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Documento BOE-B-2008-56123

Resolución de 25 de febrero de 2008, de la Dirección General de Comercio de la Consejería de Economía, Comercio e Innovación de la Junta de Extremadura, por la que se da publicidad a la solicitud de registro de la Indicación Geográfica Protegida «Cordero de Extremadura».

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 5 de marzo de 2008, páginas 2742 a 2744 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-B-2008-56123

TEXTO

El Reglamento 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo, establece el procedimiento para la inscripción de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimentarios en el registro comunitario y a estos efectos determina que corresponde a las autoridades nacionales el examen y la tramitación de las solicitudes presentadas en su territorio. En cumplimiento de lo que establece el artículo 5 del Reglamento (CE) 510/2006, de 20 de marzo, la autoridad correspondiente del estado miembro iniciará un procedimiento nacional de oposición en el que debe garantizarse la publicación adecuada de la solicitud, procederá a la publicación de un anuncio sobre la solicitud de registro y del documento único, prevista en el anexo I del Reglamento (CE) número 1898/2006, de 14 de diciembre, y establecerá un plazo razonable durante el que cualquier persona física o jurídica que ostente un interés legítimo y esté establecida o resida en su territorio pueda declarar su oposición a la solicitud. En virtud de esta normativa, la Asociación Extremeña para el fomento de la Carne de Cordero, presentó la solicitud de inscripción de la Indicación Geográfica Protegida «Cordero de Extremadura». El artículo 6 del Decreto 185/2007, de 20 de julio, de estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e innovación, establece que entre otras funciones la Dirección General de Comercio asumirá las atribuciones de dirección, impulso, gestión y propuesta en la consecución y desarrollo de las Denominaciones de Origen y Marcas de Calidad de los productos de nuestra tierra y cuantas competencias ostente la Junta de Extremadura en la materia.

De acuerdo con lo que establece el artículo 6.1 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas, procede dar publicidad a la solicitud de registro de la Indicación Geográfica Protegida «Cordero de Extremadura» mediante la publicación de este Anuncio en el «Boletín Oficial del Estado», y se establece un plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de la fecha de su publicación para que los interesados presenten las alegaciones que crean convenientes.

Mérida, 25 de febrero de 2008.-El Director General de Comercio, Pedro Antonio Jara Galán.

Anexo I Documento único

Reglamento (CE) número 510/2006 del Consejo sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios.

«Cordero de Extremadura». Número CE: [sólo para uso en la CE]. (X) IGP ( ) DOP.

1. Denominación. «Cordero de Extremadura».

2. Estado Miembro o Tercer País. España. 3. Descripción del Producto Agrícola o Alimenticio.

3.1 Tipo de producto (según la clasificación del anexo II). Clase 1.1. Carne fresca (y despojos).

3.2 Descripción del producto que se designa con la denominación indicada en el punto 1. La carne procedente de las canales de corderos controlados o de su despiece, cuyo origen son animales con las peculiaridades que se indican a continuación:

1.1 Sistema de Explotación.-Los corderos permanecerán lactando junto a sus madres en régimen extensivo, pudiéndose complementar su lactancia con concentrados compuestos fundamentalmente por cereales y leguminosas hasta el destete.

El acabado de los animales destinados a sacrificio se realizará exclusivamente en estabulación a base de concentrados elaborados fundamentalmente con cereales y leguminosas y paja de cereales. La edad de sacrificio para los corderos nunca será superior a 100 días. 1.2 Las características raciales de los progenitores de los corderos de la IGP Cordero de Extremadura son:

Madres: De raza Merina o cruces de Merina con Merino Precoz, Merino Fleischschaf, e Ile de France, siempre que al menos el 50 por 100 de sus progenitores sean Merinos.

Padres: Cualquier raza del tronco Merino (Merino, Merino Precoz, Merino Fleischschaf, Ile de France y Berrichon du Cher), puros o sus híbridos simples. Las características que presentan las canales de la IGP Cordero de Extremadura son:

a) Peso: El peso de las canales será menor de 16 kg, para las procedentes de corderos macho, y menor de 14 kg para las procedentes de corderos hembra.

b) Grado de engrasamiento: Entre Escaso (2) y Medio (3) (normativa europea de clasificación de canales Reglamentos CEE 2137/92 y 461/93). c) Color: Entre rosa y rosa pálido. d) Calidad: Primera, según Reglamento CEE 2137/92. e) Conformación: Clase «O» y superiores (normativa europea de clasificación de canales Reglamentos CEE 2137/92 y 461/93). f) Sin defectos en el faenado y exentas de hematomas. g) Características de la grasa:

Grasa externa de color blanco y consistencia firme.

