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Documento BOE-A-2020-5392

Resolución de 14 de mayo de 2020, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el calendario de los productos de dos de las modalidades de lotería de las que es titular la Organización Nacional de Ciegos Españoles, para el segundo trimestre del año 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 28 de mayo de 2020, páginas 35246 a 35252 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2020-5392

TEXTO ORIGINAL

El Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la ONCE en materia de cooperación, solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la ONCE para el período 2012-2021, aprobado por el Consejo de Ministros con fecha 18 de noviembre de 2011, modificado por las revisiones parciales del Acuerdo aprobadas por el Consejo de Ministros el 25 de octubre de 2013, el 1 de agosto de 2014, el 10 de julio de 2015 y el 18 de diciembre de 2015, determina, entre otras materias, las condiciones de todas las modalidades de lotería de las que es titular la ONCE, ordenando a su vez la publicación del calendario de modalidades y productos de lotería de la Organización en el «Boletín Oficial del Estado», como garantía de los consumidores, previa verificación por el Consejo de Protectorado de la ONCE de que la propuesta de la misma sobre dicho calendario se ajusta a lo dispuesto en el referido Acuerdo General y a los procedimientos y criterios de control aprobados por el Consejo de Protectorado de la ONCE el 26 de abril de 2016 y el 17 de diciembre de 2018.

Por otra parte, el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, modificado por el Real Decreto 1706/2011, de 18 de noviembre, y por el Real Decreto 1152/2015, de 18 de diciembre, autorizó a la ONCE la explotación de una lotería instantánea o presorteada. A dicha modalidad le son de aplicación los Procedimientos y criterios de control de la Lotería Instantánea de la ONCE aprobados por el Consejo de Protectorado de la ONCE en su reunión de 17 de diciembre de 2018.

Como consecuencia de la Declaración por el Gobierno de la Nación del Estado de Alarma el día 14 de marzo, mediante Real Decreto 463/2020, prorrogado posteriormente por los Reales Decretos 476/2020, de 27 de marzo, 487/2020, de 10 de abril, y 492/2020, de 24 de abril, y con período indefinido, la ONCE ha adoptado varias medidas en relación con sus productos de lotería, todas ellas ya comunicadas al Consejo de Protectorado:

– El cese desde el domingo 15 de marzo, incluido, de la venta presencial de todos los productos de las tres modalidades de lotería, por parte de los agentes vendedores del canal principal y de los puntos de venta del canal físico complementario.

– La cancelación, desde el lunes 16 de marzo, incluido, de todos los sorteos de los productos periódicos de la modalidad de lotería «Cupón de la ONCE» y de todos los productos de la modalidad de «Juego Activo de la ONCE», con excepción del producto Eurojackpot.

Por tanto, en el segundo trimestre de 2020, mientras dure el Estado de Alarma, y hasta que la ONCE apruebe retomar sus actividades, únicamente se comercializan los siguientes productos:

– Productos de Lotería instantánea en soporte electrónico, adquiridos en Internet.

– Producto de juego activo «Eurojackpot», adquirido exclusivamente en Internet.

Por todo lo anterior, la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado, en reunión ordinaria de 4 de mayo de 2020, ha verificado que la propuesta de la ONCE relativa al calendario de los productos de dos de las modalidades de lotería de las que es titular esta Organización para el segundo trimestre de 2020 se ajusta a los términos de la regulación aplicable.

En consecuencia, procede dar publicidad al citado calendario, que corresponde a los meses de abril, mayo y junio de 2020.

A. Características de los productos de la modalidad de lotería denominada «Juego activo de la ONCE» que se comercializarán durante el segundo trimestre de 2020.

1. Sorteos del producto de juego activo comercializado con otros operadores de juego habilitados para operar en terceros países denominado «Eurojackpot».

1.1 En el producto de juego activo «Eurojackpot» el sorteo y el programa de premios es común para todos los operadores de los diferentes países que participan en el mismo.

1.2 En este producto se destina a premios el cincuenta por ciento (50%) de la recaudación habida en cada sorteo en el conjunto de operadores.

