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Documento BOE-A-2019-12153

Resolución de 2 de agosto de 2019, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe y el Centro de Investigación y Estudios sobre Coherencia y Desarrollo, de la Fundación Salvador Soler-Mundo Justo, para promover la Agenda 2030.

Publicado en:
«BOE» núm. 196, de 16 de agosto de 2019, páginas 91858 a 91869 (12 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2019-12153

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 30 de julio de 2019 se ha suscrito el Convenio entre la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe (SECIPIC) y el Centro de Investigación y Estudios sobre Coherencia y Desarrollo (CIECODE) de la Fundación Salvador Soler-Mundo Justo para promover la Agenda 2030.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, cuyo texto figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 2 de agosto de 2019.– El Secretario General Técnico, P.S. (Real Decreto 1271/2018, de 11 de octubre), la Vicesecretaria General Técnica, Celia Abenza Rojo.

ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe (SECIPIC) y el Centro de Investigación y Estudios sobre Coherencia y Desarrollo (CIECODE) de la Fundación Salvador Soler-Mundo Justo para promover la agenda 2030

Madrid, 30 de julio de 2019.

REUNIDOS

De una parte, la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe (en adelante, SECIPIC), del Ministerio de Asuntos Exteriores Unión Europea y de Cooperación (MAUC) de España, representada por Guzmán Palacios Fernández en su calidad de Director del Gabinete del Secretario de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe, en virtud del nombramiento efectuado por Orden AUC/563/2019, de 17 de mayo y con competencia para celebrar este convenio derivada de la Orden AUC/295/2019, de 11 de marzo, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias y del artículo 62.2. g) LRSP.

Y, de otra, el Centro de Investigación y Estudios sobre Coherencia y Desarrollo de la Fundación Salvador Soler-Mundo Justo (en adelante FSS-CIECODE), representada por David Soler Soneira, en calidad de presidente y representante legal de dicha entidad, según consta en los estatutos vigentes de esta Fundación, inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura con el número de registro 962 con fecha 14 de diciembre de 2010 y CIF: G-85959666 y domicilio social en Madrid, Avenida Cardenal Herrera Oria n.º 63, 3.º izquierda, 28034.

Los firmantes, en nombre y representación de ambas partes, manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente, de acuerdo con la normativa que les resulta de aplicación para suscribir el presente convenio y a tal efecto

EXPONEN

Que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, adoptada por las Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015, aprobó un conjunto de 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) para poner fin a la pobreza, luchar contra la desigualdad y la injusticia, y hacer frente al cambio climático. Los mismos constituyen una oportunidad única para sentar las bases de una transformación global que conduzca hacia modelos de desarrollo incluyente y sostenible, a nivel nacional e internacional en los que la dignidad y el valor de cada persona es afirmado y respetado, en la que todos los ciudadanos tendrán la capacidad de desarrollarse y definir su propia vida en un planeta que valora y protege sus ecosistemas.

Que al MAUC, quien lideró dentro del Gobierno de España el proceso de negociación de la Agenda 2030, así como el Plan de Acción de Implementación de la Agenda 2030 en España, le corresponde el seguimiento de la política exterior del Estado y la política de cooperación internacional para el desarrollo en relación a la Agenda 2030 en estrecha coordinación con el Alto Comisionado para la Agenda 2030 y su deseo es contribuir a la sensibilización sobre la importancia de esta Agenda.

Que en 2011 la Fundación Salvador Soler-Mundo Justo constituye su Centro de Investigación y Estudios sobre Coherencia y Desarrollo (FSS-CIECODE) con la misión de promover y dinamizar en España, una reflexión pública informada y de calidad sobre las políticas públicas y las prácticas privadas necesarias para dar respuesta a los grandes retos globales del desarrollo, la sostenibilidad y la equidad. FSS-CIECODE pertenece al Partenariado Global sobre Datos para el Desarrollo, al Grupo de Trabajo de la OCDE sobre Coherencia de Políticas para el Desarrollo y Agenda 2030, a la Red Española de Estudios del Desarrollo (REEDES), al Grupo de Trabajo del Real Instituto Elcano sobre Políticas de Desarrollo y al de Ciudadanía Global, a la Coalición Pro-Acceso y es socio fundador de la plataforma Polétika.

