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Documento BOE-A-2020-14631

Resolución de 11 de noviembre de 2020, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Salamanca, para la organización conjunta de dos ciclos musicales: Salamanca Barroca y Salamanca Jazz, dos cursos y una clase magistral.

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 20 de noviembre de 2020, páginas 102906 a 102915 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2020-14631

TEXTO ORIGINAL

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y la Universidad de Salamanca han suscrito, con fecha 10 de noviembre de 2020, un convenio con motivo la organización conjunta de dos ciclos musicales: Salamanca Barroca y Salamanca Jazz, dos cursos y una clase magistral, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 11 de noviembre de 2020.–La Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Amaya de Miguel Toral.

ANEXO
Convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y la Universidad de Salamanca para la organización conjunta de dos ciclos musicales: Salamanca Barroca y Salamanca Jazz, dos cursos y una clase magistral

En Madrid, a 10 de noviembre de 2020.

De una parte, doña Amaya de Miguel Toral, Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (de ahora en adelante INAEM), en nombre y representación del citado organismo, con sede en la Plaza del Rey, n.º 1 (28004) de Madrid, y NIF número Q2818024H, en virtud del nombramiento realizado por Real Decreto 856/2018, de 6 de julio, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre (BOE n.º 306, de 20 de diciembre).

De otra, doña Purificación Galindo Villardón, Vicerrectora de Ciencias de la Salud, Gestión de la Calidad y Política Académica de la Universidad de Salamanca, con CIF Q3718001 E y domicilio en Patio de Escuelas, s/n, 37008 Salamanca, en virtud del poder de representación de esta entidad comprendido en la delegación de competencias efectuada por el Rector de la Universidad, publicada a través de resolución de 2 de junio de 2020 de la Universidad de Salamanca (BOCYL de 9 de junio de 2020), cuya fotocopia acompaña al presente convenio.

Ambas partes se reconocen competencia y capacidad respectivamente para formalizar el presente convenio.

EXPONEN

Primero.

Que el INAEM es un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Cultura y Deporte a través de la Secretaría de Estado de Cultura, encargado de la consecución de los siguientes fines: La promoción, protección y difusión de las artes escénicas y de la música en cualquiera de sus manifestaciones; la proyección exterior de las actividades a que se refiere el apartado anterior; la comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas en las materias propias del organismo, de acuerdo con ellas.

Segundo.

La Universidad de Salamanca es una institución de derecho público, dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio. Como institución de educación superior, goza de autonomía académica, económica, financiera y de gobierno de acuerdo con la Constitución y la Ley orgánica de Universidades.

Además de realizar el servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, tiene entre sus fines estatutarios el fomento y expansión de la cultura y el conocimiento por medio de programas de formación permanente y de extensión universitaria, ámbito en el que se incluye la programación y desarrollo de actividades musicales.

Tercero.

Que las partes están interesadas en la organización de dos ciclos musicales «Salamanca Barroca» y «Salamanca Jazz», dos Cursos de Interpretación Barroca y una Clase Magistral y, en virtud de cuanto queda expuesto, manifiestan su voluntad de colaboración suscribiendo el presente convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de este convenio es establecer las bases de colaboración entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante INAEM) y la Universidad de Salamanca (en adelante LA USAL), con objeto de organizar conjuntamente la celebración de dos ciclos musicales y cursos programados por el Centro Nacional de Difusión Musical (en adelante CNDM).

Segunda. Actuaciones a realizar por las partes.

Las actuaciones consistirán en:

1. Ciclo Salamanca Barroca:

– Concierto extraordinario:

Concierto a realizar por el grupo Los Afectos Diversos, bajo la dirección de Nacho Rodríguez.

Día: 14 de abril de 2021.

Lugar: Capilla Fonseca.

– Concierto a realizar por el grupo Accademia del Piacere, con Fahmi Alqhai, viola da gamba y dirección.

Día: 23 de noviembre de 2020.

Lugar: Auditorio Fonseca.

– Concierto a realizar por Andoni Mercero, violín y Alfonso Sebastián, clave.

Día: 9 de diciembre de 2020.

Lugar: Auditorio Fonseca.

– Concierto a realizar por la Academia de Música Antigua de la USAL, Consort de Violas da gamba, con Sara Ruíz, viola da gamba y dirección y Mónica Piccinini, soprano.

Día: 1 de febrero de 2021.

Lugar: Auditorio Fonseca.