1.3 El importe unitario de cada una de las doce categorías de premios, se calculará por los Centros de Control del producto común «Eurojackpot» contemplados en el apartado 12.º del apéndice tercero del Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Juego activo de la ONCE», conforme a las reglas contempladas en los apartados 7.º, 8.º, 9.º y 10.º del mencionado apéndice tercero vigente en cada momento.

1.4 El precio unitario de la apuesta será de dos euros (2€) por sorteo. En el caso de apuestas múltiples, el precio del boleto o de la compra a través de la Web oficial de la ONCE será de dos euros (2€) por cada una de las apuestas que contenga dicho boleto o extracto de compra formalizada por Internet.

B. Celebración de los sorteos del producto «Eurojackpot» durante el segundo trimestre de 2020.

Durante el segundo trimestre de 2020 los sorteos de «Eurojackpot» se celebrarán de acuerdo con lo siguiente:

– Periodicidad: se celebrarán todos los viernes.

– 13 sorteos en el segundo trimestre.

– Formato: presencial.

– Lugar de celebración; instalaciones del operador estatal finlandés Veikkaus OY, en la ciudad de Helsinki (Finlandia).

– Horario: entre las 20:00 y las 21:00 horas.

C. Productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería instantánea de boletos de la ONCE» comercializados durante el segundo trimestre de 2020.

De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento regulador de los productos de la modalidad de juego denominada «Lotería Instantánea de boletos de la ONCE», en el segundo trimestre de 2020 la ONCE comercializará los siguientes productos de lotería instantánea en soporte electrónico:

1. Productos con un precio por boleto de cincuenta céntimos de euro (0,50 €):

1.1 Productos «Con mecánica tres de nueve «a cincuenta céntimos de euro, clase 2, con el nombre «Premios de las Galaxias», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice tercero del Reglamento.

1.2 Productos «Con mecánica tres de nueve «a cincuenta céntimos de euro, clase 1, con el nombre «10.000 Diamantes», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice noveno del Reglamento.

1.3 Productos «Con mecánica 7 de la suerte «a cincuenta céntimos de euro, clase 4, con el nombre «Siete electrónico», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice cuadragésimo sexto del Reglamento.

1.4 Productos «Con mecánica tres de tres «a cincuenta céntimos de euro, clase 1, con el nombre «Triplex Express», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2018-05 del Reglamento.

1.5 Productos «Con mecánica reúne varias piezas iguales «a cincuenta céntimos de euro, clase 1, con el nombre «Piezas iguales 8», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2018-13 del Reglamento.

1.6 Productos «Con mecánica uno o varios símbolos ganadores en tres oportunidades» a cincuenta céntimos de euro, clase 1, con el nombre «Símbolos 1», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2019-08 del Reglamento.

1.7 Productos «Con mecánica símbolos ganadores tres de seis» a cincuenta céntimos de euro, clase 1, con el nombre «Símbolos 2», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2019-10 del Reglamento.

2. Productos con un precio por boleto de un euro (1 €):

2.1 Productos «Con mecánica tres de nueve» a un euro, clase 1, con el nombre «Triple diamante», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice primero del Reglamento.

2.2 Productos «Con mecánica reúne varias piezas iguales en seis oportunidades» a un euro, clase 1, con el nombre «Serpientes y escaleras», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice segundo del Reglamento.

2.3 Productos «Con mecánica tres de doce» a un euro, clase 1, con el nombre «Burbujas de la suerte», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice séptimo del Reglamento.

2.4 Productos «Con mecánica tres de nueve» a un euro, clase 2, con el nombre «Lucky Boxes», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice décimo del Reglamento.

2.5 Productos «Con mecánica siete y media «a un euro, clase 4, con el nombre «Siete y media plus», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice cuadragésimo séptimo del Reglamento.

2.6 Productos «Con mecánica cinco de cinco» a un euro, clase 1, con el nombre «RascaCupón», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2018-03 del Reglamento.

2.7 Productos «Con mecánica once de ochenta «a un euro, clase 1, con el nombre «SuperOnce Express», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2018-04 del Reglamento.