Que FSS-CIECODE, con la financiación del Mecanismo Financiero del Espacio Económico Europeo 2009-2014 (operado en España por la Plataforma de Organizaciones de Acción Social y el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas), puso en marcha el Proyecto TiPi (Transparencia, Información, Participación e Incidencia) con la participación de Unicef-España, Fundación Porcausa, la Cooperativa Enreda y la Red Europea de Lucha Contra la Pobreza y la Exclusión Social en España-EAPN que facilita el acceso a la información parlamentaria española. Con esta herramienta, FSS-CIECODE da actualmente seguimiento a 21 políticas públicas españolas y su enfoque y metodología pueden ser adaptables y aplicables al marco temático y político de los 17 ODS de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible en su dimensión interior o exterior.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto la colaboración entre FSS-CIECODE y el MAUC en favor de la finalidad común (a) de fomentar el conocimiento de las políticas públicas necesarias para el cumplimiento de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible por parte de las Cortes Generales, las Administraciones Públicas españolas, y la ciudadanía en general; (b) de facilitar el acceso público a la información sobre la actividad parlamentaria española relevante para desarrollo sostenible dentro del marco de la Agenda 2030 y (c) de facilitar las tareas de seguimiento, evaluación y rendición de cuentas sobre las políticas públicas españolas relacionadas con la cooperación internacional para el desarrollo dentro de la Agenda 2030. Dicha colaboración se concretará en el desarrollo conjunto de las siguientes iniciativas:

1) Puesta en marcha y difusión de una plataforma (en adelante denominada Parlamento 2030), que promueva el acceso público a la información sobre la actividad de las Cortes Españolas relacionada con la Agenda 2030 y la Cooperación Internacional para el Desarrollo Sostenible y que facilite su clasificación temática en función de su relación con cada uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y sus metas.

2) Facilitar herramientas innovadoras para la promoción de la transparencia, el acceso público y el análisis de la información relativa a la cooperación internacional española al desarrollo.

3) Facilitar herramientas de gestión del conocimiento y el uso de metodologías para realizar las tareas de seguimiento, evaluación y rendición de cuentas sobre las políticas públicas españolas relacionadas con la cooperación internacional para el desarrollo sostenible dentro del marco de la Agenda 2030.

El convenio se desarrollará bienalmente a través del correspondiente Programa Operativo Bienal (en adelante, POB) para los años 2019 a 2021, que figura como Anexo I al presente convenio, en el que se establecerán las actividades a desarrollar y el marco presupuestario asociado a las mismas. Caso de proceder adenda de prórroga, el POB para los dos años siguientes se realizará por acuerdo unánime de los firmantes del mismo y habrá de ser autorizado, junto con dicha adenda, por el Ministerio de Hacienda según se establece en el artículo 50.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Los POB que se acuerden entre las partes para el desarrollo del presente convenio y de sus prórrogas formarán parte íntegra del mismo.

Segunda. Aportaciones de las partes.

Las aportaciones de las partes se recogen en el Programa Operativo Bienal que figura como Anexo I.

Tercera. Financiación.

La financiación del convenio se recoge en el Programa Operativo Bienal que figura como Anexo I.

Cuarta. Consecuencias del incumplimiento.

El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes tiene como consecuencia la extinción del convenio. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

Quinta. Medidas de control y seguimiento.

Para la gestión, vigilancia y control de lo acordado en el presente convenio y para realizar el seguimiento de la actividad, se constituirá una Comisión Técnica de Seguimiento integrada por cuatro miembros, dos representantes designados por la Dirección General de Políticas de Desarrollo Sostenible (DG POLDES) y dos designados por FSS-CIECODE. La Comisión Técnica de Seguimiento será presidida por un representante la DG POLDES.

Esta Comisión tendrá como objeto asegurar la adecuada realización de las actuaciones previstas en el convenio, y se reunirá, de manera ordinaria, semestralmente y, de forma extraordinaria, a petición de cualquiera de sus miembros. Además, llevará a cabo una evaluación simple del POB 2019 a 2021 y la elaboración del POB siguiente.

Corresponde a la Comisión Técnica de Seguimiento resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que se deriven del presente convenio, así como proponer mejoras del mismo y modificaciones que deberán ser realizadas por acuerdo unánime de los firmantes mediante adenda y tramitarse de conformidad a lo previsto en el artículo 50.2 c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Sexta. Modificación.

El presente convenio podrá modificarse por acuerdo unánime de los firmantes del mismo y habrá de ser autorizado por el Ministerio de Hacienda según se establece en el artículo 50.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Séptima. Vigencia.

El presente convenio tendrá una duración de dos años y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado», según lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015.

