupación de Intervención) Artés

Nivel C o Equivalente

Agrupación Secretaría de clase 3.ª

Barcelona

(Agrupación de Secretaría) Alpens

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Agrupación de Secretaría) Castellfollit de Riubregós

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Agrupación de Secretaría) Castellnou de Bages

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Agrupación de Secretaría) Estany (L')

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Agrupación de Secretaría) Mura

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Agrupación de Secretaría) Pacs del Penedès

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Agrupación de Secretaría) Perafita

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Agrupación de Secretaría) Prats de Rei (Els)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Agrupación de Secretaría) Sant Sadurní d'Osormort

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Agrupación de Secretaría) Santa Maria de Miralles

Nivel C o Equivalente

Girona

(Agrupación de Secretaría) Colomers

Nivel C o Equivalente

Girona

(Agrupación de Secretaría) Gualta

Nivel C o Equivalente

Girona

(Agrupación de Secretaría) Llívia

Nivel C o Equivalente

Girona

(Agrupación de Secretaría) Maçanet de Cabrenys

Nivel C o Equivalente

Girona

(Agrupación de Secretaría) Masarac

Nivel C o Equivalente

Girona

(Agrupación de Secretaría) Palau-sator

Nivel C o Equivalente

Girona

(Agrupación de Secretaría) Planoles

Nivel C o Equivalente

Girona

(Agrupación de Secretaría) Santa Llogaia d'Àlguema

Nivel C o Equivalente

Girona

(Agrupación de Secretaría) Vila-sacra

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Agrupación de Secretaría) Alfés

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Agrupación de Secretaría) Avellanes i Santa Linya (Les)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Agrupación de Secretaría) Cubells

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Agrupación de Secretaría) Pinell de Solsonès

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Agrupación de Secretaría) Ribera d'Ondara

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Agrupación de Secretaría) Salàs de Pallars

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Agrupación de Secretaría) Sarroca de Lleida

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Agrupación de Secretaría) Cabacés

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Agrupación de Secretaría) Capafonts

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Agrupación de Secretaría) Capçanes

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Agrupación de Secretaría) Duesaigües

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Agrupación de Secretaría) Lloar (El)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Agrupación de Secretaría) Milà (El)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Agrupación de Secretaría) Molar (El)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Agrupación de Secretaría) Piles (Les)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Agrupación de Secretaría) Pira

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Agrupación de Secretaría) Pobla de Massaluca (La)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Agrupación de Secretaría) Pont d'Armentera (El)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Agrupación de Secretaría) Prades

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Agrupación de Secretaría) Savallà del Comtat

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Agrupación de Secretaría) Vilanova d'Escornalbou

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Agrupación de Secretaría) Vimbodí i Poblet

Nivel C o Equivalente

Intervención de clase 1.ª

Barcelona

(Ayuntamiento) Barberà del Vallès

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Calella

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Castellar del Vallès

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. Alt Penedes (Villafranca del Penedes)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. Anoia (Igualada)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. Bages (Manresa)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. Baix Llobregat (S.Feliu de Llobregat)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. del Garraf(Vilanova i la Geltru)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. del Valles Oriental (Granollers)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. Osona (Vic)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. Valles Occidental (Sabadell y Tarrasa)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Igualada

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Mancomunidad) Man. L'Alt Maresme para gestión Residuos Solidos Urb.y M. Amb.

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Molins de Rei

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Mollet del Vallès

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Montcada i Reixac

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Montornès del Vallès

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Ripollet

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Rubí

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Boi de Llobregat

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Feliu de Llobregat

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Pere de Ribes

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Vicenç dels Horts

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Santa Perpètua de Mogoda

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Santa Susanna

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Begur

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Castell-Platja d'Aro

Nivel C o Equivalente

Girona

(Consejo Comarcal) C.C. Alt Emporda (Figueres)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Consejo Comarcal) C.C. Baix Emporda (Bisbal d'Emporda La)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Consejo Comarcal) C.C. de la Garrotxa (Olot)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Consejo Comarcal) C.C. del Girones (Girona)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Consejo Comarcal) C.C. La Selva (Sta Coloma de Farners)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Consejo Comarcal) C.C. Pla de L'Estany (Banyoles)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Palafrugell

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Santa Coloma de Farners

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Tossa de Mar

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Mollerussa

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Calafell

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C. Alt Camp (Valls)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C. Baix Camp (Reus)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C Baix Ebre (Tortosa)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C. Baix Penedes (Vendrell)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C .del Tarragones(Tarragona)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C. Montsia (Amposta)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Torredembarra

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Valls

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Vendrell (El)

Nivel C o Equivalente

Intervención de clase 2.ª

Barcelona

(Ayuntamiento) Abrera

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Ametlla del Vallès (L')

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Arenys de Munt

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Badia del Vallès

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Berga

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Cabrils

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Caldes de Montbui

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Canet de Mar

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Canovelles

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Capellades

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Cardedeu

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. El Bergueda

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Centelles

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Cervelló

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) Consell Comarcal del Moianès

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Corbera de Llobregat

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Dosrius

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Gelida

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Llagosta (La)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Lliçà d'Amunt

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Lliçà de Vall

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Llinars del Vallès

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Mancomunidad) Mancomunitat Intermunicipal Penedès-Garraf

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Martorelles

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Masquefa

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Moià

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Montgat

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Montmeló

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Olèrdola

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Palafolls

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Palau-solità i Plegamans

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Parets del Vallès

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Polinyà

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Premià de Dalt

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Andreu de la Barca

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Andreu de Llavaneres

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Antoni de Vilamajor

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Fost de Campsentelles

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Fruitós de Bages

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Joan de Vilatorrada

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Vicenç de Castellet

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Santa Coloma de Cervelló

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Santa Eulàlia de Ronçana

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Santa Margarida de Montbui

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Santa Margarida i els Monjos

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Santpedor

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Teià

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Tiana

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Tona

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Tordera

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Vacarisses

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Vallirana

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Viladecavalls

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Vilanova del Camí

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Vilassar de Dalt

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Vilassar de Mar

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Anglès

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Caldes de Malavella

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Camprodon

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Cassà de la Selva

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Castelló d'Empúries

Nivel C o Equivalente

Girona

(Consejo Comarcal) C.C. de Cerdanya (Puigcerda)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Celrà

