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Documento BOE-B-2008-287103

Resolución de la Secretaria de Estado de Infraestructuras por la que se aprueba el expediente de Información Pública y Audiencia y Definitivamente el «Estudio Informativo del Nuevo Complejo Ferroviario de la Estación de Atocha (Madrid)».

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 28 de noviembre de 2008, páginas 14068 a 14069 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2008-287103

TEXTO

1. Antecedentes

Con fecha 8 de noviembre de 2006 la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación del Ministerio de Fomento aprobó técnicamente el «Estudio Informativo del Nuevo Complejo Ferroviario de la Estación de Atocha», siendo sometido al trámite de Audiencia e Información Pública entre los meses de noviembre y diciembre de 2006, mediante publicación del anuncio en el B.O.E. de 16 de noviembre de 2006, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente en ese momento: Ley del Sector Ferroviario y su Reglamento de desarrollo y Real Decreto Legislativo 1302/86 de Evaluación de Impacto Ambiental (modificado por Real Decreto Ley 9/2000).

Durante ese proceso se recibieron 19 alegaciones, 6 de Instituciones y Administraciones Públicas, 12 corresponden a asociaciones y grupos políticos y 1 de un particular. En las alegaciones presentadas durante el proceso se indicaban una serie de aspectos que se recogieron en las conclusiones del Informe de Alegaciones, que fue remitido, junto con el expediente de información pública y el propio Estudio Informativo, con fecha 19 de julio de 2007, al Ministerio de Medio Ambiente solicitando la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). En respuesta, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del citado Ministerio, con fechas 26 de octubre y 26 de diciembre de 2007, remitió sendos escritos en que se solicitaba a la Dirección General de Ferrocarriles la ampliación de algunos aspectos del estudio, previamente a la emisión de la DIA. Por ello, la Dirección General de Ferrocarriles redactó el documento «Información Complementaria. Expediente de Información Pública. Estudio Informativo del Nuevo Complejo Ferroviario de la Estación de Atocha», que fue remitido con fecha 8 de febrero de 2008 a la citada Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Ésta, con fecha 20 de febrero, solicitó complementar algunos aspectos de este último documento, por lo que la Dirección General de Ferrocarriles redactó un documento complementario que se remitió con fecha 27 de febrero de 2008. Por otra parte, a la vista de la alegación recibida por parte del Ayuntamiento de Madrid, la Dirección General de Ferrocarriles elaboró una modificación de la ordenación del conjunto de la actuación que introducía mejoras sobre la solución inicial, que fue remitida al Ayuntamiento de Madrid, junto con el informe sobre sus alegaciones, con fecha 8 de octubre de 2008. En respuesta, el Ayuntamiento de Madrid remitió un informe, con fecha 5 de noviembre, en el que considera que se ha producido una mejora sustancial sobre la anterior ordenación. En las conclusiones de dicho informe el Ayuntamiento de Madrid manifiesta que la nueva ordenación es acorde con los objetivos generales perseguidos en el Plan General de Ordenación Urbana de 1997, no mostrando disconformidad formal con la nueva propuesta modificada, si bien señala la necesidad de modificar el citado Plan General en cuanto a los usos del suelo y sus intensidades y de redactar un Plan Especial. También solicita que se estudien conjuntamente entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento de Madrid diferentes aspectos relacionados con el proyecto como: Analizar la viabilidad de un nuevo viario subterráneo de conexión entre el Complejo de Atocha y la Calle 30. Concretar los usos complementarios y sus intensidades en el sistema general ferroviario. La Declaración de Impacto Ambiental sobre del «Estudio Informativo del Nuevo Complejo Ferroviario de la Estación de Atocha», se ha formulado por la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático el 4 de abril de 2008, y se ha publicado en el BOE n.º 112 de 8 de mayo de 2008.

2. Contenido del estudio informativo

El objeto del Estudio Informativo es analizar y definir el diseño de las nuevas instalaciones para la ampliación de la actual estación de Puerta de Atocha, de manera que se consiga una Terminal que en conjunto con el futuro esquema ferroviario de Madrid, tenga capacidad suficiente para un horizonte temporal de largo plazo.