Este Convenio será prorrogable a su término, por período bianuales hasta un máximo de cuatro años, mediante acuerdo expreso de ambas partes con anterioridad a su finalización, que habrá de materializarse mediante documento conjunto suscrito por ambas partes y habrá de ser autorizada por el Ministerio de Hacienda según se establece en el artículo 50.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Octava. Causas de extinción.

El presente convenio se considerará extinguido por las siguientes causas:

a) El cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto.

b) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

c) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

d) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

e) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

f) Cualquier otra causa distinta de las anteriores, prevista en este convenio o en otras leyes.

g) La concurrencia de causa de fuerza mayor.

En estos supuestos la Comisión de Seguimiento del Convenio se reunirá para establecer, en función de la causa de extinción y a la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, que habrán de finalizarse en un plazo no superior a tres meses tras la extinción, la forma de terminación de las mismas, conforme a lo establecido en el artículo 52.3 LRJSP.

Novena: Legislación aplicable, resolución de controversias y jurisdicción

Al presente convenio le será de aplicación lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que en su capítulo VI del Título Preliminar, regula los acuerdos adoptados por las administraciones Públicas, los Organismos Públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común.

Las partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.

Las controversias que pudieran surgir en la interpretación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio, se resolverán de forma amistosa en el seno de la Comisión de Seguimiento. No obstante, si ello no fuera posible, las cuestiones litigiosas serían objeto y competencia de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa española.

Décima. Derechos de propiedad intelectual, protección de datos personales y confidencialidad.

Con respecto a la utilización de logos y marcas, FSS-CIECODE se obliga a no utilizar, sin el consentimiento expreso por parte del MAUC, en el marco del presente convenio y de sus actuaciones, imágenes, marcas comerciales, logotipos, etc. propiedad del MAUC, quedando bien entendido que los derechos de propiedad intelectual sobre los mismos son de exclusiva titularidad del MAUC.

Del mismo modo, el MAUC se obliga a no utilizar, sin el consentimiento expreso por parte de FSS-CIECODE, en el marco del presente convenio y de sus actuaciones, imágenes, marcas comerciales, logotipos, etc. propiedad de la asociación, quedando bien entendido que los derechos de propiedad intelectual sobre los mismos son de exclusiva titularidad de FFS-CIECODE.

Con respecto a la protección de datos personales, este convenio se ajustará a las exigencias derivadas del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, en lo que corresponde a la confidencialidad de la información y los resultados, aplicando las medidas de carácter técnico, administrativo, informático y organizativo que resulten necesarias para cumplir los requisitos legales y, en particular, garantizando la seguridad e integridad de los datos y su protección frente a alteraciones, pérdidas, tratamientos o accesos no autorizados.

Con respecto a la confidencialidad, cada una de las partes se compromete a no difundir, bajo ningún aspecto, las informaciones a las que haya podido tener acceso durante la vigencia del presente convenio, pudiendo aplicarlas y usarlas solamente para la finalidad prevista en el mismo o para la ejecución de éste, de conformidad con lo preceptuado en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

Todos los datos facilitados por las partes se considerarán información confidencial. En consecuencia, las partes se obligan a guardar secreto profesional respecto de dichos datos, procediendo a la devolución de la citada documentación una vez finalizada la relación entre ambas.

Queda excluida del deber de secreto y confidencialidad toda la información que sea de conocimiento público; la que haya sido recibida de terceras personas con anterioridad al presente convenio; la que se haga pública sin mediar culpa de las partes, así como la que deba ser comunicada a las autoridades administrativas o judiciales o al público en cumplimiento de la normativa vigente.

Undécima. Titularidad de los resultados obtenidos.

La titularidad de los resultados obtenidos como consecuencia de las actuaciones contempladas en el presente Convenio y sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección segunda del Capítulo III del Título II Libro I de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, será propiedad de la SECIPIC en la parte proporcional al porcentaje de financiación y podrá utilizarse en toda la actividad que se programe desde esta Secretaría de Estado siempre que cuente con el consentimiento de FSS-CIECODE y respetando, en todo caso, el derecho moral que le corresponde al autor de la información y que es inalienable según el artículo 14 del citado texto legal.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha indicados.–Por la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Caribe, Guzmán Palacios Fernández, Director del Gabinete.–Por FSS-CIECODE, David Soler Soneira, Presidente.