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Llançà

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Maçanet de la Selva

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Pals

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Puigcerdà

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Ripoll

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Sant Hilari Sacalm

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Sils

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Vilobí d'Onyar

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Alcarràs

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Almacelles

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Alpicat

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Borges Blanques (Les)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Alt Urgell (Seu D'Urgell)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. de Garrigues (Les Borges Blanques)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. de Segarra(Cervera)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Pallars Iussa (Tremp)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Pla d'Urgell (Mollerussa)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Solsones (Solsona)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C.Urgell (Tarrega)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Val d'Aran (Vielha e Mijaran)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Seu d'Urgell (La)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Solsona

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Alcanar

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Ametlla de Mar (L')

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Ascó

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Canonja (La)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C. Conca de Barbera (Montblanc)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C. Ribera d'Ebre (Mora d'Ebre)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C. Terra Alta (Gandesa)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Constantí

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Deltebre

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Mont-roig del Camp

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Móra d'Ebre

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Morell (El)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Riudoms

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Roda de Berà

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Sant Carles de la Ràpita

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Ulldecona

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Vandellòs i l'Hospitalet de l'Infant

Nivel C o Equivalente

SAT. Secretaría, clase 1.ª

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C.Osona (Vic)

Nivel C o Equivalente

SAT. Secretaría, clase 3.ª

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. Anoia (Igualada)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. El Bergueda

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. El Bergueda

Nivel C o Equivalente

Girona

(Consejo Comarcal) C.C. De Cerdanya (Puigcerda)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Diputación Provincial) Girona

Nivel C o Equivalente

Girona

(Diputación Provincial) Girona

Nivel C o Equivalente

Girona

(Diputación Provincial) Girona

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Alt Urgell (Seu d'Urgell)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Alt Urgell (Seu d'Urgell)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C.de Garrigues (Les Borges Blanques)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. de Garrigues (Les Borges Blanques)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. de Garrigues (Les Borges Blanques)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. de Noguera (Balaguer)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. de Noguera (Balaguer)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. de Noguera (Balaguer)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. de Noguera (Balaguer)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. de Segarra (Cervera)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. de Segarra (Cervera)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. de Segarra (Cervera)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. de Segarra (Cervera)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. de Segarra (Cervera)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Pallars Sobira (Sort)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Pallars Sobira (Sort)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Pallars Sobira (Sort)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Solsones (Solsona)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C.Solsones (Solsona)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C.Solsones (Solsona)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Solsones (Solsona)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C .Urgell (Tarrega)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Urgell (Tarrega)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Val d'Aran (Vielha e Mijaran)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Val d'Aran (Vielha e Mijaran)

Nivel C o Equivalente

Secretaría de clase 1.ª

Barcelona

(Ayuntamiento) Barberà del Vallès

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. Alt Penedes (Villafranca del Penedes)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. Anoia (Igualada)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. Bages (Manresa)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. Baix Llobregat (S.Feliu de Llobregat)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. del Garraf (Vilanova i la Geltru)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. del Valles Oriental (Granollers)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. Maresme (Mataro)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. Osona (Vic)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. Valles Occidental (Sabadell y Tarrasa)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Gavà

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Mancomunidad) Man. L'Alt Maresme para gestión Residuos Solidos Urb.y M. Amb.

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Masnou (El)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Montornès del Vallès

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Ripollet

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Rubí

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Boi de Llobregat

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Vicenç dels Horts

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Santa Perpètua de Mogoda

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Santa Susanna

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sitges

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Vilafranca del Penedès

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Castell-Platja d'Aro

Nivel C o Equivalente

Girona

(Consejo Comarcal) C.C. Alt Emporda (Figueres)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Consejo Comarcal) C.C. de la Garrotxa (Olot)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Consejo Comarcal) C.C. del Girones (Girona)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Consejo Comarcal) C.C. La Selva (Sta Coloma de Farners)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Figueres

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Segria(Lleida)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Mollerussa

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Calafell

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C. Alt Camp (Valls)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C. Baix Camp (Reus)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C. Baix Ebre (Tortosa)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C. Baix Penedes (Vendrell)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C. Del Tarragones (Tarragona)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C. Montsia (Amposta)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Tortosa

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Valls

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Vendrell (El)

Nivel C o Equivalente

Secretaría de clase 2.ª

Barcelona

(Ayuntamiento) Badia del Vallès

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C.El Bergueda

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) Consell Comarcal del Moianès

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Franqueses del Vallès, Les

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Lliçà d'Amunt

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Mancomunidad) Mancomunitat Intermunicipal Penedès-Garraf

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Manlleu

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Martorelles

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Masquefa

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Moià

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Montmeló

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Navarcles

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Olèrdola

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Palafolls

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Polinyà

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Fost de Campsentelles

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Joan de Vilatorrada

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Santa Eulàlia de Ronçana

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Santa Margarida de Montbui

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Santpedor

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Súria

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Vilanova del Camí

Nivel C o Equivalente

Girona

(Consejo Comarcal) C.C. de Cerdanya (Puigcerda)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Consejo Comarcal) C.C. del Ripolles (Ripoll)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Puigcerdà

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Almacelles

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Balaguer

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Alt Urgell (Seu d'Urgell)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. de Garrigues (Les Borges Blanques)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. de Noguera (Balaguer)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. de Segarra (Cervera)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Pallars Iussa (Tremp)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Solsones (Solsona)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Urgell (Tarrega)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Val d'Aran (Vielha e Mijaran)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Solsona

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Tremp

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Ascó

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Canonja (La)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C. Conca de Barbera (Montblanc)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C. Ribera d'Ebre (Mora d'Ebre)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C. Terra Alta (Gandesa)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Deltebre

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Mont-roig del Camp

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Móra d'Ebre

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Sant Carles de la Ràpita

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Ulldecona

Nivel C o Equivalente

Secretaría de clase 3.ª

Barcelona

(Ayuntamiento) Borredà

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Cabrera d'Anoia

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Campins

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Castellar de n'Hug

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Collsuspina

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Copons

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Esquirol (L')

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Gallifa

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Jorba

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Llacuna (La)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Mancomunidad) Man. Interm. Volunt. Segarrenca

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Monistrol de Calders

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Montesquiu

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Montmaneu

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Nou de Berguedà (La)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Olost