2.8 Productos «Con mecánica reúne varias piezas iguales« a un euro, clase 1, con el nombre «Piezas iguales 9», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2018-14 del Reglamento.

2.9 Hasta el 29 de abril, productos «Con mecánica tres en raya« a un euro, clase 4, con el nombre «3 en raya electrónico 2018», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2018-17 del Reglamento.

2.10 Hasta el 26 de mayo, productos «Con mecánica cartas« a un euro, clase 1, con el nombre «25 Cartas 1€», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2019-04 del Reglamento.

2.11 Productos «Con mecánica símbolos ganadores tres de seis» a un de euro, clase 1, con el nombre «Símbolos 3», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2019-11 del Reglamento.

2.12 Productos «Con mecánica encuentra tres símbolos iguales en seis oportunidades» a un euro, clase 2, con el nombre «Horóscopo electrónico 2020», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2020-04 del Reglamento.

2.13 Desde el 15 de abril, productos «Con mecánica tres importes iguales de entre tres y dieciocho» a un euro, clase 1, con el nombre «Importes Iguales 1», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2020-07 del Reglamento.

2.14 Desde el 27 de mayo, productos «Con mecánica uno o varios símbolos ganadores en 6 oportunidades» a un euro, clase 2, con el nombre «Rasca de verano electrónico 2020», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2020-11 del Reglamento.

2.15 Desde el 10 de junio, productos «Con mecánica cartas» a un euro, clase 2, con el nombre «25 Cartas 1€ 2020», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2020-12 del Reglamento.

3. Productos con un precio por boleto de dos euros (2 €):

3.1 Productos «Con mecánica uno o varios números ganadores de 2 sobre 6» a dos euros, clase 5, con el nombre «X10 Electrónico», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice vigésimo cuarto del Reglamento.

3.2 Productos «Con mecánica tres de nueve« a dos euros, clase 1, con el nombre «100.000 diamantes», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice trigésimo cuarto del Reglamento.

3.3 Productos «Con mecánica reúne un conjunto de piezas en seis oportunidades» a dos euros, clase 1, con el nombre «Monopoly electrónico», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice cuadragésimo del Reglamento.

3.4 Productos «Con dos áreas de juego y dos mecánicas« a dos euros, clase 5, con el nombre «Super 7 de la suerte electrónico», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice cuadragésimo noveno del Reglamento.

3.5 Productos «Con mecánica reúne varias piezas iguales« a dos euros, clase 1, con el nombre «Piezas iguales 10», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2018-16 del Reglamento.

3.6 Productos «Con mecánica crucigrama« a dos euros, clase 1, con el nombre «Crucigrama Bonus 2€», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2018-21 del Reglamento.

3.7 Productos «Con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8» a dos euros, clase 3, con el nombre «Win for life electrónico 2019», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2019-07 del Reglamento.

3.8 Productos «Con mecánica uno o varios símbolos ganadores en una oportunidad» a dos euros, clase 1, con el nombre «Símbolos 4», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2019-12 del Reglamento.

3.9 Productos «Con mecánica uno o varios números iguales de 5 sobre 15» a dos euros, clase 1, con el nombre «Números iguales 1», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2019-16 del Reglamento.

3.10 Productos «Con mecánica reúne varias piezas iguales, hasta en siete oportunidades» a dos euros, clase 1, con el nombre «Piezas iguales 15», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2020-02 del Reglamento.

3.11 Desde el 15 de abril, productos «Con mecánica tres importes iguales de entre tres y dieciocho» a dos euros, clase 1, con el nombre «Importes Iguales 2», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2020-08 del Reglamento.

3.12 Desde el 6 de mayo, productos «Con mecánica símbolos ganadores en una oportunidad» a dos euros, clase 1, con el nombre «Símbolos 9», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2020-09 del Reglamento.

4. Productos con un precio por boleto de tres euros (3 €):

4.1 Productos «Con cuatro áreas de juego y cuatro mecánicas» a tres euros, clase 1, con el nombre «Atrapa premios», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice decimoquinto del Reglamento.