ANEXO I
Programa Operativo Bienal 2019-2021

A. Actividades.

1) Generación y acceso público a información a través del desarrollo conjunto de las siguientes iniciativas:

a) FSS-CIECODE pondrá en funcionamiento una plataforma que facilite y promueva el acceso público a la información relativa a la actividad de las Cortes Generales vinculada con la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible. Lo hará a través de las siguientes tareas:

i) Elaborará una base de conocimiento temático para cada uno de los 17 ODS de la Agenda 2030, basado en el estudio previo de cada objetivo y el lenguaje parlamentario específico, con el objetivo de permitir la clasificación temática automática de la información parlamentaria en relación con su vinculación con estos ODS y sus respectivas metas.

ii) Adaptará la tecnología existente en el proyecto TiPi-Ciudadano para acomodarla a la estructura de la Agenda 2030 (con ODS y metas) y para mejorar su usabilidad, accesibilidad y opciones de descarga y visualización de la información obtenida.

iii) Llevará a cabo, durante el periodo de vigencia del convenio, una revisión periódica de la información generada y ofrecida por la plataforma para garantizar que la información ofrecida y la clasificación a cada ODS es correcta y usable, con el objetivo de proceder a su corrección en el menor tiempo posible.

b) FSS-CIECODE facilitará herramientas innovadoras para la promoción de la transparencia, el acceso público y el análisis de la información relativa a la cooperación internacional española para el desarrollo a través de las siguientes tareas:

i) Trabajará de manera colaborativa con la SECIPIC, y con el resto de órganos y entidades públicas o privadas considerados relevantes, para detectar necesidades y aspectos de mejora para promover el acceso a la información relativa a la cooperación internacional para el desarrollo española.

ii) Desarrollará o facilitará e implementará herramientas digitales para ofrecer de manera clara, atractiva y pedagógica la información y datos sobre la cooperación internacional para el desarrollo con el fin de favorecer la transparencia y facilitar su accesibilidad y usabilidad para las Administraciones Públicas, organizaciones sociales y privadas, ciudadanía y medios de comunicación.

iii) Realizará, durante la vigencia del convenio, una revisión periódica de la herramienta y de la información ofrecida y mostrada para garantizar que es correcta y usable y para proceder a su corrección en el menor tiempo posible en caso de detectar un funcionamiento erróneo.

c) FSS-CIECODE trabajará junto con la SECIPIC para diseñar, desarrollar e implementar una serie de herramientas y metodologías de gestión del conocimiento para favorecer y facilitar el seguimiento, evaluación y rendición de cuentas sobre las políticas públicas españolas relacionadas con la cooperación internacional para el desarrollo sostenible dentro del marco de la Agenda 2030. Lo hará a través de las siguientes tareas:

i) Elaborará, de manera colaborativa con los organismos y entidades públicos o privados indicados por SECIPIC, una base de conocimiento temático para la clasificación automática de la información existente en clave de Agenda 2030, basado en el estudio previo del lenguaje utilizado por el MAUC en relación a sus actividades.

ii) Desarrollará una plataforma que permita el acceso a la información relativa a las políticas públicas españolas relacionadas con la cooperación internacional para el desarrollo sostenible vinculando la información a la base de conocimiento elaborada previamente.

iii) Realizará, durante la vigencia del Convenio, una revisión periódica de la plataforma para garantizar que la información mostrada es correcta y usable y para proceder a su corrección en el menor tiempo posible en caso de detectar errores en el funcionamiento.

2) Grupos de trabajo, encuentros y reuniones

a) FSS-CIECODE organizará durante la duración del convenio grupos de trabajo con, según proceda, las organizaciones públicas o privadas de referencia con el objetivo de asegurar la adecuación de las herramientas y plataformas a las necesidades, conocimientos y capacidades de los potenciales usuarios. En concreto, lo llevará a cabo con los siguientes objetivos:

i) Consulta con potenciales usuarios sobre usabilidad y diseño de las plataformas y herramientas desarrolladas, las visualizaciones ofrecidas, las opciones y formatos de descarga de la información, etc.

ii) Consulta con la SECIPIC para recibir y comprender adecuadamente las directrices necesarias sobre el contenido, enfoque y utilidades esperadas de las herramientas y plataformas desarrolladas.

b) FSS-CIECODE llevará a cabo una serie de reuniones con entidades nacionales, públicas y privadas, referentes en cada una de las temáticas de los ODS a fin de asegurar la adecuación y corrección de la base de conocimiento generada para cada objetivo y meta de la Agenda 2030. Estas reuniones podrían conllevar desplazamientos por parte de la FSS-CIECODE dentro del territorio nacional, con el fin de favorecer la socialización de la base de conocimiento con organizaciones de referencia localizadas fuera de la Comunidad de Madrid.

c) FSS-CIECODE llevará a cabo una serie de contactos y reuniones con organizaciones y entidades internacionales, públicas y privadas, que estén liderando iniciativas similares a las desarrolladas en el marco de este convenio para compartir conocimiento y experiencias y poder incorporar en el diseño e implementación de las herramientas desarrolladas las mejores prácticas de los países de nuestro entorno. Estos contactos podrían, puntualmente, conllevar desplazamientos por parte de la FSS-CIECODE fuera del territorio nacional.