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Pobla de Lillet (La)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Pontons

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Saldes

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Bartomeu del Grau

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Boi de Lluçanès

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Llorenç d'Hortons

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Martí Sesgueioles

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Santa Maria de Besora

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Santa Maria d'Oló

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Torre de Claramunt (La)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Torrelles de Foix

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Ullastrell

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Vilada

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Vilanova del Vallès

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Agullana

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Bellcaire d'Empordà

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Boadella i les Escaules

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Borrassà

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Brunyola

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Cabanes

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Camós

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Cantallops

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Colera

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Crespià

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Darnius

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Esponellà

Nivel C o Equivalente

Girona

(Entidad Local Menor) Estartit (L')

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Fontanals de Cerdanya

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Isòvol

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Jafre

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Massanes

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Mollet de Peralada

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Montagut i Oix

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Navata

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Osor

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Portbou

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Ribes de Freser

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Sant Feliu de Pallerols

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Sant Jordi Desvalls

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Sant Martí de Llémena

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Sant Pau de Segúries

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Sarrià de Ter

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Tallada d'Empordà (La)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Torroella de Fluvià

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Tortellà

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Urús

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Vall de Bianya (La)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Vall d'en Bas (La)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Ventalló

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Verges

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Vilabertran

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Viladamat

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Viladasens

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Vilajuïga

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Vilamaniscle

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Alamús (Els)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Albesa

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Albi (L')

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Algerri

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Alins

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Alt Àneu

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Anglesola

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Aspa

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Barbens

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Belianes

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Bellaguarda

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Camarasa

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Castellnou de Seana

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Castelló de Farfanya

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Pallars Sobira (Sort)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Cervià de les Garrigues

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Coma i la Pedra (La)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Conca de Dalt

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Fuliola (La)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Gavet de la Conca

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Gósol

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Granadella (La)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Granja d'Escarp (La)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Granyena de les Garrigues

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Guimerà

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Isona i Conca Dellà

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Juncosa

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Maials

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Massalcoreig

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Montferrer i Castellbò

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Montgai

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Montoliu de Lleida

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Organyà

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Penelles

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Poal (El)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Ponts

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Portella (La)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Prats i Sansor

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Preixens

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Prullans

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Sanaüja

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Sant Llorenç de Morunys

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Sant Martí de Riucorb

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Sant Ramon

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Seròs

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Sidamon

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Soleràs (El)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Sort

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Soses

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Sudanell

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Tarrés

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Torà

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Torre de Cabdella (La)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Vallbona de les Monges

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Valls de Valira (Les)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Verdú

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Vilagrassa

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Vilaller

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Vilanova de Bellpuig

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Vilanova de Meià

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Vila-sana

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Vinaixa

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Aiguamúrcia

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Albiol (L')

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Batea

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Benissanet

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Bot

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Bràfim

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Cabra del Camp

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Corbera d'Ebre

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Cornudella de Montsant

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Fatarella (La)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Garcia

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Garidells (Els)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Ginestar

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Godall

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Horta de Sant Joan

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Marçà

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Mas de Barberans

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Masllorenç

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Miravet

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Montmell, El

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Palma d'Ebre (La)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Perafort

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Pratdip

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Puigpelat

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Querol

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Rasquera

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Riba (La)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Riba-roja d'Ebre

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Riudecols

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Sant Jaume dels Domenys

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Santa Coloma de Queralt

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Santa Oliva

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Sarral

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Solivella

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Tivenys

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Tivissa

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Vallmoll

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Vilabella

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Vilalba dels Arcs

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Vila-rodona

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Xerta

Nivel C o Equivalente

Tesorería

Barcelona

(Ayuntamiento) Alella

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Ametlla del Vallès (L')

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Arenys de Mar

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Arenys de Munt

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Barberà del Vallès

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Berga

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Canet de Mar

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Castellar del Vallès

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Castellbisbal

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. del Garraf (Vilanova i la Geltru)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. Maresme (Mataro)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Consejo Comarcal) C.C. Valles Occidental (Sabadell y Tarrasa)

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Cervelló

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Esparreguera

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Franqueses del Vallès, Les

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Mancomunidad) Man. L'Alt Maresme para gestion Residuos Solidos Urb.y M. Amb.

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Manlleu

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Martorelles

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Masquefa

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Matadepera

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Mataró

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Montgat

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Montmeló

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Palafolls

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Polinyà

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Premià de Dalt

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Boi de Llobregat

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Cugat del Vallès

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Feliu de Llobregat

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Sant Vicenç dels Horts

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Santa Margarida i els Monjos

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Santa Susanna

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Santpedor

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Torelló

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Vacarisses

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Vallirana

Nivel C o Equivalente

Barcelona

(Ayuntamiento) Viladecavalls

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Bisbal d'Empordà (La)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Blanes

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Caldes de Malavella

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Castell-Platja d'Aro

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Lloret de Mar

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Pals

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Roses

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Santa Coloma de Farners

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Tossa de Mar

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Borges Blanques (Les)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Alt Urgell (Seu d'Urgell)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. de Noguera (Balaguer)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Solsones (Solsona)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Consejo Comarcal) C.C. Val d'Aran (Vielha e Mijaran)

Nivel C o Equivalente

Lleida

(Ayuntamiento) Mollerussa

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Altafulla

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Amposta

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Cambrils

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C. Baix Penedes (Vendrell)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Consejo Comarcal) C.C. Montsia(Amposta)

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Riudoms

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Roquetes

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Valls

Nivel C o Equivalente

Tarragona

(Ayuntamiento) Vendrell (El)

Nivel C o Equivalente

Vicesecretaría, clase 1.ª

Tarragona

(Ayuntamiento) Salou

Nivel C o Equivalente

Vicesecretaría, clase 2.ª

Girona

(Ayuntamiento) Calonge

Nivel C o Equivalente

Girona

(Consejo Comarcal) C.C. La Selva (Sta Coloma de Farners)

Nivel C o Equivalente

Girona

(Ayuntamiento) Figueres

Nivel C o Equivalente

Comunidad Valenciana

Provincia

Entidad

Requisito lengua

Agrupación Secretaría de clase 3.ª

Alacant/Alicante

(Agrupación de Secretaría) Lorcha/Orxa (l')

