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Documento BOE-A-2020-4109

Orden ETD/289/2020, de 25 de marzo, por la que se publican los resultados de emisión y se completan las características de las Obligaciones del Estado a siete años que se emiten en el mes de marzo de 2020 mediante el procedimiento de sindicación.

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 26 de marzo de 2020, páginas 27196 a 27196 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2020-4109

TEXTO ORIGINAL

La Orden ETD/282/2020, de 24 de marzo, ha dispuesto la emisión, mediante el procedimiento de sindicación, del primer tramo de una nueva referencia de Obligaciones del Estado a siete años denominadas en euros y ha fijado sus características esenciales, estableciendo que la fecha de emisión, el tipo de interés nominal anual y el precio de suscripción de los valores se determinarían por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, previa consulta con las entidades integrantes del sindicato adjudicatario de la emisión.

Finalizado el periodo de suscripción para este primer tramo y fijadas las características esenciales de la emisión, es necesario proceder a la preceptiva publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dichas características y del resultado de la emisión.

En consecuencia, conforme se prevé en la citada Orden ETD/282/2020, de 24 de marzo, dispongo que:

1. La emisión del primer tramo de Obligaciones del Estado a siete años denominadas en euros, dispuesta por la Orden ETD/282 /2020, de 24 de marzo, tendrá las características establecidas en dicha Orden y las que se determinan a continuación:

a) Fecha de emisión: 31 de marzo de 2020.

b) Tipo nominal de interés anual: 0,80 por 100.

c) Importe nominal adjudicado: 10.000 millones de euros.

d) Precio de suscripción: 99,703 por 100 del importe nominal.

e) Rendimiento interno equivalente: 0,842 por 100.

2. De acuerdo con lo previsto en el apartado 3.c) de la Orden ETD/282/2020, de 24 de marzo, el primer cupón de esta emisión, a pagar el 30 de julio de 2020, será por un importe bruto del 0,264481 por 100, expresado en tanto por ciento del saldo nominal.

3. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 5.2 de la Orden ETD/9/2020, de 16 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2020 y enero de 2021, a fin de llevar a cabo la emisión, el titular de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional podrá formalizar con la entidad o entidades seleccionadas o adjudicatarias los convenios y contratos pertinentes, en los que se podrán acordar comisiones de administración, suscripción y colocación. En este sentido, las comisiones acordadas de administración, suscripción y colocación serán del 0,175 por 100 del importe nominal adjudicado.

4. Antes de las quince horas del día 30 de marzo de 2020, el sindicato adjudicatario de la emisión comunicará a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional y al Banco de España la distribución por entidades del nominal suscrito, a efectos del correspondiente ingreso en la cuenta del Tesoro Público en el Banco de España y del registro de las anotaciones de la Deuda que se emita en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal.

Madrid, 25 de marzo de 2020.–La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario General del Tesoro y Financiación Internacional; P.S. (Orden ETD/9/2020, de 16 de enero), el Director General del Tesoro y Política Financiera, Pablo de Ramón-Laca Clausen.

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