3) Formación.

a) FSS-CIECODE llevará a cabo sesiones de formación sobre el uso y funcionamiento de las herramientas y plataformas desarrolladas objeto de este convenio. Lo hará a través de las siguientes tareas:

i) Impartirá cursos de formación dirigidos a personal de la Administración Pública, sociedad civil y medios de comunicación sobre el funcionamiento de Parlamento 2030 y el uso de la información generada por la herramienta.

ii) Impartirá sesiones de formación sobre la usabilidad de la herramienta desarrollada para la promoción de la transparencia y el acceso público a información de la cooperación internacional para el desarrollo.

iii) Impartirá formación, principalmente a personal de la Administración Pública, sobre la plataforma de gestión del conocimiento de políticas públicas españolas relacionadas con la cooperación internacional para el desarrollo sostenible dentro del marco de la Agenda 2030.

b) Para algunas de las anteriores actividades de formación FSS-CIECODE podrá llevar a cabo desplazamientos dentro de España con el fin de favorecer el fortalecimiento de capacidades y la formación a la Administración Pública, sociedad civil y medios de comunicación en todo el territorio del Estado.

4) Difusión y comunicación.

a) FSS-CIECODE llevará a cabo, durante el periodo de vigencia del convenio, una estrategia de comunicación online y offline a través de redes sociales, blogs especializados y medios de comunicación tradicionales dirigido a fomentar, a través de la información generada por las herramientas objeto del presente convenio, el conocimiento por parte de la ciudadanía de las políticas públicas españolas necesarias para el cumplimiento de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible.

b) FSS-CIECODE llevará a cabo, durante el periodo de vigencia del convenio, una estrategia de difusión dirigido a las Cortes Generales, las Administraciones Públicas españolas y, según proceda, a la ciudadanía en general, para publicitar la existencia y la usabilidad de las herramientas y plataformas generadas.

c) FSS-CIECODE participará, durante el periodo de vigencia del convenio, en eventos relevantes y encuentros multiactor de ámbito nacional e internacional con el fin de dar a conocer la existencia de las herramientas y plataformas y difundir el conocimiento sobre su uso, funcionamiento y sobre las políticas públicas españolas necesarias para el cumplimiento de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible.

5) Seguimiento del convenio.

1) La Dirección General de Políticas de Desarrollo Sostenible (DG POLDES) y FSS-CIECODE constituirán una Comisión Técnica de Seguimiento en los términos previstos en el convenio para la gestión, vigilancia y control de lo acordado y para asegurar la adecuada realización de las actuaciones previstas en el mismo.

2) FSS-CIECODE llevará a cabo la dirección técnica de las tareas y actividades previstas en el convenio, para lo que destinará los recursos humanos necesarios para asegurar el seguimiento del cumplimiento de plazos, la relación y búsqueda de colaboradores estratégicos, la contratación de proveedores de servicios, etc.

B. Obligaciones de las partes.

1) Obligaciones de FSS-CIECODE para la realización de las actividades.

a) Organizar y realizar las iniciativas descritas en la cláusula primera del convenio.

b) Cubrir los gastos de ejecución de este convenio según se estipula en el apartado D. Marco Presupuestario y Condiciones de Pago.

c) Facilitar el acceso libre, abierto, gratuito y en formato reutilizable a la información sobre la actividad de las Cortes Generales relacionada con la Agenda 2030 generada por la herramienta informática de la plataforma descrita en la cláusula primera del convenio. Aunque la titularidad de toda la información generada es pública, FSS-CIECODE se reserva la titularidad de las metodologías empleadas para obtener dicha información.

d) Ofrecer en abierto el código informático de la herramienta de la plataforma descrita en la cláusula primera del convenio.

e) Realizar consultas con el MAUC, otros ministerios y con las organizaciones de referencia en España de cada una de las temáticas relevantes de cooperación internacional para el desarrollo en la Agenda 2030 para garantizar la adecuación del enfoque, la aceptación de la plataforma y herramientas desarrolladas y la utilidad de los resultados obtenidos.