4.2 Productos «Con mecánica reúne varias piezas iguales en cinco oportunidades« a tres euros, clase 1, con el nombre «Premios del Olimpo», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice quincuagésimo del Reglamento.

4.3 Hasta el 29 de abril, productos «Con mecánica reúne varias piezas iguales en cuatro oportunidades« a tres euros, clase 1, con el nombre «Pacman electrónico», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2018-09 del Reglamento.

4.4 Productos «Con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8« a tres euros, clase 4, con el nombre «Circulo de colores electrónico», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2018-15 del Reglamento.

4.5 Productos «Con mecánica reúne números iguales en 45 oportunidades« a tres euros, clase 1, con el nombre «Ringo 3€», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2018-19 del Reglamento.

4.6 Productos «Con mecánica crucigrama« a tres euros, clase 2, con el nombre «Crucigrama Bonus 3€», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2018-22 del Reglamento.

4.7 Hasta el 26 de mayo, productos «Con mecánica cartas« a tres euros, clase 1, con el nombre «25 Cartas 3€», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2019-05 del Reglamento.

4.8 Productos «Con mecánica uno o varios símbolos ganadores en una oportunidad» a tres euros, clase 1, con el nombre «Símbolos 5», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2019-13 del Reglamento.

4.9 Hasta el 23 de junio, productos «Con mecánica uno o varios símbolos ganadores en una oportunidad» a tres euros, clase 2, con el nombre «Símbolos 6», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2019-14 del Reglamento.

4.10 Productos «Con mecánica crucigrama» a tres euros, clase 3, con el nombre «Crucigrama Deluxe 3€», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2019-18 del Reglamento.

4.11 Productos «Con mecánica reúne un conjunto de piezas iguales en seis oportunidades» a tres euros, clase 1, con el nombre «Monopoly electrónico 3€», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2019-20 del Reglamento.

4.12 Productos «Con mecánica reúne varias piezas iguales, hasta en siete oportunidades» a tres euros, clase 1, con el nombre «Piezas iguales 16», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2020-03 del Reglamento.

4.13 Productos «Con mecánica uno o varios números iguales de cinco sobre quince» a tres euros, clase 1, con el nombre «Números iguales 2», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2020-06 del Reglamento.

5. Productos con un precio por boleto de cinco euros (5 €):

5.1 Productos «Con mecánica reúne varias piezas iguales en 5 oportunidades» a cinco euros, clase 2, con el nombre «Cash Towers», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice vigésimo primero del Reglamento.

5.2 Productos «Con mecánica reúne varias piezas iguales en ocho oportunidades» a cinco euros, clase 1, con el nombre «Colores ganadores», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice trigésimo segundo del Reglamento.

5.3 Productos «Con mecánica reúne números iguales en 45 oportunidades» a cinco euros, clase 1, con el nombre «Ringo», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice trigésimo séptimo del Reglamento.

5.4 Productos «Con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 13, con el nombre «X20 Electrónico», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice quincuagésimo primero del Reglamento.

5.5 Productos «Con mecánica reúne varias piezas iguales en cinco oportunidades» a cinco euros, clase 3, con el nombre «Piezas iguales 11», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2018-20 del Reglamento.

5.6 Productos «Con mecánica reúne varias piezas iguales» a cinco euros, clase 1, con el nombre «Piezas iguales 12», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2019-01 del Reglamento.

5.7 Hasta el 26 de mayo, productos «Con mecánica cartas« a cinco euros, clase 1, con el nombre «25 Cartas 5€», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2019-06 del Reglamento.

5.8 Hasta el 23 de junio, productos «Con mecánica uno o varios símbolos ganadores en una oportunidad» a cinco euros, clase 1, con el nombre «Símbolos 7», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2019-15 del Reglamento.

5.9 Productos «Con mecánica crucigrama» a cinco euros, clase 1, con el nombre «Crucigrama Deluxe 5€», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2019-19 del Reglamento.

