Se ha formulado Acuerdo de interrupción de plazo por petición de informe al Servicio Ejecutivo de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias en el siguiente expediente sancionador:
Expediente: 936/2008. Interesado/a: Kelly J. Castrillón Osorio. Fecha interrupción plazo: 18 de septiembre de 2008.
Por el presente anuncio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y desconociéndose el último domicilio del interesado/a, se le notifica que puede retirar el acuerdo de interrupción del plazo por petición de informe al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias del Banco de España, en el despacho del Instructor (Dirección General del Tesoro y Política Financiera, Paseo del Prado, 6, 2.ª,1, Madrid), dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de este anuncio.
En virtud de lo establecido en el apartado 1 del artículo 12 de la Ley 19/1993 que atribuye la competencia para resolver dicho procedimiento al Presidente del Comité Permanente de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, previo informe del Servicio Ejecutivo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, queda suspendido, en la aplicación de dicho precepto, el transcurso del plazo máximo para dictar y notificar la resolución en el presente procedimiento.
Madrid, 7 de noviembre de 2008.-El Instructor, Andrés Martínez Calvo.
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