La Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, por la que se establece un plan de gestión para los buques censados en el Caladero Nacional Cantábrico Noroeste, determina en su anexo V la distribución de cuota de especies para el caladero Cantábrico y Noroeste.
La Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, determina en su anexo III la distribución de cuota de especies para dicho caladero.
La Orden AAA/1505/2014, de 31 de julio, por la que se regula la pesquería de arrastre de fondo en aguas de la subzona IX del CIEM sometidas a jurisdicción de Portugal, determina en su anexo II la distribución de cuota de especies para buques de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal.
Las cantidades que aparecen en el anexo I son las correspondientes a las cuotas repartidas y asignadas inicialmente a España en el Consejo de Ministros de la UE de 17 de diciembre de 2019, por lo que se trata de cifras provisionales hasta la publicación oficial del Reglamento(UE) del Consejo de 2020 por el que se establecen, para 2020, las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión y se modifica el Reglamento (UE) 2019/124 del Consejo.
Para el reparto de la cuota de cigala IXa se han tenido en cuenta las limitaciones previstas para las distintas unidades funcionales en el citado reglamento ya acordado aunque pendiente de publicación.
Por otro lado, la cuota de cigala VIIIc asignada a España está destinada a la evaluación de la situación biológica de este stock por medio de campañas de seguimiento de índices de abundancia de cigala en la unidad funcional 25 (2.000 kg) y en la unidad funcional 31 (700 kg).
En base a todo lo anterior, la Secretaria General de Pesca, una vez oído el sector afectado, resuelve:
Publicar como anexo a esta Resolución las cuotas iniciales provisionales disponibles para cada una de las especies y modalidades que faenan en los caladeros nacionales del Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz y buques de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal; según se detallan en el mismo.
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Esta Resolución produce efectos para toda la campaña de pesca 2020, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.
Madrid, 24 de enero de 2020.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.
Modalidad | Gestión | Merluza | Caballa(1) | Jurel 8C | Jurel 9A(3) | Bacaladilla | Gallo | Rape | Cigala 8C | Cigala 9A(2) |
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ARRASTRE DE FONDO CNW. | ANUAL. | 2.738.400 | 8.273.827 | 4.206.300 | 11.287.472 | 32.844.843 | 1.722.543 | 1.441.790 | 2.700 | 5.820 |
CERCO CNW. | ANUAL. | 0 | 9.872.014 | 5.307.950 | 15.807.903 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
OTROS ARTES DISTINTOS DE ARRASTRE Y CERCO. | ANUAL MAC Y JAX. TRIMESTRAL EL RESTO. | 0 | 10.644.860 | 500.750 | 1.750.722 | 612.282 | 88.934 | 858.368 | 0 | 0 |
PALANGRE DE FONDO CNW. | ANUAL HKE. | 514.080 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
VOLANTA CNW. | ANUAL HKE. | 1.039.920 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
PINCHO-CAÑA. | TRIMESTRAL. | 56.000 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
RASCO CNW. | TRIMESTRAL. | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 712.177 | 0 | 0 |
ARTES MENORES CNW. | TRIMESTRAL. | 744.800 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
ARRASTRE PORTUGAL. | ANUAL. | 157.360 | 0 | 0 | 69.545 | 415.349 | 250.731 | 254.828 | 0 | 30.393 |
NEAFC. | ANUAL . | 0 | 145.820 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
GOLFO DE CÁDIZ. | TRIMESTRAL MENOS NEP 9 QUE ES ANUAL. | 349.440 | 227.479 | 0 | 1.321.356 | 1.933.524 | 80.791 | 85.836 | 0 | 60.786 |
TOTAL. | 5.600.000 | 29.164.000 | 10.015.000 | 30.236.998 | 35.805.998 | 2.142.999 | 3.352.999 | 2.700 | 96.999 |
Cantidades expresadas en kg:
(1) Caballa: ya descontada multa por sobre pesca de 2009 (5.544.000 kg).
(2) Cigala 9A: se han tenido en cuenta las consideraciones sobre unidades funcionales.
(3) Reparto interno en el Golfo de Cádiz:
– Arrastre fondo: 489.562 kg.
– Cerco: 765.725 kg.
– Artes menores: 66.067 kg.
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