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Documento BOE-A-2021-9310

Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 4 de junio de 2021, páginas 68271 a 68292 (22 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2021-9310

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de 6 de noviembre de 2020 de la Universidad de Zaragoza («Boletín Oficial de Aragón» número 232 de 23 de noviembre de 2020) y en la Resolución de 17 de diciembre de 2020 de la Universidad de Zaragoza («Boletín Oficial de Aragón» número 257, de 30 de diciembre de 2020) por las que se anuncian ofertas parciales de empleo público de personal docente e investigador para plazas de funcionarios del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad para 2020, en la orden de 16 de octubre de 2020 y en la orden de 15 de diciembre de 2020 de la Consejería de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, del Gobierno de Aragón por las que se autorizan las convocatorias de plazas de profesor titular de universidad resultantes de las ofertas públicas de empleo de carácter parcial para el año 2020 y, en ejercicio de las competencias atribuidas por los artículos 2.2 y 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, de conformidad con el artículo 62 de la misma y el artículo 140 de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, aprobados por Decreto 1/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, este Rectorado ha resuelto convocar concurso de acceso, por el sistema de turno libre, para el ingreso en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad con arreglo a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Las plazas convocadas son las que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución.

1.2 Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (en adelante LOU), el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante, EBEP), la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón, el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios (en adelante RD1312), el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios (en adelante RD1313), el Decreto 1/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Zaragoza (en adelante EEUZ), el texto refundido del Reglamento que regula las convocatorias de los concursos de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios, aprobado por resolución de 28 de enero de 2020, del Rector de la Universidad de Zaragoza («Boletín Oficial de la Universidad de Zaragoza» número 1-20, de 12 de febrero de 2020) y el acuerdo de 21 de septiembre de 2018, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Electrónico General de la Universidad («Boletín Oficial de Aragón» número 197, de 10 de octubre de 2018).

Para lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante L39/15), la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante L40/15) y en el resto de la legislación general de funcionarios civiles del estado que resulte de aplicación.

Todas las referencias que se efectúan a las diferentes disposiciones normativas que se contienen en la presente resolución han de entenderse hechas en la redacción vigente a la fecha de la misma.

1.3 No podrá admitirse al concurso a aquellas personas que hayan sido inhabilitadas para el ejercicio de funciones públicas. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y sus disposiciones de desarrollo.

1.4 El plazo para resolver el concurso no podrá exceder de cuatro meses desde la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de la suspensión o ampliación del mismo conforme a lo dispuesto en los artículos 22 y 23 de la L39/15.

Este plazo quedará suspendido en las fechas previstas en la resolución del rector que, para cada año, establece –a efectos de cómputo de plazos– el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Universidad de Zaragoza.

1.5 Todos los actos administrativos en relación con el procedimiento, que así lo requieran, se publicarán en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad (en adelante, e-TOUZ), accesible desde la página web: https://ae.unizar.es/?app=touz, sirviendo de notificación a los interesados a todos los efectos.

1.6 Las solicitudes, dirigidas al rector de la Universidad, se presentarán en el formulario oficial electrónico habilitado al efecto.

Para la formalización de la solicitud se accederá mediante la utilización de certificado electrónico, del sistema de identificación Cl@ve o de claves concertadas (NIP y contraseña) válidas en la Universidad de Zaragoza, a la dirección https://sede.unizar.es/solicita y siguiendo los siguientes pasos:

1. Seleccionar el menú Opciones/Iniciar nueva solicitud.

2. Identificarse.

3. Seleccionar en el catálogo de solicitudes para Personal Docente e Investigador la señalada con el título «Solicitud para participar en concurso de acceso profesores Titulares de Universidad».

1.7 El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

1.8 Los interesados se responsabilizan de la veracidad de los datos que hagan constar en la solicitud, así como de los que figuren en el currículo y de los que aporten en la documentación de los méritos correspondientes asumiendo las responsabilidades que pudieran derivarse de las inexactitudes de los mismos.

1.9 Si lo estiman necesario, los aspirantes que tengan reconocida legalmente una discapacidad deberán indicarlo en un escrito que se adjuntará a la solicitud en el que deberán constar las adaptaciones correspondientes que, en su caso, se soliciten, al objeto de que se pueda garantizar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y poder adoptar las oportunas medidas de adaptación a sus necesidades. En este caso, también deberán aportar copia del reconocimiento de la discapacidad de que se trate.

