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Documento BOE-A-2021-20132

Resolución de 25 de noviembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que, en ejecución de sentencia, se incluye a doña Begoña Redruello Trelles, en la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Científicos Titulares de los Organismos Públicos de Investigación, convocado por Resolución de 25 de noviembre de 2016.

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 6 de diciembre de 2021, páginas 150195 a 150198 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2021-20132

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de fecha 25 de noviembre de 2016, de la Subsecretaria de Economía, Industria y Competitividad se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Científicos Titulares de los Organismos Públicos de investigación. En el apartado 1.2, «Descripción del proceso selectivo», de las bases específicas de la resolución de convocatoria se establece que «… Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad, se acumularán a las de acceso general en los mismos Organismos a los que correspondan las plazas convocadas por este cupo». Por otra parte, el apartado 1,3 dispone que: «En el supuesto de que alguna de las plazas quedara desierta, el Organismo al que corresponda la misma, podrá proponer al órgano convocante que dicha plaza se destine a incrementar el número de las inicialmente previstas para perfil distinto perteneciente al mismo Organismo».

De acuerdo a lo que establecen los apartados citados, habiendo quedado desierta la plaza del cupo de reserva para personas con discapacidad adscrita al CSIC, éste propone al órgano convocante, con fecha 10 de enero de 2018, que, al no estar la citada plaza asignada a ninguna especialidad o perfil científico, ni encontrarse establecido criterio alguno de asignación en la convocatoria sobre su acumulación a las de acceso general, que se destinara a incrementar el número de las inicialmente previstas para el perfil científico «Recursos Naturales». El criterio de asignación, de la plaza del turno de discapacidad desierta, mantenido por el CSIC consiste en su otorgamiento a aquella especialidad o perfil científico que tuviera el valor más alto del resultado de dividir el número de aspirantes presentados al primer ejercicio entre el número de plazas asignadas. Aplicado este criterio de asignación el CSIC propuso al órgano convocante incrementar en una plaza del turno general el perfil científico «Recursos Naturales», convocado por el organismo.

Por Resolución de 30 de enero de 2018, de la Subsecretaría de Economía, Industria y Competitividad (BOE de 6 de febrero), se publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Científicos Titulares de los Organismos Públicos de investigación, convocado por Resolución 25 de noviembre de 2016. En su apartado segundo dispone: «De acuerdo a lo que establece la base específica 1.2 de la convocatoria, que dispone que las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán a las de acceso general en el mismo Organismo al que corresponda la plaza convocada por este cupo; al haber quedado desierta la plaza del cupo de reserva para personas con discapacidad, con destino en la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), y tras propuesta del organismo, se acumula dicha plaza a la de acceso general, incrementando el número inicial de plazas en la especialidad Recursos Naturales». Dentro del plazo concedido en el apartado sexto de la citada resolución, con fecha 5 de marzo de 2018, doña Begoña Redruello Trelles interpuso recurso de reposición contra la Resolución de 30 de enero de 2018, recurso que fue inicialmente desestimado de forma presunta por silencio administrativo y posteriormente desestimado de forma expresa por Resolución del Subsecretario de Ciencia, Innovación y Universidades de 20 de julio de 2018.

La desestimación del recurso administrativo fue objeto de recurso contencioso-administrativo, interpuesto por doña Begoña Redruello Trelles, que obtuvo una puntuación de 26,57 puntos en el perfil científico «Alimentos», convocado por el CSIC, cuya causa se dirimió ante la sala Única del Tribunal Superior de Justicia de Asturias con sede en Oviedo (Procedimiento ordinario 270/218), siendo parte demandada el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, órgano convocante del proceso selectivo, y parte codemandada doña Natalia Moreno Palmerola, aspirante que superó el proceso selectivo, tras la acumulación al turno general de la plaza desierta del cupo de reserva a personas con discapacidad en el perfil científico «Recursos Naturales», convocado por el CSIC, con una puntuación de 26,06.

La recurrente solicitó que «fueran anuladas y se dejasen sin efecto las resoluciones recurridas y, en consecuencia, se declarase el derecho a que se le tenga por superado el proceso selectivo y se le adjudique la plaza no cubierta en el cupo de reserva para personas con discapacidad, por ser la candidata que obtuvo la mejor puntuación en el proceso selectivo de entre todos los aspirantes evaluados para plaza en el CSIC, que no fueron seleccionados en las plazas inicialmente convocadas por turno general, condenando a la Administración a estar y pasar por tal declaración o, subsidiariamente, ordene la anulación del procedimiento con retroacción de las actuaciones al momento anterior a dictarse la resolución de 30 de enero de 2018, condenando a la Administración a acumular la plaza desierta del cupo de reserva para personas por discapacidad a las del proceso general en el CSIC sin asignación de especialidad‐perfil, seleccionando al candidato/a con mejor puntuación entre los diferentes perfiles científicos convocados, impulsando el procedimiento hasta su completa finalización».