5.10 Productos «Con mecánica reúne un conjunto de piezas iguales en seis oportunidades» a cinco euros, clase 1, con el nombre «Monopoly electrónico 5€», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2019-21 del Reglamento.

5.11 Productos «Con dos áreas de juego y dos mecánicas» a cinco euros, clase 7, con el nombre «Millonario electrónico 2020», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2020-01 del Reglamento.

5.12 Desde el 6 de mayo, productos «Con mecánica símbolos ganadores en una oportunidad» a cinco euros, clase 1, con el nombre «Símbolos 10», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2020-10 del Reglamento.

6. Productos con un precio por boleto de diez euros (10 €):

6.1 Productos «Con cuatro áreas de juego y dos mecánicas» a diez euros, clase 2, con el nombre «Mega Millonario electrónico», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2018-02 del Reglamento.

6.2 Productos «Con mecánica reúne varias piezas iguales en siete oportunidades» a diez euros, clase 1, con el nombre «Súper colores ganadores», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2018-06 del Reglamento.

D. Vigencia de la Resolución relativa al calendario de las modalidades y productos de lotería autorizados a la ONCE para el segundo trimestre de 2020:

Esta Resolución tendrá vigencia durante los meses de abril, mayo y junio de 2020.

E. Reglamentos Reguladores.

1. Los sorteos de los productos de la modalidad de lotería denominada «Juego activo de la ONCE» se regirán por la presente Resolución y por el Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Juego Activo de la ONCE» aprobado por el Consejo General de la ONCE el 17 de octubre de 2018 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 11 de diciembre de 2018, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales de 13 de noviembre de 2018; modificados por los siguientes acuerdos:

– Acuerdo del Consejo General de la ONCE 19 de febrero de 2020, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 25 de abril de 2020, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales de 31 de marzo de 2020.

2. Los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería instantánea de boletos de la ONCE» se regirán, además de por la presente Resolución, por el Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería instantánea de boletos de la ONCE» aprobado por el Consejo General de la ONCE el 18 de octubre de 2017 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 20 de diciembre de 2017, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 20 de noviembre de 2017, y por el Texto refundido de Apéndices de dicho reglamento aprobado por el Consejo General el 18 de septiembre de 2019 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 10 de octubre de 2019, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales de 30 de septiembre de 2019; modificados por los siguientes acuerdos:

– Acuerdo del Consejo General de la ONCE de 19 de septiembre de 2018 publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 19 de noviembre de 2018, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales de 15 de octubre de 2018.

– Acuerdos del Consejo General de la ONCE de 17 de octubre de 2018 publicados en el «Boletín Oficial del Estado» de 11 de diciembre de 2018, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales de 13 de noviembre de 2018.

– Acuerdo del Consejo General de la ONCE de 18 de septiembre de 2019, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 10 de octubre de 2019, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales de 30 de septiembre de 2019.

– Acuerdo del Consejo General de la ONCE de 23 de octubre de 2019, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 20 de noviembre de 2019, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales de 7 de noviembre de 2019

– Acuerdos del Consejo General de la ONCE de 20 de noviembre y 10 de diciembre de 2019, publicados en el «Boletín Oficial del Estado» el 17 de enero de 2020, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales de 26 de diciembre de 2019.

– Acuerdo del Consejo General de la ONCE de 22 de enero de 2020, publicado en el«Boletín Oficial del Estado» el 25 de febrero de 2020, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales de 11 de febrero de 2020.

– Acuerdo del Consejo General de la ONCE de 19 de febrero de 2020, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 25 de abril de 2020, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales de 31 de marzo de 2020.

– Acuerdo del Consejo General de la ONCE de 18 de marzo de 2020, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 25 de abril de 2020, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales de 7 de abril de 2020.

– Acuerdo del Consejo General de la ONCE de 22 de abril de 2020, verificado por la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado el 4 de mayo de 2020 y pendiente de publicar en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de mayo de 2020.–El Secretario de Estado de Derechos Sociales, Ignacio Álvarez Peralta.

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