f) Garantizar el correcto funcionamiento y accesibilidad a la plataforma y herramientas desarrolladas durante el periodo de vigencia del Convenio.

g) Contribuir a la difusión y conocimiento de la plataforma Parlamento 2030 y, según proceda, de las herramientas de gestión del conocimiento desarrolladas a través de los instrumentos de comunicación disponibles (redes sociales, comunicación con base social y nota de prensa) y a través de su participación en los foros y plataformas relevantes, tanto dentro como fuera de España.

h) Ofrecer durante el periodo de vigencia del Convenio sesiones de formación a organismos públicos y, en la medida en que proceda, a organizaciones de la sociedad civil sobre acceso a información de la actividad parlamentaria española relevante para la Agenda 2030 y sobre las nuevas posibilidades generadas por las herramientas desarrolladas para el acceso a información, análisis, seguimiento y rendición de cuentas sobre las políticas públicas españolas relacionadas con la cooperación internacional para el desarrollo sostenible.

i) Ofrecer a los usuarios unas guías básicas de funcionamiento de la plataforma y sus herramientas para promover su uso y garantizar su labor de servicio público a cualquier tipo de persona o institución potencialmente interesada.

j) Hacer mención al presente convenio cuando se presente la plataforma ante terceros actores, nacionales o internacionales.

2) Obligaciones del MAUC para la realización de las actividades

a) Dar apoyo a las iniciativas descritas en la cláusula primera del convenio.

b) Cubrir los gastos de ejecución de este convenio según se estipula en el apartado D. Marco Presupuestario y Condiciones de Pago.

c) Facilitar las consultas por parte de FSS-CIECODE a los ministerios y organizaciones de la sociedad civil, descritas en el apartado A. Actividades, del presente anexo.

d) Facilitar a FSS-CIECODE el acceso a la información necesaria para el desarrollo e implementación de las iniciativas dos y tres de la cláusula primera del convenio, así como a contribuir con las directrices necesarias sobre el contenido, enfoque y utilidades de las mismas.

e) Respetar el acceso libre, abierto, gratuito y en formato reutilizable de la información generada por la herramienta informática de la plataforma descrita en la cláusula primera del convenio.

f) Facilitar el acceso electrónico a la plataforma descrita en la cláusula primera del convenio a través de la página web del Ministerio dedicada a la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible.

g) En la medida de lo posible y siempre que proceda, mencionar el presente convenio entre el MAUC y FSS-CIECODE en la difusión y comunicación que se haga de la plataforma.

h) Facilitar el conocimiento, en la medida de lo posible y siempre que proceda, de la plataforma y sus herramientas por parte de terceros actores, tanto dentro como fuera de España, en las ocasiones en las que el MAUC presente o difunda las actividades y herramientas que está realizando o promoviendo en el marco de sus labores de seguimiento del desarrollo de la Agenda 2030 y de sensibilización sobre la misma.

C. Hitos y avances relativos al convenio.

1

2

D. Marco presupuestario y condiciones de pago.

La aplicación y ejecución de este convenio de colaboración, incluyéndose al efecto todos los actos jurídicos que pudieran dictarse en su ejecución y desarrollo, supone un desembolso por parte de la SECIPIC de 150.000 euros (ciento cincuenta mil euros), impuestos incluidos, con cargo a la aplicación presupuestaria 12.03.20.143A.227.06. La FSS-CIECODE aportará para la financiación de las actividades del presente convenio la cantidad máxima de 50.000 € (cincuenta mil euros) en concepto de recursos humanos, infraestructuras informáticas, difusión, formación, comunicaciones y viajes.

De la mencionada cantidad de 150.000 € la SECIPIC librará a favor de FSS-CIECODE la cantidad de 37.200 € a la firma del convenio y una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado», según lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015 y la cantidad restante de forma cuatrimestral. El último pago se realizará a la entrega de la justificación del convenio. La distribución de gastos se recoge en el siguiente cuadro:

1

E. Justificación.

Con objeto de acreditar la realización de las actividades, el cumplimiento de las condiciones y la consecución de los objetivos previstos, FSS-CIECODE deberá presentar, antes de la finalización de cada cuatrimestre, un informe de actuación justificativa del cumplimiento parcial del convenio, indicando las actividades realizadas, los resultados obtenidos y el gasto incurrido en la realización de dichas actividades.

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