– Concierto a realizar por el grupo Tiento Nuovo, con Ignacio Prego, clave y dirección, Nuria Rial, soprano y Maurice Steger, flautas de pico.

Día: 24 de febrero de 2021.

Lugar: Auditorio Fonseca.

– Concierto a realizar por la Academia de Música Antigua de la USAL, Concento de Bozes, bajo la dirección de Carlos Mena.

Día: 8 de marzo de 2021.

Lugar: Auditorio Fonseca.

– Concierto a realizar por el grupo Los Músicos de su Alteza, con Luis Antonio González, clave, órgano y dirección y Olalla Alemán, soprano.

Día: 22 de marzo de 2021.

Lugar: Auditorio Fonseca.

– Concierto a realizar por Academia de Música Antigua de la USAL, coro de cámara, con Víctor Sordo, tenor, bajo la dirección de Bernardo García Bernalt.

Día: 3 de mayo de 2021.

Lugar: Auditorio Fonseca.

– Concierto a realizar por Pierre Hantaï, clave.

Día: 21 de mayo de 2021.

Lugar: Auditorio Fonseca.

– Concierto a realizar por la Orquesta Barroca de la Universidad de Salamanca, con Pedro Gandía Martín, violín y dirección y Saskia Salembier, soprano.

Día: 13 de junio de 2021.

Lugar: Auditorio Fonseca.

Todos los conciertos tendrán lugar en Salamanca a las 20:30 horas.

2. Ciclo Salamanca Jazz.

– Concierto a realizar por Andrea Motis Quintet, con Andrea Motis, voz y trompeta, Ignasi Terraza, piano, Josep Traver, guitarra, Joan Chamorro, contrabajo y Esteve Pi, batería.

Día: 30 de enero de 2021.

– Concierto a realizar por el grupo Abe Rábade Trío, con Abe Rábade, piano, Pablo Martín Caminero, contrabajo y Bruno Pedroso, batería.

Día: 13 de febrero de 2021.

– Concierto a realizar por Valencia Jazz Top 7, con Perico Sambeat, saxo, Javier Vercher, saxos, David Pastor, trompeta, Toni Belenguer, trombón, Albert Palau, piano, Ales Cesarini, contrabajo, Miguel Asensio, batería.

Día: 27 de febrero de 2021.

– Concierto a realizar por Arturo Serra Quintet, con Arturo Serra, Vibráfono, Antonio González, saxo Alto, Bori Albero, contrabajo, Juan Galiardo, piano, Santi Colomer, batería.

Día: 13 de marzo de 2021.

Todos los conciertos tendrán lugar en el Teatro Juan del Enzina de Salamanca a las 21:00 horas.

3. Cursos.

Academia de Música Antigua de la Universidad de Salamanca.

Los cursos de la Academia de Música antigua de la Universidad de Salamanca, que tendrán lugar en la Hospedería Fonseca, contarán con los siguientes profesores y se celebrarán en las siguientes fechas:

– Curso de Canto Histórico por Carlos Mena, contratenor.

Del 19 al 21 de febrero de 2021.

Del 5 al 8 de marzo de 2021.

– Curso de Cuerda Barroca por Pedro Gandía, violín, Andoni Mercero, violín y viola e Itziar Atutxa, violonchelo y viola da gamba.

7 y 8 de noviembre de 2020.

27 y 28 de febrero de 2021.

17 y 18 de abril de 2021.

– Clase magistral de clave por Pierre Hantaï.

22 de mayo de 2021.

Como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19, las fechas de los conciertos y actividades dispuestas en la presente clausula podrían estar sujetas a cambios en función de la evolución de la mencionada crisis y las medidas de prevención que puedan acordarse. Este cambio de fechas se realizará en el marco de la vigencia del Convenio y mediante acuerdo de las partes en la Comisión de Seguimiento prevista en la Cláusula sexta.

Tercera. Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.

Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes que lo firman.

Para el cumplimiento de sus obligaciones, el INAEM se compromete a:

A. Con carácter general:

– Asumir los gastos de la edición y diseño de los programas de mano, carteles, extensible y folleto por la cantidad máxima de dos mil euros (2.000,00 €), IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280.16 de la anualidad 2020.

– Asumir los gastos de la edición y diseño de los programas de mano, carteles, extensible y folleto por la cantidad máxima de cuatro mil euros (4.000,00 €), IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280.16 de la anualidad 2021, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.

