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Documento BOE-B-2013-11624

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 2013, páginas 15483 a 15484 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-11624

TEXTO

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 0000131/10 y NIG número 13034 41 1 2009 0007621 se ha dictado en fecha 21 de Marzo de 2013 auto por el que se declara en concurso necesario ordinario a la deudora "ARPUBLOCK, S.L.", con CIF: B-82514076, y domicilio social en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), Avenida Teresa Forné, n.º 1, Polígono Industrial Emilio Castro.

2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio de la concursada queden suspendidas por la administración concursal designada al efecto, quedando sometido el ejercicio de tales facultades a su autorización o conformidad, recayendo tal designación en la mercantil "CRISIS CONCURSAL MANAGEMENT, S.L.P.", con domicilio en Madrid Calle Infanta Mercedes, 111-1.º oficinas,CP.20280 y E-mail arpublock@crisismanagement.es, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, en el plazo de UN MES a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3º.- La Administración Concursal, con una antelación mínima de diez días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

4º.- A su vez éstos, conforme a lo previsto en el artículo 95.1 de la L.C., podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 L.C.).

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

6º.- Se ha acordado requerir al deudor por medio de la publicación edictal en el BOE, para que presente, en el plazo de 10 días a contar desde la notificación del auto, los siguientes documentos:

· Inventario con cumplimiento de lo dispuesto en el art. 6.2.3º LC especificando el lugar de ubicación de los bienes y demás requisitos que exige el precepto, y respecto al apartado deudores debe señalar la fecha de vencimiento de cada crédito.

· Relación de acreedores: contenido del art 6.2.4º LC, indicando la dirección de cada acreedor, incluido el correo electrónico, ordenada la relación alfabéticamente, reseñando la fecha de vencimiento de todos y cada uno de los créditos, especificando la existencia de garantías. Si se hubiera producido alguna reclamación judicial se debe identificar el procedimiento y estado en el que se encuentran las actividades.

· Relación de trabajadores en su caso, articulo 6.2.5º LC

· Cuentas anuales y, en su caso, informe de gestión o informes de auditorias correspondientes a los tres últimos ejercicios art 6.3 LC.

Ciudad Real, 21 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.

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