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias dictó con fecha 22 de mayo de 2019 sentencia estimatoria del recurso interpuesto por doña María Begoña Redruello Trelles, frente a la Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, de 20 de julio de 2018, resolución que anula y se deja sin efecto y, en su lugar, acuerda que se proceda a acumular la plaza desierta reservada a personas con discapacidad a las de cupo general, sin asignación de especialidad, para su asignación a la aspirante que hubiera obtenido una mayor puntuación en el concurso.

La sentencia fue recurrida en casación por la codemandada, doña Natalia Moreno Palmerola, recurso que fue inadmitido a trámite mediante Auto dictado el 25 de marzo de 2021 por la sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

En consecuencia, una vez declarada la firmeza de la Sentencia de 22 de mayo de 2019 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, procede su cumplimiento en los términos que se señalan en la misma y como consecuencia, debe dictarse nueva resolución, para incluir entre los aspirantes que han superado el proceso selectivo a doña María Begoña Redruello Trelles, candidata que obtuvo la mejor puntuación en el concurso, de entre todos los candidatos evaluados no seleccionados en las plazas inicialmente convocadas por el turno general en los perfiles científicos convocados por el CSIC en el proceso selectivo y a la que corresponde la adjudicación de la plaza desierta por el turno de discapacidad.

En vista de lo expuesto, esta Subsecretaría ha dispuesto:

Primero.

Declarar a doña Begoña Redruello Trelles, con DNI número ****9748*, en ejecución de la sentencia de 22 de mayo de 2019 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, como adjudicataria, en el cupo general, de la plaza desierta reservada a personas con discapacidad, asignada a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), en el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Científicos Titulares de los Organismos Públicos de investigación, convocado por Resolución de 25 de noviembre de 2016, al ser la aspirante que, sin haber superado el proceso selectivo en el cupo general, ha obtenido la mayor puntuación entre todos los aspirantes sin plaza en dicho cupo, con 26,57 puntos, en las especialidades convocadas por el organismo en el citado proceso selectivo.

Segundo.

En el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», la aspirante que ha superado el proceso selectivo doña Begoña Redruello Trelles, con DNI número ****9748*, deberá presentar en el Registro General del Organismo al que corresponde en la especialidad por la que ha superado el proceso selectivo: en el del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) (c/ Serrano, 117, 28006 Madrid); en el del Ministerio de Ciencia e Innovación (Paseo de la Castellana, 162, 28071. Madrid), o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidos a la Subsecretaría de Ciencia e Innovación, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o pasaporte.

b) Fotocopia compulsada del Título de Doctor. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo II. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado español a la que se refiere el párrafo anterior, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública, según el modelo que figura en el anexo III.

d) Los aspirantes extranjeros que no residan en España deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de participación.

e) Los aspirantes que hayan accedido por el cupo de reserva de discapacitados con grado de discapacidad igual o mayor al 33 por ciento, deberán acreditar tal condición mediante certificación de los órganos competentes del Ministerio de Sanidad o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Tercero.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieran, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Cuarto.

Quienes, dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditada, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos señalados en el apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE de 22 de julio), por la que se establecen las bases comunes que rigen los procesos selectivos para el ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, no podrán ser nombrados funcionarios en la Escala de Científicos titulares de los Organismos Públicos de Investigación y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

Quinto.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar asimismo desde el día siguiente al de su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones de los Tribunales, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 25 de noviembre de 2021.–El Subsecretario de Ciencia e Innovación, Pablo Martín González.

ANEXO II

Don/Doña ............................................................................................................ con domicilio en ................................................................................................................. y documento nacional de identidad número.........................................declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado/a funcionario/a de carrera de la Escala de Científicos Titulares de los Organismos Públicos de Investigación, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

En ................................................ a.................. de .............................. de 20......

ANEXO III

Don/Doña ................................................................................................................ con domicilio en ................................................................................................................. y documento nacional de identidad número ............................................. declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado/a funcionario/a de carrera de la Escala de Científicos Titulares de los Organismos Públicos de Investigación, que no está sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en ......................................... (nombre del país) el acceso a la función pública.

En ................................................ a.................. de .............................. de 20......

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