Si los aspirantes a los que se refiere la presente base no solicitan las adaptaciones en el momento de presentar la solicitud de participación en el concurso, se entenderá que no las precisan o que renuncian a ellas sin que pueda plantearse solicitud de las mismas en ningún otro momento posterior del procedimiento.

2. Requisitos de los solicitantes y documentación a presentar

Los aspirantes deberán cumplir los requisitos establecidos en las presentes bases en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

2.1 Requisitos de carácter general:

2.1.1 Los requisitos generales que establecen los artículos 56 y 57 del EBEP para el acceso al empleo público.

2.1.2 Haber efectuado el pago de treinta y nueve euros con noventa y ocho céntimos (39,98 €) en concepto de derechos de participación.

El abono de los derechos de participación se efectuará dentro del plazo de presentación de solicitudes y se realizará mediante Terminal de Pago Virtual con tarjeta de débito o de crédito, desde el formulario de solicitud habilitado para ello. El pago quedará confirmado electrónicamente en el momento de presentar la solicitud.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución del importe abonado cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo.

Estarán exentas del pago:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

b) Los miembros de familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención total los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por ciento los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

c) Las víctimas del terrorismo, si así lo acreditan mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición.

d) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante al menos un mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional. Circunstancias que deberán ser acreditadas mediante la correspondiente certificación.

2.2 Requisitos específicos:

2.2.1 Para todas las plazas convocadas:

a) Estar habilitado o acreditado para el cuerpo y área o rama de conocimiento de la plaza convocada, conforme a las previsiones contenidas en la disposición adicional 10.ª de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la LOU, o en el RD1312, respectivamente.

b) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 65.2 de la LOU y en el artículo 9.4 del RD1313, no podrán participar en el concurso quienes, habiendo obtenido una plaza en un concurso de acceso a los cuerpos docentes universitarios en otra Universidad, no la hubieran desempeñado, al menos, durante dos años.

Tampoco podrán participar quienes posean la condición de funcionario de carrera del cuerpo docente universitario para el que se convoca la plaza si tienen destino definitivo en la Universidad de Zaragoza, desempeñando una plaza de idénticos centro, departamento, área de conocimiento y localidad que los de la plaza convocada.

2.2.2 Requisitos adicionales para las plazas número 2021-01 a 2021-04:

a) Haber obtenido certificación positiva de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP), de satisfacer los requisitos de calidad de la producción y actividad científico-tecnológica que implican una trayectoria investigadora destacada, a los efectos del Programa I3, de acuerdo con la Orden ECI/1520/2005, de 26 de mayo, por la que se establece el Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007 (Programa I3) («Boletín Oficial del Estado», número 127, de 28 mayo de 2005), y la Resolución de 20 de julio de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se establecen los criterios de evaluación en el mencionado Programa («Boletín Oficial del Estado», número 204, de 26 de agosto de 2005).

b) Haber finalizado el Programa Ramón y Cajal en el caso de la plaza identificada con el número 2021_01 a 2021_03 y ser o haber sido investigador de programas de excelencia, nacionales o internacionales en el caso de las plazas con los números 2001_04.

En función del anexo IV de la resolución de 4 de noviembre de 2020, de la Secretaría General de Universidades, por la que se fija el procedimiento para la expedición de las certificaciones I3 a efectos de lo establecido en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, se reconocen como de excelencia los siguientes programas:

Convocatorias internacionales:

– Programa Marie Curie Fellowships (Unión Europea).

– Programas ERC Grants (Unión Europea).

Convocatorias nacionales:

– Programa Juan de la Cierva (extinto, convocatorias entre 2004-13).

– Programa Juan de la Cierva-incorporación (convocatorias 2014-actualidad).

– Programa «Miguel Servet» (Instituto de Salud Carlos III).

– Programa ICREA Senior y Programa Serra Hunter (Cataluña).

– Programa ARAID (Aragón).

– Programa de Atracción de Talento-Modalidad 1 (Madrid).

– Plan GenT-Modalidad 1 (Comunidad Valenciana).

– Programas Ikerbasque (Fellows, Associates y Professors) (País Vasco).

– Programa Talentia Senior (extinto)

– Programa Emergia (Andalucía)

– Programa Isidro Parga Pondal (extinto) (Galicia).

