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Documento BOE-B-2008-74088

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autorizan a Endesa Distribución Eléctrica, S.L., dos posiciones del parque de 220 kV de la Subestación de «Costa de la Luz / Costa de Huelva», en el Término Municipal de Lepe, en la Provincia de Huelva.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 26 de marzo de 2008, páginas 3748 a 3748 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2008-74088

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y energía de la Subdelegación del Gobierno en Huelva, a instancia de Endesa Distribución Eléctrica, S.L., con domicilio a efectos de notificaciones en Sevilla, avenida de la Borbolla, 5, solicitando autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución de la instalación arriba citada. Resultando que la petición ha sido sometida a información pública a los efectos establecidos en el artículo 123 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no presentándose alegación ni oposición alguna durante el plazo reglamentario. Resultando que se remite un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de Lepe, en cuyo término municipal radica la subestación, solicitando informe a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se recibe informe del mismo del que no se desprende la oposición al proyecto. Visto el informe favorable de acceso a la Red de Transporte emitido por Red Eléctrica de España, S.A. como Operador del Sistema y Gestor de la Red de Transporte. Visto el informe favorable emitido por la Dependencia del Área de industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Huelva. Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 17 de enero que ha tenido entrada en el Ministerio de Industria, turismo y Comercio con fecha 23 de enero de 2008. Vista la Declaración de Impacto Ambiental formulada por la Delegación Provincial de Huelva de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en la que se declara «viable a los efectos ambientales» el proyecto de referencia. Resultando que la instalación solicitada, tiene por fin mejorar la calidad de servicio de la zona, asegurar el suministro de la misma y atender el crecimiento de la demanda que se está produciendo. Resultando que la citada subestación se encuentra incluida en el documento denominado «Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas 2002-2011. Revisión 2005-2001» de marzo de 2006, aprobado por el Consejo de Ministros el 31 de marzo de 2006. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar a Endesa Distribución Eléctrica, S.L., dos posiciones el parque de 220 kV de la subestación «Costa de la Luz / Costa de Huelva», en el término municipal de Lepe, en la provincia de Huelva, cuyas características principales son: Dos posiciones de línea de 220 kV dotadas de: Un interruptor tripolar.

Dos seccionadores tripolares de barra. Un seccionador tripolar con mando electrónico. Tres seccionadores tripolares de puesta a tierra. Tres transformadores de tensión inductivos. Tres transformadores de intensidad toroidales. Un Transformador de tensión capacitivo. Una bobina de bloqueo. Una caja de acoplo. Tres pararrayos.

Un sistema integrado de control y protecciones.

La subestación 220/66 kV es de tipo interior, blindada SF6, con un esquema de doble barra. La finalidad de las instalaciones solicitadas en la Subestación «Costa de la Luz / Costa de Huelva», es mejorar la calidad de servicio de la zona, asegurar que el suministro a la misma y atender el crecimiento de la demanda que se está produciendo.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 30 de enero de 2008.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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