Castelló/Castellón

(Agrupación de Secretaría) Canet lo Roig

Castelló/Castellón

(Agrupación de Secretaría) Tales

València/Valencia

(Agrupación de Secretaría) Ráfol de Salem

Intervención de clase 1.ª

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Almoradí

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Altea

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Aspe

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Benissa

Medio o Equivalente

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Calp

Medio o Equivalente

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Campello (el)

Medio o Equivalente

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Crevillent

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Dénia

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Ibi

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Novelda

Medio o Equivalente

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Nucia (la)

Medio o Equivalente

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Pego

Medio o Equivalente

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Petrer

Medio o Equivalente

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Sant Joan d'Alacant

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Villena

Castelló/Castellón

(Ayuntamiento) Segorbe

Castelló/Castellón

(Ayuntamiento) Vinaròs

Medio o Equivalente

València/Valencia

(Ayuntamiento) Alboraya

Oral o Equivalente

València/Valencia

(Ayuntamiento) Alcúdia (l')

Medio o Equivalente

València/Valencia

(Ayuntamiento) Alginet

València/Valencia

(Ayuntamiento) Carcaixent

Medio o Equivalente

València/Valencia

(Ayuntamiento) Manises

Medio o Equivalente

València/Valencia

(Ayuntamiento) Mislata

València/Valencia

(Ayuntamiento) Requena

València/Valencia

(Ayuntamiento) Xirivella

Medio o Equivalente

Intervención de clase 2.ª

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Albatera

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Banyeres de Mariola

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Callosa de Segura

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Callosa d'en Sarrià

Medio o Equivalente

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Dolores

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Finestrat

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Jijona/Xixona

Medio o Equivalente

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Monforte del Cid

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Muro de Alcoy

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Onil

Oral o Equivalente

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Pilar de la Horadada

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Pinós (el) /Pinoso

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Polop

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Rojales

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) San Miguel de Salinas

Castelló/Castellón

(Ayuntamiento) Nules

Medio o Equivalente

València/Valencia

(Ayuntamiento) Albaida

Elemental o Equivalente

València/Valencia

(Ayuntamiento) Almàssera

València/Valencia

(Ayuntamiento) Benetússer

València/Valencia

(Ayuntamiento) Enguera

València/Valencia

(Ayuntamiento) Náquera

València/Valencia

(Ayuntamiento) Pobla de Vallbona (la)

Medio o Equivalente

València/Valencia

(Ayuntamiento) Rafelbunyol

València/Valencia

(Ayuntamiento) Sedaví

València/Valencia

(Ayuntamiento) Utiel

Oficial mayor, clase 3.ª

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Guardamar del Segura

Secretaría de clase 1.ª

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Altea

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Aspe

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Calp

Medio o Equivalente

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Ibi

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Novelda

Medio o Equivalente

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Pego

Medio o Equivalente

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Villena

Castelló/Castellón

(Ayuntamiento) Alcora (l')

Castelló/Castellón

(Ayuntamiento) Onda

Medio o Equivalente

Castelló/Castellón

(Ayuntamiento) Vinaròs

Medio o Equivalente

València/Valencia

(Ayuntamiento) Eliana (l')

Medio o Equivalente

València/Valencia

(Ayuntamiento) Puçol

Medio o Equivalente

València/Valencia

(Ayuntamiento) Requena

Secretaría de clase 2.ª

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Callosa de Segura

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Castalla

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Guardamar del Segura

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Jijona/Xixona

Medio o Equivalente

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Monforte del Cid

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Monóvar/Monòver

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Onil

Oral o Equivalente

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Rojales

Castelló/Castellón

(Ayuntamiento) Alcalà de Xivert

València/Valencia

(Ayuntamiento) Albaida

Medio o Equivalente

València/Valencia

(Ayuntamiento) Alberic

València/Valencia

(Ayuntamiento) Almàssera

València/Valencia

(Ayuntamiento) Benetússer

Medio o Equivalente

València/Valencia

(Ayuntamiento) Chiva

València/Valencia

(Ayuntamiento) Montserrat

Medio o Equivalente

València/Valencia

(Ayuntamiento) Olleria (l')

València/Valencia

(Ayuntamiento) Pobla de Vallbona (la)

Medio o Equivalente

València/Valencia

(Ayuntamiento) Sedaví

Secretaría de clase 3.ª

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Daya Vieja

Alacant/Alicante

(Entidad Local Menor) ELM La Xara

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Fondó de les Neus (el) /Hondón de las Nieves

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Jacarilla

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Montesinos (Los)

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Penàguila

Castelló/Castellón

(Ayuntamiento) Alqueríes, Les/Alquerías del Niño Perdido

Medio o Equivalente

Castelló/Castellón

(Ayuntamiento) Càlig

Castelló/Castellón

(Mancomunidad) Man. Intermunicipal Alto Palancia

Castelló/Castellón

(Ayuntamiento) Navajas

Castelló/Castellón

(Ayuntamiento) Teresa

Castelló/Castellón

(Ayuntamiento) Todolella

València/Valencia

(Ayuntamiento) Alfauir

València/Valencia

(Ayuntamiento) Antella

València/Valencia

(Ayuntamiento) Ayora

València/Valencia

(Ayuntamiento) Barx

València/Valencia

(Ayuntamiento) Beniparrell

València/Valencia

(Ayuntamiento) Ènova (l')

València/Valencia

(Ayuntamiento) Estivella

València/Valencia

(Ayuntamiento) Fontanars dels Alforins

València/Valencia

(Ayuntamiento) Granja de la Costera (la)

València/Valencia

(Ayuntamiento) Llombai

València/Valencia

(Ayuntamiento) Montaverner

València/Valencia

(Ayuntamiento) Otos

València/Valencia

(Ayuntamiento) Pobla Llarga (la)

