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Documento BOE-A-2019-10696

Real Decreto 400/2019, de 21 de junio, por el que se declara zona de interés para la Defensa Nacional la propiedad denominada "El Palancar (Academia de Ingenieros)", en la provincia de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 20 de julio de 2019, páginas 78993 a 78995 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2019-10696

TEXTO ORIGINAL

Las zonas de interés para la Defensa Nacional aparecen contempladas en el artículo 30 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional.

La Defensa Nacional es contenido esencial de la función política de Gobierno, y así lo expresa la Constitución Española en su artículo 149.1.4.º, al atribuir al Estado la competencia exclusiva de su defensa y al asignar al Gobierno la dirección de esta función en el artículo 97.

Compete así constitucionalmente al Gobierno dirigir la Política Defensa y la Política Militar y adoptar, en su consecuencia, las condiciones necesarias para su mejor eficacia.

Esta eficacia viene precisando desde tiempo atrás, y hoy con mayor motivo y con carácter ineludible, disponer sin perturbaciones de Bases y campos de entrenamiento para el Ejército de Tierra, de modo que se alcancen con la máxima garantía los objetivos de adiestramiento que aseguren el cumplimiento de las misiones que le son asignadas en el artículo 15 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional.

Con este propósito, y con el fin de preservar la propiedad militar y sus instalaciones de cualquier actuación que pudiera afectarla, han sido adecuadamente ponderados los distintos intereses que pueden incidir en la zona que se declara de interés para la Defensa Nacional y en la que se encuentra la propiedad militar denominada. «El Palancar (Academia de Ingenieros)» ubicada en la provincia de Madrid, que incluye los establecimientos «CMT El Palancar» y «Academia de Ingenieros».

La figura de las zonas de interés para la Defensa Nacional viene recogida en el artículo 2 de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, que la define como extensiones de terreno, mar o espacio aéreo que así se declaren en atención a que constituyan o puedan constituir una base permanente a un apoyo eficaz de las acciones ofensivas o defensivas necesarias para tal fin.

La declaración de dichas zonas se llevará a cabo mediante la promulgación de un real decreto de acuerdo con el artículo 5 de esta misma ley.

Su desarrollo reglamentario se encuentra aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero.

La Comisión Interministerial de Defensa, que actúa por delegación del Consejo de Defensa Nacional, adoptó por unanimidad el acuerdo de aprobar la propuesta de declaración de zona de interés para la Defensa Nacional de la zona en la que se encuentra la propiedad denominada «El Palancar (Academia de Ingenieros)», en la provincia de Madrid.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Defensa, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del 21 de junio de 2019,

DISPONGO:

Artículo 1. Declaración de zona de interés para la Defensa Nacional.

Se declara zona de interés para la Defensa Nacional la extensión de terreno localizada en la provincia de Madrid, delimitada por las coordenadas reflejadas en anexo, en la cual se encuentra la propiedad militar denominada «El Palancar (Academia de Ingenieros)».

En la zona declarada se considerarán prioritarios los intereses de la Defensa Nacional.

Artículo 2. Limitaciones y condicionantes.

Las limitaciones y condiciones que, conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, se imponen en la zona declarada de interés para la Defensa, son las siguientes:

a) Interesar y obtener autorización del Ministerio de Defensa para la determinación de la compatibilidad con los fines de la Defensa Nacional de cualquier regulación, ordenación o actuación administrativa que pueda incidir en la utilización militar de la propiedad denominada «El Palancar (Academia de Ingenieros)».

b) Someter a la autorización previa del Ministerio de Defensa la transmisión de la propiedad, así como la constitución, transmisión y modificación de cualquier derecho real sobre la misma, con independencia de la nacionalidad o naturaleza de los otorgantes.

c) Someter a la autorización previa del Ministerio de Defensa cualquier obra de edificación o construcción, promovida por entidades públicas o privadas, así como la cesión por cualquier título de los aprovechamientos agrícolas, pecuarios o cinegéticos de los territorios afectados.

Disposición final primera. Título competencial.

Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.4.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre Defensa y Fuerzas Armadas.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Real Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 21 de junio de 2019.

FELIPE R.

La Ministra de Defensa,

MARGARITA ROBLES FERNÁNDEZ

ANEXO
Coordenadas que delimitan la propiedad denominada «El Palancar (Academia de Ingenieros)»

El perímetro de la zona de interés para la Defensa Nacional en la que se encuentra la propiedad militar denominada «El Palancar (Academia de Ingenieros)», en la provincia de Madrid, es el determinado por los siguientes puntos expresados en coordenadas UTM Huso30 ETRS89

Denominación punto X Y
1 426130 4498094
2 427542 4498481
3 427269 4499313
4 425536 4500024
5 426094 4501063
6 423361 4502975
7 422925 4502840
8 422799 4502345
9 421974 4502594
10 422178 4503142
11 421449 4503212
12 419772 4502040
13 419795 4501885
14 419771 4501615
15 419239 4501197
16 419881 4500487
17 420769 4500270
18 420769 4499979
19 422150 4499499
20 422377 4499014
21 423351 4499612
22 423519 4499930
23 425023 4498165
24 425009 4498018
25 425180 4497724
26 425110 4497601
27 425338 4497409
28 425843 4497950

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