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Documento BOE-A-2020-10022

Acuerdo de 16 de julio de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se resuelve el concurso, convocado por Acuerdo de 9 de enero de 2020, en la Escuela Judicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 28 de agosto de 2020, páginas 72336 a 72336 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2020-10022

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente de este Consejo en su reunión del día de la fecha, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Resolver el concurso de méritos convocado por acuerdo de la Comisión Permanente de este Consejo de 9 de enero de 2020 (BOE del 14 de febrero), para para la provisión de un puesto de trabajo en la Escuela Judicial, en los términos propuestos por la comisión de valoración del referido concurso.

En su virtud, atendiendo a la puntuación total alcanzada por los aspirantes, se adjudica el puesto de trabajo de administrativo nivel 20 con destino en la Escuela Judicial de Barcelona, a doña Ana Fernández Espín con documento nacional de identidad núm. ***2859**.

A los efectos previstos de la norma quinta apartado 3 de la convocatoria, no existe una relación complementaria de concursantes que han superado la puntuación mínima exigida en las dos fases. En caso de que la funcionaria a quien inicialmente se le ha adjudicado, no tomase posesión del puesto, el concurso se declararía vacante.

Conforme a la referida norma quinta apartado 6 de la convocatoria, el plazo de toma de posesión será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia de la adjudicataria o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes a la publicación del presente acuerdo de resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado», así como el cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde su publicación.

Contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 16 de julio de 2020.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

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