Está Vd. en

Documento BOE-A-2021-21001

Resolución de 14 de diciembre de 2021, del Instituto de las Mujeres, por la que se publica la V Adenda de prórroga del Convenio con Nuevo Microbank, SAU, para realizar actuaciones de promoción y apoyo a las mujeres emprendedoras y empresarias enmarcadas en el desarrollo del programa de microcréditos.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 20 de diciembre de 2021, páginas 155925 a 155927 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Igualdad
Referencia:
BOE-A-2021-21001

TEXTO ORIGINAL

El Instituto de las Mujeres y Nuevo Microbank, SAU, han suscrito, con fecha 7 de diciembre 2021, la V Adenda para la prórroga al Convenio entre el Instituto de las Mujeres y Nuevo MicroBank, SAU, con vigencia hasta 31 de diciembre de 2022, para realizar actuaciones de promoción y apoyo a las mujeres emprendedoras y empresarias enmarcadas en el desarrollo del programa de microcréditos, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda al convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 14 de diciembre de 2021.–La Directora del Instituto de las Mujeres, María Antonia Morillas.

ANEXO
Quinta Adenda al Convenio entre el Instituto de las Mujeres y Nuevo Microbank, SAU, para realizar actuaciones de promoción y apoyo a las mujeres emprendedoras y empresarias enmarcadas en el desarrollo del programa de microcréditos publicado en el BOE de 15 de julio 2020, por la que se acuerda la prórroga de su vigencia al año 2022

En Madrid.

REUNIDOS

De una parte, doña María Antonia Morillas González, Directora del Instituto de las Mujeres (Real Decreto 322/2021, de 4 de mayo), Organismo Autónomo de los previstos en la sección 2.ª del capítulo III, del título II, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Igualdad, con domicilio en Madrid, calle Condesa de Venadito, 34, con CIF Q2828016B, actuando en nombre y representación del citado organismo público en virtud de las atribuciones que le otorga el artículo 7 del Real Decreto 774/1997, de 30 de mayo, por el que se establece la nueva regulación del Instituto de las Mujeres.

De otra, doña Cristina González Viu, en calidad de Directora General de Nuevo Microbank, SAU (en adelante, MicroBank), domiciliada en Madrid, calle Aduana, 18, con el número de Identificación Fiscal A65619421, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 31.008, folio 46, sección 8.ª, hoja M-558139 con poder otorgado en escritura autorizada ante el notario de Barcelona don Enrique Viola Tarragona, el día 8 de mayo de 2020, correspondiendo al número 1.448 de su protocolo.

Ambas partes, con las representaciones que tienen asignadas y reconociéndose con plena capacidad para actuar y, en especial, para firmar esta Adenda al Convenio entre el Instituto de las Mujeres y Microbank

EXPONEN

Primero.

Que el Instituto de las Mujeres y MicroBank han suscrito un Convenio publicado en el BOE de 15 de julio de 2020, para realizar actuaciones de promoción y apoyo a las mujeres emprendedoras y empresarias.

Segundo.

Que en el párrafo primero de cláusula undécima del convenio se establece que el presente convenio surtirá efecto a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», previa inscripción del mismo en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.

Tercero.

Que, de acuerdo con la cláusula undécima del citado convenio, el mismo podrá prorrogarse anualmente, de forma expresa entre las partes y en cualquier momento, antes de la finalización de su vigencia, por un periodo de doce (12) meses. La duración máxima del convenio, incluidas sus prórrogas, no podrá ser superior a cuatro (4) años.

Cuarto.

Las partes, antes de la finalización de la vigencia del Convenio suscrito, acordaron en adenda (BOE de 31 de diciembre de 2020) prorrogar para el año 2021 la vigencia del convenio entre el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades y Microbank, y así se establece en la cláusula primera:

«El Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades y Nuevo MicroBank, SAU, acuerdan prorrogar la vigencia del convenio para realizar actuaciones de promoción y apoyo a las mujeres emprendedoras y empresarias enmarcadas en el desarrollo del programa de microcréditos publicado en el BOE de 15 de julio de 2020 por un periodo de doce (12) meses, ratificando en todos sus términos su objeto y todo su contenido obligacional, y de acuerdo en lo expresado en todas sus cláusulas.

En virtud de la prórroga pactada, el Convenio mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, sin perjuicio de las prórrogas que pudieran acordarse».

Esta prórroga no incluye la línea de financiación, de hasta cuatro millones de euros, denominada Microcrédito Negocios Microbank FEI-COVID19 Convenios Entidades contemplada en la Adenda de 20 de octubre de 2020, por haberse pactado en la citada adenda que dicha línea no era susceptible de prórroga.

Quinto.

Las partes, antes de la finalización de la vigencia de la primera prórroga del Convenio, acuerdan unánimemente una segunda prórroga por un periodo de doce (12) meses teniendo en cuenta la situación económica actual.

Sexto.

Esta segunda prórroga se realiza conforme al artículo 49, letra h), segundo párrafo, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

Por lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda para prorrogar el Convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga para el año 2022.

El Instituto de las Mujeres y MicroBank acuerdan prorrogar por segunda vez la vigencia del Convenio para realizar actuaciones de promoción y apoyo a las mujeres emprendedoras y empresarias enmarcadas en el desarrollo del programa de microcréditos, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 15 de julio de 2020, por un periodo de doce (12) meses, ratificando en todos sus términos su objeto y todo su contenido obligacional, y de acuerdo en lo expresado en todas sus cláusulas.

Segunda. Vigencia.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, esta Adenda surtirá efecto a partir de su inscripción en el Registro electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización y asimismo será publicada en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización.

En virtud de la prórroga pactada, el Convenio mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de las prórrogas que pudieran acordarse.

Esta prórroga no incluye la línea de financiación, de cuatro millones de euros disponibles, cuya finalidad es atender necesidades de circulante derivadas de la COVID-19, recogida en la IV Adenda publicada en el BOE el 29 de septiembre de 2021, por haberse pactado en la citada adenda que dicha línea no era susceptible de prórroga.

Y en prueba de conformidad, suscriben la presente adenda de prórroga del Convenio.–La Directora General del Instituto de las Mujeres, Cristina González Viu.–La Directora del Instituto Microbank, SAU, María Antonia Morillas González.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid