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Documento BOE-B-2008-232076

Anuncio de la Presidencia de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones por la que se hace pública la Resolución del Consejo 10 de septiembre de 2008, sobre la aprobación de la modificación de la oferta de referencia de líneas alquiladas troncales de Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, en lo que respecta a la ruta Península-Canarias. (MTZ 2008/516).

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 25 de septiembre de 2008, páginas 11141 a 11141 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2008-232076

TEXTO

El Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, en sesión celebrada el día 10 de septiembre de 2008, aprobó la Resolución referenciada en el título de esta Resolución. De conformidad lo establecido en el artículo 7.2 del Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre mercados de comunicaciones electrónicas, acceso a las redes y numeración, según el cual la Comisión podrá determinar entre otras cuestiones la modalidad de publicación de la Oferta o de su puesta a disposición a las partes interesadas; y de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, he resuelto ordenar que el texto que figura como anexo a esta Resolución, se publique en el «Boletín Oficial del Estado».

Anexo

Resolución sobre la aprobación de la oferta de referencia de líneas alquiladas troncales de Telefónica de España, S. A. U., en lo que respecta a la ruta Península-Canarias (Los apartados antecedentes de hecho y fundamentos de Derecho y el anexo, no son objeto de publicación)

Primero.-Aprobar como texto para la oferta de referencia de líneas alquiladas troncales de Telefónica en lo que respecta a la ruta Península-Canarias el texto presentado como anexo. La oferta entrará en vigor desde el día siguiente a la publicación de la parte dispositiva de la Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Segundo.-En el plazo de tres días hábiles desde la entrada en vigor de la presente Resolución, Telefónica deberá publicar el texto aprobado en su servidor hipertextual «http://www.telefonicaonline.es». Tercero.-La aceptación por parte de un operador entrante del contenido de cualquiera de los términos de la oferta aprobada, supondrá la aplicación automática e incondicional del objeto de la aceptación desde la fecha en que Telefónica tuviera conocimiento de ésta. En los cinco días laborables siguientes a la fecha en la que Telefónica tenga conocimiento de la aceptación, Telefónica y el Operador interesado formalizarán por escrito el texto que corresponda con el objeto de la aceptación. Cuarto.-La mera petición de aplicación de las condiciones económicas de los servicios de conexión y transporte para los circuitos existentes que considere el operador supondrá la solicitud de migración al régimen aprobado por la CMT para dichos circuitos. La demora en la aplicación de los nuevos precios por parte de Telefónica sin causa justificada supondrá la imposición retroactiva de los mismos con los intereses de demora correspondientes. Quinto.-Telefónica no podrá vincular, en ningún caso, la eficacia de la aceptación de los términos del Addendum que desarrolle un determinado servicio a la aceptación por parte del Operador entrante de las condiciones de prestación de otro u otros servicios. Sexto.-En el plazo de un mes a contar desde la entrada en vigor de la presente Resolución, Telefónica deberá incorporar en el SGO los servicios de conexión y transporte regulados en la presente Resolución. Séptimo.-Telefónica remitirá trimestralmente a esta Comisión mediante correo electrónico a la dirección «orla@cmt.es», la información especificada en el apartado II.12 de esta Resolución, en formato de hoja de cálculo procesable. Los envíos de la información se realizarán antes de doce días a partir del vencimiento del trimestre objeto del envío. Octavo.-Telefónica deberá comunicar a la CMT con un mínimo de un mes de antelación a su aplicación/comercialización efectiva cualquier reducción de los precios establecidos en la presente oferta. Dichos precios deberán ser incluidos en la oferta de referencia y serán ofrecidos a todos los operadores en condiciones no discriminatorias. Noveno.-Telefónica deberá comunicar a la CMT con un mínimo de un mes de antelación la introducción de la tecnología Ethernet en el sistema de cable submarino Península-Canarias. Asimismo, deberá incluir en la Oferta las condiciones de prestación, tanto técnicas como económicas, de los circuitos Gigabit Ethernet en la ruta Península-Canarias.

El presente certificado se expide al amparo de lo previsto en el artículo 27.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en el artículo 23.2 del texto consolidado del Reglamento de Régimen Interior aprobado por Resolución del Consejo de la Comisión de fecha 20 de diciembre de 2007 (B.O.E. de 31 de enero de 2008), con anterioridad a la aprobación del acta de la sesión correspondiente.

Asimismo, se pone de manifiesto que contra la resolución a la que se refiere el presente certificado, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta Comisión en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.17 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, la disposición adicional cuarta, apartado 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 116 del la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de lo previsto en el número 2 del artículo 58 de la misma Ley.

El texto íntegro de la Resolución puede ser consultado en la sede de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, sita en la calle Marina, 16-18, de Barcelona, así como en el sitio web de dicho Organismo http://www.cmt.es

Barcelona, 16 de septiembre de 2008.-El Presidente, Reinaldo Rodríguez Illera.

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