València/Valencia

(Ayuntamiento) Real

València/Valencia

(Ayuntamiento) Torrebaja

València/Valencia

(Ayuntamiento) Vallada

València/Valencia

(Ayuntamiento) Venta del Moro

Tesorería

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Albatera

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Aspe

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Cocentaina

Medio o Equivalente

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Guardamar del Segura

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Onil

Elemental o Equivalente

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Orihuela

Alacant/Alicante

(Ayuntamiento) Villena

Castelló/Castellón

(Ayuntamiento) Alcalà de Xivert

Castelló/Castellón

(Ayuntamiento) Borriana/Burriana

Castelló/Castellón

(Ayuntamiento) Moncofa

València/Valencia

(Ayuntamiento) Alginet

València/Valencia

(Ayuntamiento) Benifaió

València/Valencia

(Ayuntamiento) Carcaixent

Medio o Equivalente

València/Valencia

(Ayuntamiento) Godella

València/Valencia

(Ayuntamiento) Massamagrell

València/Valencia

(Ayuntamiento) Rafelbunyol

Vicesecretaría, clase 2.ª

València/Valencia

(Ayuntamiento) Alaquàs

Vicesecretaría, clase 3.ª

València/Valencia

(Ayuntamiento) Alboraya

Comunidad Autónoma de Extremadura

Provincia

Entidad

Requisito lengua

Agrupación Secretaría de clase 3.ª

Badajoz

(Agrupación de Secretaría) Casas de Reina

Badajoz

(Agrupación de Secretaría) Garbayuela

Badajoz

(Agrupación de Secretaría) Mengabril

Badajoz

(Agrupación de Secretaría) Tamurejo

Badajoz

(Agrupación de Secretaría) Villar de Rena

Cáceres

(Agrupación de Secretaría) Casares de las Hurdes

Cáceres

(Agrupación de Secretaría) Casas del Castañar

Cáceres

(Agrupación de Secretaría) Casas del Monte

Cáceres

(Agrupación de Secretaría) Garciaz

Cáceres

(Agrupación de Secretaría) Gargantilla

Cáceres

(Agrupación de Secretaría) Herguijuela

Cáceres

(Agrupación de Secretaría) Jarilla

Cáceres

(Agrupación de Secretaría) Mata de Alcántara

Cáceres

(Agrupación de Secretaría) Mohedas de Granadilla

Cáceres

(Agrupación de Secretaría) Palomero

Cáceres

(Agrupación de Secretaría) Peraleda de San Román

Cáceres

(Agrupación de Secretaría) Pozuelo de Zarzón

Cáceres

(Agrupación de Secretaría) Robledillo de la Vera

Cáceres

(Agrupación de Secretaría) Talaveruela de la Vera

Cáceres

(Agrupación de Secretaría) Torrecilla de los Ángeles

Cáceres

(Agrupación de Secretaría) Valdecañas de Tajo

Intervención de clase 1.ª

Badajoz

(Ayuntamiento) Don Benito

Badajoz

(Ayuntamiento) Villanueva de la Serena

Cáceres

(Ayuntamiento) Navalmoral de la Mata

Intervención de clase 2.ª

Badajoz

(Ayuntamiento) Alburquerque

Badajoz

(Ayuntamiento) Azuaga

Badajoz

(Ayuntamiento) Barcarrota

Badajoz

(Ayuntamiento) Cabeza del Buey

Badajoz

(Ayuntamiento) Calamonte

Badajoz

(Ayuntamiento) Castuera

Badajoz

(Ayuntamiento) Fregenal de la Sierra

Badajoz

(Ayuntamiento) Fuente del Maestre

Badajoz

(Ayuntamiento) Guareña

Badajoz

(Ayuntamiento) Jerez de los Caballeros

Badajoz

(Ayuntamiento) Llerena

Badajoz

(Ayuntamiento) Montijo

Badajoz

(Ayuntamiento) Navalvillar de Pela

Badajoz

(Ayuntamiento) Oliva de la Frontera

Badajoz

(Ayuntamiento) San Vicente de Alcántara

Badajoz

(Ayuntamiento) Santos de Maimona (Los)

Badajoz

(Ayuntamiento) Villafranca de los Barros

Badajoz

(Ayuntamiento) Zafra

Badajoz

(Ayuntamiento) Zalamea de la Serena

Cáceres

(Ayuntamiento) Arroyo de la Luz

Cáceres

(Ayuntamiento) Jaraíz de la Vera

Cáceres

(Ayuntamiento) Miajadas

Cáceres

(Ayuntamiento) Moraleja

Cáceres

(Ayuntamiento) Talayuela

Cáceres

(Ayuntamiento) Trujillo

Cáceres

(Ayuntamiento) Valencia de Alcántara

Puesto de colaboración S-I, clase 3.ª

Cáceres

(Ayuntamiento) Almaraz

Secretaría de clase 1.ª

Badajoz

(Ayuntamiento) Don Benito

Badajoz

(Ayuntamiento) Villanueva de la Serena

Cáceres

(Ayuntamiento) Navalmoral de la Mata

Secretaría de clase 2.ª

Badajoz

(Ayuntamiento) Alburquerque

Badajoz

(Ayuntamiento) Cabeza del Buey

Badajoz

(Ayuntamiento) Castuera

Badajoz

(Ayuntamiento) Fregenal de la Sierra

Badajoz

(Ayuntamiento) Fuente del Maestre

Badajoz

(Ayuntamiento) Guareña

Badajoz

(Ayuntamiento) Jerez de los Caballeros

Badajoz

(Ayuntamiento) Llerena

Badajoz

(Ayuntamiento) Navalvillar de Pela

Badajoz

(Ayuntamiento) Oliva de la Frontera

Badajoz

(Ayuntamiento) San Vicente de Alcántara

Badajoz

(Ayuntamiento) Santos de Maimona (Los)

Badajoz

(Ayuntamiento) Zalamea de la Serena

Cáceres

(Ayuntamiento) Jaraíz de la Vera

Cáceres

(Ayuntamiento) Montehermoso

Cáceres

(Ayuntamiento) Talayuela

Cáceres

(Ayuntamiento) Valencia de Alcántara

Secretaría de clase 3.ª

Badajoz

(Ayuntamiento) Bienvenida

Badajoz

(Ayuntamiento) Cabeza la Vaca

Badajoz

(Ayuntamiento) Calzadilla de los Barros

Badajoz

(Ayuntamiento) Campillo de Llerena

Badajoz

(Ayuntamiento) Capilla

Badajoz

(Entidad Local Menor) Entrerrios

Badajoz

(Ayuntamiento) Esparragosa de Lares

Badajoz

(Ayuntamiento) Fuenlabrada de los Montes

Badajoz

(Ayuntamiento) Fuente del Arco

Badajoz

(Ayuntamiento) Fuentes de León

Badajoz

(Ayuntamiento) Garlitos

Badajoz

(Ayuntamiento) Helechosa de los Montes

Badajoz

(Ayuntamiento) Higuera de Llerena

Badajoz

(Ayuntamiento) Hinojosa del Valle

Badajoz

(Ayuntamiento) Lapa (La)

Badajoz

(Ayuntamiento) Llera

Badajoz

(Ayuntamiento) Magacela

Badajoz

(Ayuntamiento) Malcocinado

Badajoz

(Ayuntamiento) Malpartida de la Serena

Badajoz

(Ayuntamiento) Manchita

Badajoz

(Ayuntamiento) Orellana de la Sierra

Badajoz

(Entidad Local Menor) Palazuelo

Badajoz

(Ayuntamiento) Parra (La)

Badajoz

(Ayuntamiento) Puebla del Maestre

Badajoz

(Ayuntamiento) Rena

Badajoz

(Ayuntamiento) Retamal de Llerena

Badajoz

(Ayuntamiento) Usagre

Badajoz

(Ayuntamiento) Valdetorres

Badajoz

(Ayuntamiento) Valencia del Mombuey

Badajoz

(Ayuntamiento) Valverde de Llerena

Cáceres

(Ayuntamiento) Abadía

Cáceres

(Ayuntamiento) Abertura

Cáceres

(Ayuntamiento) Alagón del Río

Cáceres

(Ayuntamiento) Alcollarín

Cáceres

(Ayuntamiento) Alía

Cáceres

(Ayuntamiento) Berrocalejo

Cáceres

(Ayuntamiento) Cabañas del Castillo

Cáceres

(Ayuntamiento) Cabezuela del Valle

Cáceres

(Ayuntamiento) Cachorrilla

Cáceres

(Ayuntamiento) Cañaveral

Cáceres

(Ayuntamiento) Carbajo

Cáceres

(Ayuntamiento) Casar de Palomero

Cáceres

(Ayuntamiento) Casas de Don Gómez

Cáceres

(Ayuntamiento) Casillas de Coria

Cáceres

(Ayuntamiento) Ceclavín

Cáceres

(Ayuntamiento) Cedillo

Cáceres

(Ayuntamiento) Collado

Cáceres

(Ayuntamiento) Descargamaría

Cáceres

(Ayuntamiento) Garganta la Olla

Cáceres

(Ayuntamiento) Gata

Cáceres

(Ayuntamiento) Gordo (El)

Cáceres

(Ayuntamiento) Guijo de Coria

Cáceres

(Ayuntamiento) Herrera de Alcántara

Cáceres

(Ayuntamiento) Ibahernando

Cáceres

(Ayuntamiento) Losar de la Vera

Cáceres

(Ayuntamiento) Majadas

Cáceres

(Mancomunidad) Man.De Sierra de Gata

Cáceres

(Ayuntamiento) Millanes

Cáceres

(Ayuntamiento) Navalvillar de Ibor

Cáceres

(Ayuntamiento) Navezuelas

Cáceres

(Ayuntamiento) Nuñomoral

Cáceres

(Ayuntamiento) Pasarón de la Vera

Cáceres

(Ayuntamiento) Pescueza

Cáceres

(Ayuntamiento) Pesga (La)

Cáceres

(Ayuntamiento) Pinofranqueado

Cáceres

(Ayuntamiento) Portaje

Cáceres

(Ayuntamiento) Pueblonuevo de Miramontes

Cáceres

(Ayuntamiento) Robledillo de Gata

Cáceres

(Ayuntamiento) Robledollano

Cáceres

(Ayuntamiento) Ruanes

Cáceres

(Ayuntamiento) Santa Cruz de la Sierra

Cáceres

(Ayuntamiento) Santa Cruz de Paniagua

Cáceres

(Ayuntamiento) Santiago de Alcántara

Cáceres

(Ayuntamiento) Tiétar

Cáceres

(Ayuntamiento) Valdastillas

Cáceres

(Ayuntamiento) Valdelacasa de Tajo

Cáceres

(Ayuntamiento) Valverde de la Vera

Cáceres

(Ayuntamiento) Vegaviana

Tesorería

Badajoz

(Ayuntamiento) Fregenal de la Sierra

Vicesecretaría primera, clase 2.ª

Cáceres

(Ayuntamiento) Cáceres

Comunidad Autónoma de Galicia

Provincia

Entidad

Requisito lengua

Adjunto a Intervención, clase 1.ª

Coruña (A)

(Diputación Provincial) Coruña (A)

Celga 4 o Equivalente

Intervención de clase 1.ª

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Ames

Celga 4 o Equivalente

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Boiro

Celga 4 o Equivalente

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Cambre

Celga 4 o Equivalente

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Oleiros

Celga 4 o Equivalente

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Ortigueira

Celga 4 o Equivalente

Lugo

(Ayuntamiento) Monforte de Lemos

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Cangas

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Estrada (A)

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Grove (O)

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Lalín

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Ponteareas

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Porriño (O)

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Vilagarcía de Arousa

Celga 4 o Equivalente

Intervención de clase 2.ª

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Camariñas

Celga 4 o Equivalente

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Fene

Celga 4 o Equivalente

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Muros

Celga 4 o Equivalente

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Outes

Celga 4 o Equivalente

Lugo

(Ayuntamiento) Burela

Celga 4 o Equivalente

Lugo

(Ayuntamiento) Foz

Celga 4 o Equivalente

Lugo

(Ayuntamiento) Viveiro

Celga 4 o Equivalente

Ourense

(Ayuntamiento) Barco de Valdeorras (O)

Celga 4 o Equivalente

Ourense

(Ayuntamiento) Ribadavia

Celga 4 o Equivalente

Ourense

(Ayuntamiento) Xinzo de Limia

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Cambados

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Cañiza (A)

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Rosal (O)

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Salvaterra de Miño

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Valga

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Vila de Cruces

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Vilaboa

Celga 4 o Equivalente

Secretaría de clase 1.ª

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Boiro

Celga 4 o Equivalente

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Oleiros

Celga 4 o Equivalente

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Ortigueira

Celga 4 o Equivalente

Lugo

(Ayuntamiento) Ribadeo

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Cangas

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Estrada (A)

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Grove (O)

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Mos

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Ponteareas

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Redondela

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Tui

Celga 4 o Equivalente

Secretaría de clase 2.ª

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Cariño

Celga 4 o Equivalente

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Mazaricos

Celga 4 o Equivalente

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Muros

Celga 4 o Equivalente

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Noia

Celga 4 o Equivalente

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Pobra do Caramiñal (A)

Celga 4 o Equivalente

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Rianxo

Celga 4 o Equivalente

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Vimianzo

Celga 4 o Equivalente

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Zas

Celga 4 o Equivalente

Ourense

(Ayuntamiento) Barco de Valdeorras (O)

Celga 4 o Equivalente

Ourense

(Ayuntamiento) Celanova

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Cambados

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Cuntis

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Valga

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Vila de Cruces

Celga 4 o Equivalente

Secretaría de clase 3.ª

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Frades

Celga 4 o Equivalente

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Laxe

Celga 4 o Equivalente

Lugo

(Ayuntamiento) Incio (O)

Celga 4 o Equivalente

Lugo

(Ayuntamiento) Monterroso

Celga 4 o Equivalente

Lugo

(Ayuntamiento) Quiroga

Celga 4 o Equivalente

Ourense

(Ayuntamiento) Beariz

Celga 4 o Equivalente

Ourense

(Ayuntamiento) Castro Caldelas

Celga 4 o Equivalente

Ourense

(Ayuntamiento) Irixo (O)

Celga 4 o Equivalente

Ourense

(Ayuntamiento) Lobios

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Dozón

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Lama (A)

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Mondariz

Celga 4 o Equivalente

Tesorería

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Muros

Celga 4 o Equivalente

Coruña (A)

(Ayuntamiento) Porto do Son

Celga 4 o Equivalente

Lugo

(Ayuntamiento) Burela

Celga 4 o Equivalente

Ourense

(Ayuntamiento) Barco de Valdeorras (O)

Celga 4 o Equivalente

Ourense

(Ayuntamiento) Verín

Celga 4 o Equivalente

Ourense

(Ayuntamiento) Xinzo de Limia

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Cambados

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Guarda (A)

Celga 4 o Equivalente

Pontevedra

(Ayuntamiento) Vilanova de Arousa

Celga 4 o Equivalente

Viceintervención, clase 1.ª

Pontevedra

(Diputación Provincial) Pontevedra

Celga 4 o Equivalente

Vicesecretaría, clase 1.ª

Pontevedra

(Diputación Provincial) Pontevedra

Celga 4 o Equivalente

Comunidad de Madrid

Provincia

Entidad

Requisito lengua

Agrupación Secretaría de clase 3.ª

Madrid

(Agrupación de Secretaría) Robledillo de la Jara

Madrid

(Agrupación de Secretaría) Robregordo

Intervención de clase 1.ª

Madrid

(Ayuntamiento) Algete

Madrid

(Ayuntamiento) Ciempozuelos

Madrid

(Ayuntamiento) Humanes de Madrid

Madrid

(Ayuntamiento) Navalcarnero

Madrid

(Ayuntamiento) San Fernando de Henares

Intervención de clase 2.ª

Madrid

(Ayuntamiento) Álamo (El)