– Asumir los gastos de las inserciones publicitarias por la cantidad máxima de tres mil euros (3.000,00 €), IVA incluido. Dicho importe será abonado a la empresa adjudicataria del correspondiente contrato y se imputará a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280.18 de la anualidad 2020.

B. Ciclo Salamanca Barroca:

– Contratar y abonar el caché más IVA a los intérpretes del grupo Los Afectos Diversos, que realizarán el Concierto Extraordinario del día 14 de abril de 2021, por la cantidad de nueve mil seiscientos ochenta euros (9.680,00 €), 21% IVA incluido, cuantía que se articulará a través de un contrato artístico específico con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280.11.

– Contratar y abonar el caché a los intérpretes del grupo Accademia del Piacere, que realizarán el concierto del día 23 de noviembre de 2020, por la cantidad de doce mil euros (12.000,00 €), exento de IVA, cuantía que se articulará a través de un contrato artístico específico con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280.11.

– Contratar y abonar el caché a los intérpretes Andoni Mercero y Alfonso Sebastián que realizarán el concierto del día 09 de diciembre de 2020, por la cantidad de mil cuatrocientos euros (1.400,00 €), respectivamente, cuantía que se articulará a través de un contrato laboral con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280.10.

– Contratar y abonar el caché más IVA a los intérpretes del grupo Tiento Nuovo, que realizarán el concierto del día 24 de febrero de 2021, por la cantidad de diecisiete mil seiscientos sesenta y seis euros (17.666,00 €), 21% IVA incluido, cuantía que se articulará a través de un contrato artístico específico con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280.11.

– Contratar y abonar el caché más IVA a los intérpretes del grupo Los Músicos de su Alteza, que realizarán el concierto del día 22 de marzo de 2021, por la cantidad de ocho mil quinientos treinta con cincuenta euros (8.530,50 €), 21% IVA incluido, cuantía que se articulará a través de un contrato artístico específico con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280.11.

– Contratar y abonar el caché más IVA al intérprete Pierre Hantaï, que realizará el concierto del día 21 de mayo de 2021, por la cantidad de cuatro mil ochocientos cuarenta euros (4.840,00 €), 21% IVA incluido, cuantía que se articulará a través de un contrato artístico específico con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280.11.

C.  Salamanca Jazz:

– Contratar y abonar el 50% del caché más IVA al grupo Andrea Motis Quintet, que realizará el concierto del día 30 de enero de 2021 por la cantidad de tres mil veinticinco euros (3.025,00 €), 21% IVA incluido, cuantía que se articulará a través de un contrato artístico específico con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280.11.

– Contratar y abonar el 50% del caché más IVA al intérprete Abe Rábade, que realizará el concierto del día 13 de febrero de 2021, por la cantidad de mil quinientos doce con cincuenta euros (1.512,50 €), 21% IVA incluido, cuantía que se articulará a través de un contrato artístico específico con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280.11.

– Contratar y abonar el 50% del caché más IVA a los intérpretes del grupo Valencia Jazz Top 7, que realizarán el concierto del día 27 de febrero de 2021, por la cantidad de tres mil seiscientos treinta euros (3.630,00 €), 21% IVA incluido, cuantía que se articulará a través de un contrato artístico específico con cargo a la aplicación presupuestaria 24.107.335A.280.11.

La estimación económica de la participación del INAEM se cuantifica en un máximo de setenta y dos mil seiscientos ochenta y cuatro (72.684,00), IVA incluido, conforme a la siguiente distribución de anualidades:

2020: 19.800,00 euros.

2021: 52.884,00 euros.

Para el cumplimiento de sus obligaciones, la USAL se compromete a:

A. Con carácter general:

– Llevar a cabo las actuaciones necesarias tendentes a poner a disposición las salas en las que se celebrarán los conciertos y correspondientes ensayos y las actividades educativas. Para ello, realizará las consiguientes gestiones ante quienes ostenten la titularidad de dichas salas en el caso de que no fueren de su propiedad, con el fin de que se proceda a su cesión gratuita.

– Asumir los gastos de producción de todos los conciertos, así como el personal necesario tanto de sala como de producción propiamente dicha.

– Hacerse cargo de los instrumentos necesarios para los conciertos de los dos ciclos.

– Abonar los derechos de autor si los hubiere.

– Gestionar el sistema de venta de entradas.

– Asumir los gastos de impresión de los avances, programas de mano y carteles de los dos ciclos.

– Asumir la organización y gastos de los cursos y clases magistrales mencionados en la cláusula segunda.

