Desconociéndose el actual domicilio de Dña. Margarita Fuentes Pacheco, ocupante de la vivienda militar, sita en el Poblado de Sanidad, Grupo IV n.º 3 - B, de Ceuta, de cuyo contrato constaba como titular su padre, D. Manuel Fuentes Rueda (fallecido), por no haber sido hallada en dicho domicilio, se le hace saber que, por el Director General Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, en las actuaciones previas al expediente que, en su caso se incoe, para el ejercicio del desahucio de la vivienda militar antes citada, se ha dictado, con fecha 20 de mayo de 2008, Requerimiento de desalojo por la causa de resolución de contrato contemplada en el artículo 10.1.g) («El fallecimiento del titular si no existen beneficiarios definidos en el artículo 6 o el de estos, en su caso»), de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.
De acuerdo con lo anterior, y de conformidad con los dispuesto en el artículo 10 de la citada norma, mediante el presente escrito, se le requiere para que proceda a desalojar voluntariamente la citada vivienda, en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al de la publicación del mismo, dado que en caso contrario, al amparo de lo previsto en el artículo 10.4 de la Ley 26/1999 de 9 de julio, se incoará el correspondiente expediente administrativo de desahucio.
Madrid, 17 de junio de 2008.-La Jefe de la Subunidad, Cristina Úbeda Murillo.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid