Doña Pilar Lluna Gasco, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia,
Por el presente se hace saber: Que en este juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de Talleres Antonio Vicente, S.L., Alquileres Antonio Vicente, S.L., Alboraya Motor, S.L., Guconsa Auto, S.A., Auto Élite, S.A., y Élite Fracción, S.L., con el número de registro 000117/2012 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 11/03/2013 con el siguiente tenor literal:
"Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del/los Administrador/ es de la empresa concursada Alboraya Motor, S.L. y Elite Fracción, S.L."
Se declara la disolución de la mercantil concursada Alboraya Motor, S.L., y Élite Fracción, S.L., lo que conlleva el cese de la administración societaria, que será sustituida por el administrador concursal Don Juan Vicente Olarte Madero con DNI/NIF número 5.242.909-J, ello sin perjuicio de continuar aquella administración societaria en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en lo que sea parte; quien presentará en este juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC.
Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables.
Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente.
Valencia, 11 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.
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