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Documento BOE-A-2021-4214

Resolución de 9 de marzo de 2021, del Instituto Cervantes, por la que se publica la Adenda de modificación y extensión del Convenio con la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 2021, páginas 30864 a 30865 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2021-4214

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda de modificación y extensión del convenio entre el Instituto Cervantes y la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta suscrito el 29 de octubre de 2020.

Madrid, 9 de marzo de 2021.–La Secretaria General del Instituto Cervantes, Carmen Noguero Galilea.

ADENDA DE MODIFICACIÓN Y EXTENSIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO CERVANTES Y LA FUNDACIÓN PREMIO CONVIVENCIA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA SUSCRITO EL 29 DE OCTUBRE DE 2020

De una parte, don Luis Manuel García Montero, Director del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio (BOE de 21 de julio), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos de la presente adenda de modificación y prórroga en la calle Alcalá 49, 28014, Madrid, con NIF Q-2812007 I.

Y de otra parte, don Carlos Rontomé Romero, Consejero de Educación y Cultura de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en virtud de su nombramiento por Decreto de 21 de junio de 2019, de la Presidencia de la Ciudad de Ceuta, y Presidente de la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta, cargo para el que fue nombrado por acuerdo del Patronato de dicha Fundación, en su sesión de 18 de julio de 2019, que fue elevado a público mediante la escritura otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Andalucía don Francisco Javier Balsera Ruiz, el 16 de octubre de 2019, con el número 2751 de su protocolo, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de sus Estatutos, actúa en nombre y en representación de la citada Fundación, con domicilio a los efectos de la presente adenda en Paseo del Revellín, 30-3.ª, 51001, de Ceuta, y con NIF G-51000024.

Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir la presente adenda de modificación y prórroga y, a tal efecto

EXPONEN

I. Que el Instituto Cervantes (en adelante el IC) y la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta (en adelante, la Fundación) suscribieron, el 29 de octubre de 2020, un convenio con el objeto de establecer las condiciones para que la Fundación colaborase en la financiación del programa de actividades culturales del IC en Tetuán, Marruecos, con efectos desde su publicación en el BOE el 13 de noviembre de 2020.

II. Que, debido a las condiciones derivadas de la declaración de pandemia internacional de la COVID-19 por la Organización Mundial de la Salud, no ha podido verse satisfecho el objeto del citado convenio, al verse impedido el IC en este tiempo de realizar las actividades previstas para la ciudad de Tetuán.

III. Que, dado lo anterior, ambas partes desean que la extensión de la aportación efectuada por la Fundación pueda cubrir las actividades que realice el IC en Tetuán hasta el final del año 2021, en los mismos términos del convenio de referencia.

IV. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente adenda ha sido informada favorablemente por el servicio jurídico del Instituto Cervantes.

V. Que la presente adenda ha sido objeto de la autorización prevista en el artículo 50.2 c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la presente adenda de modificación y extensión del citado convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Mediante la presente adenda las partes prorrogan en todos sus términos el convenio suscrito el 29 de octubre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021, lo que supone la modificación de los términos establecidos en el párrafo primero de la cláusula séptima del convenio, que queda redactado como sigue:

«El presente convenio queda perfeccionado desde la fecha de la firma del último de los signatarios y su vigencia se extenderá desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, hasta el cumplimiento efectivo de las obligaciones asumidas por las partes en virtud del mismo finalizando, en todo caso, el 31 de diciembre de 2021.»

Segunda.

La presente adenda de modificación y extensión surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización.

Asimismo, será publicada en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercera.

Se mantienen vigentes el resto de compromisos y obligaciones que las partes asumieron en el convenio suscrito el 29 de octubre de 2020, no modificados por el presente acuerdo de modificación y prórroga.

Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda de prórroga, en las fechas indicadas.–Por el Instituto Cervantes, Luis García Montero, Director, 5 de marzo de 2021.–Por la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta, Carlos Rontomé Romero, Presidente, 5 de marzo de 2021.

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