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Documento BOE-A-2021-10462

Resolución de 17 de junio de 2021, del Instituto Cervantes, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Fundación Real Instituto Elcano de Estudios Internacionales y Estratégicos.

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 23 de junio de 2021, páginas 75775 a 75776 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2021-10462

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Instituto Cervantes y la Fundación Real Instituto Elcano de Estudios Internacionales y Estratégicos suscrito el 16 de julio de 2020.

Madrid, 17 de junio de 2021.–La Secretaria General del Instituto Cervantes, Carmen Noguero Galilea

ADENDA DE MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA DEL CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO CERVANTES Y LA FUNDACIÓN REAL INSTITUTO ELCANO DE ESTUDIOS INTERNACIONALES Y ESTRATÉGICOS SUSCRITO EL 16 DE JULIO DE 2020

De una parte, don Luis Manuel García Montero, Director del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio (BOE de 21 de julio), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos de la presente adenda de modificación y prórroga en la calle Alcalá, 49, 28014 Madrid, con NIF Q-2812007 I.

Y de otra parte, don José Juan Ruiz, en su condición de presidente de su Patronato, cargo para el que fue nombrado en sesión de dicho órgano de fecha 2 de febrero de 2021, conforme a las facultades que tiene conferidas en virtud de escritura de poder otorgada ante el Notario de Madrid don José Ortiz Rodríguez en fecha 8 de marzo de 2021, obrando al número 813 de su protocolo, actúa en nombre y en representación de la Fundación Real Instituto Elcano de Estudios Internacionales y Estratégicos (en adelante, el «Real Instituto Elcano»), con domicilio social en Madrid, calle Príncipe de Vergara, 51, 28006, con NIF número G-83169532.

Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir la presente adenda de modificación y prórroga y, a tal efecto

EXPONEN

I. Que el Instituto Cervantes y el Real Instituto Elcano suscribieron, el 16 de julio de 2020, un Convenio con el objeto de establecer las condiciones de colaboración entre el Real Instituto Elcano y el Instituto Cervantes para llevar a cabo la investigación «La cultura de España en Asia: transformaciones, oportunidades y desafíos» del Real Instituto Elcano, en las fases que cubren a Japón y la República de Corea, que fue publicado en el BOE el 30 de julio de 2020 y con vigencia hasta el 30 junio de 2021.

II. Que en la cláusula segunda del Convenio, entre los compromisos y obligaciones de las partes, se establece que el Real Instituto Elcano deberá entregar el informe final correspondiente a Corea del Sur con fecha límite 30 de junio de 2021, coincidente con la de finalización prevista del Convenio.

III. Que el Real Instituto Elcano necesita ampliar el plazo de entrega del citado informe hasta el 30 de octubre de 2021 y el IC está de acuerdo.

IV. Que en la cláusula décima del citado Convenio se establece que las partes podrán modificar el Convenio en cualquier momento, de mutuo acuerdo y por escrito y que cualquier modificación del mismo deberá ser tramitada conforme a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la presente adenda de modificación y prórroga del citado Convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Mediante la presente adenda las partes modifican la fecha de entrega del informe final correspondiente a Corea del Sur, previsto en el párrafo cuarto de la cláusula segunda del convenio, in fine, que queda redactado como sigue:

«El informe final correspondiente a Corea del Sur deberá entregarse con fecha límite 30 de octubre de 2021.»

Segunda.

Se extiende hasta el 30 de octubre de 2021 la vigencia del resto de los compromisos y obligaciones asumidos en virtud del convenio firmado el 16 de julio de 2020, no modificados por esta adenda, lo que supone la modificación de los términos establecidos en el párrafo primero de la cláusula octava del Convenio, que queda redactado como sigue:

«El presente Convenio se perfecciona por el consentimiento de las partes, resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y su vigencia se extenderá desde esa fecha hasta el 30 de octubre de 2021. Asimismo, se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”.»

Tercera.

Los efectos de la adenda se extenderán desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarta.

Se mantienen los compromisos y obligaciones que las partes asumieron en el Convenio suscrito el 16 de julio de 2020, no modificados por la presente adenda de modificación y prórroga.

Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda de modificación y prórroga por duplicado ejemplar, en Madrid, en las fechas indicadas.–Por el Instituto Cervantes, Luis Manuel García Montero, Director. Firmado el 16 de junio de 2021.–Por la Fundación Real Instituto Elcano de Estudios Internacionales y Estratégicos, José Juan Ruiz, Presidente del Patronato. Firmado el 7 de junio de 2021.

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