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Documento BOE-B-2008-55092

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, S. A., el sistema de 220 kV de la subestación a 220/132/30/13 kV de «Irún», en la provincia de Guipúzcoa.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 4 de marzo de 2008, páginas 2655 a 2655 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2008-55092

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Guipúzcoa, a instancia de Red Eléctrica de España, S. A., con domicilio en Madrid, avenida de Burgos, n.º 8-B, solicitando la autorización administrativa de la instalación arriba citada. Resultando que la petición de Red Eléctrica de España S. A., ha sido sometida a información pública a los efectos previstos en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no presentándose alegación ni oposición alguna durante el plazo reglamentario. Resultando que el anuncio de información pública de la solicitud de autorización administrativa se ha remitido al Ayuntamiento de Irún para su exposición al público en el tablón de Edictos, recibiéndose certificación de fecha 11 de julio de 2007 en la que no consta que se hayan presentado alegaciones ni oposición al proyecto. Resultando que enviada separata del proyecto al Ayuntamiento de Irún a los efectos previstos en la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, se recibe informe técnico en el que concluye que se ha solicitado documentación explicativa y/o justificativa a Iberdrola Distribución Eléctrica S. A. U. y a Red Eléctrica de España, S. A., como consecuencia de la redacción del citado informe. Resultando que por Iberdrola Distribución Eléctrica S. A. U., es contestado el escrito del Ayuntamiento de Irún indicando que las citadas sociedades están manteniendo reuniones con el Ayuntamiento y aportando documentación complementaria al objeto de dar por cumplimentadas todas las alegaciones. Visto el informe emitido por el Ayuntamiento de Irún en el que se informa favorablemente la actividad siempre que se cumplan determinadas condiciones relacionadas con las posibles molestias a los vecinos (debidas al ruido fundamentalmente) y se indica que la licencia urbanística queda pendiente de la aportación de las autorizaciones concurrentes exigidas por la legislación sectorial aplicable (autorización de Aviación Civil y del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio). Visto el informe emitido por la Dirección General de Aviación Civil de fecha 30 de noviembre de 2007. Visto el informe favorable emitido por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Guipúzcoa. Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 17 de enero de 2008. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar a Red Eléctrica de España, S. A., el sistema de 220 kv de la subestación a 220/132/30/13 kV de «IRUN», en la provincia de Guipúzcoa, que consta básicamente de: Sistema de 220 kV en configuración de doble barra, tipo interior con aislamiento en SF6 y capacidad para: Dos posiciones de línea (L/Mouguerre-Arcale y L/Arcale).

Dos posiciones de transformador. Una posición de enlace de barras. Una posición de medida. Aparamenta:

Las posiciones de línea y de transformador se equiparán cada una con dos seccionadores selectores de barras, un interruptor automático, tres transformadores de intensidad, tres transformadores de tensión, un seccionador de aislamiento, dos seccionadores para puesta a tierra del interruptor (uno del lado de barras y otro del lado de línea) y un seccionador de puesta a tierra de línea con poder de cierre brusco sobre cortocircuito.

La posición de enlace de barras se equipará con dos seccionadores selectores de barras, dos seccionadores de puesta a tierra situados uno a cada lado del interruptor y tres transformadores de intensidad. La posición de medida y puesta a tierra se equipará con seis transformadores de tensión (tres por barra) y un seccionador de puesta a tierra por barra. La finalidad de la subestación es garantizar la máxima disponibilidad de potencia así como la estabilidad del suministro eléctrico permitiendo hacer frente a futuras peticiones y a una mejor distribución de cargas.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en el Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 24 de enero de 2008.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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