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Documento BOE-B-2010-31886

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 18 de septiembre de 2010, páginas 100957 a 100957 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-31886

TEXTO

Edicto.

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en Elx, anuncia:

Que en el concurso abreviado - 000027/2010, referente al concursado Francisco Javier Muñoz Pérez, CIF n.º 22478329-S, por auto de fecha 2 de septiembre e 2010, se ha acordado lo siguiente:

1. Se acuerda poner fin a la fase común.

2. Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

3. Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

4. Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de 8 siguientes a la notificación, el plan de liquidación detallado previsto en el art. 148 LC.

5. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

6. Procédase a la formación de la Sección Quinta, de liquidación del concurso, con testimonio de la presente; y Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC.

7. Requiérase a Francisco Javier Muñoz Pérez, a través de su representación en autos, a fin de que en el plazo de cinco días aporte copia de la solicitud de concurso y de los documentos presentados.

8. Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169LC.

9. Líbrese mandamiento al Registro Civil para que practique las inscripciones correspondientes respecto a las facultades de la administración concursal.

10. Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto de forma urgente y gratuita en el "Boletín Oficial del Estado" y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado por plazo de diez días.

Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

Elche, 3 de septiembre de 2010.- El Secretario Judicial.

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