Grasa cavitaria de color blanco, cubriendo la mitad del riñón y nunca su totalidad.

Las características de la carne de la IGP Cordero de Extremadura.

Carne de color rosa a rosa pálido. Características organolépticas: Posee una excelente textura muy agradable al paladar y un moderado nivel de infiltración de grasa intramuscular. La carne es de gran terneza y poco engrasada debido principalmente a la edad de sacrificio de los corderos, así como a los métodos de crianza. El aroma, bouquet y jugosidad, como consecuencia de la buena distribución y calidad de la grasa, son excelentes.

3.3 Materias primas (únicamente en el caso de los productos transformados).

3.4 Piensos (únicamente en el caso de los productos de origen animal). 3.5 Fases específicas de la producción que deben llevarse a cabo en la zona geográfica definida. El sistema de producción de las explotaciones de la I.G.P, es el extensivo y semiextensivo tradicional de la zona, siendo el extensivo el sistema o régimen aplicado a los reproductores y corderos en fase de cría. Las prácticas de explotación de los reproductores se corresponderán con las técnicas, usos y aprovechamientos de los recursos naturales en régimen extensivo tradicional. La alimentación de los mismos se basará en el aprovechamiento de los recursos naturales de la dehesa consumidos «a diente» durante todo el año y suplementación, cuando sea necesaria, a base de paja, grano, forraje, subproductos y concentrados, compuestos principalmente por cereales, oleaginosas y proteaginosas. La duración y cantidad del suplemento alimenticio dependerá de los recursos existentes y de las necesidades de los animales en ese momento. Los corderos permanecen junto a las madres y se alimentarán a base de leche materna hasta el destete (de 40 a 50 días de edad). A partir de las tres semanas de vida podrán ser suplementados con piensos de iniciación especialmente indicados para ellos. Una vez destetados, permanecen estabulados y controlados, bien en las propias naves de la explotación, o bien en cebaderos y centros de acabado inscritos en el Registro correspondiente. Su alimentación será a base de concentrados elaborados principalmente con cereales, oleaginosas y proteaginosas y paja de cereales. En la alimentación suplementaria de los corderos destinados a sacrificio se utilizarán exclusivamente piensos, compuestos principalmente por cereales, oleaginosas y proteaginosas. Los corderos para sacrificio amparados por la Indicación Geográfica Protegida procederán de explotaciones inscritas en los registros del Consejo Regulador deberán llegar al matadero perfectamente identificados. El sacrificio de los corderos, así como el faenado de las canales se realizará en la región de Extremadura y únicamente en aquellos mataderos y salas de despiece que previamente verifique y registre el Consejo Regulador. Con esta medida se acortan la distancia y el tiempo de traslado al matadero, evitando que el transporte sea estresante para los animales, y a su vez que la calidad de la carne sea afectada por variaciones en su Ph como consecuencia de dicho estrés. En la obtención del producto, fase que abarca tanto el faenado como el despiece, el Consejo Regulador también participa verificando que la presentación de las canales o el despiece no produzcan mermas en la calidad. 3.6 Normas especiales sobre el corte en lonchas, el rallado, el envasado, etc. 3.7 Normas especiales sobre el etiquetado.-Las carnes protegidas serán expedidas al mercado provistas de la marca de certificación, en las que figure de forma obligatoria la mención Indicación Geográfica Protegida «Cordero de Extremadura» o el símbolo comunitario y el logotipo del Consejo Regulador, además de la denominación comercial. Con independencia de la forma en que se comercialicen las carnes protegidas para el consumo, irán provistas de la marca de certificación, que consiste en una etiqueta numerada, quedando perfectamente identificado el producto, para evitar crear cualquier confusión al consumidor.

4. Descripción Sucinta de la Zona Geográfica.-La zona de producción de la Indicación Geográfica Protegida «Cordero de Extremadura» está delimitada por la Región de Extremadura.

La zona de sacrificio y faenado coincide con la zona de producción de la I.G.P. «Cordero de Extremadura». 5. Vínculo con la Zona Geográfica.

5.1 Carácter específico de la zona geográfica.-Las civilizaciones fenicia, romana y árabe protegieron y difundieron el pastoreo de ovejas en la zona, hasta la creación, en tiempos del rey Alfonso X del «Honrado Concejo de la Mesta de los Pastores», hito que marca un antes y un después en la cría del ovino en nuestro país.

La zona geográfica, además de contar con la base racial exigida, dispone de una histórica tradición ganadera de ovino e igualmente realiza los sistemas y prácticas de explotación tradicionales. Sus características físicas y geográficas se corresponden con terrenos de dehesa y otras praderas susceptibles de ser aprovechadas a diente en pastoreo extensivo, y se asienta sobre territorios regionales de particularidades específicas que actúan como elemento diferenciador respecto a otras zonas geográficas: Soporte geofísico y edafológico, flora y fauna autóctona, producciones pascícolas, pluviometría, horas de sol y climatología. En ella existe llanuras y perillanuras desde 200 a 800 m. La zona está afectada por un clima semiárido mediterráneo, suavizado por la influencia oceánica, con temperatura media anual que se sitúa entre los 16 y 17 ºC, con inviernos fríos y veranos calurosos. La pluviometría anual se sitúa entre 450 y 850 mm, siendo las precipitaciones más importantes en invierno y principios de primavera y nulas en el verano. El número de horas de sol supera las 3.000 al año. El ecosistema de la dehesa, conseguido mediante la acción del hombre sobre el bosque mediterráneo a lo largo de los siglos, ocupa amplias zonas de Extremadura, y en ella tradicionalmente las producciones ganaderas se han centrado en la explotación extensiva, donde las especies animales (tanto domésticas como salvajes), el medio y la intervención humana han estado siempre en equilibrio. El pasto herbáceo constituye la mayor oferta de recursos energéticos del sistema y está compuesto por una variada composición florística, donde abundan las especies anuales de autosiembra. 5.2 Carácter específico del producto.-La carne de la IGP Cordero de Extremadura procede de animales que en la fase de lactación, previa al cebo-acabado, se realiza junto a sus madres en régimen extensivo. Las características raciales de los progenitores de los corderos son:

Madres: De raza Merina o cruces de Merina con Merino Precoz, Merino Fleischschaf, e Ile de France, siempre que al menos el 50 por 100 de sus progenitores sean Merinos.

Padres: Cualquier raza del tronco Merino (Merino, Merino Precoz, Merino Fleischschaf, Ile de France y Berrichon du Cher), puros o sus híbridos simples.

Las características de la carne de la IGP Cordero de Extremadura son:

Carne de color rosa a rosa pálido.

Características organolépticas: Posee una excelente textura muy agradable al paladar y un moderado nivel de infiltración de grasa intramuscular. La carne es de gran terneza y poco engrasada. El aroma, bouquet y jugosidad, como consecuencia de la buena distribución y calidad de la grasa, son excelentes.

5.3 Relación causal entre la zona geográfica y la calidad o las características del producto (en el caso de las DOP) o la calidad, la reputación u otras características específicas del producto (en el caso de las IGP).

La geografía, topografía y condiciones climáticas de la región de Extremadura dan como resultado el desarrollo de los ecosistemas adehesados característico del sistema de producción de los corderos amparados por la IGP Cordero de Extremadura. Los recursos naturales del ecosistema de la dehesa, aportan a la carne procedente de estos corderos unas características especiales en cuanto a terneza, color y jugosidad debido principalmente al largo periodo que permanecen con las madres. Durante esta fase los corderos son alimentados con la leche de estas ovejas, que por su raza y alimentación posee composición diferente a las producidas en otras zonas y por otros tipos de ovejas como son:

Extracto seco mayor del 18 por 100.

Contenido en proteínas superior al 5 por 100. Contenido en grasa superior al 7 por 100.

Estos aspectos trasfirieren diferencias a la carne de los corderos alimentados con esta leche.

Además durante este mismo periodo al permanecer en régimen extensivo junto con sus madres los corderos realizan los desplazamientos propios del pastoreo, provocando dicho ejercicio aumentos de los niveles de mioglobina en músculo. Tanto la composición tisular como la valoración sensorial de la carne ovina se encuentra influenciada entre otros por los factores inherentes al propio animal, que a su vez se hallan en dependencia de una serie de elementos, como: Raza, sistema de cría y alimentación y edad al sacrificio, entre los más importantes (Cayo Esteban 1994). Los sistemas de explotación utilizados en la producción ovina influyen en las características de la calidad de la canal (Anega y col, 2000). Este sistema productivo característico de la región extremeña, y vinculado a los ecosistemas adehesados propios de esta región y cuyos sistemas de cría y alimentación, así como la raza son específicos de la zona amparada, influye en la composición y características sensoriales de la carne de los corderos según (Sañudo y col, 1997 y Díaz y col, 2005).

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