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Documento BOE-B-2008-136081

Certificación Administrativa elaborada por el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias con la finalidad de reanudar el tracto sucesivo interrumpido de la finca registral n.º 365 del registro de la propiedad de Haro (La Rioja).

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 5 de junio de 2008, páginas 7219 a 7220 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2008-136081

TEXTO

La Dirección de Patrimonio y Urbanismo del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), Órgano encargado del Inventario y Administración del Patrimonio de dicha Entidad, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 37 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, comunica que tiene la intención de inscribir en el Registro de la Propiedad de Haro la certificación que se transcribe a continuación, para lo cual acuerda su publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Haro por el plazo de treinta días:

«Antonio Cabado Rivera, Director de la Dirección de Patrimonio y Urbanismo, Órgano encargado del Inventario y Administración del Patrimonio del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Entidad Pública Empresarial de las contempladas en el artículo 43 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, estando su organización y funcionamiento regulados en su Estatuto, aprobado por Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre; con C.I.F. G-28016749 y domicilio social en Avenida Pío XII, núm. 110, 28036 Madrid; con poder otorgado a su favor por el Consejo de Administración del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias mediante Acuerdo tomado en su reunión de 11 de enero de 2005, elevado a público mediante escritura otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, D. Emilio Villalobos Bernal, con fecha 13 de enero de 2005 y el número de su protocolo 92, Certifica: I. Que de los documentos oficiales e Inventario del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, resulta que está incluido en el mismo con carácter de bien demanial, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario; con su Estatuto aprobado por Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, y con las normas reguladoras de su Inventario, la siguiente finca: Urbana.-Parcela de terreno en el término municipal de Haro (La Rioja), situada al lado derecho de la vía y frente a los puntos kilométricos 127/933 al 128/045 de la línea férrea Castejón-Bilbao. Tiene una forma irregular con una extensión superficial de seis mil ochocientos cuarenta y dos metros cuadrados (6.842 m²) y los siguientes linderos: Norte: Ribera del río Ebro y terrenos de ADIF (antes RENFE).

Sur: Terrenos de ADIF (antes RENFE). Este: Camino de Servidumbre. Oeste: Terrenos de ADIF (antes RENFE).

Esta parcela, que carece de cargas reales, está afecta al servicio ferroviario y, de acuerdo con los datos del Catastro de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana de Haro, forma parte de las Parcelas Catastrales identificadas con las siguientes Referencias: 26071A025000270000AF, 26071A025000230000AQ, 26071A025000140000AH, 002300400WN11E0001UA y 26071A025090080000AA. Inscripción: Inscrita a favor de Don José Manuel Iturrarte Sorozabal y D.ª Elvira Liceaga Arrieta, en el Registro de la Propiedad de Haro, al Tomo 1115, Libro 129, Folio 69, Finca 365, Inscripción 16.ª, siendo la última inscripción de fecha veinticinco de mayo de mil novecientos sesenta y ocho. II.-La descrita finca fue adquirida por la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE) a Don José Manuel Iturrarte Sorozabal mediante contrato privado de compraventa, suscrito con fecha 11 de junio de 1984.

La Entidad Pública Empresarial RENFE ha pasado a denominarse Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), en virtud de la Disposición Adicional Primera de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario. III. Esta Entidad Pública Empresarial ha mantenido la posesión pacífica de la indicada finca desde la fecha de su adquisición. IV. De conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Reglamento Hipotecario, en el artículo 206 de la Ley Hipotecaria y de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, se emite la presente certificación para la reanudación del tracto sucesivo de la finca así como la inscripción en el Registro de la Propiedad a nombre de Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), siendo la presente certificación previamente publicada en la forma y tiempo establecidos en el artículo 37 de la indicada Ley 33/2003, de 3 de noviembre.

Y para que conste a todos los efectos legales, expido la presente certificación extendida en el pliego de clase 8.ª, número 0H8745771, en Madrid, a cinco de Mayo de dos mil ocho». Lo que se hace público a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. Las personas que, acreditando tener derecho sobre dicha finca, formulen oposición, deberán formalizar la misma mediante instancia dirigida al Sr. Director de Patrimonio y Urbanismo del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), Avenida Pío XII, pabellón 7, de Madrid (28036), dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la fecha de su publicación.

Madrid, 6 de mayo de 2008.-El Director de Patrimonio y Urbanismo, Antonio Cabado Rivera.

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