Desconociéndose el actual domicilio de los herederos de don Fermín Isidro Barrio Hernández, que fuera titular del contrato de cesión de uso de la vivienda militar, sita en la calle El Rompedizo, núm. 13, 2.º A, de Madrid, se les hace saber que, por el Director general Gerente de este Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, en las actuaciones previas al expediente que, en su caso se incoe, para el ejercicio del desahucio de la vivienda militar antes citada, se ha dictado con fecha de 23 de noviembre de 2007, requerimiento de desalojo, por la causa de resolución de contrato contemplada en el artículo 10.1.g) («El fallecimiento del titular si no existen beneficiarios definidos en el artículo 6 o el de estos en su caso») de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.
De acuerdo con lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la citada norma, mediante el presente escrito se les requiere para que procedan a desalojar voluntariamente la citada vivienda, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, dado que en caso contrario, al amparo de lo previsto en el artículo 10.4 de la Ley 26/1999 de 9 de julio, se incoará el correspondiente expediente administrativo de desahucio.
Madrid, 21 de febrero de 2008.-La Jefe de la Subunidad, Cristina Úbeda Murillo.
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