– Tener cubierta la responsabilidad civil durante los días de los conciertos y de sus correspondientes ensayos, y de los días en que se celebren los cursos.

– Abonar los honorarios del profesorado participante en los cursos de interpretación barroca y clases magistrales de canto histórico, así como de los correpetidores que se precisen en cada caso.

B. Ciclo Salamanca Barroca:

– Contratar y abonar el caché del grupo Academia de Música Antigua de la USAL, Consort de Violas da Gamba, con Sara Ruiz y Mónica Piccinini, para el concierto que tendrá lugar el día 1 de febrero de 2021.

– Contratar y abonar el caché de la Academia de Música Antigua de la Universidad de Salamanca, Concento Bozes, con Carlos Mena para el concierto que tendrá lugar el 8 de marzo de 2021.

– Contratar y abonar el caché de la Academia de Música Antigua de la Universidad de Salamanca, Coro de Cámara, con Víctor Sordo, tenor y bajo la dirección de Bernardo García Bernalt, para el concierto que tendrá lugar el 3 de mayo de 2021.

– Contratar y abonar el caché de la Orquesta Barroca de la Universidad de Salamanca, con Pedro Gandía Martín y Saskia Salembier, para el concierto que tendrá lugar el 13 de junio de 2021.

C. Ciclo Salamanca Jazz:

– Contratar y abonar el 50% del caché más IVA al grupo Andrea Motis Quintet, que realizará el concierto del día 30 de enero de 2021 por la cantidad de tres mil veinticinco euros (3.025 €), 21% IVA incluido.

– Contratar y abonar el 50% del caché más IVA al intérprete Abe Rábade, que realizará el concierto del día 13 de febrero de 2021, por la cantidad de mil quinientos doce con cincuenta euros (1.512,50 €), 21% IVA incluido.

– Contratar y abonar el 50% del caché más IVA a los intérpretes del grupo Valencia Jazz Top 7, que realizarán el concierto del día 27 de febrero de 2021, por la cantidad de tres mil seiscientos treinta euros (3.630,00 €), 21% IVA incluido.

– Contratar y abonar el caché más IVA a los integrantes del grupo Arturo Serra Quintet que realizará el concierto que tendrá lugar el día 13 de marzo de 2021, por la cantidad de tres mil veinticinco euros (3.025 €), 21% IVA incluido.

La estimación económica de la participación de la USAL se cuantifica en un máximo de sesenta y tres mil euros (63.000 €), IVA incluido, conforme a la siguiente distribución de anualidades:

2020: 3.000 euros.

2021: 60.000 euros.

Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se establece.

Cuarta. Precios y distribución de ingresos.

Ciclo Salamanca Barroca:

Precios de localidades sueltas:

Para los conciertos:

–Academia de Música Antigua de la USAL y Consort de Violas da Gamba, con Sara Ruiz, viola da gamba y dirección, del 1 de febrero de 2021.

–Academia de Música Antigua de la USAL, Concento de Bozes, con Carlos Mena, director, del 8 de marzo de 2021.

–Academia de Música Antigua de la USAL, Coro de Cámara, con Víctor Sordo, tenor y Bernardo García Bernalt, director, del 3 de mayo de 2021.

–Orquesta Barroca de la Universidad de Salamanca con Pedro Gandía Martín, violín y dirección, del 13 de junio de 2021.

Público general: 8 €.

Estudiantes y Comunidad Universitaria: 6 €.

Para los conciertos:

– Accademia del Piacere, con Fahmi Alqhai, viola da gamba y dirección, del 23 de noviembre de 2020.

– Andoni Mercero, violín y Alfonso Sebastián, clave, del 9 de diciembre de 2020.

– Tiento Nuovo, con Nuria Rial, soprano, Mauricio Steger, flautas de pico e Ignaco Prego, clave y dirección, del 24 de febrero de 2021.

– Los Músicos de su alteza, con Olalla Alemán, soprano, Luis Antonio González, clave, órgano y dirección, del 22 de marzo de 2021.

– Pierre Hantaï, clave, del 21 de mayo de 2021.

Público general: 12 €.

Estudiantes y Comunidad Universitaria: 10 €.

Para el concierto extraordinario:

– Los Afectos Diversos, bajo la dirección de Nacho Rodríguez del 14 de abril de 2021.

Público general: 15 €.

Estudiantes y Comunidad Universitaria: 12 €.

Ciclo Salamanca Jazz:

a) Abonos 2020/2021:

Público general: 38 €.

