Por Resolución de fecha 10 de noviembre de
1999, del Director general de Obras Públicas, se
aprobó provisionalmente el proyecto básico
51-A-1485(3). Proyecto básico. Acondicionamiento
carretera CV-759. La Vila Joiosa y Finestrat.
Alicante.
En el "Boletín Oficial del Estado" número 17,
de fecha 20 de enero de 2000, y en el "Diario
Oficial de la Generalitat Valenciana" número 3.672,
de fecha 24 de enero de 2000, se publicaron los
anuncios en virtud de los cuales se abrirá el trámite
de información pública a los efectos de lo dispuesto
en la legislación vigente.
Habiendo dictado en fecha 31 de mayo de 2000
la Directora general de Planificación y Gestión del
Medio la declaración de impacto ambiental del
proyecto de referencia;
En virtud de las atribuciones asignadas por el
Decreto 85/1999, de 30 de julio, del Gobierno
Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento
Orgánico y Funcional de la Consellería de Obras
Públicas, Urbanismo y Transportes ("Diario Oficial
de la Generalidad Valenciana" número 3.551), a
la vista del informe emitido por la División de
Carreteras, con los efectos señalados en el artículo 22
de la Ley 6/1991, de la Generalitat Valenciana, de
27 de marzo, de Carreteras de la Comunidad
Valenciana, y del artículo 122 de la Ley 13/1995, de
18 de mayo, de Contratos de las Administraciones
Públicas, así como por delegación de la Orden del
Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y
Transportes, de 8 de abril de 1998 ("Diario Oficial de la
Generalidad Valenciana" número 3.229), resuelvo:
Primero.-Aprobar definitivamente el proyecto
básico 51-A-1485(3). Proyecto básico.
Acondicionamiento carretera CV-759. La Vila Joiosa y
Finestrat. Alicante.
Segundo.-Visto lo dispuesto en los artículos 20
y siguientes de la Ley 6/1991, de 27 de marzo,
de Carreteras de la Generalidad Valenciana, razones
de interés público aconsejan la publicación de esta
Resolución de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa, podrá interponerse con carácter
potestativo recurso de reposición ante el Director
general de Obras Públicas en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente al de su publicación,
en virtud de lo dispuesto en los artículos 116 y
117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, en la
redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999,
de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" número
12, de 14 de enero).
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior,
la presente Resolución podrá ser impugnada
directamente ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Valencia mediante la
interposición del correspondiente recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de la publicación de la
misma o, en su caso, de la resolución expresa del
recurso potestativo de reposición, de conformidad
con lo establecido en el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar,
en su caso, cualquier otro recurso que estime
procedente.
Valencia, 26 de junio de 2000.-El Director
general de Obras Públicas, Pedro Marco Segura.-&44.168.
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