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Documento BOE-A-2021-101

Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con el Ayuntamiento de Barbadás, para la financiación y ejecución de las obras de saneamiento en el núcleo de Bentraces.

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 4 de enero de 2021, páginas 687 a 689 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2021-101

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la Adenda de modificación del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Barbadás para la financiación y ejecución de las obras de saneamiento en el núcleo de Bentraces, en el término municipal de Barbadás (Ourense), otorgada el 10 de diciembre de 2020, que se anexa a esta Resolución.

Ourense, 22 de diciembre de 2020.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO
Adenda de modificación del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Barbadás para la financiación y ejecución de las obras de saneamiento en el núcleo de Bentraces, en el término municipal de Barbadás (Ourense)

En Ourense, a 10 de diciembre de 2020.

REUNIDOS

Por una parte, José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de la Subsecretaria para la Transición Ecológica de fecha 31 de julio de 2018, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Y por otra parte, Xosé Carlos Valcárcel Doval, Alcalde del Ayuntamiento de Barbadás, nombrado por el Pleno de la Corporación el día 15 de junio de 2019, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia.

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la firma del presente documento, y a tal efecto

MANIFIESTAN

Primero.

Que en fecha 9 de diciembre de 2019 (BOE núm. 313, de 30 de diciembre de 2019), se otorgó el convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Barbadás para la financiación y ejecución de las obras de saneamiento en el núcleo de Bentraces, en el T.M. de Barbadás.

Segundo.

Que en el citado convenio se prevé que la ejecución de las actuaciones se desarrollará durante las anualidades 2019, 2020 y 2021 por unos importes de 10.000 €, 170.000 € y 10.000 € respectivamente.

Tercero.

Que, conforme a lo establecido en el apartado tercero de la Cláusula segunda del convenio, las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

Cuarto.

Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto del Convenio, esta Confederación Hidrográfica dispone de nuevos elementos de juicio a la hora de realizar una previsión de anualidades, por lo que procede modificar las aportaciones económicas, para la buena marcha y ejecución del Convenio.

Quinto.

Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la Adenda.

El objeto de esta adenda es modificar las anualidades inicialmente establecidas en el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y el Ayuntamiento de Barbadás para la financiación y ejecución de las obras de saneamiento en el núcleo de Bentraces, en el T.M. de Barbadás, sin modificar el importe total de la actuación ni los compromisos de financiación establecidos.

Segunda. Modificación del Anexo Anualidades previstas.

Se modifica el Anexo anualidades que queda establecido del siguiente modo:

Administración

2019

-

Euros

2020

-

Euros

2021

-

Euros

Total

-

Euros

CHMS, O.A.

7.000

0,00

126.000,00

133.000

AYUNTAMIENTO DE BARBADÁS.

3.000

0,00

54.000,00

57.000

TOTAL.

10.000

0,00

180.000

190.000

Tercera. Eficacia.

La presente adenda modificativa surtirá efectos tras la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previa inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y del apartado 2 de la Disposición adicional séptima de la citada Ley.

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman por triplicado el presente documento en el lugar y la fecha arriba indicados.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–El Alcalde del Ayuntamiento de Barbadás, Xosé Carlos Valcárcel Doval.

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