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Documento BOE-B-2008-41056

Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Vigo por la que se acuerda el otorgamiento de licencia para la prestación del servicio portuario básico de remolque de buques en el Puerto de Vigo.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 16 de febrero de 2008, páginas 1822 a 1822 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2008-41056

TEXTO

Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artícu-lo 67.5 de la Ley 48/2003, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, se informa que el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Vigo, en su sesión de fecha 21 de diciembre de 2007, acordó:

Otorgar Licencia específica a Remolcadores Nosa Terra, S.A., con CIF número A-36.609.568 y domicilio en Vigo, Muelle de Trasatlánticos, s/n, para la prestación del servicio portuario básico de remolque de buques en el Puerto de Vigo, de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego Regulador, en el Pliego de Prescripciones Particulares de dicho servicio y lo señalado en la documentación presentada junto con la solicitud formulada, que forman parte de la presente licencia.

La licencia se otorga por plazo desde el 1 de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2018. El ámbito geográfico al que se extiende la presente licencia se corresponde con la zona de servicio del Puerto de Vigo. El personal exigido, medios materiales, estructura tarifaria y la obligación de satisfacción de las tasas pertinentes, se encuentra en el Registro de empresas prestadoras de servicios portuarios básicos del Puerto de Vigo, servicio portuario básico de remolque (artículo 69 Ley 48/2003). Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa de acuerdo el artículo 109.c) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer indistintamente: Recurso Potestativo de Reposición ante el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Vigo de conformidad con lo dispuesto en el art.116.1 de la Ley 4/99 de modificación de la Ley 30/92 del R.J.A.P y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de UN (1) mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución.

Recurso Contencioso Administrativo ante el Tribunal Superior de Xusticia de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el art. 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Vigo, 6 de febrero de 2008.-El Presidente, Jesús Paz Arias.-El Secretario, José Ramón Costas Alonso.

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