Vista la solicitud de declaración de la condición
de mineral natural de las aguas del manantial
Sanxinés, sito en la parroquia de Bamio, término
municipal de Villagarcía de Arosa (Pontevedra), instado
por "Disbepo, Sociedad Limitada".
El expediente cuenta con el preceptivo informe
favorable de la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales.
La Delegación Provincial de la Consejería de
Industria y Comercio en Pontevedra informa
favorablemente la solicitud de referencia.
En la tramitación del expediente se cumplieron
todos los preceptos contenidos en la Ley 5/1995,
de 7 de junio, de regulación de las aguas minerales,
termales y de los establecimientos balnearios de la
Comunidad Autónoma de Galicia, Ley 22/1973,
de 21 de julio, de Minas, y el Reglamento General
para el Régimen de la Minería, aprobado por el
Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, y demás
normativa específica que resulte de aplicación, y
en el artículo 39 del citado Reglamento.
La Consejería, de acuerdo con lo que antecede
y en ejercicio de las competencias que tiene
atribuidas, ha resuelto declarar la condición de
mineral-natural de las aguas del manantial Sanxinés, sito
en Bamio, en el término municipal de Villagarcía
de Arosa (Pontevedra).
Por lo anterior, y una vez declarada la condición
de mineral natural de las aguas del manantial
Sanxinés, debe abandonar el interesado la calificación
como agua de manantial para los efectos de
envasado y comercialización.
Pontevedra, 9 de julio de 2001.-La Delegada
provincial, Carmen Bianchi Valcarce.-&39.194.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid