Se ha formulado Acuerdos de ampliación plazo para dictar Resolución e interrupción del plazo por petición de informe al SEPBLAC en el siguiente expediente sancionador:
Expediente: 229/2008. Interesado/a: Khalid Adahman. Fecha ampliación plazo: 11 de agosto de 2008 y fecha interrupción plazo: 23 de junio de 2008.
Por el presente anuncio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y desconociéndose el último domicilio del interesado, se le notifica que puede retirar en el despacho del Instructor (Dirección General del Tesoro y Política Financiera, Paseo del Prado, 6, 2.ª, 1, Madrid), dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de este anuncio, el cuerdo de ampliación en seis meses para la resolución del expediente, de conformidad con lo establecido en el artículo 12, apartado 2 de la Ley 19/1993.
Asimismo, se ha dictado acuerdo de interrupción del plazo por petición de informe al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capiteles e Infracciones Monetarias del Banco de España. En virtud de lo establecido en el apartado 1 del artículo 12 de la Ley 19/1993 que atribuye la competencia para resolver dicho procedimiento al Presidente del Comité Permanente de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, previo informe del Servicio Ejecutivo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, queda suspendido, en la aplicación de dicho precepto, el transcurso del plazo máximo para dictar y notificar la resolución en el presente procedimiento.
Madrid, 26 de agosto de 2008.-El Instructor, Andrés Martínez Calvo.
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