Igualmente serán admitidos aquellos que, poseen la certificación I3 a la que se refiere la letra a) de la presente base 2.2.2, habiéndola obtenido en función de haber cursado un programa distinto de los anteriores que la Secretaría General de Universidades hubiese reconocido que presentaba indicadores similares de calidad a los mencionados, y por ello haber sido admitido al procedimiento de expedición de las certificaciones I3. A tal efecto el interesado deberá presentar el reconocimiento del referido órgano o la certificación del silencio positivo, siempre en el marco de un procedimiento para la obtención de la certificación I3.

En el caso de aquellos que poseyeran la certificación I3 en función de haber cursado un programa distinto de los anteriores con anterioridad a la entrada en vigor de la resolución de 4 de noviembre de 2020, de la Secretaría General de Universidades y a los que, por lo tanto, no se les permite utilizar el procedimiento de reconocimiento de programas al que se refiere dicha resolución, serán admitidos presentando el reconocimiento del referido órgano, obtenido mediante un procedimiento diferente al previsto en la indicada resolución.

2.3 Documentación a presentar:

La documentación se adjuntará a la solicitud en formato electrónico y será la siguiente:

a) Copia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o NIE.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos que señala la base segunda. Especialmente deberá acreditarse que no se hallan incursos en la limitación a que se refiere el apartado 2.2.1.b). Para acreditar la habilitación es suficiente con hacer referencia a la resolución de habilitación y su fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y en el caso de las personas acreditadas, copia del certificado de acreditación nacional expedido por el Consejo de Universidades a que se refiere el artículo 15.6 del RD1312.

No tendrán que presentar los documentos acreditativos a los que se refiere el apartado 2.2.1.b) si son profesores en servicio activo de la Universidad de Zaragoza, y consta en el Servicio de Personal Docente e Investigador.

c) Documento que acredite la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del pago que deba efectuarse en concepto de derechos de participación, en su caso.

3. Procedimiento de admisión de aspirantes al concurso

3.1 Lista provisional:

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y en un plazo máximo de quince días hábiles, este Rectorado dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos al concurso con indicación, en este último caso, de las causas de exclusión u omisión de la lista. En el supuesto de que todos los aspirantes resultasen admitidos en primera instancia, la lista provisional se elevará a definitiva en el mismo acto.

La resolución aprobando la lista provisional se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón», con la indicación de que la lista provisional, o en su caso definitiva, de admitidos y excluidos se expondrá en el e-TOUZ, abriéndose un plazo de diez días hábiles para subsanar los defectos que hubieran dado lugar a su exclusión u omisión de la lista de admitidos, mediante escrito dirigido al rector que se presentará a través del registro electrónico (regtel.unizar.es) mediante una «solicitud genérica».

3.2 Lista definitiva:

Una vez finalizado el plazo de subsanación se procederá a la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al concurso. No obstante lo anterior, si en cualquier momento del procedimiento llegara a conocimiento de la Universidad que alguno de los aspirantes admitidos no reúne los requisitos legales para su admisión al concurso, el rector acordará su exclusión previa audiencia del interesado, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera haber incurrido.

4. Comisiones de acceso y acto de constitución

4.1 La composición de las comisiones de acceso figura en el anexo III de esta convocatoria, nombradas de acuerdo con el procedimiento y condiciones establecidos en el artículo 140 de los EEUZ y en los artículos 5 y 6 del RD 1313.

4.2 Conforme a lo establecido en el artículo 62.3 de la LOU y en el artículo 6.4 del RD 1313, el currículo de cada uno de los miembros que componen las comisiones de acceso se encuentra publicado en la página web de la Universidad https://recursoshumanos.unizar.es/servicio-pdi/oposiciones-concursos/convocatorias-concursos-acceso.

4.3 El nombramiento como miembro de la comisión de acceso es irrenunciable, salvo que concurran circunstancias excepcionales libremente apreciadas por el rector de la Universidad de Zaragoza, o que se den las situaciones establecidas en los artículos 23 y 24 de la L40/15.

4.4 Abstención y recusación de los miembros de la comisión:

A efectos de abstención y recusación de los componentes de la comisión se estará a lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la L40/15.

En el acto de constitución de la comisión de selección, su presidente solicitará de sus miembros declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 citado en el párrafo anterior.

Si se promoviese la recusación de cualquier miembro de la comisión de acceso, se suspenderá el plazo máximo para resolver el concurso hasta que sea resuelta dicha recusación, de acuerdo con lo regulado en el artículo 22.2.c) de la L39/15.

En los casos de renuncia justificada, abstención o recusación que impidan la actuación de los miembros de la comisión titular, estos serán sustituidos por sus respectivos suplentes. En el supuesto de que resulte necesario nombrar nuevos miembros, se procederá con arreglo a lo dispuesto en el artículo 140 de los EEUZ. En el caso de que por la falta de nombramiento de los miembros la comisión no pueda continuar con sus actuaciones, se suspenderá el plazo para la resolución del concurso de acceso a la plaza correspondiente a instancias del presidente de la comisión de acceso hasta la publicación del nombramiento de los nuevos miembros.

4.5 Constitución de la comisión y adopción de acuerdos:

Las comisiones de acceso deberán constituirse en el plazo máximo de dos meses contados desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En el supuesto de que la comisión de acceso no se haya constituido en el plazo indicado en el párrafo anterior, el rector, oído el presidente de la misma, procederá a nombrar una nueva comisión, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 140 de los EEUZ y se suspenderán todos los plazos para la resolución del concurso a la plaza de que se trate.

Constituida la comisión, para actuar válidamente se requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros. En todo caso, deberán estar presentes el presidente y el secretario, de acuerdo con lo regulado en el artículo 17.2 de la L40/15. El procedimiento de actuación de la comisión se ajustará, en todo momento, a lo establecido en la presente convocatoria y a lo dispuesto en la L39/15 y L40/15.

En el acto de constitución, la comisión acordará:

a) Convocar a todos los aspirantes admitidos al concurso para la realización del acto de presentación. Esta convocatoria indicará el lugar, la fecha y la hora de su celebración y se publicará en el e-TOUZ con una antelación mínima de 10 días hábiles a la fecha de celebración del acto de presentación.

b) Los criterios para resolver el concurso que se harán públicos en el e-TOUZ.

c) Las medidas de adaptación a las necesidades de las personas con discapacidad que hayan sido admitidas al concurso y así lo hayan solicitado en el momento de presentar su solicitud, con el objeto de establecer las adaptaciones y ajustes de tiempo y medios que se estimen necesarios.

4.6 La comisión resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de las bases de esta convocatoria y adoptará las medidas necesarias para solucionar las situaciones no previstas en las mismas.

5. Desarrollo del concurso

5.1 Acto de presentación:

5.1.1 En el acto de presentación, que será público, los concursantes entregarán al presidente de la comisión la siguiente documentación:

a) El proyecto docente.

b) El proyecto investigador.

c) Currículum, en el que detallarán sus méritos y que se ajustará al modelo que figura en el Anexo II a esta convocatoria, al modelo normalizado por la ANECA, al modelo CVN (Curriculum Vitae Normalizado) u otros modelos oficiales.

d) Copia de los documentos acreditativos de los méritos que hayan hecho constar.

La documentación se presentará en soporte electrónico que permita su lectura en los dispositivos electrónicos convencionales, diferenciándola en ficheros independientes.

5.1.2 En este acto se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de los candidatos, así como la fecha, hora y lugar para la realización de las pruebas, las cuales no podrán iniciarse antes de transcurridas 24 horas del acto de presentación, salvo renuncia expresa y por escrito de todos los participantes en el concurso.

5.1.3 En el mismo acto, el presidente de la comisión hará público el plazo fijado por aquella para que cualquier candidato pueda examinar la documentación presentada por los restantes candidatos, con anterioridad al inicio de las pruebas. Igualmente, los aspirantes recibirán cuantas instrucciones sobre la celebración de las pruebas deban comunicárseles.

5.1.4 La falta de comparecencia de los aspirantes admitidos o la falta de presentación de la documentación en este acto, implicará su exclusión automática del proceso selectivo.

5.1.5 El secretario o el presidente, según se determine en el seno de la comisión de acceso, será el responsable de la custodia de la documentación depositada por los candidatos en el acto de presentación, desde el momento de la presentación hasta la conclusión de las actuaciones de la comisión. A falta de pronunciamiento el custodio será el Secretario.

Para acceder a la documentación, de acuerdo con lo indicado en la base 5.1.3, los candidatos deberán dirigirse a la secretaría del centro en el que esté ubicada la sede del departamento al que esté adscrita la plaza.