Se pretende que el Nuevo Complejo Ferroviario de la Estación de Atocha sea en su conjunto de una gran calidad, como debe corresponder a la estación central de la red de cercanías y de las líneas de alta velocidad, de forma que constituya una unidad arquitectónicamente integrada con la estación actual, mejorando su funcionalidad y aprovechando al máximo las instalaciones existentes. El diseño del Nuevo Complejo Ferroviario atiende a un triple objetivo:

Disponer de una infraestructura ferroviaria con capacidad para su correcto funcionamiento como estación central de los servicios de cercanías y alta velocidad en un horizonte temporal de largo plazo.

Conseguir unas instalaciones dotadas de la máxima funcionalidad y comodidad para el intercambio tanto entre las propias líneas de alta velocidad, como con el resto de medios de transporte público y privado: ferrocarril de cercanías, red de metro, autobuses urbanos, metropolitanos y discrecionales, taxis y vehículos particulares. Facilitar y hacer agradables los tiempos de espera y acceso de los viajeros a los trenes, disponiendo de espacios adecuados para ello, con servicios comerciales y de atención al cliente, y una clara organización de los flujos peatonales interiores hasta los andenes. Para cumplir estos objetivos se ha diseñado una organización funcional del futuro Nuevo Complejo Ferroviario articulada en torno a seis grandes piezas funcionales:

1. Marquesina Histórica.-Puesta en valor y accesibilidad desde exterior.

2. Estación de Puerta de Atocha.-Los actuales vestíbulos de Puerta de Atocha se transforman en una única terminal, que se denominará Terminal Norte, que se especializará como Terminal de Salidas. Se construirá una nueva Terminal Sur o Terminal de Llegadas, en la zona actualmente ocupada por marquesinas bajas. El funcionamiento operativo de los trenes con este esquema de doble terminal diferenciada resulta muy ventajoso. Los trenes a su Llegada efectuarán la parada en la parte Sur de los andenes, donde se producirá el descenso de los viajeros hacia un nuevo vestíbulo Sur de Llegadas. Una vez hecho esto, el tren avanzará hacia el extremo Norte de los andenes, hasta toperas, donde se realizarán las labores de limpieza y mantenimiento y accederán posteriormente los pasajeros desde la Terminal Norte de Salidas. 3. Estación Pasante de Alta Velocidad.-El Nuevo Complejo Ferroviario dispone de una nueva estación subterránea que, con cuatro vías y dos andenes, enlaza con el futuro túnel de Alta Velocidad en ancho UIC entre las estaciones de Atocha y Chamartín, cuyo Estudio Informativo fue aprobado de manera definitiva mediante resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación de fecha 29 de febrero de 2008 (BOE de 18 de marzo de 2008). La posición de la Estación Pasante bajo la calle Méndez Álvaro permite la utilización de los mismos vestíbulos de llegadas y de salidas que para el resto de las vías de Puerta de Atocha, lo que posibilitará un funcionamiento de explotación más sencilla y clara para el viajero. 4. Estación de Cercanías.-En el Estudio Informativo del nuevo Complejo se contempla también la posibilidad de ampliación de la actual Estación de Cercanías hacia el lado Ciudad de Barcelona. Aunque su puesta en servicio no tiene un plazo inmediato, el Proyecto analiza la posibilidad de construcción de los espacios y elementos de acceso que permitan la disposición de dos nuevas vías y un nuevo andén central. La conexión de la estación de Cercanías con el nuevo vestíbulo de la Terminal Sur potenciará el intercambio modal, impulsando el uso del transporte público colectivo. 5. Sistema viario.-El nuevo esquema viario dota de los accesos y salidas suficientes para el funcionamiento del Complejo, resolviendo los accesos a los distintos aparcamientos, bolsa de taxis, áreas de kiss and ride, etc. 6. Acceso Sur a la Estación pasante de Alta Velocidad.-El Estudio Informativo incluye, asimismo, un nuevo acceso ferroviario desde el Sur, desde la altura del paso superior de Pedro Bosch, de las líneas de Alta Velocidad hasta la nueva estación de AVE pasante. Este acceso no supone nuevas ocupaciones ya que aprovecha las dos vías de la actual plataforma de entrada en ancho Ibérico a Puerta de Atocha que quedaron liberadas con la ejecución del salto de carnero de Abroñigal. El diseño de la ampliación de Atocha se ha planteado sobre dos principios que son la base de la competitividad del ferrocarril frente a la carretera y el transporte aéreo:

El mantenimiento de la centralidad de la estación principal.