Madrid

(Ayuntamiento) Brunete

Madrid

(Ayuntamiento) Camarma de Esteruelas

Madrid

(Ayuntamiento) Colmenar de Oreja

Madrid

(Ayuntamiento) Cubas de la Sagra

Madrid

(Ayuntamiento) Fuente el Saz de Jarama

Madrid

(Ayuntamiento) Guadalix de la Sierra

Madrid

(Ayuntamiento) Hoyo de Manzanares

Madrid

(Ayuntamiento) Miraflores de la Sierra

Madrid

(Ayuntamiento) Molar, El

Madrid

(Ayuntamiento) Nuevo Baztán

Madrid

(Ayuntamiento) San Martín de Valdeiglesias

Madrid

(Ayuntamiento) Serranillos del Valle

Madrid

(Ayuntamiento) Torrejón de Velasco

Madrid

(Ayuntamiento) Torres de la Alameda

Oficial mayor, clase 1.ª

Madrid

(Ayuntamiento) Coslada

Secretaría de clase 1.ª

Madrid

(Ayuntamiento) Algete

Madrid

(Ayuntamiento) Collado Villalba

Madrid

(Ayuntamiento) Coslada

Madrid

(Ayuntamiento) Galapagar

Madrid

(Ayuntamiento) Humanes de Madrid

Madrid

(Ayuntamiento) Rivas-Vaciamadrid

Madrid

(Ayuntamiento) San Fernando de Henares

Secretaría de clase 2.ª

Madrid

(Ayuntamiento) Brunete

Madrid

(Ayuntamiento) Cubas de la Sagra

Madrid

(Ayuntamiento) Molar, El

Madrid

(Ayuntamiento) Moraleja de Enmedio

Madrid

(Ayuntamiento) San Martín de la Vega

Madrid

(Ayuntamiento) San Martín de Valdeiglesias

Madrid

(Ayuntamiento) Serranillos del Valle

Madrid

(Ayuntamiento) Torrejón de Velasco

Madrid

(Ayuntamiento) Torres de la Alameda

Madrid

(Ayuntamiento) Villa del Prado

Secretaría de clase 3.ª

Madrid

(Ayuntamiento) Alameda del Valle

Madrid

(Ayuntamiento) Brea de Tajo

Madrid

(Ayuntamiento) Cabanillas de la Sierra

Madrid

(Ayuntamiento) Corpa

Madrid

(Ayuntamiento) Fresnedillas de la Oliva

Madrid

(Ayuntamiento) Navalagamella

Madrid

(Ayuntamiento) Ribatejada

Madrid

(Ayuntamiento) Titulcia

Madrid

(Ayuntamiento) Valdemanco

Madrid

(Ayuntamiento) Valdemaqueda

Madrid

(Ayuntamiento) Villanueva de Perales

Tesorería

Madrid

(Ayuntamiento) Algete

Madrid

(Ayuntamiento) Aranjuez

Madrid

(Ayuntamiento) Arganda del Rey

Madrid

(Ayuntamiento) Chinchón

Madrid

(Ayuntamiento) Colmenar de Oreja

Madrid

(Ayuntamiento) Fuente el Saz de Jarama

Madrid

(Ayuntamiento) Griñón

Madrid

(Ayuntamiento) Majadahonda

Madrid

(Ayuntamiento) Nuevo Baztán

Madrid

(Ayuntamiento) Torrejón de Ardoz

Viceintervención, clase 2.ª

Madrid

(Ayuntamiento) Ciempozuelos

Vicetesorería

Madrid

(Ayuntamiento) Parla

Ciudad de Melilla

Provincia

Entidad

Requisito lengua

Oficial mayor, clase 1.ª

Melilla

(Ayuntamiento) Ciudad Autónoma de Melilla

Viceintervención, clase 2.ª

Melilla

(Ayuntamiento) Ciudad Autónoma de Melilla

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Provincia

Entidad

Requisito lengua

Intervención de clase 1.ª

Murcia

(Ayuntamiento) Águilas

Murcia

(Ayuntamiento) Alcantarilla

Murcia

(Ayuntamiento) Caravaca de la Cruz

Murcia

(Ayuntamiento) Cieza

Murcia

(Ayuntamiento) Fortuna

Murcia

(Ayuntamiento) Jumilla

Murcia

(Ayuntamiento) Mazarrón

Murcia

(Ayuntamiento) San Javier

Murcia

(Ayuntamiento) San Pedro del Pinatar

Murcia

(Ayuntamiento) Totana

Murcia

(Ayuntamiento) Unión (La)

Murcia

(Ayuntamiento) Yecla

Intervención de clase 2.ª

Murcia

(Ayuntamiento) Abanilla

Murcia

(Ayuntamiento) Abarán

Murcia

(Ayuntamiento) Alcázares (Los)

Murcia

(Ayuntamiento) Alguazas

Murcia

(Ayuntamiento) Archena

Murcia

(Ayuntamiento) Beniel

Murcia

(Ayuntamiento) Blanca

Murcia

(Ayuntamiento) Bullas

Murcia

(Ayuntamiento) Calasparra

Murcia

(Ayuntamiento) Cehegín

Murcia

(Ayuntamiento) Ceutí

Murcia

(Ayuntamiento) Fuente Álamo de Murcia

Murcia

(Ayuntamiento) Lorquí

Murcia

(Ayuntamiento) Moratalla

Murcia

(Ayuntamiento) Mula

Murcia

(Ayuntamiento) Puerto Lumbreras

Jefatura de la Dependencia de Recaudación

Murcia

(Ayuntamiento) Murcia

Secretaría de clase 1.ª

Murcia

(Ayuntamiento) Águilas

Murcia

(Ayuntamiento) Alcantarilla

Murcia

(Ayuntamiento) Caravaca de la Cruz

Murcia

(Ayuntamiento) Cieza

Murcia

(Ayuntamiento) Jumilla

Murcia

(Ayuntamiento) Mazarrón

Murcia

(Ayuntamiento) Torre-Pacheco

Murcia

(Ayuntamiento) Totana

Murcia

(Ayuntamiento) Unión (La)

Murcia

(Ayuntamiento) Yecla

Secretaría de clase 2.ª

Murcia

(Ayuntamiento) Abarán

Murcia

(Ayuntamiento) Beniel

Murcia

(Ayuntamiento) Bullas

Murcia

(Ayuntamiento) Calasparra

Murcia

(Ayuntamiento) Ceutí

Murcia

(Ayuntamiento) Moratalla

Tesorería

Murcia

(Ayuntamiento) Abarán

Murcia

(Ayuntamiento) Águilas

Murcia

(Ayuntamiento) Alcantarilla

Murcia

(Ayuntamiento) Alcázares (Los)

Murcia

(Ayuntamiento) Alhama de Murcia

Murcia

(Ayuntamiento) Archena

Murcia

(Ayuntamiento) Caravaca de la Cruz

Murcia

(Ayuntamiento) Cieza

Murcia

(Ayuntamiento) Fortuna

Murcia

(Ayuntamiento) Jumilla

Murcia

(Ayuntamiento) Mazarrón

Murcia

(Ayuntamiento) Mula

Murcia

(Ayuntamiento) San Pedro del Pinatar

Murcia

(Ayuntamiento) Totana

Murcia

(Ayuntamiento) Unión (La)

Murcia

(Ayuntamiento) Yecla

Comunidad Autónoma de La Rioja

Provincia

Entidad

Requisito lengua

Agrupación Secretaría de clase 3.ª

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Ábalos

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Ajamil de Cameros

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Alesón

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Bobadilla

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Canales de la Sierra

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Cellorigo

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Cuzcurrita de Río Tirón

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Fonzaleche

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Grañón

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Herce

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Herramélluri

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Huércanos

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Matute

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Medrano

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Ortigosa de Cameros

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Rasillo de Cameros (El)

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) San Millán de la Cogolla

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) San Román de Cameros

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Santa Coloma

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Tricio

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Viguera

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Villar de Torre

La Rioja

(Agrupación de Secretaría) Viniegra de Abajo

Intervención de clase 1.ª

La Rioja

(Ayuntamiento) Arnedo

La Rioja

(Ayuntamiento) Calahorra

La Rioja

(Ayuntamiento) Haro

Intervención de clase 2.ª

La Rioja

(Ayuntamiento) Lardero

La Rioja

(Ayuntamiento) Santo Domingo de la Calzada

La Rioja

(Ayuntamiento) Villamediana de Iregua

Secretaría de clase 1.ª

La Rioja

(Ayuntamiento) Haro

Secretaría de clase 2.ª

La Rioja

(Ayuntamiento) Alfaro

Secretaría de clase 3.ª

La Rioja

(Ayuntamiento) Ausejo

La Rioja

(Ayuntamiento) Corera

La Rioja

(Ayuntamiento) Lagunilla del Jubera

La Rioja

(Ayuntamiento) Lumbreras

La Rioja

(Ayuntamiento) Redal (El)

Tesorería

La Rioja

(Ayuntamiento) Arnedo

La Rioja

(Ayuntamiento) Nájera

Vicesecretaría-Intervención, clase 3.ª

La Rioja

(Ayuntamiento) Villamediana de Iregua

1

2

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 24/10/2017
  • Fecha de publicación: 08/11/2017
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

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