Concluidas las actuaciones de la comisión de acceso, el secretario del centro citado en el párrafo anterior se hará cargo de la custodia de la documentación hasta la finalización del concurso y, en su caso, posterior entrega a los interesados. En el supuesto de que se haya admitido a trámite alguna reclamación contra la propuesta de nombramiento de la comisión de acceso, la documentación será entregada a la Sección de Oposiciones, Concursos y Reclamaciones de PDI del Servicio de Personal Docente e Investigador.

5.2 Proceso de selección:

5.2.1 El proceso de selección constará de dos pruebas:

a) La primera prueba consistirá en la exposición y debate por parte del candidato del currículo, el proyecto docente, que incluirá el programa de una de las materias o asignaturas de las que el área de conocimiento de que se trate tiene asignadas en el centro al que inicialmente se adscribe la plaza, y del proyecto investigador. Dicha exposición tendrá una duración máxima de 60 minutos.

Concluida la exposición oral, la comisión debatirá con el candidato durante un tiempo máximo de tres horas.

b) La segunda prueba consistirá en la exposición por el candidato, y posterior debate con la comisión, de un tema del programa presentado por el candidato a su elección, durante un tiempo máximo de tres horas.

5.2.2 Finalizadas las pruebas, cada miembro de la comisión entregará al presidente un informe razonado incluyendo la valoración numérica y ajustado a los criterios previamente establecidos por la comisión, valorando, en todo caso, todos los aspectos referidos en la base 5.2.1.

La comisión deberá elaborar un documento con los resultados de la evaluación de cada aspirante, desglosando cada uno de los aspectos evaluados. Dicho documento se publicará en el e-TOUZ una vez concluido el proceso de selección y antes de elevar al Rector la propuesta de provisión.

5.2.3 Entre la finalización de la primera prueba y el inicio de la segunda deberá transcurrir un mínimo de 72 horas, salvo renuncia expresa y por escrito de todos los participantes en el concurso.

6. Propuesta de provisión

6.1 La comisión encargada de juzgar el concurso de acceso propondrá al rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos por orden de preferencia para su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas o dotaciones convocadas a concurso. La comisión podrá proponer de manera motivada la no provisión de las plazas convocadas.

La anterior propuesta se publicará en el e-TOUZ en un plazo máximo de dos días después de concluir las pruebas.

6.2 Finalizadas las actuaciones de la comisión de acceso, su secretario entregará en el Servicio de Personal Docente e Investigador (Sección de Oposiciones, Concursos y Reclamaciones de PDI) los documentos originales relativos a las actuaciones de la comisión.

Simultáneamente, el secretario de la comisión de acceso entregará una copia de dichos documentos y toda la documentación aportada por los candidatos al secretario del centro en el que esté ubicada la sede del departamento al que esté adscrita la plaza. Una vez finalizado con carácter firme el procedimiento del concurso, la documentación podrá ser devuelta a los candidatos si así lo solicitan. En todo caso, si transcurridos tres meses desde que el procedimiento devenga firme sin que los interesados hayan solicitado la devolución de la documentación, se procederá a su destrucción, previa notificación al interesado.

7. Adaptaciones necesarias en caso de restricciones por razones sanitarias

Las bases de la presente convocatoria deben adaptarse necesariamente a las exigencias de los protocolos de prevención establecidos a raíz de la crisis sanitaria derivada del COVID-19. En particular, en el desarrollo del procedimiento deberán seguirse las resoluciones e instrucciones dictadas a tal efecto por el Rector o persona en quien delegue, que, en su caso, fijarán la adaptación del procedimiento a fórmulas de distanciamiento y no presencialidad.

8. Reclamaciones contra la propuesta de la comisión de acceso

8.1 Plazo, acceso al expediente, órgano competente, escrito de reclamación y alegaciones de los interesados:

Contra la propuesta de nombramiento realizada por la comisión de acceso, los concursantes podrán presentar reclamación ante el rector en el plazo máximo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de su publicación en el e-TOUZ.

La reclamación se presentará a través del registro electrónico de la Universidad y deberá contener toda la información exigida en el artículo 66.1 de la L39/15 y, de manera especial y con toda claridad, los hechos, razones y petición en que se concrete la reclamación. A tal fin, los aspirantes tendrán acceso al expediente del concurso en la sede del departamento al que corresponda la plaza durante todo el plazo de reclamaciones en horario, al menos, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.

Quienes accedan al expediente y consulten datos de otros aspirantes están sometidos al deber de confidencialidad por lo que deberán guardar reserva de los mismos y solo podrán hacer uso de tales datos a los efectos de argumentar o plantear tanto la reclamación como las alegaciones a que hubiere lugar, en su caso.

Cualquier divulgación de datos del expediente de la reclamación podrá implicar la exigencia de responsabilidades conforme a la legislación vigente.

8.2 Admisión a trámite de la reclamación y plazo de resolución:

Si la reclamación es admitida a trámite, dentro de los cinco días hábiles siguientes al día de entrada de la misma en el registro electrónico de la Universidad, se anunciará en el e-TOUZ la admisión a trámite y se remitirá la reclamación al presidente de la Comisión de Reclamaciones.

Los participantes en el concurso de acceso dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación en el e-TOUZ de la admisión a trámite, para formular las alegaciones que estimen procedentes ante la Comisión de Reclamaciones.

La Comisión de Reclamaciones dispondrá de un plazo máximo de tres meses, contados desde la fecha en que la reclamación sea notificada a su presidente, para ratificar o no la propuesta de la comisión de acceso, tras lo que el rector dictará la correspondiente resolución. Trascurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, la reclamación se entenderá desestimada.

9. Presentación de documentación y nombramiento

9.1 Presentación de documentación:

Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar, en los veinte días siguientes al de la publicación en el e-TOUZ de la propuesta de provisión por la comisión de acceso, los siguientes documentos:

a) Salvo que ya obre en poder de la Universidad de Zaragoza, copia del título de Doctor o, en su caso, copia cotejada de la homologación o del certificado de equivalencia del título, en el supuesto de candidatos que hayan obtenido la titulación en una universidad extranjera.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado de ninguna Administración Pública en virtud del expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad, o presentar la opción correspondiente, en el caso de venir desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión o remuneración que resulte incompatible con arreglo a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

d) Certificación médica ordinaria de no padecer enfermedad ni discapacidad física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones de profesor de universidad.

e) Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera deberán presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, indicando el cuerpo o escala al que se pertenece, la antigüedad en dicho cuerpo o escala y la situación administrativa en la que se encuentren, excepto quienes sean funcionarios de la Universidad de Zaragoza.

La entrega de la documentación se hará a través de https://sede.unizar.es/solicita, siguiendo el procedimiento que se indicará en la propuesta de provisión que realice la comisión de acceso.

9.2 Nombramiento:

Los nombramientos propuestos por la correspondiente comisión de acceso serán efectuados por el rector mediante publicación de la correspondiente resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Aragón».

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la LOU y en el artículo 10 del RD1313, si se hubiera admitido a trámite alguna reclamación contra la propuesta de provisión de la comisión de acceso, se suspenderán los nombramientos de los candidatos propuestos hasta su resolución.

9.3 Salvo en supuestos de fuerza mayor libremente apreciados por el rector, en el caso de que el candidato propuesto no presentase en tiempo y forma la documentación requerida para formalizar el nombramiento, o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, decaerá en todos sus derechos sobre la plaza para la que ha sido seleccionado y la Universidad, en su caso, iniciará de oficio el procedimiento para nombrar al siguiente aspirante en el orden de prelación.

En el supuesto de que no hubiere candidatos en el orden de prelación o se diese la circunstancia de falta de presentación de la documentación requerida y se llegase a agotar el citado orden, el rector dictará una resolución declarando desierta la plaza.

10. Toma de posesión

10.1 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1 del EBEP, para adquirir la condición de funcionarios de carrera, los candidatos nombrados deberán prestar acto de acatamiento de la Constitución y del resto del Ordenamiento Jurídico y tomar posesión de sus destinos en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».

La tramitación de la documentación necesaria para la toma de posesión se realizará por medios electrónicos y esta deberá firmarse con certificado electrónico. Para firmar documentos en la Universidad de Zaragoza sirve cualquier certificado emitido por una autoridad de certificación reconocida por el Ministerio competente en la materia: certificado de persona física emitido por la FNMT, certificado de empleado público emitido por la FNMT, certificados incluidos en el DNI electrónico, certificados emitidos por algunas comunidades autónomas, certificados emitidos por algunos colegios profesionales, etc.

10.2 Salvo en supuestos de fuerza mayor libremente apreciados por el rector, en el caso de que el candidato nombrado no tomase posesión de su destino en el plazo establecido se procederá a anular su nombramiento. En este supuesto, la Universidad, en su caso, iniciará de oficio el procedimiento para nombrar al siguiente aspirante en el orden de prelación.

11. Datos de carácter personal

11.1 Ejercicio de derechos por parte de los interesados en relación con los datos de carácter personal:

Conforme a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal, los datos personales facilitados por los aspirantes pasarán a ser tratados por la Universidad de Zaragoza como responsable del tratamiento, siendo órgano competente en la materia su Gerente (Edificio Paraninfo 1.ª planta, Plaza de Basilio Paraíso n.º 4, 50005-Zaragoza) ante quien se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, limitación, oposición o portabilidad señalando concretamente la causa de la solicitud y acompañando copia de su documento acreditativo de identidad. La solicitud podrá hacerse mediante escrito en formato papel o por medios electrónicos.

En caso de no haber obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, los aspirantes pueden dirigirse a la delegada de protección de datos de la Universidad (dpd@unizar.es. Tfno. 876 55 30 13) o en reclamación a la Agencia Española de Protección de Datos a través de los formularios que esa entidad tiene habilitados al efecto y que son accesibles desde su página web: https://sedeagpd.gob.es.

11.2 Fines legítimos del tratamiento de los datos:

Los datos personales de los aspirantes serán tratados conforme a lo establecido en las presentes bases con la finalidad de gestionar este proceso de selección. También lo podrán ser con fines de investigación histórica o fines estadísticos.

El acceso a una de las plazas ofertadas conllevará el que los datos personales pasen a ser tratados para las finalidades de gestión en materia de personal.

La Universidad se encuentra legitimada para su tratamiento al ser necesarios para la ejecución de la relación jurídica que se establece entre el interesado y la Universidad al participar en esta convocatoria y para que ésta pueda cumplir con sus obligaciones conforme a la legislación expresada en las presentes bases.

11.3 Conservación de los datos:

Los datos de carácter personal se tratarán y conservarán por la Universidad por el tiempo que sea necesario conforme a la legislación expresada incluyendo, en su caso, la resolución de reclamaciones y recursos.

11.4 Comunicación de datos:

Se prevé la comunicación de datos mediante la publicación de listas y resultados conforme a lo establecido en las bases de esta convocatoria.

11.5 Protección de datos:

La Universidad de Zaragoza cuenta con una página de Protección de Datos en la que incluye legislación, información y modelos en relación con la Protección de Datos Personales a la que puede acceder desde el siguiente enlace: https://protecciondatos.unizar.es/.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Zaragoza, según lo dispuesto en los artículos 8.3 y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Alternativamente, se podrá interponer contra esta resolución recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30.4, 123 y 124, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 27 de mayo de 2021.–El Rector, José Antonio Mayoral Murillo.

ANEXOS

I. Relación de plazas.

II. Currículo.

III. Comisiones de acceso.

ANEXO I
Relación de plazas

Plaza-procedimiento n.º: 2021-01.

Número de dotaciones: 1.

OEP: 2020.

Fecha publicación OEP BOA: 23/11/2020.

Cupo 15% I3: Sí.

Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Física de la Materia Condensada.

Departamento: Física de la Materia Condensada.

Centro: Escuela de Ingeniería y Arquitectura.

Localidad:  Zaragoza.

Actividades docentes: Asignaturas de Física que imparte el Área en el Centro. Fenómenos termoeléctricos­-magnéticos y espintrónica.

Plaza-procedimiento n.º: 2021-02.

Número de dotaciones: 1.

OEP: 2020.

Fecha publicación OEP BOA: 23/11/2020.

Cupo 15% I3: Sí.

Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Química Analítica.

Departamento: Química Analítica.

Centro: Facultad de Ciencias.

Localidad: Zaragoza.

Actividades docentes: Tareas docentes y actividades investigadoras en el área.

Plaza-procedimiento n.º: 2021-03.

Número de dotaciones: 1.

OEP: 2020.

Fecha publicación OEP BOA: 23/11/2020.

Cupo 15% I3: Sí.

Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Estomatología.

Departamento: Cirugía.

Centro: Facultad de Medicina.

Localidad: Zaragoza.

Actividades docentes: Tareas docentes y actividades investigadoras en el área.

Plaza-procedimiento n.º: 2021-04.

Número de dotaciones: 2.

OEP: 2020.

Fecha publicación OEP BOA: 23/11/2020.

Cupo 15% I3: Sí.

Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Bioquímica y Biología Molecular.

Departamento: Bioquímica y Biología Molecular y Celular.