La accesibilidad a la estación con modos de transporte colectivo de alta capacidad: Metro y Cercanías.

La solución se ha definido a escala 1/500 desde los puntos de vista constructivo, funcional y presupuestario, analizando además su viabilidad ambiental en el Estudio de Impacto Ambiental.

La actuación se desarrolla íntegramente en la provincia de Madrid.

3. Informe del servicio jurídico

El Abogado del Estado-Jefe, mediante escrito de fecha 16 de agosto de 2007, ha informado que el expediente de información pública y oficial del «Estudio Informativo del Nuevo Complejo Ferroviario de la Estación de Atocha» ha sido tramitado de acuerdo con la legislación en ese momento vigente.

4. Declaración de impacto ambiental

La Declaración de Impacto Ambiental sobre del «Estudio Informativo del Nuevo Complejo Ferroviario de la Estación de Atocha», se ha formulado por la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático el 4 de abril de 2008, y se ha publicado en el BOE n.º 112 de 8 de mayo de 2008.

5. Informe de la Subdirección General de Planes y Proyectos

La Subdirección General de Planes y Proyectos elevó con fecha 13 de noviembre de 2008 la Propuesta de Aprobación del expediente de información pública y audiencia y la Aprobación Definitiva del «Estudio Informativo del Nuevo Complejo Ferroviario de la Estación de Atocha».

6. Resolución

A la vista de todo lo expuesto, esta Secretaría de Estado ha resuelto: Primero.-Aprobar el expediente de información pública y audiencia y definitivamente el «Estudio Informativo del Nuevo Complejo Ferroviario de la Estación de Atocha».

Segundo.-De acuerdo con el artículo 8 del Reglamento del Sector Ferroviario (R.D. 2387/2004 de 30 de diciembre), establecer que la redacción y aprobación de los proyectos constructivos corresponderá al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF). Tercero.-En los sucesivos Proyectos Constructivos que desarrollen la solución aprobada se tendrán en cuenta las prescripciones siguientes:

3.1 Las establecidas en el condicionado de la Declaración de Impacto Ambiental de fecha 4 de abril de 2008 (BOE n.º 112 de 8 de mayo de 2008).

3.2 Se incorporarán las modificaciones introducidas en el proyecto como consecuencia de la alegación presentada por el Ayuntamiento de Madrid, que se recogen en el documento remitido a dicho Ayuntamiento el día 8 de octubre de 2008. 3.3 Se mantendrán contactos con el Ayuntamiento de Madrid para concretar las conexiones de los viales interiores de la estación con los viales exteriores existentes. En particular se analizará una posible conexión directa en túnel entre el Nuevo Complejo Ferroviario de Atocha con la Calle-30. 3.4 Se mantendrán contactos con el Ayuntamiento de Madrid sobre los usos urbanísticos a implantar en el sistema general ferroviario y en particular en el triángulo comprendido entre Avenida Ciudad de Barcelona, Estación de Atocha y Antonio Lebrija.

Cuarto.-La presente Resolución se adopta por delegación de la Ministra de Fomento, conforme a lo previsto en la Orden FOM/2893/2005, de 14 de septiembre, (BOE núm. 224 de 19 de septiembre de 2005), por la que se delegan competencias en materia ferroviaria, y pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente Resolución podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de esta Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 18 de noviembre de 2008.-La Secretaria de Estado de Infraestructuras (Por delegación de competencias O.M 14-09-05), Josefina Cruz Villalón.

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