Estudiantes y comunidad universitaria: 30 €.

b) Precios de localidades sueltas:

Público general: 12 €.

Estudiantes y Comunidad Universitaria: 10 €.

Los ingresos netos obtenidos con la organización de los conciertos (descontado el IVA, derechos de autor, comisión por gestión de venta de entradas, cualquier otro gasto que sea compartible u otro impuesto que pudiera determinar la legislación) revertirán en un 50 % en el CNDM y serán abonados, tras presentar la liquidación correspondiente, en la cuenta del INAEM n.º IBAN ES59 0182 2370 40 0200201218.

El 50% restante se destinará a la USAL.

Quinta. Promoción y difusión.

Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de las actividades.

En toda la promoción y difusión de las actividades que son objeto del presente convenio habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de incluir los mismos.

El material de difusión que generen las actividades descritas en la cláusula segunda deberá ser sometido a revisión previa y autorización expresa del CNDM. A tal efecto, y con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Comunicación del CNDM las pruebas de los referidos materiales.

Sexta. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.

Se establece una Comisión de Seguimiento a la que le corresponde el control de las actividades que deben desarrollarse en ejecución del presente convenio así como resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, que estará integrada por el Director del CNDM o persona en quien delegue y por la USAL, el Director de los coros y la Academia de Música Antigua de la Universidad de Salamanca o persona en quien delegue.

Séptima. Coordinación en materia de prevención de riesgos laborales.

La USAL certifica que cumple con los requisitos que impone la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa relacionada vigente. Por ello asume el compromiso de comunicar al INAEM, los riesgos que su trabajo en las dependencias de los espacios escénico en que se desarrollarán las actividades señaladas en la cláusula segunda pueda generar, así como las medidas preventivas que deben adoptarse para evitarlos o controlarlos, según el RD 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.

Octava. Régimen de modificación y plazo de vigencia.

El presente convenio se perfecciona en la fecha en la que firme el último de los signatarios y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2021, incluido.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

La modificación de los términos del presente convenio y/o la prórroga de su vigencia requerirán el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la prórroga del convenio podrá acordarse por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

Novena. Extinción y consecuencias en caso de incumplimiento.

El presente convenio podrá extinguirse por cumplimiento o por resolución.

Serán causas de resolución las previstas en la legislación vigente y, en particular:

a) El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado prórroga.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones contraídas en virtud del presente convenio, las posibles indemnizaciones se regirán por lo establecido en la normativa que resulte de aplicación.

d) La decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

En caso de resolución anticipada, las actuaciones previstas en la cláusula segunda que se encontraran en curso de ejecución, deberán ser finalizadas en el plazo improrrogable que fijen las partes en el momento de la resolución, y los ingresos distribuidos de acuerdo con lo señalado en la cláusula cuarta, en los términos establecidos en el artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las partes quedan liberadas del cumplimiento de sus recíprocas obligaciones en caso fortuito o de fuerza mayor. Se entenderá, en todo caso, como supuesto de fuerza mayor, sucesos como incendios, inundaciones, guerras, actos vandálicos o de terrorismo, prohibición de las actividades por parte de la autoridad competente y, en general, todas aquellas que no se pudieran evitar. La parte que alegue la fuerza mayor deberá justificarla convenientemente.

Décima. Régimen jurídico.

El presente Convenio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 47.1.

Undécima. Colaboración entre las partes.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.

Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio.

Duodécima. Interpretación y resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Decimotercera. Información al Ciudadano.

En aplicación de lo dispuesto la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno, este convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia.

Decimocuarta. Protección de datos de carácter personal.

En aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos de carácter personal que figuran en este convenio serán tratados por el INAEM e incorporados a la actividad de tratamiento «Actividad de colaboración», cuya finalidad es la tramitación y gestión de los convenios y protocolos generales de actuación de los que es parte el INAEM, finalidad basada en el interés público del Convenio o Protocolo y en su ejecución.

Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno.

Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio documental español.

Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante el INAEM en Plaza del Rey, 1, 28004, Madrid o a través de la sede electrónica www.culturaydeporte.gob.es.

Decimoquinta. Competencias.

Este convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio, por triplicado y a un solo efecto.–En representación del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, la Directora General, Amaya de Miguel Toral.–En representación de la Universidad de Salamanca, la Vicerrectora de Ciencias de la Salud, Gestión de la Calidad y Política Académica, Purificación Galindo Villardón.

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