Centro: Facultad de Ciencias.

Localidad: Zaragoza.

Actividades docentes: Tareas docentes y actividades investigadoras en el área.

Plaza-procedimiento n.º: 2021-05.

Número de dotaciones: 1.

OEP: 2020.

Fecha publicación OEP BOA: 23/11/2020.

Cupo 15% I3: No.

Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Composición Arquitectónica.

Departamento: Arquitectura.

Centro: Escuela de Ingeniería y Arquitectura.

Localidad: Zaragoza.

Actividades docentes: Composición arquitectónica 1, perfil bilingüe castellano inglés.

Plaza-procedimiento n.º: 2021-06.

Número de dotaciones: 1.

OEP: 2020.

Fecha publicación OEP BOA: 23/11/2020.

Cupo 15% I3: No.

Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Didáctica de las Ciencias Experimentales.

Departamento: Didácticas Específicas.

Centro: Facultad de Educación.

Localidad: Zaragoza.

Actividades docentes: Didáctica del Medio Biológico-Geológico.

Plaza-procedimiento n.º: 2021-07.

Número de dotaciones: 1.

OEP: 2020.

Fecha publicación OEP BOA: 23/11/2020.

Cupo 15% I3: No.

Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Expresión Gráfica en la Ingeniería.

Departamento: Ingeniería de Diseño y Fabricación.

Centro: Escuela de Ingeniería y Arquitectura.

Localidad: Zaragoza.

Actividades docentes: 30003 Expresión Gráfica y Diseño Asistido por Ordenado -26830 Herramientas gráficas y diseño óptico.

Plaza-procedimiento n.º: 2021-08.

Número de dotaciones: 1.

OEP: 2020.

Fecha publicación OEP BOA: 23/11/2020.

Cupo 15% I3: No.

Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Física Aplicada.

Departamento: Física Aplicada.

Centro: Facultad de Ciencias.

Localidad: Zaragoza.

Actividades docentes: Mecánica Clásica II del Grado en Física.

Plaza-procedimiento n.º: 2021-09.

número de dotaciones: 1.

OEP: 2020.

Fecha publicación OEP BOA: 27/07/2020.

Cupo 15% I3: No.

Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Historia Moderna.

Departamento: Historia.

Centro: Facultad de Filosofía y Letras.

Localidad: Zaragoza.

Actividades docentes: 28114 Historia Moderna: siglo XVI y 28127 Historia de Aragón.

Plaza-procedimiento n.º: 2021-10.

Número de dotaciones: 1.

OEP: 2020.

Fecha publicación OEP BOA: 30/12/2020.

Cupo 15% I3: No.

Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Ingeniería Eléctrica.

Departamento: Ingeniería Eléctrica.

Centro:  Escuela Universitaria Politécnica de Teruel.

Localidad: Teruel.

Actividades docentes: Electrotecnia, instalaciones eléctricas. Fundamentos de Electrotecnia en Campus Teruel y Proyectos de inst. EERR.

Plaza-procedimiento n.º: 2021-11.

Número de dotaciones: 1.

OEP: 2020.

Fecha publicación OEP BOA: 30/12/2020.

Cupo 15% I3: No.

Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Mecánica de Medios Continuos y Teoría de Estructuras.

Departamento: Ingeniería Mecánica.

Centro: Escuela Universitaria Politécnica de Teruel.

Localidad: Teruel.

Actividades docentes: Asignatura de «Resistencia de Materiales» y Asignatura de «Mecánica».

Plaza-procedimiento n.º: 2021-12.

Número de dotaciones: 1.

OEP: 2020.

Fecha publicación OEP BOA: 23/11/2020.

Cupo 15% I3: No.

Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Psicología Evolutiva y de la Educación.

Departamento: Psicología y Sociología.

Centro: Facultad de Ciencias Sociales y Humanas.

Localidad: Teruel.

Actividades docentes: 26508 Psicología de la Educación, Magisterio Infantil.

Plaza-procedimiento n.º: 2021-13.

Número de dotaciones: 1.

OEP: 2020.

Fecha publicación OEP BOA: 23/11/2020.

Cupo 15% I3: No.

Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad.

Área de conocimiento: Psicología Social.

Departamento: Psicología y Sociología.

Centro:  Facultad de Ciencias Sociales y del Trabajo.

Localidad: Zaragoza.

Actividades docentes: Gestión de Recursos Humanos: Selección, captación y desarrollo.

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