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Documento BOE-A-2019-12433

Resolución de 12 de agosto de 2019, de la Universidad de Sevilla, por la que se corrigen errores en la de 29 de julio de 2019, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 23 de agosto de 2019, páginas 93996 a 93997 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2019-12433

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en la Resolución de la Universidad de Sevilla de 29 de julio de 2019 (BOE de 8 de agosto), por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a efectuar las siguientes correcciones de errores:

1. En la base 3.1, donde dice: «a) Fotocopia compulsada de la acreditación de la ANECA para la figura de Catedrático de Universidad.», debe decir: «a) Fotocopia compulsada de la acreditación de la ANECA para la figura de Profesor Titular de Universidad.»

2. En la base 7, donde dice:

«7.1 El concurso consistirá en la exposición oral y pública por parte del candidato, y debate posterior con la Comisión, de su currículo, su proyecto y su programa.

El candidato dispondrá de un máximo de una hora para su exposición y el debate con la comisión podrá extenderse hasta un tiempo máximo de 2 horas.

Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado (necesariamente individual de cada miembro de la Comisión sobre cada candidato) que debe incluir: valoración de cada uno de los apartados de los criterios específicos, voto favorable o desfavorable y motivación del voto.

Cada miembro de la Comisión sólo podrá votar favorablemente, como máximo, tantos candidatos como plazas convocadas.

La propuesta de adjudicación de la plaza se hará por votación de los miembros de la Comisión; cada miembro sólo podrá votar a un candidato por plaza. La propuesta recaerá en el candidato o candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos, con un mínimo de tres. El concurso podrá ser declarado desierto.»

debe decir:

«7.1 El concurso constará de dos pruebas. La primera de ellas consistirá en la preparación, exposición oral y pública por parte del candidato, y debate posterior con la Comisión, de una lección del programa o los programas que haya presentado al concurso, elegida por el candidato de entre tres determinadas por sorteo. El tiempo máximo permitido para la preparación de la exposición de la lección es de 60 minutos. Esta prueba tendrá carácter eliminatorio para los candidatos que no obtengan, al menos, tres votos favorables de los miembros de la Comisión.

El candidato dispondrá de un máximo de una hora para su exposición y el debate con la Comisión podrá extenderse hasta un máximo de dos horas.

Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado (necesariamente individual de cada miembro de la Comisión sobre cada candidato) que debe incluir el voto favorable o desfavorable.

La segunda prueba del concurso consistirá en la exposición oral y pública por parte del candidato, y debate posterior con la Comisión, de su currículo, su proyecto y su programa.

El candidato dispondrá de un máximo de una hora para su exposición, y el debate con la Comisión podrá extenderse hasta un máximo de dos horas.

Finalizada esta segunda prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado (necesariamente individual de cada miembro de la Comisión sobre cada candidato) que debe incluir: valoración de cada uno de los apartados de los criterios de evaluación, voto favorable o desfavorable y motivación del voto.

La propuesta de adjudicación de las plazas se hará por votación de la Comisión; cada miembro sólo podrá votar a un candidato por plaza. La propuesta recaerá en el candidato o candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos, con un mínimo de tres. El concurso podrá ser declarado desierto.»

En consecuencia, y teniendo en cuenta que el plazo de presentación de instancias finaliza el 6 de septiembre de 2019, se amplía dicho plazo hasta el 18 de septiembre de 2019.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, puede optarse por interponer recurso de reposición ante el Rector en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.

Sevilla, 12 de agosto de 2019.–El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/08/2019
  • Fecha de publicación: 23/08/2019
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores de la Resolución de 29 de julio de 2019 (Ref. BOE-A-2019-11678).

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