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Documento BOE-A-2020-8887

Resolución de 25 de junio de 2020, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica la Adenda n.º 1 del Convenio de Delegación con la Unión Europea, en relación a la acción "Refuerzo Institucional en Mauritania para la Resiliencia Agrícola y Pastoral".

Publicado en:
«BOE» núm. 207, de 31 de julio de 2020, páginas 61036 a 61037 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2020-8887

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda n.º 1 del Convenio de Delegación entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y la Unión Europea en relación a la acción «Refuerzo Institucional en Mauritania para la Resiliencia Agrícola y Pastoral (RIMRAP)», FED/2015/372-165, cuyo texto figura como anexo a esta resolución.

Asimismo, se indica que la nueva versión de los anexos l (a y b) y III, modificados por la Adenda n.º 1 se encuentra disponible en la sede electrónica de la AECID (www.aecid.gob.es).

Madrid, 25 de junio de 2020.–El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.S. (Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre), la Directora de Cooperación con América Latina y el Caribe, Carmen Castiella Ruiz de Velasco.

ANEXO
Adenda n.º 1 al Convenio de Delegación FED/2015/372-165

La Unión Europea, representada por la Comisión Europea, en lo sucesivo, el «Órgano de Contratación», por una parte,

y

la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), institución pública, FEL: 600 000 53 02, Avda. de los Reyes Católicos, 4, 28040, Madrid (España), n.º de IVA: Q2812001B, en lo sucesivo, la «organización», por otra parte,

Han convenido en lo siguiente:

En virtud de la presente adenda, se sustituyen o completan las disposiciones que figuran a continuación del convenio de delegación FED/2015/372-165 relativo a la acción Refuerzo Institucional en Mauritania para la Resiliencia Agrícola y Pastoral (RIMRAP), celebrado entre el órgano de contratación y el coordinador el 24 de agosto de 2016 (en lo sucesivo, el «contrato»), con arreglo a lo siguiente:

Cláusula 3.1 de las Condiciones Particulares.

El coste total de la acción se estima en 2.025.000 euros. El órgano de contratación se compromete a aportar una contribución en nombre de la UE de hasta un máximo de 1.620.000 euros. El importe final se determinará de conformidad con las cláusulas 15 y 18 del anexo II.

ANEXO I
Descripción de la acción

Se adjunta a la presente adenda la nueva versión del «Anexo I: Descripción de la acción», que incluye el marco lógico del proyecto y la nota sucinta de presentación. Cabe destacar que se ha suprimido el resultado 2 en su conjunto y ciertas actividades de los resultados 1 y 3 (las actividades 1.2.2, 1.2.10, 1.2.12, 1.2.13, 3.1.4, 3.1.5, 3.1.6, 3.1.7 y 3.1.11).

ANEXO III
Presupuesto de la acción

Se adjunta a la presente adenda la nueva versión del «Anexo III: Presupuesto de la acción».

El resto de los términos del contrato se mantienen sin modificaciones. La presente adenda surtirá efecto a partir de la fecha en la que la firme la última de las partes1.

1 De acuerdo con la normativa española, este convenio será efectivo en España a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Hecho en francés en tres ejemplares originales (dos para la Comisión Europea y uno para la organización).

Firmado por la Organización2 el 29 de abril de 2020, el Coordinador General de la Oficina Técnica de Cooperación de la AECID en Mauritania, Juan José Lavín.–Firmado por el Órgano de Contratación, el 6 de marzo de 2020, el Jefe de Cooperación de la Delegación de la Unión Europea en Mauritania, Thierry Cozier.

2 La Organización, de conformidad con el mandato recibido, firma la presente adenda en nombre de todos los beneficiarios.

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